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La constitución española de 1931 es una constitución programática que no solo buscó regular el mecanismo institucional del poder, sino también romper esquemas sociales de su tiempo. Los autores de esta constitución se inspiraron en las constituciones de weimar, austriaca y mexicana de 1917. Se enfatizó en el desarrollo de derechos individuales y sociales, y por primera vez se abordó el problema de las nacionalidades. La soberanía nacional está presente a lo largo del texto, y la potestad legislativa se atribuye a las cortes como representantes de la nación. El trabajo era una obligación social y gozaba de la protección de las leyes. La enseñanza primaria era gratuita y obligatoria, y la cultura era una atribución esencial del estado. Todas las confesiones religiosas eran consideradas asociaciones sometidas a una ley especial y se disolvieron las órdenes religiosas que imponían el voto de especial obediencia a una autoridad distinta del estado.
Tipo: Apuntes
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Teniendo en cuenta las peculiaridades del proceso constitucionalista español, los textos constitucionales se pueden agrupar en distintos grupos. En el caso de la constitución de 1931 se encuentra dentro de las constituciones programáticas, ya que no solo pretendieron regular el mecanismo institucional del poder sino también romper los esquemas sociales de su tiempo. Los autores de la constitución de 1931 pretendieron realizar un texto que fuera reflejo de los principales avances políticos, sociales y jurídicos de su tiempo , por lo que tuvieron en cuenta las constituciones de Weimar, la austriaca y la mexicana de 1917. En ella se hizo especial énfasis en el desarrollo de los derechos individuales y sociales, además por primera vez se abordaba el problema de las nacionalidades. En la constitución de 1931, el principio de soberanía nacional está presente a lo largo del texto. La potestad legislativa se atribuye a las Cortes como representantes de la nación. El poder ejecutivo correspondía al presidente de la República. En el título dedicado a la justicia se limitaba a enunciar que la justicia de administra en nombre del Estado. La Constitución de 1931 dedicaba un largo título a los derechos y deberes de los españoles. Éstos estaban agrupados en dos grandes apartados : el de las garantías individuales y políticas ,y el dedicado a la familia , economía y cultura. Todas las confesiones religiosas eran consideradas como asociaciones sometidas a una ley especial y quedaron disueltas las órdenes religiosas que imponían el voto de especial obediencia a una autoridad distinta del Estado. La constitución garantizaba la libertad de conciencia y el derecho a profesar y practicar libremente cualquier religión en el territorio español. Toda la riqueza del país quedaba subordinada a los intereses de la economía nacional. El trabajo era una obligación social y gozaba de la protección de las leyes. la República se comprometía a asegurar a todo trabajador las condiciones necesarias. Una legislación social regulará los casos de seguro de enfermedad, accidente, muerte; el trabajo de las mujeres y los jóvenes… Por lo que respecta a la cultura , era una atribución esencial del Estado. La enseñanza primaria sería gratuita y obligatoria. Los maestros serían funcionarios públicos a los que se les garantizaba la libertad de cátreda. La enseñanza era laica. El Estado podía exigir de todo ciudadano su prestación personal para servicios civiles y militares. Aunque la potestad legislativa residía en el pueblo, la constitución
atribuía al gobierno y a las cortes la iniciativa legislativa. El presidente de la República era el jefe del Estado y personificaba a la Nación. El gobierno requería de una doble confianza, la del presidente d la República y de las Cortes. si una o varias provincias acordaran organizarse en región autónoma, debían presentar un Estatuto. Aquellas materias que no estaban reservadas a la competencia del Estado , podrían corresponder a regiones autónomas tanto su legislación, como su ejecución directa.