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Introucción a la UE, Apuntes de Derecho de la Unión Europea

Asignatura: Dret comunit.europeu.lliure circ.merc,pers,serv,ca, Profesor: Alumne de pràctiques, Carrera: Dret, Universidad: UB

Tipo: Apuntes

2011/2012

Subido el 28/02/2012

raaaquel-6
raaaquel-6 🇪🇸

2.8

(16)

9 documentos

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La expresión Unión Europea, fue introducida por primera vez en el Tratado de la Unión
Europea (TUE), adoptado en Maastricht, en 1992, en su Art 1. Recoge que la Unión es
una forma de asociación de estados (Las Altas partes Contratantes), es decir un ente
jurídico que:
Establece una unión de Estados con un régimen jurídico compartido
E impulsa un proceso político continuo de evolución de esta unidad mediante las
competencias que ejercen los órganos de los que se dota a la asociación y los
procedimientos de reforma previstos por el mismo TUE.
Con la UE, los Estados miembros acuerdan ciertos parámetros normativos que
delimitan sus conductas hacia dentro, es decir, dentro de sus territorios y hacia el resto
de miembros; y hacia fuera, esto es, con respecto a terceros estados no miembros de la
Unión u otras organizaciones. La Unión, como realidad jurídica, está revestida así de
seis elementos distintivos básicos:
a) Es una asociación de estados europeos actualmente 27 de duración
indefinida
b) Está creada y regida por tratados internacionales.
c) Tiene unos objetivos y valores compartidos, acordados por todos los
miembros.
d) Está dotada de una estructura institucional permanente ( órganos)
e) Ejerce funciones políticas y competencias legislativas y judiciales en las
materias en la persecución de objetivos compartidos y con el alcance que
reconocen sus tratados constitutivos.
f) Goza de personalidad Jurídica internacional propia. Esto implica que puede
trabar relaciones jurídicas de forma directa con otros sujetos de derecho
internacional, sean los propios Estados miembros, sean terceros estados u
organizaciones internacionales, de las que debe responder en caso de
incumplimiento en el plano internacional
La UE es una organización internacional dotada de personalidad jurídica internacional
propia, por lo tanto, se debe desechar la idea de entender la Unión como una
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¡Descarga Introucción a la UE y más Apuntes en PDF de Derecho de la Unión Europea solo en Docsity!

La expresión Unión Europea, fue introducida por primera vez en el Tratado de la Unión Europea (TUE), adoptado en Maastricht, en 1992, en su Art 1. Recoge que la Unión es una forma de asociación de estados (Las Altas partes Contratantes), es decir un ente jurídico que:

  • Establece una unión de Estados con un régimen jurídico compartido
  • E impulsa un proceso político continuo de evolución de esta unidad mediante las competencias que ejercen los órganos de los que se dota a la asociación y los procedimientos de reforma previstos por el mismo TUE.

Con la UE, los Estados miembros acuerdan ciertos parámetros normativos que delimitan sus conductas hacia dentro, es decir, dentro de sus territorios y hacia el resto de miembros; y hacia fuera, esto es, con respecto a terceros estados no miembros de la Unión u otras organizaciones. La Unión, como realidad jurídica, está revestida así de seis elementos distintivos básicos:

a) Es una asociación de estados europeos – actualmente 27 – de duración indefinida b) Está creada y regida por tratados internacionales. c) Tiene unos objetivos y valores compartidos , acordados por todos los miembros. d) Está dotada de una estructura institucional permanente ( órganos) e) Ejerce funciones políticas y competencias legislativas y judiciales en las materias en la persecución de objetivos compartidos y con el alcance que reconocen sus tratados constitutivos. f) Goza de personalidad Jurídica internacional propia. Esto implica que puede trabar relaciones jurídicas de forma directa con otros sujetos de derecho internacional, sean los propios Estados miembros, sean terceros estados u organizaciones internacionales, de las que debe responder en caso de incumplimiento en el plano internacional

La UE es una organización internacional dotada de personalidad jurídica internacional propia, por lo tanto, se debe desechar la idea de entender la Unión como una

federación de Estados, en la cual las unidades que la configuran ha renunciado a su personalidad jurídica, en cambio en la Unión los EM continúan subsistiendo con su soberanía.

La Unión es una organización internacional muy atípica, excepcional. Junto con los elementos clásicos que se reconocen a cualquier otra organización internacional, la Unión acumula:

  1. Mecanismos de participación ciudadana: En el impulso de sus políticas ( Ej.: su representación directa a través del Parlamento Europeo)
  2. Procesos decisorios por mayoría: En los que solo intervienen los representantes de los gobiernos de los estados sino también el Parlamento Europeo escogido por la ciudadanía europea.
  3. (^) Normas con efectos directos: En todo el territorio de la Unión
  4. Carta de derechos fundamentales: La Carta de Derechos Fundamentales de la Unión, 7 de Diciembre de 2000.

OBJETIVOS: Art. 3 TUE disposiciones comunes, fija los objetivos compartidos por el conjunto de la UNIÓN, la razón de ser de la UE. En general la Unión tiene por finalidad promover la paz, sus valores y el bienestar de los pueblos;

  1. La creación del espacio de libertad, seguridad y justicia: Tiene dos vertientes el progreso hacia la libre circulación de personas en el interior del espacio de la Unión, y la garantía de la seguridad de esa circulación. ( Titulo IV, Segunda Parte, TFUE))
  2. El impulso del desarrollo sostenible: La noción de desarrollo sostenible afronta la continuidad temporal de las consecuencias de nuestras formas de desarrollo. Los modelos de producción y consumo tienen que tener en cuenta las necesidades sociales y ecológicas de las generaciones presentes y futuras. Esto fija la necesidad de orientar las acciones de la UE hacia varias metas de modo simultáneo y equilibrado: 3)..a El progreso económico: entendido como la mejora continúa de la eficacia del sistema de producción, distribución y consumo de bienes y de la prestación de servicios.