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Divorcio Mutuo Concentimiento, Apuntes de Derecho Civil

presentamos con fundamento en el artículo 403 fracción XIX, del Código Civil del Estado, a demandar por mutuo consentimiento la disolución del vínculo matrimonial que nos une.

Tipo: Apuntes

2019/2020

Subido el 20/10/2020

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C. JUEZ MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA
DE MAZAMITLA, JALISCO.
P r e s e n t e.
IRENE GONZALEZ TOLEDO Y EDUARDO CARDENAS
ANGUIANO, mexicanos, casados, mayores de edad, de ocupación empleados, señalando
como domicilio para oír notificaciones en la calle Cuauhtémoc # 7-A en esta población,
autorizando para recibirlas al C. Licenciado JUAN CARLOS ALBARRAN CAZARES, a
quien designo en los términos del artículo 42 del Enjuiciamiento Civil del Estado, como
nuestro abogado patrono, ante usted C. Juez con todo respeto comparecemos a,
E X P O N E R:
Que por medio de este escrito nos presentamos con fundamento en el artículo
403 fracción XIX, del Código Civil del Estado, a demandar por mutuo consentimiento la
disolución del vínculo matrimonial que nos une.
Los hechos constitutivos de nuestra solicitud y los fundamentos de derecho, son
los siguientes:
H E C H O S:
I.- Tal y como lo acreditamos con el acta de matrimonio, que en copia
certificada exhibimos a esta solicitud, con fecha 09 nueve de abril de del año de 1999, ante
el Oficial del Registro Civil del municipio de Marcos Castellanos, Michoacán, contrajimos
matrimonio Civil, optando consiente y deliberadamente por el régimen de SEPARACIÓN
DE BIENES, según lo acreditamos con el acta de matrimonio que acompañamos a la
presente solicitud de divorcio, habiendo establecido nuestro domicilio conyugal en la calle
netzahualcoyotl # 24, Colonia el Gloria, en esta población de Mazamitla, Jalisco.
II.- En la vigencia de nuestro matrimonio procreamos tres hijas, (os), los
cuales actualmente son menores de edad y llevan por nombre , EDUARDO SANTIAGO,
AMERICA, Y VALERIA DE APELLIDOS CARDENAS GONZALEZ, como
complemento a esta demanda anexamos la partida de Nacimiento de las referidas.
III.- Es el caso que por existir entre los suscritos una marcada
incompatibilidad de caracteres que hacen imposible la vida en común, por tal motivo
venimos a solicitar la disolución, por mutuo consentimiento del vínculo matrimonial que
nos une.
IV.- Durante el matrimonio y vida en común no se adquirieron inmueble de
ninguna naturaleza, aunado a que el régimen matrimonial se encuentra tipificado bajo el
Régimen de Separación de Bienes.
V.- A la presente solicitud se acompaña certificado de INGRAVIDEZ,
expedido por la Secretaria de Salud en el cual se establece que la C. IRENE
GONZALEZ TOLEDO, no se encuentra Embarazada, así como el acta de matrimonio
civil celebrado por los promoventes y copia certificada respectiva del acta de nacimiento de
ambos conyugues.
VI.- Por separado presentamos el convenio a que se refiere el artículo 406 del
Código Civil del Estado de Jalisco.
D E D E R E C H O:
Por cuanto al fondo son aplicables los artículos 403 FRACCIÓN XIX, 406,
414, 420, 422 y demás relativos del Código Civil. Norman el procedimiento los artículos
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C. JUEZ MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA

DE MAZAMITLA, JALISCO.

P r e s e n t e.

IRENE GONZALEZ TOLEDO Y EDUARDO CARDENAS

ANGUIANO, mexicanos, casados, mayores de edad, de ocupación empleados, señalando

como domicilio para oír notificaciones en la calle Cuauhtémoc # 7-A en esta población, autorizando para recibirlas al C. Licenciado JUAN CARLOS ALBARRAN CAZARES, a quien designo en los términos del artículo 42 del Enjuiciamiento Civil del Estado, como nuestro abogado patrono, ante usted C. Juez con todo respeto comparecemos a,

E X P O N E R:

Que por medio de este escrito nos presentamos con fundamento en el artículo 403 fracción XIX, del Código Civil del Estado, a demandar por mutuo consentimiento la disolución del vínculo matrimonial que nos une. Los hechos constitutivos de nuestra solicitud y los fundamentos de derecho, son los siguientes:

H E C H O S:

I.- Tal y como lo acreditamos con el acta de matrimonio, que en copia

certificada exhibimos a esta solicitud, con fecha 09 nueve de abril de del año de 1999, ante el Oficial del Registro Civil del municipio de Marcos Castellanos, Michoacán, contrajimos matrimonio Civil, optando consiente y deliberadamente por el régimen de SEPARACIÓN DE BIENES, según lo acreditamos con el acta de matrimonio que acompañamos a la presente solicitud de divorcio, habiendo establecido nuestro domicilio conyugal en la calle netzahualcoyotl # 24, Colonia el Gloria, en esta población de Mazamitla, Jalisco.

II.- En la vigencia de nuestro matrimonio procreamos tres hijas, (os), los

cuales actualmente son menores de edad y llevan por nombre , EDUARDO SANTIAGO, AMERICA, Y VALERIA DE APELLIDOS CARDENAS GONZALEZ, como complemento a esta demanda anexamos la partida de Nacimiento de las referidas.

III.- Es el caso que por existir entre los suscritos una marcada

incompatibilidad de caracteres que hacen imposible la vida en común, por tal motivo venimos a solicitar la disolución, por mutuo consentimiento del vínculo matrimonial que nos une.

IV.- Durante el matrimonio y vida en común no se adquirieron inmueble de

ninguna naturaleza, aunado a que el régimen matrimonial se encuentra tipificado bajo el Régimen de Separación de Bienes.

V.- A la presente solicitud se acompaña certificado de INGRAVIDEZ,

expedido por la Secretaria de Salud en el cual se establece que la C. IRENE

GONZALEZ TOLEDO, no se encuentra Embarazada, así como el acta de matrimonio

civil celebrado por los promoventes y copia certificada respectiva del acta de nacimiento de ambos conyugues.

VI.- Por separado presentamos el convenio a que se refiere el artículo 406 del

Código Civil del Estado de Jalisco.

D E D E R E C H O:

Por cuanto al fondo son aplicables los artículos 403 FRACCIÓN XIX, 406, 414, 420, 422 y demás relativos del Código Civil. Norman el procedimiento los artículos

del 764, 765, 770, 775 y demás relativos y aplicables del Código de Procedimiento Civiles del Estado. Por lo antes expuesto a Ud., C. Juez de la manera mas atenta y respetuosa;

P E D I M O S:

PRIMERO.- Se nos tenga por presentes en los términos de este escrito

promoviendo en la Vía Civil Ordinaria de Tramitación Especial DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, se admita el mismo y se nos reconozca el carácter con el que promovemos.

SEGUNDO.- Se fije día y hora para los efectos de ratificar la presente

solicitud, así como el convenio que agregamos como complemento a esta demanda, así mismo se de vista al Representante social para los efectos de su representación.

TERCERO.- Se nos tenga designando como abogado patrono a los

profesionistas que indicamos y se le tenga por discernido dicho cargo en virtud de la aceptación y protesta que hace del mismo, firmando al calce de este escrito.

A t e n t a m e n t e.

Mazamitla, Jalisco, 07 de Marzo 2017.

EDUARDO CÁRDENAS ANGUIANO

IRENE GONZAEZ TOLEDO.

Acepto el cargo de abogado patrono y

Protesto su fiel y legal desempeño.

LIC. JUAN CARLOS ALBARRAN CAZARES.

CED. DEL EDO. 124626