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Orientación Universidad
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apuntes clase, Apuntes de Teoría del Derecho

Asignatura: teoria, Profesor: Juana Maria Gil Ruiz, Carrera: Derecho, Universidad: UGR

Tipo: Apuntes

2015/2016
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Subido el 01/02/2016

mariluz_vera
mariluz_vera 🇪🇸

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Apuntes T3: Derecho y Poder
Uno de los fenómenos más importantes es el poder, es una de las características propias de cada
una de ellas. Es un atributo del ser humano “Capacidad que tiene un individuo de imponer su
voluntad a otro”
Este poder de imponer su voluntad a los demás se puede apagar con fuerza física, rasgos
carácter y otras circunstancias de rasgos de la personalidad. Distribuye papeles en el interior de
esas relaciones. El dominante y el dominado, el que manda y obedece. La libertad y
servidumbre desde que existe la sociedad el análisis de poder no puede prescindir de las
coordenadas sociales donde se inserta el poder. En tanto que el poder es un atributo de las
relaciones sociales, importa observarlo allí donde se ve de una manera institucionalizada.
En la familia, escuela, poder en el trabajo, en la administración y en el estado.
Surgen preguntas:
-¿Es necesario el poder en las relaciones sociales? De la cual surge una sub-pregunta
-¿Cómo se puede distinguir el poder necesario del que no lo es? Su respuesta va vinculada a la
finalidad de ese poder
-¿El poder se justifica por su necesidad o por su fin, con independencia de quien lo ejerza y de
cómo lo ejerza?
Hablemos de la legitimidad de ese poder. Estas dos preguntas han recorrido la historia dando
lugar a diferentes planteamientos, entre ellos manos a encontrar las teorías que han justificado
un poder absoluto sin límites o con apenas límites. Hasta teorías que entienden que el poder no
es necesario, han cuestionado su necesidad como atributo de las relaciones sociales.
Doctrinas que distinguen entre fines y formas legítimas e ilegítimas de ejercer el poder
El poder para imponerse utiliza: -Derecho
-Otras estrategias -Moral –Dinero – Educación -
Medios de comunicación
Religión
El proceso de socialización diferencial (0-3años)
-Vertiente cognitiva
-Vertiente social (TV)
-Vertiente afectiva
-Vertiente espiritual
Derecho es un medio de control social. Organiza las relaciones sociales, crea pautas de
comportamiento. Derecho consagra determinaciones relaciones de poder estado-subditos,
patrono-obrero, profesorado-alumnado.
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Apuntes T3: Derecho y Poder

Uno de los fenómenos más importantes es el poder, es una de las características propias de cada una de ellas. Es un atributo del ser humano “Capacidad que tiene un individuo de imponer su voluntad a otro”

Este poder de imponer su voluntad a los demás se puede apagar con fuerza física, rasgos carácter y otras circunstancias de rasgos de la personalidad. Distribuye papeles en el interior de esas relaciones. El dominante y el dominado, el que manda y obedece. La libertad y servidumbre desde que existe la sociedad el análisis de poder no puede prescindir de las coordenadas sociales donde se inserta el poder. En tanto que el poder es un atributo de las relaciones sociales, importa observarlo allí donde se ve de una manera institucionalizada.

En la familia, escuela, poder en el trabajo, en la administración y en el estado.

Surgen preguntas:

-¿Es necesario el poder en las relaciones sociales? De la cual surge una sub-pregunta

-¿Cómo se puede distinguir el poder necesario del que no lo es? Su respuesta va vinculada a la finalidad de ese poder

-¿El poder se justifica por su necesidad o por su fin, con independencia de quien lo ejerza y de cómo lo ejerza?

Hablemos de la legitimidad de ese poder. Estas dos preguntas han recorrido la historia dando lugar a diferentes planteamientos, entre ellos manos a encontrar las teorías que han justificado un poder absoluto sin límites o con apenas límites. Hasta teorías que entienden que el poder no es necesario, han cuestionado su necesidad como atributo de las relaciones sociales.

Doctrinas que distinguen entre fines y formas legítimas e ilegítimas de ejercer el poder

El poder para imponerse utiliza: -Derecho

-Otras estrategias -Moral –Dinero – Educación - Medios de comunicación – Religión

El proceso de socialización diferencial (0-3años)

-Vertiente cognitiva

-Vertiente social (TV)

-Vertiente afectiva

-Vertiente espiritual

Derecho es un medio de control social. Organiza las relaciones sociales, crea pautas de comportamiento. Derecho consagra determinaciones relaciones de poder estado-subditos, patrono-obrero, profesorado-alumnado.

Podemos decir que el derecho manda y a s vez nada que un individuo obedezca a otros individuos. En efectiva el derecho se manifiesta a través de distintas normas políticas, administrativas, penales o económicas.

Aunque efectivamente derecho puede ser un instrumento utilizado por el poder, derecho puede representar un límite para el ejercicio del poder. Este límite a veces es casi inexistente. Porque el derecho puede estar hecho a la medida del poderoso.

No siempre es el caso, no en vano nos vamos a encontrar con normas que limitan el poder y también normas que limitan el poder de unos individuos a otros.

Ejemplo de limitación del poder art 9.1, 9.

“Nulla poena sine lege” No hay pena sin ley.

El principio de legalidad es una garantía.

La jerarquía normativa es una garantía del estado contra los excesos del poder.

Publicidad de la norma, por ejemplo declaración de la renta. Se tiene que facilitar su entendimiento.

La irretroactividad….Se aplique en derecho favorable. Se aplica la ley en vigor en el momento. La regla general es la irretroactividad.

La responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad. No se puede hacer lo que a uno le de la gana

En líneas generales el derecho puede contribuir a racionalizar el ejercicio del poder, de hecho el derecho puede hacer que el poder se ejerza para conseguir fines aceptables. Y también el procedimiento que debe ser utilizado para ejecutarlo.

En la historia del pensamiento jurídico, político no se ha partido siempre de la existencia de una conexión necesaria del derecho y poder, de aplicar la fuerza física por parte del Estado. Estos planteamientos los vamos a encontrar en posturas ius naturalistas en las positivistas.

Para los ius naturalista la coacción, la fuerza no es un elemento necesario para definir el derecho, basta con que se trata de una ordenación justa de la convivencia.

Para los positivistas el derecho sin la fuerza es una palabra vacía, una norma jurídica sin coacción es un fuego que no quema, una luz que no alumbra.

La coacción es requisito imprescindible en el derecho. Sin embargo sí debemos señalar que ya en el ius naturalismo racionalista de la época moderna se había planteado de manera metafísica y ahistórica(ajeno a la historia), la conexión entre derecho y poder. Siendo patente en la obra de Hobbes.

Hobbes marca la ley del egoísmo “el hombre es un lobo para el hombre” En el estado de naturaleza los hombre son libres e iguales. El estado es ficción teórica creada por los hombres. Los derechos civiles los va a proteger el estado

Para Hobbes así como para otros autores consideran importante aceptar una teoría del pacto social que sirviera para explicar el paso del estado de naturaleza al estado de sociedad civil.