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La Unión Europea: Integración, Instituciones y Valores, Monografías, Ensayos de Derecho público

apuntes de primera parte de instituciones y derecho de la union europea

Tipo: Monografías, Ensayos

2021/2022

Subido el 10/06/2023

maria1013246964
maria1013246964 🇪🇸

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¡No te pierdas las partes importantes!

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Tratado de la unión
1. salvar una nueva etapa de la integración europea
2. Recordarnos a la importancia histórica del porqué se le puso fin a la división del
territorio
3. deseando acrecentar la solidaridad de sus pueblos manteniendo aún el respeto a su
historia cultura y tradiciones
4. Fortalecer el funcionamiento democrático de las instituciones con el fin de que sean más
eficaces 0
5. Crear una unión económica y estable y una moneda única el euro
6. Promover El Progreso social y económico de sus pueblos
7. Crear una ciudadanía común para facilitar la libre circulación de personas
Integración europea.
Finalidad es: promover La Paz, los valores y el bienestar de los pueblos
La unión fomentará la cohesión económica social y territorial
8. toda competencia no atribuida a la unión en los tratados de corresponderá a los estados
miembros
9. Principio de subsariedad la unión solo intervendrá cuando los estados no puedan cumplir
por sí mismos los objetivos
Tratado de funcionamiento de la unión
1. Sentar las bases de una unión cada vez más estrecha
2. Decidíos a asegurar mediante acción común El Progreso económica y social de los
estados, y la eliminación de fronteras
3. Reforzar la unidad de sus economías y asegurar un desarrollo armonioso
4. Progresiva supresión de la restricciones a intercambios internacionales
5. Promover el desarrollo del nivel de conocimiento más elevado
31 de enero
Lección 1.- El proceso de integración Europa. Evolución y desarrollo
Objetivos:
Situar el proceso de integración europeo en el contexto más amplio del
regionalismo internacional
Procesos de integración regional e internacional:
Desarrollo principal partir de 1945 a partir de los fenómenos en la sociedad
internacional.
A) Mundialización: Después de la segunda guerra mundial, se dio la descolonización,
dándose el surgimiento de los estados y por ende el fenómeno de la mundialización.
(cada vez más estados se incorporan a la ONU)
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¡Descarga La Unión Europea: Integración, Instituciones y Valores y más Monografías, Ensayos en PDF de Derecho público solo en Docsity!

Tratado de la unión

  1. salvar una nueva etapa de la integración europea
  2. Recordarnos a la importancia histórica del porqué se le puso fin a la división del territorio
  3. deseando acrecentar la solidaridad de sus pueblos manteniendo aún el respeto a su historia cultura y tradiciones
  4. Fortalecer el funcionamiento democrático de las instituciones con el fin de que sean más eficaces 0
  5. Crear una unión económica y estable y una moneda única el euro
  6. Promover El Progreso social y económico de sus pueblos
  7. Crear una ciudadanía común para facilitar la libre circulación de personas Integración europea. Finalidad es: promover La Paz, los valores y el bienestar de los pueblos La unión fomentará la cohesión económica social y territorial
  8. toda competencia no atribuida a la unión en los tratados de corresponderá a los estados miembros
  9. Principio de subsariedad la unión solo intervendrá cuando los estados no puedan cumplir por sí mismos los objetivos Tratado de funcionamiento de la unión
  10. Sentar las bases de una unión cada vez más estrecha
  11. Decidíos a asegurar mediante acción común El Progreso económica y social de los estados, y la eliminación de fronteras
  12. Reforzar la unidad de sus economías y asegurar un desarrollo armonioso
  13. Progresiva supresión de la restricciones a intercambios internacionales
  14. Promover el desarrollo del nivel de conocimiento más elevado 31 de enero

Lección 1.- El proceso de integración Europa. Evolución y desarrollo

Objetivos:  Situar el proceso de integración europeo en el contexto más amplio del regionalismo internacional Procesos de integración regional e internacional:  Desarrollo principal partir de 1945 a partir de los fenómenos en la sociedad internacional. A ) Mundialización : Después de la segunda guerra mundial, se dio la descolonización, dándose el surgimiento de los estados y por ende el fenómeno de la mundialización. (cada vez más estados se incorporan a la ONU)

B) Regionalismo internacional  formación de agrupaciones de estados, unidos por intereses comunes.

  • inexistencia de un único modelo son según:  su forma jurídica: no institucionalizada, tratado internacional, organización internacional.  funcionamiento:  objetivos: Elementos a tener en cuenta para el surgimiento de agrupaciones regionales: 1. factores que hayan propiciado su creación: 2. objetivos de la agrupación 3. forma jurídica ¿qué son desde la perspectiva del derecho internacional? 4. Esquema de funcionamiento 1. ejemplo de agrupación regional: MERCOSUR, América latina  proximidad geográficacontexto históricorelaciones comerciales previasdesarrollo económico similarrespuesta a la alternativa de estados unidos Objetivos:carácter económicoes una organización internacional, con personalidad jurídica dos tipos de organizaciones internacionales: tienen competencias de carácter funcional orientadas a su objetivo 1. cooperación: coordinar el ejercicio de las competencias atribuidas por los estados miembros 2. integración: los estados le atribuyen el ejercicio de competencias soberanas  se diferencian por la forma en la que los estados atribuyen la competencias a la organización internacional. 2 ejemplo: T-MEC (sustituye al nafca) MEXICO, USA y CANADA  factor geográfico  complementariedad de la económica  su naturaleza jurídica es un tratado, no una organización internacional. 3 ejemplo: OTAN- 1949

Esquemas de funcionamiento:  Cooperación: Es la forma e relación entre estados para la consecución de sus objetivos comunes a través de la coordinación de competencias. o Son las que con carácter general los actos que adopten la organización no tendrán carácter obligatorio para lo estados. o Los estados mantienen completamente (plenamente) , el ejercicio de sus competencias., que hayan podido atribuir a la organización. o El estado participa si quiere  Integración o Los actos son obligatorios para los estados miembros. o Los estados ven matizado el ejercicio de sus competencias en función de cómo se las hayan atribuido a la organización internacional. o Los actos son obligatorios. o Pueden objetivos de carácter político se pueden dar de dos maneras:  Federalista: busca instauran una unión política entre estados pero de una manera directa, por medio de la creación de una entidad política superior.  Funcionalismo: es un método o estrategia más técnica, más practica, que busca que por medio de la de etapas consecutivas de carácter económico y social adopten gradualmente mediadas con un objetivo político común (final). Técnica por medio de diferentes etapas.. PLAN SCHUMAN Y LA CREACIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. 9 de mayo de 1950 (día de Europa) Circunstancias:  Europa después de la segunda guerra mundial.  La situación geopolítica de Europa, en un mundo bipolar y divido en bloques.  Creación de una serie de organizaciones internacionales.  La OTAN, organización del tratado de la A norte. Es importante porque garantiza los temas de Europa frente a la unión soviética. Bloque occidental  Bloque oriental, el pacto de Varsovia  En consejo de Europa (organización de cooperación política) : creado por el tratado Londres en 1949, con 19npises pertenecientes en su fundación. Nace por las iniciativas de carácter federalistas que se habían planteado en el periodo entre guerras. Tiene una función de

adopción de tratados internacionales importantes entre los tratados europeos. Por ejemplo el convenio europeo de 1950, Económico: (organizar el militar y político). El plan Marshall fue el inicio e una organización internacional, porque lo estados europeos que participan deben ponerse de acuerdo en acuerdos económicos básicos, al igual que la repartición de dinero, para eso se creo la organización internacional en 1948 de la organización europea de cooperación económica (su función principal es la distribución de los fondos necesarios para el plan Marshall) Todo eso lleva a que en 1950 el ministro de relaciones exteriores francés Rober Schumann (9 de mayo) Plantea una estrategia funcionalista La propuesta es carbón y acero entre Francia y Alemania bajo una autoridad común, a esta se le pueden unir otros estados europeos ( del bloque occidental) 6 estados. Crean una organización internacional por medio del tratado del país, la primera comunidad europea la FECA, del carbón y del acero. Se crea una organización internacional de integración económica que se integra a lo funcionalista. 6 de febrero de 2023 Creación de la CEE/ CEEA  Intentos fallidos de avanzar en el plano político.  En 1955 se le encarga a Spaak elaborar un informe de la comunidad económica general, lo que da surgimiento a la CEEA y la CEE, por medio del tratado de roma el 25 de marzo de 1957. Se tienen las 3 comunidades europeas: organizaciones internacionales (de integración, xq los 6 estados miembros cedían el ejercicio de sus competencias a unas instituciones comunes) , creadas por tratados internacionales CECA+CEE+CEEA

  1. se crean por los tratados internacionales constitutivos de las comunidades europeas.
  2. Ahora solo existe el EURATOM/CEEA.
  3. CECA, deja de existir porque se cumplió su tratado, parís 18.04.1951.
  4. El CEE, se explica más adelante. Esquema institucional común ( integración de las 3 comunidades europeas) estaba compuesta por personas independientes a los estados, que debían defender el interés comunitario. Objetivos de carácter económico.  Alta autoridad- comisión o Interés comunitario (novedoso)  Consejo de ministros
  1. integrar la cooperación política europea.  A principios de los 90 se vuelve a plantear una reforma de los estados, para afianzar las instituciones europeas en un nuevo contexto internacional (fin de la guerra fría, fin de la URRSS y por ende creación de nuevos estados que querían incorporarse a la UE) Factores de reforma: Factores externos Factores internos Esas reformas llevaron a: Tratado de la UE, tratado Maastricht (7.02. 1992) Tres pilares:
  2. pilar comunitario: aún estaba integrado a las 3 comunidades europeas. Un cambio la comunidad económica europea, pasa asolo llamarse comunidad europea, pues en este tratado se incorporaba también objetivos políticos, como por ejemplo la ciudadanía europea. Método de integración
  3. Relativo a la política exterior y de seguridad común
  4. La cooperación en asuntos de justica interior:  ( los dos últimos establecían mecanismos de cooperación intergubernamental por medio del sistema de cooperación de la EU, siguen funcionando por medio de las instituciones de la unión europea) Tratado de Ámsterdam ( 02.10. 1997)
  5. se cambia el tercer pilar por la cooperación individual en materia civil y penal, ya que los asuntos de migración y asilo pasan a ser manejados por la UE, es decir pasa a ser del método de integración. Tratado de Niza ( 26.02.2001) No cambia la estructura, se hace por la adecuación institucional a la ampliación Comparar la unión europea con el de maastricht y como es hoy en día. 7 de febrero

El tratado de Maastricht le da nuevas competencias al consejo, y lo convierte en el parlamento (pasar apuntes de la lectura) Intentos de constitucionalización del proceso de integración europeo. El proceso de reformas en cascada del tratado de la Unión Europea. (1900-

Motivos:  se necesitaba definir que era la Unión europea, cual era su naturaleza política ( pues el tratado de Maastricht no lo había hecho)  Querían simplificar el derecho originario en un único tratado  Legitimidad democrática de la unión europea  Se necesitaba un tratado que elaborara la constitución de Europa, para eso se planteo un sistema novedoso TRATADO POR EL QUE SE INSTITUYE UNA CONSTITUCION PARA EUROPA ( 29.10.2004)  La negociación: un procedimiento novedoso o Incorporación de otros actores además de los estados miembros. (representantes de la comisión e incluso representantes de la comisión civil)  La convención europea ( 02/2002-07/2003) o Proyecto de tratado por el que se instituye una nueva constitución en Europa o Dependiente de la voluntad política de los estados miembros. Doble naturaleza del tratado:  Seguía siendo un instrumento de derecho internacional, en el sentido que necesitaba de la ratificación de todos loe estados miembros.

  1. Pero también tiene elementos propios de un texto constitucional (trataba de la legitimidad de los estados como de los ciudadanos)
  2. El texto constitucional aclaraba en reparto de competencias entre los estados miembros y cuales eran de la unión europea y con que intensidad dependiendo del ámbito material atribuían el ejercicio de sus competencias a la unión europea.
  3. Introducía unos principios democráticos de funcionamiento,
  4. Pretendía lograr la simplificación del derecho originario estableciendo un único tratado. Problemas de la ratificación del tratado constitucional ( 2006)  doble no de los referendos de Francia y Holanda.  Negativas de otros para ratificarlo Alternativas: Se dio el tratado de Lisboa, en:

liitos internacionales, tiene derecho a la legación activo y pasivo (tiene delegaciones abiertas con rango de embajadas en terceros países)  La UE no puede hacer algo en frete al tribunal internacional de justicia ( es solo entre estados)  La UE puede exigir responsabilidad internacional.  Cooperan en el marco institucional de la unión europea OBJETIVOS Y PRINCIPIOS DE LA UNIÓN EUROPEA (art 3 del TUE)  Seguridad y paz

  1. seguridad en el plano internacional e interno. Seguridad internacional : Contribuir a la paz, la seguridad y el desarrollo sostenible del planeta, contribuir al estricto respeto de los principios de la carta de las naciones unidas. Seguridad interna: promover la paz y sus valores (entre) sus pueblos. ofrecer un espacio de libertad, seguridad y justicia sin fronteras interiores. Un espacio en el que este garantizado la libre circulación de personas conjuntamente con medidas adecuadas en materia de control de las fronteras exteriores, asilo, inmigración y de prevención y lucha contra la delincuencia.
  2. establecimiento de una unidad monetaria
  3. hacer frente a la exclusión social y la discriminación y fomentar la justicia y la protección social.
  4. La cohesión económica, social territorial y solidaridad
  5. Objetivos políticos: están en el preámbulo del tratado:  La creación de la ciudadanía de la UE  Política exterior y de seguridad común de la UE. Que incluya la política de defensa común. (reforzar la identidad e independencia europea)  El respeto a la identidad de los estados miembros. (protección a la riqueza de la diversidad cultural y lingüística y velara por la conservación y el desarrollo del patrimonio cultural europeo). PRINCIPIOS DE LA UE  Principio de atribución de competencias: art 5  De subsariedad: art 5  De igualdad de los estados miembro: art 4.  Principio de respeto a la identidad nacional de los estados miembros: art 4.  Principio de respeto a la identidad nacional de los estaos miembros art 4.  Principio de cooperación leal art 4. 14 de febrero Adhesión a la unión europea:  La mayoría de los que se han añadido son aquellos que salen de una dictadura o régimen totalitario.

(copiar el slide que tiene la señora en la presentación) Requisitos sustantivos:

  • cualquier estado europeo que respete los principios enunciados en el articulo 1 y 2 y se comprometa a promoverlo: A) Ser un estado europeo  Política de vecindad, donde están los limites de europea, ¿hay una identidad europea? B) lo del artículo 2 C) deben cumplir con los criterios de elegibilidad  consejo de Copenhague (1993): : LOS PRINCIPIOS DE DEMOCRACIA REPRESENTATIVA, ESTADO DE DERECHO, JUSTICIA SOCIAL Y RESPETO DE LOS DERECHOS HUMANOS. Esto es requerido para pertenecer la UE: sistema representativo, democracia pluralista, plena libertad de expresión y mecanismos que aseguren la protección de los derechos fundamentales. D) Dispongan de una economía de mercado viable, así como la capacidad de hacer frente a la presión competitiva E) Acervo comunitario: todo el patrimonio jurídico de la unión. Tratados, principios, jurisprudencia. El estado que se adhiere tiene que incorporar ese acervo a su derecho y debe garantizar que se respete y se aplique. Requisitos procedimentales (art 49 TUE) Tiene tres fases:

 presentación de solicitud de adhesión o la solicitud de se dirige al consejo o el consejo consulta a la comisión- dictamen favorable o el conejo informa de esta solicitud al parlamento europea y a los parlamentos nacionales (si hay unanimidad se de da al estado)  concesión del estatuto de candidato  inicio de negociaciones o decisión del consejo por unanimidad

 negociación y adopción del tratado de adhesión o se establecen las condiciones de admisión del estado y las adaptaciones que hay que hacerle el tratado por admisión. Se fundamenta la unión serán objeto de acuerdo entre el parlamento, todos los estados miembros y claro el solicitante o aceptación del tratado de adhesión por los estados miembros: ratificación de todos los estados, de conformidad con sus respectivas normas constitucionales o contenido del acuerdo de adhesión:

derechos fundamentales o la unión podrá adoptar medida pero no tiene obligatoriedad o radicalidad como la de por razón de nacionalidad.  Se tendrá que ir a las directivas de la unión y la normativa nacional que los desarrolla  Derecho al sufragio activo y pasivo: parlamento europeo, derecho que pueden hacerse en un estado miembro distinto del que la persona es nacional y del que tiene su residencia. (votante y elector) (principio de igualdad de trato)  Derecho al sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales del estado miembro en el que residan (art 22 TFUE). Derechos destinados a garantizar una protección especifica derivada del vinculo con la unión europea  Derecho a la protección diplomática y consular de ciudadanos (art 23 del TFUE) de la UE en terceros países. Según la norma de derecho derivado la regula dice que el contenido de ese derecho no corresponde con una protección diplomática stricto sensu. En realidad este derecho se corresponde con una protección de carácter consular, no tiene que haber un carácter o hecho ilícito. Ejemplo si España no tiene relación consular con un estado puede la persona pedir la protección al consulado de Francia o Italia.  Derechos que establecen mecanismo de protección de los ciudadanos de la UE frente a las instituciones de la UE. por ejemplo el derecho de petición.  Los art de recurrir al defensor del pueblo europeo.  Dirigirse a las instituciones y órganos consultivos de la unión. Derechos específicos de la ciudadanía (art 20 y 25 tfue) Se pueden incorporar nuevos derechos, para le cumplimiento de los derechos. Anualmente se debe publicar un informe anual de la comisión sobre la aplicación de la ciudadanía o un procedimiento legislativo especial. Vías de participación de los ciudadanos en la vida política de la unión: 7 y 8 de marzo 13 de marzo de 2023 Competencias de la comisión Art 17 TUE  Iniciativa legislativa: o Promueve el interés general de la unión y toma las iniciativas con este fin o Tiene competencia exclusiva para presentar iniciativas legislativas “los actos legislativos de la unión solo podrán adoptarse a propuesta de la comisión.  Delegadas y de ejecución: o Ejecutar el presupuesto de la unión art 17.1, art 317 TFUE

o Delegadas por el parlamento y el consejo: un acto legislativo podrá delegar en la comisión los poderes para adoptar actos no legislativos de alcance general que complementen o modifiquen determinados elemento no esenciales del acto legislativo que completen o modifiquen determinados elementos no esenciales del acto legislativo o Adopción de actos para ejecución de actos jurídicamente vinculantes. (art 291 del TFUE) SU OBJETUVO ES GARANTIZAR LA EJECUIÓN VINULANTE DEL ACTO EN CONJUNTO EN TODA LA UNIÓN EUROPEA.  Competencias de control de cumplimiento del derecho de la unión europea o Velara porque se apliquen los tratados y las medidas adoptadas por las instituciones en virtud de estos o Poder general de información e investigación o Recurso por incumplimiento, art 258 de TFUE o Poder genera de información e investigación.  La comisión representa a la unión excepto en los casos de política exterior y de seguridad común y de los demás casos previstos por los tratados, asumirá la representación exterior de la unión. o Negocia los tratados internacionales por la unión, la fase de negociación le corresponde El consejo de la unión europea Es una de las instituciones en las que participan los estados miembros. por lo que tiene 27 miembros por cada estado con rango ministerial y esa persona tiene que estar facultada para comprometer al gobierno del estado miembro al que represente y para ejercer el derecho al voto. Gente de las ccaa pueden representar a España, pero están representado al conjunto no solo a la comunidad Las 10 formaciones del consejo  Asuntos generales: vela por la coherencia de los trabajos de las distintas formaciones del consejo, prepara trabajos del consejo europeo  Asuntos exteriores: Elabora acción exterior de la unión, es presidido por el alto representante para asuntos exteriores Órganos de apoyo: de funcionamiento del consejo  La presidencia: durante 1 semestre se encarga de presidir las composiciones del consejo excepto la de asuntos exteriores. Trabajan en grupos de tres  Órganos preparatorios del consejo. COREPER comité de representantes permanentes administraciones nacionales (art 19.7 TUE) Entre Bruselas y Luxemburgo. Competencias del consejo: Legislativas ( la comparte con el parlamento) adopción de actos de la UE

Es un mandato de 5 años (esta vinculado a la comisión pues este interviene en la no se que de la comisión). Ningún estado miembro tendrá más de 96 escaños. Se ajusta la representación a la población del estado (el más es Alemania). Competencias legislativas del parlamento: Procedimiento legislativo ordinario (art 289 y 294) Adopción conjunta por el parlamento y el consejo Mayor intensidad (aprobación del parlamento, para que el consejo lo adopte debe ser favorable). El procedimiento ordinario, es que lo adopta los dos Menor intensidad el dictamen del parlamento solo tiene un dictamen consultivo, es el menos utilizado, en este solo lo adopta el consejo el dictamen del parlamento no obliga 25 de abril- 2022 Naturaleza y tipología de actos: Actos típicos (art 288 TFUE).

  • Los reglamentos tienen un alcance general -Directivas: su objetivo es la armonización de las legislaciones nacionales, a diferencia del reglamento no sustituye el derecho nacional siempre van dirigidas a sus destinatarios. El legislador debe incorporar la directiva a la legislación del estado (del derecho interno). Se debe transponer, si el estado no lo hace o lo hace de forma inadecuada se podría presentar una acción por incumplimiento, o si no lo hace ene le plazo de que la directiva lo dice puede tener efecto directo (el efecto de esa directiva si representa derechos por los nacionales), es decir que puede ser invocada por los nacionales ante los jueces
  • decisiones: es un instrumento legislativo mixto. Comparten con las directivas que no tienen un alcance general. (puede funcionar con un acto administrativo) son a quienes van dirigidas quienes pueden interponer hasta los tribunales un recurso de anulación (cuando van dirigidas a los individuos y por ende funcionan como actos administrativos) decisiones sui generis , no tiene destinatarios. Se dirige a los estados o a instituciones. Son obligatorias en todos sus elementos Cuando son dirigidas a los individuos tiene eficacia directa Pero cuando es dirigidas a estados, les pasa como directivas, en principio no tiene eficacia directa, pero si el estado no responde (clara y precisa, no sometida a condición) si cumple con esos requisitos, en función de cada caso concreto podrían tener eficacia directa. No tienen nada que ver con las decisiones PESC

Recomendaciones/ dictámenes (son un tipo de soft law npi) : no tienen carácter obligatorio. Por lo que estaría excluida de control del TJUE (en principio). Establecen una obligación o conducta a seguir Cuando establece una conducta a seguir aunque no son objeto de control de legalidad, en su caso podrían ser objeto de una cuestión prejudicial o de interpretación. Dictámenes: sirven para emitir una opinión o evaluar una situación en la UE y/o los estados miembros. (El comité económico social y el de las regiones es quien puede emitir dictámenes, sobre x ejemplo una propuesta legislativa por la comisión)  Actos atípicos: Tienen la misma categoría que la de los del art 288 del TFUE Pueden ser adoptados porque:

  • El tratado no establezca no se que de determinada materia. No establece el tipo de acto que hay que utilizar
  • Por que puede funcionar emitir un acto de soft law antes de un acto legislativo u obligatorio (dice la comisión). Si el tratado no dice lo contrario. por medio de un análisis casuístico se le importancia al contenido material sobre la norma publicación, notificación y vigencia
    • publi eurolex; diario oficial art 297 , 2 TFUE las relaciones entre los actos vinculantes. Delegación legislativa y ejecución: no hay un principio de jerarquía si no de paridad nacional porque son adoptadas por as mismas instituciones art 290 del TFUE La comisión puede adoptar (art 290 TFUE) Articulo 291 TFUE- actos de ejecución. El control se hace por medio de la comitologia LECCIÓN 11- El derecho de no se que exterior de la unión europea Ius contrahendi DE LA UNIÓN ART 47 DEL TUE Y EL 216 DEL TFUE 2 de mayo de 2023 Autonomía y coordinación del ordenamiento de la UE y de los ordenamientos internos El derecho de la unión no solo crea derecho para los estados, si no también para los individuos.

Vertical ( caso vandentelloos prohibcion de stablecer medidas aranelarias a la importnación, puede exigirrs Reglamentos por su natrualeza tiene efecto directo (Apuntes aparte de lo dicho en clase) Lectura objetivos de la unión europea  La UE tiene se une por la consecución de unos objetivos comunes, para lograr sus intereses y también porque sus propios sistemas políticos y sociales se basan en una serie de principios y valores fundamentales que les son comunes a todos ellos.  Es una unión de valores, pues solo intereses los desquebrajaría ante cualquier conflicto  Unidad política superior a los estados, que los englobase a todos: buscaban la federación de los estados unidos de Europa  EL CEMENTO DE LA UNIÓN ERAN LOS VALORES QUE COMPARTIAN  LA UE ES UNA UNIÓN SUPRANACIONAL  Los estados le han hecho una transferencias parcial de su soberanía a la unión: integración política y económica El ABC del derecho de la unión europea:  En su art 2 dice que la UE se fundamenta en el respeto a la dignidad humana, la libertad, democracia, igualdad etc..  Art 3 bienestar paz y la libertad de sus pueblos. Valores de la UE  Art 2 del TUE  Estos valores se dieron en el tratado de Lisboa en el de maaschrtrit se limitaba hablar de un mercado común y unos pocos derechos de los sujetos activos de ese mercado.  El TCEE: libertades básicas del mercado:  Libertad de movimiento de mercancías  Libertad de movimientos de los trabajadores  Derecho de establecimiento  Libertad de prestación de servicios  Libre movimiento de capitales  Declaración sobre la identidad europea (cumbre de Copenhague) : LOS PRINCIPIOS DE DEMOCRACIA REPRESENTATIVA, ESTADO DE DERECHO, JUSTICIA SOCIAL Y RESPETO DE LOS DERECHOS HUMANOS. Esto es requerido para pertenecer la UE: sistema representativo,

democracia pluralista, plena libertad de expresión y mecanismos que aseguren la protección de los derechos fundamentales.  El derecho de las comunidades europeas esta formado por: tratados, derecho consuetudinario derivado y principios generales del derecho y en particular los derechos fundamentales.  La primera institución europea se forma en el tratado de Maastricht 1992. Dotó de valor jurídico los principios y valores al incluirlos en la parte dispositiva del tratado.  Tratado de Ámsterdam: 1997 añade que los estados miembros se adhieren a los derechos sociales fundamentales Añade a una sanción a los estados miembros cuando haya una violación grave y persistente de los principios de la unión. La sanción es: la suspensión de los derechos derivados de la aplicación de tratados y el derecho de voto ene el consejo.  La positivización de los valores de la unión se dio por: la crisis de los partidos tradicionales de centro (democracia cristiana y social democracia) y el ascenso de los partidos radicales de derecha.  Tratado de Niza: 2001 introduce el art 11.1 “ el desarrollo y la consolidación de la democracia y del Estado de Derecho, así como el respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales ” objetivo de política exterior y seguridad común.  Para pertenecer a la UE no solo se debe ser europeo, si no también mencionar los valores del articulo 2 y promoverlos.  Los ciudadanos de la unión están representados por el parlamento europeo.  Los estados miembros están representados en el consejo por su gobierno o estados de gobierno.  La UE se maneja por democracia representativa. Por ello es necesario el intercambio de opiniones y oír a los ciudadanos. Para ello se crea la iniciativa ciudadana (un millón de ciudadanos), por medio de la comisión europea. Los derechos de la unión europea:  1999 la unión se doto de una carta de derechos fundamentales propia. Por la importancia de los derechos fundamentales en la unión la importancia sobresaliente de sus derechos. Codificar un texto legal-normativo. Especificar el contenido de sus valores y derechos fundamentales.  “es lo que somos y lo que esperamos que sean”  criterios de Copenhague: condiciones mínimas que tiene todo estado candidato para ingresar, estabilidad de instituciones respecto a la democracia, el estado de derecho, los derechos humanos y la protección de las minorías.