Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


internacional privado, Apuntes de Derecho Privado Internacional

Asignatura: Derecho Internacional Privado, Profesor: Clara Cordero Alvarez, Carrera: Derecho, Universidad: UCM

Tipo: Apuntes

2016/2017

Subido el 23/03/2017

cristina-dutchak
cristina-dutchak 🇪🇸

3.2

(128)

2 documentos

1 / 1

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
GLOSARIO
FORO: donde se solicita a que se presente la demanda, es decir, donde estamos
actuando/litigando (Tribunal de Foro). Por ejemplo, si España dice que no es
competente para resolver un caso, hasta que demuestre esa incompetencia , el
encargado de llevar el caso, es decir, es el Tribunal de foro.
Fórum ius: cual es el sistema que hay que aplicar. Ver si hay algo de la UE, después en los
convenios y en el ultimo lugar sistemas internacionales autónomos.
En el caso de las normas de conflicto tenemos que saber que derecho aplicmos: por un lado,
Lex fori: mi propio derecho, es decir, es el derecho que aplicamos donde estamos litigando; y
por otro lado, lex causae, cq otro derecho de un estado extranjero.
1º. Competencia Juridica
2º derecho aplicable: normas de conflicto
3º reconocimiento de decisiones extranjeras: diferenciaos del tribunal de origen del tribunal
requerido. Tribunal de origen que dicta la resolución q queremos que tenga eficacia
extraterritorial; el requerido ante el cual solicitamos q esa decisión extranjera produzca efectos
en su jurisdicción.
fuero (no confundir con foro): es el criterio de competencia judicial internacional (nos
referimos siempre a esta competencia en esta asignatura obviamente). El objeto de
litigio debe de cumplirse o se haya cumplido defectuosamente.
Sistema de fuente interna: hace referencia a la producción estatal.

Vista previa parcial del texto

¡Descarga internacional privado y más Apuntes en PDF de Derecho Privado Internacional solo en Docsity!

GLOSARIO

  • (^) FORO: donde se solicita a que se presente la demanda, es decir, donde estamos actuando/litigando (Tribunal de Foro). Por ejemplo, si España dice que no es competente para resolver un caso, hasta que demuestre esa incompetencia , el encargado de llevar el caso, es decir, es el Tribunal de foro.

Fórum ius: cual es el sistema que hay que aplicar. Ver si hay algo de la UE, después en los convenios y en el ultimo lugar sistemas internacionales autónomos.

En el caso de las normas de conflicto tenemos que saber que derecho aplicmos: por un lado, Lex fori: mi propio derecho, es decir, es el derecho que aplicamos donde estamos litigando; y por otro lado, lex causae, cq otro derecho de un estado extranjero.

1º. Competencia Juridica

2º derecho aplicable: normas de conflicto

3º reconocimiento de decisiones extranjeras: diferenciaos del tribunal de origen del tribunal requerido. Tribunal de origen que dicta la resolución q queremos que tenga eficacia extraterritorial; el requerido ante el cual solicitamos q esa decisión extranjera produzca efectos en su jurisdicción.

  • (^) fuero (no confundir con foro) : es el criterio de competencia judicial internacional (nos referimos siempre a esta competencia en esta asignatura obviamente). El objeto de litigio debe de cumplirse o se haya cumplido defectuosamente.

Sistema de fuente interna: hace referencia a la producción estatal.