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Contratos de Trabajo en Situaciones de Exclusión Social: Clausulas Específicas - Prof. Álv, Guías, Proyectos, Investigaciones de Derecho Laboral

Este documento detalla las cláusulas específicas de contratos indefinidos y temporales en situaciones de exclusión social, incluyendo requisitos de trabajadores y empresas, características del contrato y normativa aplicable. Se trata de contratos en servicio público de empleo estatal para trabajadores en situación de exclusión social, víctimas de violencia, discapacitados, mayores de 52 años y menores, así como contratos para formación y aprendizaje. Se incluyen cláusulas específicas para alta dirección, interinidad, duración determinada, fomento de empleo y sustitución por anticipación de jubilación.

Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones

2016/2017

Subido el 10/05/2017

annaa1213
annaa1213 🇪🇸

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GOBIERNO
DE ESPAÑA
MINISTERIO
DE EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL
DE EMPLEO ESTATAL
SERVICIO BLICO
Servicio Público
de Empleo Estatal
Guía de contratos
Unión Europea
Fondo Social Europeo
“El FSE invierte en tu futuro
Enero 2017
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¡Descarga Contratos de Trabajo en Situaciones de Exclusión Social: Clausulas Específicas - Prof. Álv y más Guías, Proyectos, Investigaciones en PDF de Derecho Laboral solo en Docsity!

GOBIERNODE ESPAÑA MINISTERIODE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE EMPLEO ESTATAL

SERVICIO PÚBLICO

Servicio Público

de Empleo Estatal

Guía de contratos

Unión Europea Fondo Social Europeo “El FSE invierte en tu futuro”

Enero 2017

Catálogo de publicaciones de la Administración General del Estado

http://publicacionesoficiales.boe.es

Edición realizada por el Servicio Público de Empleo Estatal

Condesa de Venadito, 9. 28027 Madrid

NIPO PDF: 274-17-007-

Guía de contratos

Servicio Público

de Empleo Estatal

La Guía de Contratos se enmarca dentro de la política de información y atención al ciudadano del Ministerio de Empleo y

Seguridad Social, y recoge toda la normativa vigente en materia de contratos de trabajo e incentivos a la contratación.

Se orienta a satisfacer la demanda de información por parte de los usuarios, así como los distintos agentes que operan en

nuestro mercado de trabajo, en un ámbito como las relaciones laborales que está sujeto a frecuentes cambios normativos,

tanto de contenido de la propia relación laboral como de los incentivos que se establecen en función de la situación de los

variados colectivos de trabajadores y de empresas.

Se adapta a la reciente simplificación administrativa de modelos de contrato, y brinda a los operadores jurídicos y económicos

un exacto conocimiento de los modelos de contrato de trabajo existentes en el mercado laboral español. Además, pretende

facilitar el cumplimiento de las obligaciones que en materia de contratación se exige a las empresas.

Se estructura de forma que resulte comprensible como manual de conocimiento de los cuatro modelos de contratos (indefinido,

temporal, para la formación y el aprendizaje y en prácticas), sus características y las cláusulas específicas que puedan pre-

sentar cada uno de ellos, en función de las peculiaridades del trabajador y/o del empresario.

Además, sirve como información de apoyo para seleccionar, en el asistente de contratos , el modelo más acorde con las cir-

cunstancias que concurren en el tipo de prestación laboral a desarrollar.

ÍndIcE

  • CONTRATO INDEFINIDO ...........................................................................................................................................................................
  • Cláusulas espeCífiCas del Contrato indefinido ordinario
  • Cláusulas espeCífiCas del Contrato indefinido de personas Con disCapaCidad
  • C láusulas espeCífiCas del Contrato indefinido de personas Con disCapaCidad en Centros espeCiales de empleo
  • C láusulas espeCífiCas del Contrato indefinido para personas Con disCapaCidad proCedentes de enClaves laborales
  • Cláusulas espeCífiCas del Contrato indefinido de apoyo a los emprendedores
  • C láusulas espeCífiCas del Contrato indefinido de un joven por miCroempresas y empresarios autónomos
  • Cláusulas espeCífiCas del Contrato indefinido para nuevos proyeCtos de emprendimiento joven
  • Cláusulas espeCífiCas del Contrato indefinido a tiempo parCial Con vinCulaCión formativa
  • C láusulas espeCífiCas del Contrato indefinido para trabajadores en situaCión de exClusión soCial
  • de víCtima de violenCia de género, doméstiCa, víCtima del terrorismo o víCtima de trata de seres humanos Cláusulas espeCífiCas del Contrato indefinido para trabajadores que tengan aCreditada por la administraCión Competente la CondiCión
  • C láusulas espeCífiCas del Contrato indefinido para trabajadores en situaCión de exClusión soCial por empresas de inserCión
  • C láusulas espeCífiCas del Contrato indefinido para trabajadores mayores de CinCuenta y dos años benefiCiarios de los subsidios por desempleo
  • Contrato para la formaCión y el aprendizaje o Con Contrato en práCtiCas C láusulas espeCífiCas del Contrato indefinido para trabajadores proCedentes de una ett Con Contrato de primer empleo joven, Con
  • C láusulas espeCífiCas del Contrato indefinido de serviCio del hogar familiar
  • Cláusulas espeCífiCas del Contrato indefinido para penados en instituCiones penitenCiarias
  • Cláusulas espeCífiCas del Contrato indefinido de trabajo en grupo
  • C láusulas espeCífiCas del Contrato indefinido de alta direCCión
  • otros Contratos indefinidos
  • Cláusulas espeCífiCas de Conversión de Contratos formativos y temporal para el fomento del empleo de personas Con disCapaCidad en indefinido
  • eventual primer empleo en indefinido Cláusulas espeCífiCas de Conversión de Contrato en práCtiCas, de relevo, de sustituCión por antiCipaCión de la edad de jubilaCión y
  • CONTRATO TEMPORAL............................................................................................................................................................................ Guía de Contratos. Índice ii
  • Cláusulas espeCífiCas del Contrato temporal de obra o serviCio determinado ........................................................................................................................
  • Cláusulas espeCífiCas del Contrato temporal eventual por CirCunstanCias de la produCCión ....................................................................................................
  • C láusulas espeCífiCas del Contrato temporal de interinidad .............................................................................................................................................
  • exCedenCia por Cuidado de familiares, Con reduCCión de Cuotas a la seguridad soCial .............................................................................................................. Cláusulas espeCífiCas del Contrato temporal de interinidad que se Celebre para sustituir al trabajador que esté en situaCión de
  • C láusulas espeCífiCas del Contrato temporal de interinidad para sustituir a trabajadores en formaCión por trabajadores benefiCiarios de prestaCiones por desempleo ..
  • maternidad, adopCión, aCogimiento, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la laCtanCia natural o suspensión por paternidad .................................................. Cláusulas espeCífiCas del Contrato temporal de interinidad para sustituir a trabajadores durante los períodos de desCanso por
  • C láusulas espeCífiCas del Contrato temporal de interinidad para sustituir bajas por inCapaCidad temporal de personas Con disCapaCidad ..........................................
  • C láusulas espeCífiCas del Contrato temporal de interinidad para sustituir a trabajadoras víCtimas de violenCia de género .............................................................
  • C láusulas espeCífiCas del Contrato temporal de primer empleo joven ..................................................................................................................................
  • Cláusulas espeCífiCas del Contrato temporal para trabajadores en situaCión de exClusión soCial ..............................................................................................
  • de víCtima de violenCia de género, doméstiCa, víCtima del terrorismo o víCtima de trata de seres humanos ................................................................................... C láusulas espeCífiCas del Contrato temporal para trabajadores que tengan aCreditada por la administraCión Competente la CondiCión
  • C láusulas espeCífiCas del Contrato de duraCión determinada temporal para trabajadores en situaCión de exClusión soCial por empresas de inserCión .........................
  • Cláusulas espeCífiCas del Contrato temporal de fomento de empleo para trabajadores en situaCión de exClusión soCial en empresas de inserCión ..............................
  • C láusulas espeCífiCas del Contrato temporal para trabajadores mayores de CinCuenta y dos años benefiCiarios de los subsidios por desempleo .................................
  • Cláusulas espeCífiCas del Contrato temporal de situaCión de jubilaCión parCial ....................................................................................................................
  • C láusulas espeCífiCas del Contrato temporal de relevo ....................................................................................................................................................
  • Cláusulas espeCífiCas del Contrato temporal de tiempo parCial Con vinCulaCión formativa .......................................................................................................
  • Cláusulas espeCífiCas del Contrato temporal de trabajos de interés soCial / fomento de empleo agrario ....................................................................................
  • Cláusulas espeCífiCas del Contrato temporal de serviCio del hogar familiar .........................................................................................................................
  • Cláusulas espeCífiCas del Contrato temporal de personas Con disCapaCidad ..........................................................................................................................
  • C láusulas espeCífiCas del Contrato temporal de personas Con disCapaCidad en Centros espeCiales de empleo ...............................................................................
  • C láusulas espeCífiCas del Contrato temporal para la realizaCión de un proyeCto espeCífiCo de investigaCión CientífiCa y téCniCa ......................................................
  • Cláusulas espeCífiCas del Contrato temporal de aCCeso al sistema español de CienCia, teCnología e innovaCión ............................................................................ Guía de Contratos. Índice iii
  • C láusulas espeCífiCas del Contrato temporal para personal investigador en formaCión ...........................................................................................................
  • predoCtoral (personal investigador predoCtoral en formaCión) .......................................................................................................................................
  • C láusulas espeCífiCas del Contrato temporal para penados en instituCiones penitenCiarias ....................................................................................................
  • Cláusulas espeCífiCas del Contrato temporal de menores y jóvenes, en Centros de menores sometidos a medidas de internamiento ................................................
  • C láusulas espeCífiCas del Contrato temporal de trabajo en grupo ....................................................................................................................................
  • C láusulas espeCífiCas del Contrato temporal de alta direCCión ........................................................................................................................................
  • o tros ..................................................................................................................................................................................................................
  • C láusulas espeCífiCas del Contrato temporal de sustituCión por antiCipaCión de la edad de jubilaCión .....................................................................................
  • CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE ..............................................................................................................................
  • para la formaCión y el aprendizaje ordinario ...............................................................................................................................................................
  • Cláusulas espeCífiCas del Contrato temporal para la formaCión y el aprendizaje Celebrado por empresas de trabajo temporal (ett).............................................
  • Cláusulas espeCífiCas del Contrato temporal para la formaCión y el aprendizaje en programas de empleo y formaCión ................................................................
  • Cláusulas espeCífiCas del Contrato temporal para la formaCión y el aprendizaje Celebrado Con personas Con disCapaCidad ..........................................................
  • CONTRATO EN PRACTICAS ....................................................................................................................................................................
  • Contrato en práCtiCas ordinario ................................................................................................................................................................................
  • C láusulas espeCífiCas del Contrato temporal en práCtiCas Celebrado por empresas de trabajo temporal (ett)..........................................................................
  • C láusulas espeCífiCas del Contrato en práCtiCas para personas Con disCapaCidad .................................................................................................................

Guía de Contratos. Contrato indefinido 10

CONTRATO INDEFINIDO ...........................................................................................................................................................................

D efinición

Es aquel que se concierta sin establecer límites de tiempo en la prestación de los servicios, en cuanto a la duración del contrato.

El contrato de trabajo indefinido podrá ser verbal o escrito.

El contrato de trabajo indefinido podrá celebrarse a jornada completa, parcial o para la prestación de servicios fijos discontinuos.

c láusulas específicas

Los contratos indefinidos pueden en algunos casos ser beneficiarios de Incentivos a la contratación, cuando se cumplan los requisitos que en cada caso se exijan

por la Normativa de aplicación, dependiendo de las características de la empresa, del trabajador y, en su caso, de la jornada.

f ormalización

Su formalización puede ser verbal o escrita. En el caso de relación laboral indefinida, deberán constar por escrito: las acogidas al programa de fomento del em-

pleo, cuando así lo exija una disposición legal y, en todo caso, los contratos a tiempo parcial, fijos discontinuos y de relevo, los de los trabajadores que trabajen a

distancia y los contratados en España al servicio de empresas españolas en el extranjero.

De no observarse la formalización por escrito cuando sea exigible, el contrato se presumirá celebrado por tiempo indefinido y a jornada completa, salvo prueba en

contrario que acredite su naturaleza temporal o el carácter a tiempo parcial de los servicios, tal y como establece el artículo 8.2 del Estatuto de los Trabajadores.

En todo caso, cualquiera de las partes podrá exigir que el contrato se formalice por escrito incluso durante el transcurso de la relación laboral.

Adquirirán la condición de trabajadores fijos, cualquiera que haya sido la modalidad de su contratación, los que no hubieran sido dados de alta en la Seguridad

Social, una vez transcurrido un plazo igual al que legalmente hubiera podido fijar para el período de prueba, salvo que de la propia naturaleza de las actividades

o de los servicios contratados se deduzca claramente la duración temporal de los mismos, todo ello sin perjuicio de las demás responsabilidades a que hubiere

lugar en derecho.

El contenido del contrato se comunicará al Servicio Público de Empleo Estatal en el plazo de los 10 días siguientes a su concertación.

Cuando se formalice el contrato con un trabajador con discapacidad el contrato se formalizará por escrito, en cuadruplicado ejemplar, en modelo oficial. Al contrato

se acompañará solicitud de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social, así como el certificado de discapacidad.

Cuando se trate de trabajo fijo discontinuo el contrato se deberá formalizar necesariamente por escrito en el modelo que se establezca, y en él deberá figurar la

indicación sobre la duración estimada de la actividad, así como sobre la forma y el orden de llamamiento que establezca el convenio colectivo aplicable, haciendo

constar igualmente, de manera orientativa, la jornada laboral estimada y su distribución horaria.

En el supuesto de trabajadores a distancia en el contrato deberá hacerse constar el lugar en que se realice la prestación.

<Índice>

Guía de Contratos. Contrato indefinido 11

Si el contrato se celebra a tiempo parcial en el contrato deberán figurar el número de horas ordinarias de trabajo al día, a la semana, al mes o al año contratadas

y su distribución. De no observarse estas exigencias, el contrato se presumirá celebrado a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite el carácter

parcial de los servicios y el número y distribución de las horas contratadas.

Las conversiones de contratos temporales en indefinidos podrán celebrarse con jornada a tiempo completo, a tiempo parcial o fijo discontinuo y deberán formali-

zarse por escrito y al igual que los contratos iniciales, en el modelo que disponga el Servicio Público de Empleo Estatal y se comunicarán al Servicio Público de

Empleo en los diez días siguientes a su concertación.

n ormativa

  • Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto de los Trabajadores.
  • Real Decreto. 1424/2002 de 27 de diciembre, por el que se regula la comunicación del contenido de los contratos de trabajo y de sus copias básicas a los

Servicios Públicos de Empleo, y el uso de medios telemáticos en relación con aquélla.

<Índice>

Guía de Contratos. Contrato indefinido 13

Cláusulas espeCífiCas del Contrato indefinido de personas Con disCapaCidad

r equisitos De los trabajaDores

  • Ser trabajador con discapacidad con un grado igual o superior al 33% reconocido como tal por el Organismo competente, o pensionistas de la Seguridad

Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, o pensionistas de clases pasivas que

tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

  • Estar inscrito en el Servicio Público de Empleo.
  • El trabajador no debe haber estado vinculado a la empresa, grupo de empresas o entidad en los veinticuatro meses anteriores a la contratación mediante un

contrato por tiempo indefinido.

  • Quedan excluidos los trabajadores que hayan finalizado su relación laboral de carácter indefinido en un plazo de tres meses previos a la formalización del

contrato, excepto en el supuesto previsto en el artículo 8.2 de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre (BOE de 30 de diciembre).

Las dos últimas exclusiones no se aplicarán cuando se trate de trabajadores con especiales dificultades para su inserción laboral. A estos efectos se considerará

que existen dichas especiales dificultades cuando el trabajador esté incluido en alguno de los grupos siguientes:

a) Personas con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental o personas con discapacidad intelectual, con un grado de discapacidad reconocido igual

o superior al 33 por 100.

b) Personas con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 por 100

r equisitos De la empresa

Podrán solicitar los beneficios que a continuación se indican las empresas que contraten trabajadores con discapacidad por tiempo indefinido a jornada completa

o parcial, así como las cooperativas de trabajo asociado que incorporen trabajadores con discapacidad como socios y cumplan los requisitos siguientes:

  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social tanto en la fecha de alta de los trabajadores como durante la

aplicación de las bonificaciones correspondientes. Si durante el periodo de bonificación existe una falta de ingreso en plazo reglamentario de dichas obliga-

ciones, se producirá la perdida automática de las bonificaciones reguladas en el presente Programa, respecto de las cuotas correspondientes a periodos no

ingresados en dicho plazo, teniéndose en cuenta dicho periodo como consumido para el computo del tiempo máximo de bonificación.

  • No haber sido excluidos del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo por la comisión de infracciones muy graves no

prescritas, todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 46.2 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, Texto Refundido apro-

bado en el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

Las empresas que hayan extinguido o extingan por despido reconocido o declarado improcedente o por despido colectivo contratos bonificados quedarán excluidas

por un período de doce meses de las bonificaciones establecidas en este programa.

Las empresas deberán solicitar los trabajadores con discapacidad de la correspondiente Oficina de Empleo.

<Índice>

Guía de Contratos. Contrato indefinido 14

i ncentivos

  • Subvención de 3.907 euros por cada contrato celebrado a tiempo completo.

Cuando el contrato por tiempo indefinido se concierte a tiempo parcial, la subvención de 3.907 euros se reducirá proporcionalmente a la jornada pactada.

  • Bonificación de las cuotas empresariales de la Seguridad Social:
    • Si el contrato se celebra a tiempo completo, la empresa tendrá derecho a las siguientes bonificaciones:
      • Trabajadores sin discapacidad severa: Hombres Mujeres

Menores de 45 años 4.500 €/año 5.350 €/año

Mayores de 45 años 5.700 €/año 5.700 €/año

  • Trabajadores con discapacidad severa: Hombres Mujeres

Menores de 45 años 5.100 €/año 5.950 €/año

Mayores de 45 años 6.300 €/año 6.300 €/año

  • Si la contratación se realiza a tiempo parcial, la cuantía de la bonificación corresponderá a lo establecido en el artículo 2.7 de la Ley 43/2006, de 29 de

diciembre, según redacción dada por el artículo 6.Dos de la Ley 27/2009, de 30 de diciembre (BOE de 31 de diciembre).

  • La empresa, para poder bonificarse en la cuota empresarial, tendrá que cumplir los requisitos establecidos en la Ley 43/2006, de 29 de diciembre (BOE

de 30 de diciembre).

  • Subvención para la adaptación de puestos de trabajo, eliminación de barreras o dotación de medios de protección personal hasta 901,52 euros.
  • Deducción de la cuota íntegra la cantidad de 9.000 euros por cada persona/año de incremento del promedio de plantilla de trabajadores con discapacidad

en un grado igual o superior al 33% e inferior al 65%, contratados por el contribuyente, experimentado durante el período impositivo, respecto a la plantilla

media de trabajadores de la misma naturaleza del período inmediato anterior.

  • Deducción de la cuota íntegra la cantidad de 12.000 euros por cada persona/año de incremento del promedio de plantilla de trabajadores con discapacidad

en un grado igual o superior al 65%, contratados por el contribuyente, experimentado durante el período impositivo, respecto a la plantilla media de traba-

jadores de la misma naturaleza del período inmediato anterior.

<Índice>

Guía de Contratos. Contrato indefinido 16

C láusulas espeCífiCas del Contrato indefinido de personas Con disCapaCidad en Centros espeCiales de empleo

r equisitos De los trabajaDores

  • Ser trabajador con discapacidad con un grado igual o superior al 33% reconocido como tal por el Organismo competente, o pensionistas de la Seguridad

Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, o pensionistas de clases pasivas que

tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

La disminución de la capacidad de trabajo se apreciará poniéndose ésta en relación con la capacidad normal de trabajo de una persona de similar cualifi-

cación profesional.

La determinación del grado de discapacidad se llevará a cabo por los Equipos multiprofesionales en resolución motivada, aplicándose los baremos estable-

cidos en la correspondiente norma reglamentaria.

  • Estar inscrito en el Servicio Público de Empleo.
  • El trabajador no debe haber estado vinculado a la empresa, grupo de empresas o entidad en los veinticuatro meses anteriores a la contratación mediante un

contrato por tiempo indefinido.

  • Quedan excluidos los trabajadores que hayan finalizado su relación laboral de carácter indefinido en un plazo de tres meses previos a la formalización del

contrato, excepto en el supuesto previsto en el artículo 8.2 de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre (BOE de 30 de diciembre).

  • Esta exclusión no se aplicara cuando se trate de trabajadores con especiales dificultades para su inserción laboral. A estos efectos, se considerará que exis-

ten dichas especiales dificultades cuando el trabajador esté incluido en alguno de los grupos siguientes:

a) Personas con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental o personas con discapacidad intelectual, con un grado de discapacidad reconocido igual

o superior al 33 por 100.

b) Personas con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 por 100.

c aracterísticas Del contrato

Los contratos que concierten los Centros Especiales de Empleo podrán ser de carácter indefinido con excepción del contrato de trabajo a distancia.

Respecto de las cotizaciones a la Seguridad Social, se aplicará el régimen de bonificaciones o exenciones de cuotas que, con carácter general o específico, resulte

más beneficiosa.

Con el fin de facilitar la adaptación profesional del trabajador con discapacidad para el desempeño de las tareas que constituyen el contenido de su puesto de

trabajo o, en su caso, completar la formación necesaria para el mismo, en los contratos podrá pactarse un período de adaptación al trabajo que, a su vez, tendrá

el carácter de período de prueba y cuya duración no podrá exceder de seis meses.

La necesidad de que el trabajador con discapacidad pase por un período de adaptación al trabajo y las condiciones de éste serán determinadas por el Equipo

multiprofesional.

<Índice>

Guía de Contratos. Contrato indefinido 17

En materia de jornada de trabajo, descansos, fiestas, vacaciones y permisos se estará a lo dispuesto en la sección quinta del capítulo segundo del título I del

Estatuto de los Trabajadores, sin perjuicio de las peculiaridades siguientes:

a) Se prohíbe la realización de horas extraordinarias salvo las necesarias para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios.

b) El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo para asistir a tratamientos de rehabilitación médico-funcionales y para participar en

acciones de orientación, formación y readaptación profesional, con derecho a remuneración siempre que tales ausencias no excedan de diez días en un

semestre.

r equisitos De la empresa

Son empresas promovidas principalmente por asociaciones de personas con discapacidad y/o sus familiares, sin perjuicio de que cualquier persona física o jurídica

pueda constituir uno.

El objetivo principal de estos centros es la integración laboral y por tanto social de personas con discapacidad.

Para obtener la calificación de Centro Especial de Empleo, las empresas deben contar en su plantilla con un mínimo del 70% de trabajadores con discapacidad

y solicitar la correspondiente calificación a la administración competente.

Los Centros Especiales de Empleo son empresas cuyo objetivo principal es el de proporcionar a los trabajadores con discapacidad la realización de un trabajo

productivo y remunerado, adecuado a sus características personales y que facilite la integración laboral de éstos en el mercado ordinario de trabajo.

Pueden ser creados por las Administraciones Públicas, directamente o en colaboración con otros organismos. Por Entidades, por personas físicas, jurídicas o co-

munidades de bienes, que tengan capacidad jurídica y de obrar para ser empresarios.

Pueden tener carácter público o privado, con o sin ánimo de lucro.

Es indispensable la calificación e inscripción en el Registro de Centros del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), o, en su caso, en el correspondiente de las

Administraciones Autonómicas.

La gestión está sujeta a las mismas normas que afectan a cualquier empresa.

Podrán solicitar los beneficios que a continuación se indican los Centros Especiales de Empleo que contraten trabajadores con discapacidad por tiempo indefini-

do a jornada completa o parcial.

Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social tanto en la fecha de alta de los trabajadores como durante la apli-

cación de las bonificaciones correspondientes. Si durante el periodo de bonificación existe una falta de ingreso en plazo reglamentario de dichas obligaciones, se

producirá la perdida automática de las bonificaciones reguladas en el presente Programa, respecto de las cuotas correspondientes a periodos no ingresados en

dicho plazo, teniéndose en cuenta dicho periodo como consumido para el computo del tiempo máximo de bonificación.

No haber sido excluidos del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo por la comisión de infracciones muy graves no pres-

critas, todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 46.2 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, Texto Refundido aprobado en el

Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

<Índice>

Guía de Contratos. Contrato indefinido 19

Los Centros Especiales de Empleo podrán recibir asistencia técnica destinada al mantenimiento de puestos de trabajo, pudiendo ser concedida a instancia

de parte o de oficio cuando el estudio del expediente así lo demande.

3. Ayudas para las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional (R.D. 469/2006, de 21 de abril).

Se entiende por Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional los equipos multiprofesionales, enmarcados dentro de los Servicios de Ajuste Personal y Social

de los Centros Especiales de Empleo, que mediante el desarrollo de distintas funciones y cometidos, permiten ayudar a superar las barreras, obstáculos o

dificultades que los trabajadores con discapacidad de dichos centros tienen en el proceso de incorporación a un puesto de trabajo, así como la permanencia

en el mismo.

o tras características

El trabajo que realice el trabajador con discapacidad en los Centros Especiales de Empleo deberá ser productivo y remunerado, adecuado a las características

individuales del trabajador, en orden a favorecer su adaptación personal y social, y facilitar, en su caso, su posterior integración laboral en el mercado ordinario

de trabajo.

Con el fin de garantizar que el trabajo se adecue en todo momento a las características personales y profesionales del trabajador con discapacidad y valorar el grado

de adaptación profesional alcanzado, los Equipos Multiprofesionales les someterán a revisión, al menos con una periodicidad de dos años. Si como consecuencia

de la revisión de los citados Equipos Multiprofesionales observaran que el trabajo que realiza el trabajador supone un grave riesgo para su salud, deberán declarar

la inadecuación del mismo, debiendo pasar en ese caso el trabajador a ocupar otro puesto adecuado a sus características dentro del propio Centro y de no ser ello

posible cesarán en la prestación de servicios, en las condiciones previstas en el artículo 16.

En el supuesto de que el riesgo quedase constatado con anterioridad a la revisión periódica del Equipo Multiprofesional, se procederá de la misma forma, dando

cuenta de ello inmediatamente al Equipo Multiprofesional.

n ormativa

  • Real Decreto 1368/
  • Real Decreto 427/1999, de 12 de marzo por el que se modifica el Real Decreto 1368/1985.
  • Real Decreto Legislativo 1/2013, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión

social.

  • Real Decreto 2273/
  • Orden Ministerial 16/10/

<Índice>

Guía de Contratos. Contrato indefinido 20

C láusulas espeCífiCas del Contrato indefinido para personas Con disCapaCidad proCedentes de enClaves laborales

r equisitos De los trabajaDores

  • Ser trabajador con discapacidad con un grado igual o superior al 33% reconocido como tal por el Organismo Competente, o pensionistas de la Seguridad

Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, o pensionistas de clases pasivas que

tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

  • Proceder de un enclave laboral y estar en situación de excedencia voluntaria en el Centro Especial de Empleo.
  • Pertenecer a alguno de los siguientes colectivos (según se establece en el artículo 6 del R. D. 290/2004, de 20 de febrero):

a) Las personas con parálisis cerebral, las personas con enfermedad mental o las personas con discapacidad intelectual con un grado de discapacidad re-

conocido igual o superior al 33%.

b) Las personas con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%.

c) Las mujeres con discapacidad no incluidas en los párrafos anteriores con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%.

  • El trabajador no debe haber estado vinculado a la empresa, grupo de empresas o entidad en los veinticuatro meses anteriores a la contratación mediante un

contrato por tiempo indefinido o en los últimos seis meses mediante un contrato de duración determinada o temporal o mediante un contrato formativo, de

relevo o de sustitución por jubilación.

r equisitos De la empresa

  • Ser empresa colaboradora y reunir los requisitos establecidos en el R. D. 290/2004, de 20 de febrero (BOE de 21 de febrero).
  • Las empresas que hayan extinguido o extingan por despido reconocido o declarado improcedente o por despido colectivo contratos bonificados quedarán

excluidas por un período de doce meses de las bonificaciones establecidas en este programa.

i ncentivos

  • La empresa colaboradora que contrate a un trabajador del enclave que pertenezca al colectivo del grupo a) o b) tendrá las siguientes ayudas:
    • Subvención de 7.814 euros por cada contrato de trabajo celebrado a jornada completa. Si el contrato fuera a tiempo parcial, la subvención se reducirá

proporcionalmente según la jornada de trabajo pactada.

  • Subvención por adaptación de puesto de trabajo y eliminación de barreras de conformidad con lo establecido en el R. D. 1451/83, de 11 de mayo, mo-

dificado por el R. D. 170/2004, de 30 de enero.

  • Si la empresa colaboradora contrata a un trabajador del enclave que pertenezca al colectivo del grupo c), tendrá derecho a las siguientes ayudas:
    • Subvención de 3.907 euros por cada contrato de trabajo celebrado a jornada completa. Si el contrato fuera a tiempo parcial, la subvención se reducirá

proporcionalmente según la jornada de trabajo pactada.

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