



Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Encuentra los documentos específicos para los exámenes de tu universidad
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
La acumulación de pretensiones y procesos en derecho procesal i, incluyendo su fundamento, clasificación, efectos y requisitos. Se detalla la diferencia entre acumulación objetiva y objetivo-subjetiva, y el concepto de litisconsorcio voluntario. Además, se abordan la acumulación de procesos y sus condiciones de aplicación.
Tipo: Apuntes
1 / 6
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!




1. Acumulación de Acciones y Acumulación de Procesos: El Mal Llamado Litisconsorcio Voluntario
La acumulación tiene como fundamento las dos causas siguientes:
A la acumulación se refieren los Arts. 71 a 73 LEC, y si bien en estos preceptos se habla de "acumulación de acciones", en realidad lo que tiene lugar aquí son "acumulaciones de pretensiones".
Clasificación
La acumulación puede tener lugar en dos momentos procesales diferentes: Así, puede darse una acumulación de pretensiones inicial -desde el mismo momento en que se inicia el proceso-, o bien puede acontecer la misma una vez se encuentre en tramitación el proceso, hablándose entonces de acumulación sobrevenida:
F 0F B La acumulación inicial puede dar lugar, por su parte, a dos situaciones diferentes:
Tema 12
F 0F B La acumulación sobrevenida , por su parte, puede
producirse mediante dos fenómenos distintos:
Otra clasificación es la que distingue entre acumulación de pretensiones simple, alternativa, subsidiaria y accesoria:
Tema 12
acumularse pretensiones que respondan a un procedimiento ordinario^1 y a procedimientos especiales.
Acumulación objetivo-subjetiva
Es lo que se conoce con el nombre de litisconsorcio
voluntario o facultativo , y aquí ya no sólo existe una pluralidad de sujetos, sino también pluralidad de pretensiones. A este litisconsorcio voluntario se refiere el Art. 12.1 LEC, cuando establece que "Podrán comparecer en juicio varias personas, como demandantes o como demandados, cuando las acciones que se ejerciten provengan de un mismo título o causa de pedir."
Efectos de la acumulación
Son, fundamentalmente, los dos siguientes:
A este fenómeno se refieren los Arts. 74 a 97 LEC: Hasta ahora hemos visto la acumulación de pretensiones, la constitución de un proceso único con una acumulación de pretensiones; ahora
Tema 12
(^1) NOTA: En el concepto de "procedimiento ordinario" se incluye tanto el juicio ordinario como el verbal.
vamos a estudiar la acumulación de procesos. ¿Qué sucede aquí? Partimos de dos o más procesos independientes, cada uno de los cuales se tramita con su propio procedimiento, y vamos a intentar acumular dichos procesos^2.
¿Cuándo puede darse la acumulación de procesos? ¿Quién puede pedirlo? Puede pedirlo cualquier sujeto que sea parte en los procesos en marcha. ¿Y cuándo puede pedirse la acumulación? Teniendo en cuenta que debe existir siempre una conexión entre el objeto de los distintos procesos, cabe la petición en dos supuestos:
En cuanto a la competencia y procedimiento para conocer de la acumulación, hay que decir lo siguiente:
Tema 12
2 NOTA: El elemento común entre los distintos procesos que se acumulan es el objeto de los mismos; los sujetos -las partes-, en cambio, pueden ser distintos en cada uno de ellos.