
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Encuentra los documentos específicos para los exámenes de tu universidad
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
Asignatura: Derecho de la informacion en contextos multimedia e interactivos, Profesor: Satrustegui Satrustegui, Carrera: Periodismo + Comunicación Audiovisual, Universidad: UC3M
Tipo: Ejercicios
1 / 1
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!

Ejercicio Práctico Tema 10 Asier Amador García
Preguntas
1.- ¿Considera esta sentencia que son equivalentes las nociones de "servicios esenciales" y "servicios de interés general"?
La sentencia considera que no son equivalentes las nociones de servicios esenciales y servicios de interés general. Son diferentes circunstancias. Por este modo se tiene en cuenta la Ley 7/2010 del 31 de marzo A partir de esta Ley se comienza a hacer distinción de estos servicios. Hasta el momento, la televisión en general (pública o privada) se creía como esencial, un servicio de titularidad estatal.
2.- A la vista de esta sentencia ¿Considera posible la fijación de servicios mínimos en casos de huelgas convocadas en medios de comunicación?
A la vista de la sentencia puedo considerar posible la fijación de servicios mínimos en los casos de huelgas convocadas en medios de comunicación. Como muestra la sentencia, no son legítimas las formas que tomó la Administración restringiendo el derecho de huelga que se reconoce en la CE. En una huelga, la Administración tiene prohibido instituir servicios mínimos ya que se dañaría derecho de huelga de los profesionales de los medios.
3.- ¿Por qué resolvió este caso la Sala de lo Contencioso Administrativo y no la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional?
Se resolvió en la Sala de lo Contencioso Administrativo en lugar de en la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional porque en la situación en la que se encontraban se debatía la obtención de la legalidad de las actuaciones que tienen las administraciones públicas y, además, las demandas sobre la responsabilidad patrimonial que van contra ellas.
La Social en cambio, opera en conflictos entre particulares, trabajadores, empresarios, etc. o en amenazas contra el Estado o la Seguridad social.