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ejercicios practicos, Ejercicios de Introducción a la Econometría

introduccion a la economia, del 2024

Tipo: Ejercicios

2023/2024

Subido el 22/09/2025

cristiannvononcandong
cristiannvononcandong 🇪🇸

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EJERCICIO PRÁCTICO Nº 5:
(Modalidades de contratación laboral)
1) La dirección del Hotel IPV Palace & SPA, situado en Fuengirola (Málaga), cuya
apertura se produce entre los meses de mayo y noviembre de cada año natural,
se plantea la contratación de trabajadores para la próxima campaña de verano.
¿Puede utilizar, en algún caso, el contrato temporal por circunstancias de la
producción (artículo 15.2 ET), o debe necesariamente acogerse al contrato de
trabajo fijo-discontinuo (artículo 16 ET)?
2) La empresa “Limpiezas de la Costa del Sol, SA”, dedicada a prestar servicios
auxiliares de limpieza en edificios públicos y privados, particularmente hoteles,
se plantea igualmente contratar a trabajadores para prestar servicios en dicho
hotel durante el verano. ¿Qué modalidades contractuales puede o debe utilizar?
3) Por otra parte, el Hotel prevé la ausencia de tres trabajadores la próxima
campaña: 1) Dña. Remedios Pérez, recepcionista, actualmente embarazada, cuyo
alumbramiento se prevé para el mes de junio; y 2) D. Juan Santana, Gerente del
establecimiento, que realizará una estancia de estudios en el Reino Unido,
habiendo pactado con la empresa un derecho de reserva del puesto de trabajo de
un año. 3) D. Fernando Gómez, que ha solicitado una excedencia voluntaria de
un año de duración para trabajar en otra empresa del sector. ¿Cabe la utilización
de la contratación temporal para cubrir tales puestos de trabajo? ¿Con qué
modalidad? ¿Han de cubrir los nuevos trabajadores el mismo puesto de trabajo,
sin poder coincidir temporalmente con los trabajadores sustituidos?
4) ¿Computará el tiempo de servicios como trabajadores sustitutos a los efectos de
alcanzar la fijeza, en el caso de que, con anterioridad o posterioridad, tales
trabajadores hayan desempeñado o desempeñen servicios temporalmente por
circunstancias de la producción? ¿Tienen derecho a indemnización a la
finalización del contrato?
5) En relación con las actividades de elaboración de menús, cocina y restauración,
el Hotel contempla la incorporación de personal en formación. Por una parte,
contratando, a través del contrato de formación en alternancia (artículo 11.2
ET) , a ex trabajadores que se encuentran en proceso de reciclaje realizando un
Curso no presencial de “Maitre de Hotel” en una academia “on line”. Por otro
lado, ofreciendo becas a estudiantes que realizan ciclos formativos de Formación
Profesional en centros públicos acreditados de Málaga. ¿Resulta ello conforme a
derecho? ¿Qué garantías formativas y laborales básicas corresponderá aplicar a
tales incorporaciones?
6) En el Departamento de administración y contabilidad del Hotel, se prevé
igualmente la incorporación de personal de refuerzo que haya obtenido
recientemente una titulación universitaria o de Formación Profesional en materia
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EJERCICIO PRÁCTICO Nº 5:

(Modalidades de contratación laboral)

  1. La dirección del Hotel IPV Palace & SPA, situado en Fuengirola (Málaga), cuya apertura se produce entre los meses de mayo y noviembre de cada año natural, se plantea la contratación de trabajadores para la próxima campaña de verano. ¿Puede utilizar, en algún caso, el contrato temporal por circunstancias de la producción (artículo 15.2 ET), o debe necesariamente acogerse al contrato de trabajo fijo-discontinuo (artículo 16 ET)?
  2. La empresa “Limpiezas de la Costa del Sol, SA”, dedicada a prestar servicios auxiliares de limpieza en edificios públicos y privados, particularmente hoteles, se plantea igualmente contratar a trabajadores para prestar servicios en dicho hotel durante el verano. ¿Qué modalidades contractuales puede o debe utilizar?
  3. Por otra parte, el Hotel prevé la ausencia de tres trabajadores la próxima campaña: 1) Dña. Remedios Pérez, recepcionista, actualmente embarazada, cuyo alumbramiento se prevé para el mes de junio; y 2) D. Juan Santana, Gerente del establecimiento, que realizará una estancia de estudios en el Reino Unido, habiendo pactado con la empresa un derecho de reserva del puesto de trabajo de un año. 3) D. Fernando Gómez, que ha solicitado una excedencia voluntaria de un año de duración para trabajar en otra empresa del sector. ¿Cabe la utilización de la contratación temporal para cubrir tales puestos de trabajo? ¿Con qué modalidad? ¿Han de cubrir los nuevos trabajadores el mismo puesto de trabajo, sin poder coincidir temporalmente con los trabajadores sustituidos?
  4. ¿Computará el tiempo de servicios como trabajadores sustitutos a los efectos de alcanzar la fijeza, en el caso de que, con anterioridad o posterioridad, tales trabajadores hayan desempeñado o desempeñen servicios temporalmente por circunstancias de la producción? ¿Tienen derecho a indemnización a la finalización del contrato?
  5. En relación con las actividades de elaboración de menús, cocina y restauración, el Hotel contempla la incorporación de personal en formación. Por una parte, contratando, a través del contrato de formación en alternancia (artículo 11. ET) , a ex trabajadores que se encuentran en proceso de reciclaje realizando un Curso no presencial de “Maitre de Hotel” en una academia “on line”. Por otro lado, ofreciendo becas a estudiantes que realizan ciclos formativos de Formación Profesional en centros públicos acreditados de Málaga. ¿Resulta ello conforme a derecho? ¿Qué garantías formativas y laborales básicas corresponderá aplicar a tales incorporaciones?
  6. En el Departamento de administración y contabilidad del Hotel, se prevé igualmente la incorporación de personal de refuerzo que haya obtenido recientemente una titulación universitaria o de Formación Profesional en materia

de administración de empresas. ¿Cabe la utilización de la contratación de carácter formativo, acudiendo a un periodo de prueba? ¿Pueden ser trabajadores a tiempo completo? ¿Cuál será su retribución? ¿Qué deberes asume la empresa como garantía de que la formación resulta efectiva?

  1. La dirección del Hotel IPV Palace & Spa solicita un informe completo en relación con la correcta cumplimentación formal de los contratos de trabajo anteriormente descritos que se plantea realizar, así como sobre sus posibles obligaciones específicas con los trabajadores temporales, de cara a su eventual incorporación ulterior como personal fijo en la empresa.