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instrumentos públicos extraprotocolares, Esquemas y mapas conceptuales de Derecho

instrumentos publicos extraprotocolares

Tipo: Esquemas y mapas conceptuales

2019/2020

Subido el 06/07/2020

yadi-maylle-pariona
yadi-maylle-pariona 🇵🇪

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La entrega de cartas notariales.
La expedición de copias certificadas.
La certificación de firmas.
La certificación de reproducciones.
La certificación de Apertura de Libros.
La constatación de supervivencia.
Son constancias puestas en instrumentos privados por medio de los
cuales el Notario da fe de la certeza de un hecho, de un dicho, de la
identidad de las personas, de la suscripción de documentos,
confiriéndoles fecha cierta.
Los interesados obtienen seguridad jurídica, fe pública garantía y
fecha cierta acerca de la existencia del instrumento.
El acta notarial es el instrumento público que contiene la
narración de un acontecimiento y en el que a
requerimiento de parte se hace constar un hecho, que
presencie o le conste al notario.
Contiene la narración de un acontecimiento. Se constata
y fija un hecho jurídico independiente de la voluntad del
sujeto que promueve la constatación. Tiene una finalidad
probatoria, de fijación de hechos, dichos o actos, a través
del tiempo.
Brindan seguridad jurídica a quienes las utilizan y a la
sociedad en general. La fe pública que da el notario, hace
que sean instrumentos en los que no cabe duda de la
autenticidad de los hechos que se consignan en los
mismos. Tienen valor probatorio pleno.
Autorización para Viajes de Menores.
Destrucción de Bienes.
Entrega.
Juntas, Directorios, Asambleas, Comités y demás
actuaciones corporativas.
Licitaciones y Concursos. Inventarios, subastas.
Sorteos y de Entrega de Premios.
Constatación de identidad.
Transmisión por medios electrónicos de la manifestación
de voluntad.
Verificación de documentos y Comunicaciones
electrónicas
CERTIFICACIONES
ACTAS
Son IPE las actas y demás certificaciones que se refieren a actos, hechos o circunstancias que presencie o le conste al notario por
razón de su función. Son aquellos instrumentos otorgados o autorizados por un notario público, en original, fuera del Protocolo. Se
redactan dentro o fuera de la notaría. Estos instrumentos son susceptibles de incorporarse al Protocolo Notarial, a solicitud de parte
interesada.
INSTRUMENTOS PÚBLICO EXTRAPROTOCOLARES

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La entrega de cartas notariales. La expedición de copias certificadas. La certificación de firmas. La certificación de reproducciones. La certificación de Apertura de Libros. La constatación de supervivencia. Son constancias puestas en instrumentos privados por medio de los cuales el Notario da fe de la certeza de un hecho, de un dicho, de la identidad de las personas, de la suscripción de documentos, confiriéndoles fecha cierta. Los interesados obtienen seguridad jurídica, fe pública garantía y fecha cierta acerca de la existencia del instrumento. El acta notarial es el instrumento público que contiene la narración de un acontecimiento y en el que a requerimiento de parte se hace constar un hecho, que presencie o le conste al notario. Contiene la narración de un acontecimiento. Se constata y fija un hecho jurídico independiente de la voluntad del sujeto que promueve la constatación. Tiene una finalidad probatoria, de fijación de hechos, dichos o actos, a través del tiempo. Brindan seguridad jurídica a quienes las utilizan y a la sociedad en general. La fe pública que da el notario, hace que sean instrumentos en los que no cabe duda de la autenticidad de los hechos que se consignan en los mismos. Tienen valor probatorio pleno. Autorización para Viajes de Menores. Destrucción de Bienes. Entrega. Juntas, Directorios, Asambleas, Comités y demás actuaciones corporativas. Licitaciones y Concursos. Inventarios, subastas. Sorteos y de Entrega de Premios. Constatación de identidad. Transmisión por medios electrónicos de la manifestación de voluntad. Verificación de documentos y Comunicaciones electrónicas

ACTAS^ CERTIFICACIONES

Son IPE las actas y demás certificaciones que se refieren a actos, hechos o circunstancias que presencie o le conste al notario por razón de su función. Son aquellos instrumentos otorgados o autorizados por un notario público, en original, fuera del Protocolo. Se redactan dentro o fuera de la notaría. Estos instrumentos son susceptibles de incorporarse al Protocolo Notarial, a solicitud de parte interesada.

INSTRUMENTOS PÚBLICO EXTRAPROTOCOLARES