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documento de variedad informatica, Esquemas y mapas conceptuales de Ecología

documento de variedad informatica

Tipo: Esquemas y mapas conceptuales

2010/2011

Subido el 06/05/2024

stiffany-reyes-s
stiffany-reyes-s 🇪🇸

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ANEXO 4
DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES DE
SEGURIDAD EN LA EDIFICACIÓN
I.- Datos del Establecimiento Objeto de Inspección.
I.1.- Requiere Licencia de Funcionamiento No requiere Licencia de Funcionamiento
I.2.- Función:
ALMACÉN COMERCIO ENCUENTRO EDUCACIÓN HOSPEDAJE
INDUSTRIA OFICINAS ADMINISTRATIVAS SALUD
I.3.- Giro / Actividad: ___________________________________________________________________
I.4.- La capacidad del establecimiento es de: _________ personas (aforo), cumpliendo con lo señalado en el Reglamento Nacional
de Edificaciones RNE
I.5.- La edificación fue construida hace ____ años. El giro o actividad que se desarrolla en la edificación tiene una antigüedad de
____ años.
I.6.- Declaro que mi Establecimiento Objeto de Inspección, tiene las siguientes áreas:
Área de terreno
m2
Área techada por piso
1ero
m2
2do
m2
3ero
m2
4to
m2
Otros Pisos:
m2
Área techada total
m2
Área ocupada total
m2
Piso: Espacio habitable limitado por una superficie inferior transitable y una cobertura que la techa. La sección de la cobertura forma parte de la altura de piso
(Artículo único de la Norma G.040 del Reglamento Nacional de Edificaciones - RNE). No incluye cuarto de bombas o máquinas en sótano o azotea, cuando estas
no ocupan la totalidad del nivel.
Área Ocupada: El área total del piso correspondiente, que incluye áreas techadas y libres. Superficie y/o área techada y sin techar de dominio propio, de propiedad
exclusiva o común de un inmueble y/o unidad inmobiliaria, delimitada por los linderos de una poligonal trazada en la cara exterior de los muros del perímetro o
sobre el eje del muro divisorio en caso de colindancia con otra unidad inmobiliaria. No incluye los ductos verticales de iluminación y ventilación. (Artículo único
G.040 RNE). El área ocupada total se calcula de la siguiente manera: Sumatoria del área de terreno más áreas techadas a partir del segundo piso, incluyendo
de ser el caso, la azotea. En caso de existir sótano su área se adiciona al área ocupada total.
Área Techada: Superficie y/o área que se calcula sumando la proyección de los límites de la poligonal del techo que encierra cada piso. No forman parte del área
techada: los ductos de iluminación y ventilación, tanques cisterna y de agua, cuarto de máquinas, aleros para protección de lluvias, balcones. (Artículo único
G.040 RNE).
II.- Declaro que mi Establecimiento Objeto de Inspección cumple las características que han determinado el nivel de riesgo bajo
o riesgo medio según clasificación de la Matriz de Riesgos, las mismas que se encuentran consignadas en el formato de
“Información proporcionada por el solicitante para la determinación del nivel de riesgo del Establecimiento Objeto de Inspección”
y en el formato de “Reporte de Nivel de Riesgo del Establecimiento Objeto de Inspección” (Anexos 2 y 3 del Manual de Ejecución
de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones respectivamente).
III.- Declaro que mi Establecimiento Objeto de Inspección se encuentra implementado para el tipo de actividad a desarrollar
cumpliendo con las siguientes condiciones básicas (marcar con “X”):
N °
LA EDIFICACIÓN
Si
No Corresponde
1
No se encuentra en proceso de construcción según lo establecido en el artículo único de
la Norma G.040 Definiciones del Reglamento Nacional de Edificaciones
2
Cuenta con servicios de agua, electricidad, y los que resulten esenciales para el
desarrollo de sus actividades, debidamente instalados e implementados.
3
Cuenta con mobiliario básico e instalado para el desarrollo de la actividad.
4
Tiene los equipos o artefactos debidamente instalados o ubicados, respectivamente, en
los lugares de uso habitual o permanente.
IV.- Declaro que mi Establecimiento Objeto de Inspección cumple con las condiciones de seguridad señaladas a continuación, las
mismas que me comprometo a mantenerlas obligatoriamente (marcar con “X”):
N °
Si
Cumple
No
Corresponde
RIESGO DE INCENDIO
PARA TODAS LAS FUNCIONES
1
ACTIVIDADES DE RESTAURANTES Y DE SERVICIO MÓVIL DE COMIDAS
2
pf3
pf4

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ANEXO 4

DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES DE

SEGURIDAD EN LA EDIFICACIÓN

I.- Datos del Establecimiento Objeto de Inspección.

I.1.- Requiere Licencia de Funcionamiento No requiere Licencia de Funcionamiento

I.2.- Función:

ALMACÉN COMERCIO ENCUENTRO EDUCACIÓN HOSPEDAJE

INDUSTRIA OFICINAS ADMINISTRATIVAS SALUD

I.3.- Giro / Actividad: ___________________________________________________________________

I.4.- La capacidad del establecimiento es de: _________ personas (aforo), cumpliendo con lo señalado en el Reglamento Nacional

de Edificaciones RNE

I.5.- La edificación fue construida hace ____ años. El giro o actividad que se desarrolla en la edificación tiene una antigüedad de

____ años.

I.6.- Declaro que mi Establecimiento Objeto de Inspección, tiene las siguientes áreas:

Área de terreno m

Área techada por piso

1ero m

2do m

3ero m

4to m

Otros Pisos: m

Área techada total m

Área ocupada total m

Piso : Espacio habitable limitado por una superficie inferior transitable y una cobertura que la techa. La sección de la cobertura forma parte de la altura de piso (Artículo único de la Norma G.040 del Reglamento Nacional de Edificaciones - RNE). No incluye cuarto de bombas o máquinas en sótano o azotea, cuando estas no ocupan la totalidad del nivel. Área Ocupada : El área total del piso correspondiente, que incluye áreas techadas y libres. Superficie y/o área techada y sin techar de dominio propio, de propiedad exclusiva o común de un inmueble y/o unidad inmobiliaria, delimitada por los linderos de una poligonal trazada en la cara exterior de los muros del perímetro o sobre el eje del muro divisorio en caso de colindancia con otra unidad inmobiliaria. No incluye los ductos verticales de iluminación y ventilación. (Artículo único G.040 RNE). El área ocupada total se calcula de la siguiente manera: Sumatoria del área de terreno más áreas techadas a partir del segundo piso, incluyendo de ser el caso, la azotea. En caso de existir sótano su área se adiciona al área ocupada total. Área Techada: Superficie y/o área que se calcula sumando la proyección de los límites de la poligonal del techo que encierra cada piso. No forman parte del área techada: los ductos de iluminación y ventilación, tanques cisterna y de agua, cuarto de máquinas, aleros para protección de lluvias, balcones. (Artículo único G.040 RNE).

II.- Declaro que mi Establecimiento Objeto de Inspección cumple las características que han determinado el nivel de riesgo bajo

o riesgo medio según clasificación de la Matriz de Riesgos, las mismas que se encuentran consignadas en el formato de

“Información proporcionada por el solicitante para la determinación del nivel de riesgo del Establecimiento Objeto de Inspección”

y en el formato de “Reporte de Nivel de Riesgo del Establecimiento Objeto de Inspección” (Anexos 2 y 3 del Manual de Ejecución

de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones respectivamente).

III.- Declaro que mi Establecimiento Objeto de Inspección se encuentra implementado para el tipo de actividad a desarrollar

cumpliendo con las siguientes condiciones básicas (marcar con “X”):

N ° LA EDIFICACIÓN Si No Corresponde

No se encuentra en proceso de construcción según lo establecido en el artículo único de

la Norma G.040 Definiciones del Reglamento Nacional de Edificaciones

Cuenta con servicios de agua, electricidad, y los que resulten esenciales para el

desarrollo de sus actividades, debidamente instalados e implementados.

3 Cuenta con mobiliario básico e instalado para el desarrollo de la actividad.

Tiene los equipos o artefactos debidamente instalados o ubicados, respectivamente, en

los lugares de uso habitual o permanente.

IV.- Declaro que mi Establecimiento Objeto de Inspección cumple con las condiciones de seguridad señaladas a continuación, las

mismas que me comprometo a mantenerlas obligatoriamente (marcar con “X”):

N ° CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES DE SEGURIDAD Si

Cumple

No

Corresponde

RIESGO DE INCENDIO

PARA TODAS LAS FUNCIONES

MEDIOS DE EVACUACIÓN, SEÑALIZACIÓN Y OTROS

1 Los medios de evacuación (pasadizos, escaleras, accesos y salidas) del establecimiento presentan

un ancho mínimo de 1.20 m y/o que permitan la evacuación de las personas de manera segura.

RNE A.010.

2 Los medios de evacuación (pasadizos, escaleras, accesos y salidas) se encuentran libres de

obstáculos. RNE A.130 Art 13; A.010 Art 25

3 El establecimiento cuenta con señalización de seguridad (direccionales de salida, salida, zona

segura en caso de sismo, riesgo eléctrico, extintores, otros). RNE A.130, Art. 39; NTP 399.010 - 1

4 Cuenta con luces de emergencia operativas. RNE- A-130 Art. 40

5 Las puertas que se utilizan como medios de evacuación abren en el sentido del flujo de los

evacuantes o permanecen abiertas en horario de atención, sin obstruir la libre circulación y

evacuación. RNE A130 Art. 5 y 6

6 En caso de contar con un ambiente con aforo mayor a 100 personas, en cualquier caso, la puerta

de salida cuenta con barra antipánico. RNE A130 Art. 8

7 No cuenta con material combustible o inflamable debajo de las escaleras que sirvan como medios

de evacuación (cartones, muebles, plásticos otros similares). RNE A.010 Art. 26, b

INSTALACIONES ELÉCTRICAS

1 El gabinete es de material metálico o de resina termoplástica y se encuentran en buen estado de

conservación. CNE-U 020.024, 020.026 b

2 Cuenta con interruptores termomagnéticos y corresponden a la capacidad de corriente de los

conductores eléctricos que protege. No utiliza llaves tipo cuchilla. CNE-U 080.010, 080.100, 080.

3 Cuenta con un circuito eléctrico por cada interruptor termomagnético. El tablero tiene un interruptor

general en su interior o adyacente al mismo. CNE-U 080.010, 080.100, 080.

4 No utiliza conductores flexibles (tipo mellizo) en instalaciones permanentes de alumbrado y/o

tomacorriente. CNE-U 030.010.

5 Los circuitos de tomacorrientes no están sobrecargados con extensiones o adaptadores. CNE-U

080.100 a

MEDIOS DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS

1 Cuenta con extintores operativos y en cantidad adecuada de acuerdo al riesgo existente en el

establecimiento. NTP 350.043:

Tipo Cantidad Polvo Químico Seco - PQS Gas Carbónico – CO Acetato de Potasio Agua Presurizada: Otros:

2 Los extintores cuentan con tarjeta de control y mantenimiento actualizada, a una altura no mayor

de 1.50m, numerados, ubicados en los lugares accesibles. Los extintores tienen constancia de

operatividad y mantenimiento. RNE A 130 ART 163, 165; NTP 350.043- 1

3 Los extintores ubicados a la intemperie están colocados dentro de gabinetes o cobertores. RNE A

130 ART 163, 165; NTP 350.043- 1

4 Cuenta con plan de seguridad para hacer frente a los riesgos de incendio y otros vinculados a la

actividad, para establecimientos de dos a más pisos. DS N° 002-2018 PCM.

5 Los cilindros (balones) de Gas Licuado de Petróleo (GLP) tipo 10 (menos a 25kg) que cuentan con

mangueras del tipo flexible, se encuentran en buen estado de conservación (sin rajaduras, libres

de grasa, limpias, con sujeción firme con abrazaderas. DS N° 02 7 - 94 EM.

6 Las instalaciones de GLP que utilizan cilindros tipo 45 (mayores a 25Kg), tienen tuberías de cobre

o fierro galvanizado. DS N° 027-94 EM.

7 Los cilindros de GLP están alejados de interruptores a una distancia mayor a 0.30m, y mayor a

0.50m de tomacorrientes, se ubican en lugares ventilados y alejados de cualquier fuente de calor.

DS N° 027-94 EM.

8 Los cilindros de GLP no se encuentran ubicados en nivel de semisótano, sótanos, cajas de escalera,

pasillos, pasadizos de uso común y vía pública. DS N° 027-94 EM.

PARA LA FUNCION COMERCIO

1 Cuenta con un sistema de detección y alarma de incendios centralizado operativo. Se encuentran

exceptuados: Restaurantes con área construida menor a 300 m2, mercado minorista sin techo

común (puestos independientes) solo pulsador de alarma, tienda de área techada menor a 250m2.

RNE A.130 Art 89.

2 Cuenta con extintores operativos en cantidad adecuada de acetato de potasio para ambientes que

cuentan con freidora, producen humos y vapores de grasa. NTP 350.043:2011; RNE A-130 Art. 165

PARA LA FUNCION ENCUENTRO

1 Cuenta con un sistema de detección y alarma de incendios centralizado operativo. Están

exceptuados los locales menores a 100m2 de área techada. RNE A.130 Art 53

2 Cuenta con extintores operativos en cantidad adecuada de acetato de potasio (Tipo K) para

ambientes que cuentan con freidora, producen humos y vapores de grasa. NTP 350.043:2011; RNE

A-130 Art. 165

PARA LA FUNCIÓN DE OFICINAS ADMINISTRATIVAS

1 Cuenta con un sistema de detección y alarma de incendios centralizado operativo. (Están

exceptuados los locales menores a 280 m2 de planta techada por piso y hasta 4 pisos, requiriendo

en este caso sólo pulsador de alarma). RNE A.130 Art 99

Para edificaciones con conformidad de obra de una antigüedad no mayor a (5) años

OTROS RIESGOS VINCULADOS A LA ACTIVIDAD

PARA TODAS LAS FUNCIONES

Riesgo de Electrocución

1 El tablero eléctrico de material metálico está conectado a tierra. CNE-U 060.402.1 h

2 El tablero cuenta con placa de protección (mandil). CNE-U 020.202.

3 Las aberturas no usadas en los tableros eléctricos (espacios de reserva) se encuentran cerradas

con tapas. CNE-U 070.

4 Todos los circuitos eléctricos tienen protección de interruptores diferenciales. CNE-U 020.132 (RM

No.175- 2008 - MEM)

5 Cuenta con certificado de medición de resistencia del pozo de tierra, firmado por un ingeniero

electricista o mecánico electricista colegiado y habilitado, siendo la medida menor o igual a 25

ohmios. Dicho certificado debe tener un periodo de vigencia anual. CNE-U 060.

6 Si cuenta con equipos y/o artefactos eléctricos, (hornos microondas, congeladoras, refrigeradoras,

lavadoras, calentadores y similares) los enchufes tienen espiga de puesta a tierra y los

tomacorrientes cuentan con conexión al sistema de puesta a tierra. CNE-U 060 512.c

7 Las carcasas de los motores eléctricos estacionarios, grupos electrógenos y equipos de aire

acondicionado están conectados al sistema de puesta a tierra. CNE-U 060.400, 060.

8 Las estructuras metálicas de techos, anuncios publicitarios, canaletas y otros, que tienen instalado

equipamiento eléctrico y se encuentran al alcance de una persona parada sobre el piso, deben

estar conectados al sistema de puesta a tierra. CNE-U 060.002, 060.

9 Los conductores eléctricos utilizados se encuentran protegidos con tubos o canaletas de PVC. CNE-

U 070.

10 Las cajas de paso de conductores eléctricos deben tener tapa. CNE-U 070.3002, 070.

Riesgo de caídas

11 Las rampas tienen una pendiente no mayor al 12% permitiendo la evacuación, tienen pisos

antideslizantes y tienen barandas. RNE A.130, Art. 16

12 Las aberturas al exterior ubicadas a una altura mayor a 1.00 m sobre el suelo, en tragaluces,

escaleras y azotea cuentan con protección al vacío de altura mínima de 1.00m, para evitar caídas.

RNE NTE 060 Art. 11; RNE A.010 Art. 33

Riesgo de colapso en estructuras de soporte y otros

13 Las estructuras que soportan las antenas y/o paneles publicitarios son seguras, estables, tienen

anclajes y se encuentran en buen estado de conservación, no presentan óxido o corrosión,

inclinaciones que podrían desestabilizarlas y ocasionar su colapso. RNE E.090, GE.040 Art. 11 y 12.

14 Las estructuras metálicas de soporte de productos de almacenamiento (racks) están fijas,

asegurando su estabilidad, se encuentran en buen estado de conservación, no presentan óxido o

corrosión, inclinaciones que podrían desestabilizarlas y ocasionar su colapso. RNE E.090, GE.

Art. 11 y 12

15 Las estructuras de soporte de equipos de aire acondicionado, condensadores y otros, apoyados en

la pared y/o techo, están adecuadamente fijadas y en buen estado de conservación, no presentan

óxido ni corrosión. Los equipos instalados sobre estas estructuras se encuentran debidamente

asegurados. RNE 0.90, GE.040 Art. 11 y 12

16 En caso de contar con sistema el sistema de extracción de monóxido de carbono en sótano, éste

se encuentra operativo y cuenta con constancia de operatividad y mantenimiento. RNE A010 Articulo

17 Los juegos infantiles de carpintería metálica, de madera o plástico, son estables, seguros, están

bien instalados y en buen estado de conservación. RNE E.090, E.010, GE.040 Art. 11 y 12

18 Las puertas, ventanas, mamparas, techos; enchapes de muros con espejos, ubicados en áreas

donde existe el riesgo de impacto accidental o de exposición de las personas ante roturas, que son

de vidrio, son de vidrio templado o laminado. En caso de ser de vidrios primarios, tienen láminas de

seguridad en todo el paño de vidrio u otro sistema de protección en caso de rotura. RNE E.040 Art.

23 y GE.040 Art. 11 y 12.

19 El(los) tablero(s) eléctrico(s) cuenta(n) con identificación. CNE-U 020.100.1, 020.100.3.

20 Tiene directorio de los circuitos, indicando de manera visible y clara la instalación que controla.

CNE-U 020.100.1, 020.100.3.

21 Existe espacio libre no menor a un metro frente a los tableros eléctricos. CNE-U 020.

22 Existe iluminación general y de emergencia en la zona de ubicación de los tableros eléctricos. CNE-

U 020.

Fecha:

_____________________

Firma del Administrado

Nombre:

DNI: