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Esquema jurisdiccion, Esquemas y mapas conceptuales de Derecho Procesal

Asignatura: Procesal I, Profesor: sabela sabela, Carrera: Derecho, Universidad: UC3M

Tipo: Esquemas y mapas conceptuales

2012/2013

Subido el 12/10/2013

jcoma
jcoma 🇪🇸

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Sistema Judicial Español
ESQUEMA L. 1.- Jurisdicción
ESQUEMA: L.1 JURISDICCIÓN
CONFLICTOS JURÍDICOS-MODOS DE SOLUCIÓN
Planteamiento
: necesidad regulación relaciones sociales, distinguiendo en ellas aquellas que están regidas por normas jurídicas de las
que lo están por otras normas
Conflicto jurídico
: es la infracción, el no respeto espontáneo, la divergente interpretación y/o aplicación de las normas jurídicas
Modos solución conflictos jurídicos
o
(según el grado de participación de las partes y/o la intervención de terceros):
Autodefensa-autotutela
: la imposición coactiva de la solución de un sujeto a otro:
Manifestaciones ilegítimas
: En general
Manifestaciones legítimas
o
: Excepcionales en: Derecho Civil-Penal-Laboral-Internacional
Autocomposición: el acuerdo entre los sujetos en conflicto, normalmente (aunque no siempre) con intervención de tercero
inter partes
:
Ámbito
: litigios sobre materias disponibles y, no todas porque algunas están excluidas
Modalidades
:
Conciliación
o
: el acuerdo con la intervención de 1 juez o 1 funcionario:
Características
o
: voluntaria (a veces, forzosa) y, en caso de acuerdo, éste tiene fuerza
ejecutiva
Procedimiento
Mediación
o
: el acuerdo con la intervención de un tercero (mediador) ajeno a vía judicial:
Características
o
: siempre voluntaria y el acuerdo alcanzado tiene valor de contrato
Ley 5/2012, de 6 de julio en asuntos civiles y mercantiles
Principios
Ámbito de aplicación
La figura del mediador
* El desarrollo de la
El procedimiento
Debate sobre la Mediación penal
Mediación familiar
o Heterocomposición: la solución definitiva impuesta por un tercero
supra partes
. Modalidades
:
Arbitraje
: La decisión impuesta por 1 tercero ajeno a vía judicial denominado árbitro
Características
: voluntario, alternativo al proceso judicial y en principio posible en materias disponibles.
Ley 60/2003
(con importante reforma de la Ley 11/2011)
Árbitros
: designación-número-requisitos-libre aceptación
Clases
Convenio arbitral
: el acuerdo de sumisión al arbitraje (forma-eficacia-contenido)
Procedimiento
Especial consideración
: inicio-desarrollo-resolución-impugnación-ejecución
o Reclamación de un usuario y/o consumidor (salvo, ciertas exclusiones)
Arbitraje de consumo
o Convenio-árbitros-procedimiento
Jurisdicción
: la decisión del conflicto es impuesta por 1 juez o magistrado:
Características
: puede ser voluntario o forzosa, en el que la solución llega en un proceso judicial
Ámbito de aplicación:
cualquier materia. No se excluye conflicto jurídico alguno, salvo que no sea “jurídico”
Fundamento
: está en general en la prohibición autotutela y en la preceptividad de un sistema público
solución controversias jurídicas (lo que se denominó tradicionalmente el “monopolio estatal de la
Jurisdicción”)
Procedimiento
: inicio-desarrollo-resolución-ejecución-impugnación
Modalidades
o
: civil-penal-administrativo-laboral-militar-constitucionales-comunitario-internacional
Diferencias:
Métodos alternativos resolución conflictos (ADR)
Preferencia
:
Voluntariedad
Conflictos materias disponibles
Regulación parcial-subsidiaria
Eficacia limitada, sin perjuicio de que en
algunos casos sea también de ejecución
forzosa
Control judicial de determinados casos
Duración razonable
Coste normalmente* privado y sufragado por
ambas partes
Coste normalmente menor-gratuidad
Jurisdicción o Proceso judicial
Subsidiariedad
:
Obligatoriedad-voluntariedad
Todo conflicto jurídico
Regulación exhaustiva-imperativa
Siempre es posible la ejecución forzosa
Control interno a través de recursos
Duración normalmente excesiva
Coste a menudo elevado (público y privado)
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Sistema Judicial Español ESQUEMA L. 1.- Jurisdicción ESQUEMA: L.1 JURISDICCIÓN

CONFLICTOS JURÍDICOS-MODOS DE SOLUCIÓN

Planteamiento

: necesidad regulación relaciones sociales, distinguiendo en ellas aquellas que están regidas por normas jurídicas de las que lo están por otras normas Conflicto jurídico

: es la infracción, el no respeto espontáneo, la divergente interpretación y/o aplicación de las normas jurídicas Modos solución conflictos jurídicos o

(según el grado de participación de las partes y/o la intervención de terceros): Autodefensa-autotutela 

: la imposición coactiva de la solución de un sujeto a otro: Manifestaciones ilegítimas 

: En general Manifestaciones legítimas o

: Excepcionales en: Derecho Civil-Penal-Laboral-Internacional Autocomposición: el acuerdo entre los sujetos en conflicto, normalmente (aunque no siempre) con intervención de tercero inter partes 

Ámbito 

: litigios sobre materias disponibles y, no todas porque algunas están excluidas Modalidades

Conciliación o

: el acuerdo con la intervención de 1 juez o 1 funcionario: Características

o

: voluntaria (a veces, forzosa) y, en caso de acuerdo, éste tiene fuerza ejecutiva

Procedimiento Mediación o

: el acuerdo con la intervención de un tercero (mediador) ajeno a vía judicial: Características o

: siempre voluntaria y el acuerdo alcanzado tiene valor de contrato

Ley 5/2012, de 6 de julio en asuntos civiles y mercantiles

Principios

Ámbito de aplicación

La figura del mediador

 * El desarrollo de la

El procedimiento

 Debate sobre la Mediación penal

Mediación familiar

o Heterocomposición: la solución definitiva impuesta por un tercero supra partes. Modalidades 

Arbitraje

: La decisión impuesta por 1 tercero ajeno a vía judicial denominado árbitro Características

: voluntario, alternativo al proceso judicial y en principio posible en materias disponibles. Ley 60/

(con importante reforma de la Ley 11/2011) Árbitros

: designación-número-requisitos-libre aceptación

Clases Convenio arbitral

: el acuerdo de sumisión al arbitraje (forma-eficacia-contenido) Procedimiento

  • Especial consideración

: inicio-desarrollo-resolución-impugnación-ejecución

o Reclamación de un usuario y/o consumidor (salvo, ciertas exclusiones)

Arbitraje de consumo

o Convenio-árbitros-procedimiento  Jurisdicción

: la decisión del conflicto es impuesta por 1 juez o magistrado: Características

: puede ser voluntario o forzosa, en el que la solución llega en un proceso judicial Ámbito de aplicación:

cualquier materia. No se excluye conflicto jurídico alguno, salvo que no sea “jurídico” Fundamento

: está en general en la prohibición autotutela y en la preceptividad de un sistema público solución controversias jurídicas (lo que se denominó tradicionalmente el “monopolio estatal de la Jurisdicción”) Procedimiento

: inicio-desarrollo-resolución-ejecución-impugnación Modalidades o

: civil-penal-administrativo-laboral-militar-constitucionales-comunitario-internacional Diferencias: Métodos alternativos resolución conflictos (ADR)  Preferencia

 Voluntariedad  Conflictos materias disponibles  Regulación parcial-subsidiaria  Eficacia limitada, sin perjuicio de que en algunos casos sea también de ejecución forzosa  Control judicial de determinados casos  Duración razonable  Coste normalmente* privado y sufragado por ambas partes

 Coste normalmente menor-gratuidad Jurisdicción o Proceso judicial  Subsidiariedad

 Obligatoriedad-voluntariedad  Todo conflicto jurídico  Regulación exhaustiva-imperativa  Siempre es posible la ejecución forzosa  Control interno a través de recursos  Duración normalmente excesiva  Coste a menudo elevado (público y privado)

Sistema Judicial Español ESQUEMA L. 1.- Jurisdicción

POTESTAD JURISDICCIONAL

Planteamiento

: el proceso judicial es el instrumento exclusivo para el ejercicio potestad jurisdiccional Concepto

: es el poder exclusivo del Estado para determinar el Derecho aplicable al caso concreto (decidir) y, además ponerlo en práctica (ejecutar lo decidido) y que es ejercitado en exclusiva (vid. Lec.2) por los órganos jurisdiccionales Características o Ejercicio

obligatorio o Las resoluciones judiciales irrevocables (no susceptibles de impugnación) son eficaces erga omnes (ejecución voluntaria- forzosa)

(prohibición non liquet) y en beneficio de terceros (imparcialidad)

  • Fundamento

: el principio de división poderes (previsiones en el Tit. VI de la CE sobre Poder Judicial) Contenido o Potestades esenciales:

 Potestad de decisión  Potestad coercitiva o de ejecución o Potestades instrumentales:  Potestad de aseguramiento  Potestad de ordenación (impulso, ordenación)  Potestad de comunicación  Potestad de documentación

FUNCIONES de la JURISDICCIÓN La tutela de los derechos subjetivos de los ciudadanos

(base en la tutela judicial efectiva sin indefensión –art. 24 CE-) El control de las normas jurídicas

(la defensa de la Ley y el control normativo) La creación judicial del Derecho (superando así la labor de interpretación y aplicación de las normas jdcas) a través de las sentencias TC (jurisprudencia constitucional) y la doctrina reiterada del TS