Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


documento de repaso de derecho, Resúmenes de Derecho

documento de repaso, ayuda de derecho

Tipo: Resúmenes

2023/2024

Subido el 04/11/2024

allan-cuc
allan-cuc 🇬🇹

2 documentos

1 / 3

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
1. Hecho generador
El hecho generador es el evento o situación que origina la obligación tributaria. En
Guatemala, este puede ser el consumo de bienes o servicios, el ingreso de mercancías al
país (como el IVA), o la obtención de ingresos por actividades económicas (como el Impuesto
Sobre la Renta, ISR).
2. Exención
Las exenciones son situaciones en las que, aunque ocurre un hecho generador, no se tiene
que pagar el impuesto. En Guatemala, ciertas actividades económicas como la exportación
de bienes y servicios pueden estar exentas del IVA. También hay exenciones para ciertas
organizaciones sin fines de lucro.
3. Sujeto activo
El sujeto activo es quien tiene el derecho de exigir el pago del tributo. En Guatemala, el sujeto
activo es el Estado, representado por la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT),
que es la entidad encargada de la recaudación de impuestos.
4. Sujeto pasivo
El sujeto pasivo es la persona o entidad que está obligada a pagar el tributo. En Guatemala,
pueden ser tanto personas individuales como jurídicas que realicen actividades gravadas o
generen ingresos sujetos a impuestos, como el ISR o IVA.
5. Base imponible y tipo impositivo
La base imponible es el valor sobre el cual se calcula el impuesto. Por ejemplo, en el caso del
IVA, la base imponible es el precio de venta de un bien o servicio. El tipo impositivo es el
porcentaje o tasa que se aplica sobre la base imponible. En Guatemala, por ejemplo, la tasa
del IVA es del 12%.
6. Deducciones, descuentos, reducciones y recargos
Deducciones: Son montos que se restan de la base imponible antes de calcular el
impuesto. En el ISR, por ejemplo, los contribuyentes pueden deducir ciertos gastos
personales.
Descuentos: Son reducciones del monto total del impuesto a pagar, a menudo por
pagar en un plazo determinado.
pf3

Vista previa parcial del texto

¡Descarga documento de repaso de derecho y más Resúmenes en PDF de Derecho solo en Docsity!

1. Hecho generador El hecho generador es el evento o situación que origina la obligación tributaria. En Guatemala, este puede ser el consumo de bienes o servicios, el ingreso de mercancías al país (como el IVA), o la obtención de ingresos por actividades económicas (como el Impuesto Sobre la Renta, ISR). 2. Exención Las exenciones son situaciones en las que, aunque ocurre un hecho generador, no se tiene que pagar el impuesto. En Guatemala, ciertas actividades económicas como la exportación de bienes y servicios pueden estar exentas del IVA. También hay exenciones para ciertas organizaciones sin fines de lucro. 3. Sujeto activo El sujeto activo es quien tiene el derecho de exigir el pago del tributo. En Guatemala, el sujeto activo es el Estado, representado por la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), que es la entidad encargada de la recaudación de impuestos. 4. Sujeto pasivo El sujeto pasivo es la persona o entidad que está obligada a pagar el tributo. En Guatemala, pueden ser tanto personas individuales como jurídicas que realicen actividades gravadas o generen ingresos sujetos a impuestos, como el ISR o IVA. 5. Base imponible y tipo impositivo La base imponible es el valor sobre el cual se calcula el impuesto. Por ejemplo, en el caso del IVA, la base imponible es el precio de venta de un bien o servicio. El tipo impositivo es el porcentaje o tasa que se aplica sobre la base imponible. En Guatemala, por ejemplo, la tasa del IVA es del 12%. 6. Deducciones, descuentos, reducciones y recargos - Deducciones: Son montos que se restan de la base imponible antes de calcular el impuesto. En el ISR, por ejemplo, los contribuyentes pueden deducir ciertos gastos personales. - Descuentos: Son reducciones del monto total del impuesto a pagar, a menudo por pagar en un plazo determinado.

  • Reducciones: Pueden ser ajustes o beneficios otorgados bajo ciertas condiciones, como el régimen de pequeñas contribuyentes que tributan con una tasa reducida.
  • Recargos: Se aplican cuando hay retrasos en el pago de impuestos. Son sanciones adicionales a la obligación original. 7. Infracciones y sanciones tributarias Las infracciones tributarias son conductas que violan las normas fiscales. En Guatemala, esto incluye no presentar declaraciones, subdeclarar ingresos o no pagar impuestos a tiempo. Las sanciones pueden ser económicas (multas), o incluso penas legales en casos de fraude fiscal. **BASES LEGALES
  1. Hecho generador** Código Tributario, Decreto No. 6-91: Define qué constituye el hecho generador de las obligaciones tributarias. Por ejemplo, la realización de actividades comerciales genera la obligación de pagar el ISR o el IVA. 2. Exención Ley del Impuesto Sobre la Renta (Decreto 10-2012): Aquí se encuentran las condiciones bajo las cuales ciertos ingresos o actividades están exentas de impuestos, como las exenciones en exportaciones o para entidades sin fines de lucro. Ley del Impuesto al Valor Agregado (Decreto 27-92): También regula las exenciones aplicables a este impuesto. 3. Sujeto activo Código Tributario, Decreto No. 6-91: Establece que el sujeto activo es el Estado, y la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) es el ente encargado de la recaudación.