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documento de repaso, ayuda de derecho
Tipo: Resúmenes
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1. Hecho generador El hecho generador es el evento o situación que origina la obligación tributaria. En Guatemala, este puede ser el consumo de bienes o servicios, el ingreso de mercancías al país (como el IVA), o la obtención de ingresos por actividades económicas (como el Impuesto Sobre la Renta, ISR). 2. Exención Las exenciones son situaciones en las que, aunque ocurre un hecho generador, no se tiene que pagar el impuesto. En Guatemala, ciertas actividades económicas como la exportación de bienes y servicios pueden estar exentas del IVA. También hay exenciones para ciertas organizaciones sin fines de lucro. 3. Sujeto activo El sujeto activo es quien tiene el derecho de exigir el pago del tributo. En Guatemala, el sujeto activo es el Estado, representado por la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), que es la entidad encargada de la recaudación de impuestos. 4. Sujeto pasivo El sujeto pasivo es la persona o entidad que está obligada a pagar el tributo. En Guatemala, pueden ser tanto personas individuales como jurídicas que realicen actividades gravadas o generen ingresos sujetos a impuestos, como el ISR o IVA. 5. Base imponible y tipo impositivo La base imponible es el valor sobre el cual se calcula el impuesto. Por ejemplo, en el caso del IVA, la base imponible es el precio de venta de un bien o servicio. El tipo impositivo es el porcentaje o tasa que se aplica sobre la base imponible. En Guatemala, por ejemplo, la tasa del IVA es del 12%. 6. Deducciones, descuentos, reducciones y recargos - Deducciones: Son montos que se restan de la base imponible antes de calcular el impuesto. En el ISR, por ejemplo, los contribuyentes pueden deducir ciertos gastos personales. - Descuentos: Son reducciones del monto total del impuesto a pagar, a menudo por pagar en un plazo determinado.