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La Monarquía Española: Funciones y Atribuciones del Rey - Prof. Borrego, Apuntes de Criminología

Tema 3 Introducció al Dret Constitucional

Tipo: Apuntes

2018/2019

Subido el 11/10/2019

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TEMA 3. ÒRGANS DE L’ESTAT: LA CORONA.
LES CORTS GENERALS. EL GOVERN I LES
SEVES RELACIONS AMB LES CORTS. EL
PODER JUDICIAL
Corona
Títol 2. Articles 56-66
Art. 56.1
1. El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el
funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta representación del Estado
español en las relaciones internacionales, especialmente con las naciones de su
comunidad histórica, y ejerce las funciones que le atribuyen expresamente la Constitución
y las leyes.
2. Su título es el de Rey de España y podrá utilizar los demás que correspondan a la Corona.
3. La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Sus actos estarán
siempre refrendados en la forma establecida en el artículo 64, careciendo de validez sin
dicho refrendo, salvo lo dispuesto en el artículo 65.2.
Art. 56.1 Símbol, arbitra, modera i representa Funcions del monarca/atribucions de la
corona
La Constitució regula la corona en 3 característiques fonamentals:
1. La Corona es un òrgan constitucional Art. 61
2. És hereditària Art. 57
3. El càrrec del rei es vitalici El rei romana en el càrrec fins la seva mort excepte en
Inhabilitacions, mort o abdicació.
El monarca no esta subjecte a responsabilitat Art. 56.3
El rei no es un òrgan sobirà sinó que tots els poders del rei emanen de la
Constitució.
El rei ha d’actuar segons els principis d’aquesta Constitució. Art. 61
Els actes del rei estan referendats (firmats) i dels actes del rei seran responsables els
que firmin. Art. 64
Art. 56
1. El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el
funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta representación del Estado
español en las relaciones internacionales, especialmente con las naciones de su
comunidad histórica, y ejerce las funciones que le atribuyen expresamente la Constitución
y las leyes.
2. Su título es el de Rey de España y podrá utilizar los demás que correspondan a la Corona.
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TEMA 3. ÒRGANS DE L’ESTAT: LA CORONA.

LES CORTS GENERALS. EL GOVERN I LES

SEVES RELACIONS AMB LES CORTS. EL

PODER JUDICIAL

Corona

Títol 2. Articles 56-

Art. 56.

1. El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el

funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales, especialmente con las naciones de su comunidad histórica, y ejerce las funciones que le atribuyen expresamente la Constitución y las leyes.

2. Su título es el de Rey de España y podrá utilizar los demás que correspondan a la Corona.

3. La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Sus actos estarán

siempre refrendados en la forma establecida en el artículo 64, careciendo de validez sin dicho refrendo, salvo lo dispuesto en el artículo 65.2.

Art. 56.1 Símbol, arbitra, modera i representa Funcions del monarca/atribucions de la

corona

La Constitució regula la corona en 3 característiques fonamentals:

1. La Corona es un òrgan constitucional Art. 61

2. És hereditària Art. 57

3. El càrrec del rei es vitalici El rei romana en el càrrec fins la seva mort excepte en

Inhabilitacions, mort o abdicació.

El monarca no esta subjecte a responsabilitat Art. 56.

  • El rei no es un òrgan sobirà sinó que tots els poders del rei emanen de la

Constitució.

  • El rei ha d’actuar segons els principis d’aquesta Constitució. Art. 61
    • Els actes del rei estan referendats (firmats) i dels actes del rei seran responsables els

que firmin. Art. 64

Art. 56

1. El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el

funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales, especialmente con las naciones de su comunidad histórica, y ejerce las funciones que le atribuyen expresamente la Constitución y las leyes.

2. Su título es el de Rey de España y podrá utilizar los demás que correspondan a la Corona.

3. La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Sus actos estarán

siempre refrendados en la forma establecida en el artículo 64, careciendo de validez sin dicho refrendo, salvo lo dispuesto en el artículo 65.2.

Art. 57

1. La Corona de España es hereditaria en los sucesores de S. M. Don Juan Carlos I de

Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica. La sucesión en el trono seguirá el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo sexo, la persona de más edad a la de menos.

2. El Príncipe heredero, desde su nacimiento o desde que se produzca el hecho que origine el

llamamiento, tendrá la dignidad de Príncipe de Asturias y los demás títulos vinculados tradicionalmente al sucesor de la Corona de España.

3. Extinguidas todas las líneas llamadas en Derecho, las Cortes Generales proveerán a la

sucesión en la Corona en la forma que más convenga a los intereses de España.

4. Aquellas personas que teniendo derecho a la sucesión en el trono contrajeren matrimonio

contra la expresa prohibición del Rey y de las Cortes Generales, quedarán excluidas en la sucesión a la Corona por sí y sus descendientes.

5. Las abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho que ocurra en el

orden de sucesión a la Corona se resolverán por una ley orgánica.

Art. 61

1. El Rey, al ser proclamado ante las Cortes Generales, prestará juramento de desempeñar

fielmente sus funciones, guardar y hacer guardar la Constitución y las leyes y respetar los derechos de los ciudadanos y de las Comunidades Autónomas.

2. El Príncipe heredero, al alcanzar la mayoría de edad, y el Regente o Regentes al hacerse

cargo de sus funciones, prestarán el mismo juramento, así como el de fidelidad al Rey.

Art. 64

1. Los actos del Rey serán refrendados por el Presidente del Gobierno y, en su caso, por los

Ministros competentes. La propuesta y el nombramiento del Presidente del Gobierno, y la disolución prevista en el artículo 99, serán refrendados por el Presidente del Congreso.

2. De los actos del Rey serán responsables las personas que los refrenden.

Acte degut Un acte la iniciativa correspon a un altre òrgan, que s'ha de fer i que s'ha de fer amb una

determinada forma (llei orgànica). Deure jurídic.

Constitució 1978 El rei rep atribucions com actes deguts excepte el art. 99 i el 65.

32 competències Atribucions del rei Actes deguts

El rei es limita a ratificar un acte que ha fet un òrgan

Incideixen en les 3 funcions bàsiques: executives, legislatives i jurídiques.

Art. 62 Atribucions que incideixen en la funció legislativa, executiva i judicial

Corresponde al Rey: a) Sancionar y promulgar las leyes. b) Convocar y disolver las Cortes Generales y convocar elecciones en los términos previstos en la Constitución. c) Convocar a referéndum en los casos previstos en la Constitución. d) Proponer el candidato a Presidente del Gobierno y, en su caso, nombrarlo, así como poner fin a sus funciones en los términos previstos en la Constitución. e) Nombrar y separar a los miembros del Gobierno, a propuesta de su Presidente. f) Expedir los decretos acordados en el Consejo de Ministros, conferir los empleos civiles y militares y conceder honores y distinciones con arreglo a las leyes.

Art. 59 Inhabilitació del rei L’únic supòsit que admet la Constitució per inhabilitar al rei,

aquest ha d’estar amb problemes mèdics psíquics.

1. Cuando el Rey fuere menor de edad, el padre o la madre del Rey y, en su defecto, el

pariente mayor de edad más próximo a suceder en la Corona, según el orden establecido en la Constitución, entrará a ejercer inmediatamente la Regencia y la ejercerá durante el tiempo de la minoría de edad del Rey.

2. Si el Rey se inhabilitare para el ejercicio de su autoridad y la imposibilidad fuere reconocida

por las Cortes Generales, entrará a ejercer inmediatamente la Regencia el Príncipe heredero de la Corona, si fuere mayor de edad. Si no lo fuere, se procederá de la manera prevista en el apartado anterior, hasta que el Príncipe heredero alcance la mayoría de edad.

3. Si no hubiere ninguna persona a quien corresponda la Regencia, ésta será nombrada por

las Cortes Generales, y se compondrá de una, tres o cinco personas.

4. Para ejercer la Regencia es preciso ser español y mayor de edad.

5. La Regencia se ejercerá por mandato constitucional y siempre en nombre del Rey.

Art. 65 Llibertat que té el rei, no es un acte degut, es discrecional

1. El Rey recibe de los Presupuestos del Estado una cantidad global para el sostenimiento de

su Familia y Casa, y distribuye libremente la misma.

2. El Rey nombra y releva libremente a los miembros civiles y militares de su Casa.

Art. 99 Llibertat que té el rei, no es un acte degut, es discrecional

1. Después de cada renovación del Congreso de los Diputados, y en los demás supuestos

constitucionales en que así proceda, el Rey, previa consulta con los representantes designados por los grupos políticos con representación parlamentaria, y a través del Presidente del Congreso, propondrá un candidato a la Presidencia del Gobierno.

2. El candidato propuesto conforme a lo previsto en el apartado anterior expondrá ante el

Congreso de los Diputados el programa político del Gobierno que pretenda formar y solicitará la confianza de la Cámara.

3. Si el Congreso de los Diputados, por el voto de la mayoría absoluta de sus miembros,

otorgare su confianza a dicho candidato, el Rey le nombrará Presidente. De no alcanzarse dicha mayoría, se someterá la misma propuesta a nueva votación cuarenta y ocho horas después de la anterior, y la confianza se entenderá otorgada si obtuviere la mayoría simple.

4. Si efectuadas las citadas votaciones no se otorgase la confianza para la investidura, se

tramitarán sucesivas propuestas en la forma prevista en los apartados anteriores.

5. Si transcurrido el plazo de dos meses, a partir de la primera votación de investidura, ningún

candidato hubiere obtenido la confianza del Congreso, el Rey disolverá ambas Cámaras y convocará nuevas elecciones con el refrendo del Presidente del Congreso.

Art. 56.3 El rei esta protegit

Codi penal Des de l’ art. 485 fins l’ art. 491

Regència

Regent cridat al Cap d’Estat

Els supòsits que es poden donar quan el rei es menor d’edat o quedi inhabilitat. Art. 59

Minoria d’edat acaba als 18 anys Art 59. 1

Inhabilitació del rei Art. 59.

Si el rei es cura pot tornar a regnar amb l’acceptació de les Corts

En el cas d’absència de Regència, seran les Corts qui anomenaran al regent Art. 59.

La Regència es incompatible amb el tutor del rei, excepte els pares o ascendents del rei.

El regent té la mateixa protecció que el rei.

El regent té la mateixa posició constitucional que el rei, durant un període determinat.

Tutor del rei

Fa la funció de pare del rei

Art. 60

1. Será tutor del Rey menor la persona que en su testamento hubiese nombrado el Rey

difunto, siempre que sea mayor de edad y español de nacimiento; si no lo hubiese nombrado, será tutor el padre o la madre mientras permanezcan viudos. En su defecto, lo nombrarán las Cortes Generales, pero no podrán acumularse los cargos de Regente y de tutor sino en el padre, madre o ascendientes directos del Rey.

2. El ejercicio de la tutela es también incompatible con el de todo cargo o representación

política.

Previsions:

▲ Tutoria testamentaria El rei ha deixat en el seu testament qui ha de ser el tutor.

Acte mortis causa Seria bo que fos referendat pel President del Govern perquè

en

Després de la mort principi tots els actes del rei han d’estar referendat.

Autoritzar, legalitzar,

ratificar

Per a poder ser tutor en aquest cas has de ser major d’edat i espanyol.

▲ Tutoria legitima La tutoria correspon a la mare o al pare del rei si estan vius.

▲ Tutoria parlamentaria Nomenada per les Corts

Per a poder ser tutor en aquest cas has de ser major d’edat i ser espanyol de naixement.

L’acte del referendament normalment es una assignatura, per això, a vegades es parla de

contrasignatura.

Signar un document en addició a la signatura d’un altre per tal de testimoniejar-ne l’autenticitat.

Quan hi ha un acompanyament al monarca en un acte també es referendament.