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Orientación Universidad
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la ley, Apuntes de Derecho Constitucional

Asignatura: constitucional I, Profesor: Homer J Simpsons, Carrera: Derecho, Universidad: US

Tipo: Apuntes

2013/2014

Subido el 11/02/2014

alvaro1929
alvaro1929 🇪🇸

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CONCEPTO, CARACTERES Y ESTRUCTURA DE LA LEY Concepto-Concepto filosófico-liberal: norma aprobada a través de un procedimiento público por un órgano que representa a la voluntadgeneral, sea cual sea su contenido.-Concepto material: norma general, abstracta y obligatoria que regula la conducta humana.-Concepto formal: Norma jurídica escrita aprobada por las Cortes Generales conforme al procedimiento previsto en el Tit. III, Cap.2º de la CE y las aprobadas por las Asambleas legislativas de las Comunidades Autónomas según sus propias normas.Crisis del concepto “Ley”. La CE no define a la ley. A veces el término "Ley" se utiliza para referirse a normas con rango y fuerzade ley, aunque carezcan de los atributos formales de la Ley:

a) Arts. 82 y 163: "normas con rango de ley"b) Art. 161.1: "disposiciones normativas con fuerza de ley"c) Tit. III, cap. 2º: "De la elaboración de las leyes“ Caracteres: Suprema, solemne, general, abstracta, coactiva, controlada por el TC¿Quién tiene potestas normandi? El pueblo constituyente, el Estado (Cortes y Gobierno), las CCAA (Parlamentos y Gobierno), lasCCLL (ordenanzas, bandos) y los grupos sociales (costumbre, normas deontológicas profesionales, convenios colectivos…)*Estructura de la ley. PARTE EXPOSITIVA: Preámbulo o Exposición de Motivos y PARTE DISPOSITIVA: Libros, Títulos, Capítulos,Secciones y artículos; Disposiciones Adicionales (regímenes especiales, mandatos no normativos), Disposiciones Transitorias(casos de pervivencia de la ley derogada o de aplicación retroactiva de la nueva ley), Disposiciones Derogatorias (normas que sederogan) y Disposiciones Finales (entrada en vigor, desarrollo reglamentario) Anexos.

a) El principio de legalidad +Arts.

y

CE:

sometimiento

de

los

poderes

públicos

al

Ordenamiento

Jurídico

(principio

básico

del

Estado de Derecho)+El principio somete a la Admón. a la ley y al Derecho(art. 103 CE).

-El

principio

le

da

a

los

Tribunales

de

lo

Contencioso-

Administrativo

el

control

de

la

legalidad de la actuación

administrativa,

de

la

desviación

de

poder

y

de

la

potestad

reglamentaria (art. 106.1 CE)-La

administración

debe

indemnizar

a

los

particulares los

daños y perjuicios que sufran por

el

funcionamiento

de

los

servicios

públicos,

salvo

por fuerza mayor (art. 106.2 CE)

+Los Jueces también están sometidos a la ley y los dañosque

causen

por

error

o

funcionamiento

anormal

dan

derecho a una indemnización (arts. 117 y 121 CE)

b) La reserva de ley.-Hay reserva cuando un precepto constitucional exige que sea la leyla que regule una determinada materia (nacionalidad, DDFF, deberesmilitares, tributos, matrimonio, expropiación, función pública…)-La reserva asegura que la disciplina de ciertas materias importantesse hace mediante el procedimiento legislativo, a la luz pública y pormayoría.-Es

una

"reserva

de

Parlamento“

y^

la

materia

reservada

queda

vedada a quien no sea el legislador-Se prohíbe expresamente al legislador subdelegar la materia en elGobierno, “deslegalizarla” (STC 83/1984, 24 de julio)-Al congelar el rango, la reserva impide que el gobierno mayoritariovacíe

de

competencias

al

Parlamento

desviando

la

regulación

de

ciertas materias al Reglamento-La

reserva

de

ley

puede

ser

total

o^

parcial

(que

deja

paso

al

Reglamento)-No existe en el Ordenamiento una reserva para el Reglamento.

TIPOS DE LEYES ORDINARIAS

a) Básicas del art. 149 CE. (competencias compartidas). El E. hace las bases y las CCAA las desarrollan.Ejemplos: planificación general de la actividad económica y de la sanidad, de la Seguridad Social, delrégimen jurídico de las Administraciones públicas y de sus funcionarios, medios de comunicación social,etc. b) Leyes de bases de los arts. 82 y ss CE: con ellas las Cortes habilitan al Gobierno para que elabore unRDLg aprobando un texto articuladoc) Leyes marco del art. 150.1 CE: con ellas las Cortes delegan competencias legislativas en CCAAd) Leyes de armonización del art. 150.3 CE: con ellas las Cortes armonizan competencias de CCAA porrazones de interés generale) Leyes de presupuesto del art. 134 CE: unidad, anualidad (prórroga), universalidad de ingresos ygastos del Estado.f) Leyes de las CCAA: tienen idéntico rango a las del Estado pero una vigencia territorial limitada. Lasaprueba

el

Parlamento

Autonómico

en

las

materias

de

su

competencia,

por

mayoría

simple

o

cualificada. No pueden ser orgánicas. Las promulga el Presidente. Las controla el TC. Pueden serdesarrolladas por los Reglamentos del Gobierno autonómico.

TIPOS DE PROCEDIMIENTOSLEGISLATIVOS A) El procedimiento legislativo ordinario Es una combinación de trámites ordenados en el que participan diversos sujetos yórganos con la finalidad de aprobar la ley. Fases: 1) Iniciativa Capacidad atribuida a ciertos sujetos para poner en marcha el procedimientopresentado un proyecto o una proposición de ley (Arts. 87 a 89 CE y RCD y RS):-Gobierno: Consejo de Ministros

Proyectos de ley

-Congreso

de

los

Diputados:

Grupo

parlamentario

o^

diputados

Proposiciones de ley-Senado: 1 Grupo parlamentario o 25 senadores

Proposiciones de ley

-Las

Asambleas

legislativas

de

las

CCAA,

en

los

términos

de

sus

EEAA

Proposiciones de ley -Los ciudadanos, con el apoyo de 500.000 firmas

Proposiciones de ley. Aquí

están excluidas las materias reservadas a LO, las tributarias, internacionales y lasrelativas a la prerrogativa de gracia.

d. Regreso al Congreso

(art. 90 CE)

-Si

el

Senado

aprueba

el

texto

tal

como

viene

del

Congreso

Fase de integración de la eficacia (Rey/BOE)

-Si el Senado introduce enmiendas por m.s.

el Pleno

del Congreso las admite o rechaza por mayoría simple-Si

en

Senado

veta

por

m.a.

el

Pleno

del

Congreso

puede

levantar

el

veto

por

mayoría

absoluta

o,

transcurridos dos meses, por mayoría simple. 3) Integración de la eficacia

(art. 91 CE)

-Sanción: rúbrica del Rey en 15 días-Promulgación: Fórmula ritual por la que se informa de la elaboracióncorrecta de la Ley y se ordena cumplirla

“Por tanto, mando a todos

los

españoles,

particulares

y^

autoridades,

que

guarden

y^

hagan

guardar esta Ley”.-Publicación íntegra en el BOE-Vigencia: a los 20 días de la íntegra publicación, si ella no disponeotra cosa.

B) El procedimiento de comisión

(art. 75 CE)

-Se presume que el Pleno de la Cámara delega sus facultades en las Comisiones LegislativasPermanentes para todos los proyectos y proposiciones de ley que sean delegables según la CE.-El Pleno puede recabar la ley de la Comisión para discutirla y votarla en su seno cuando quiera.-Son indelegables en la Comisión:

+La reforma constitucional+Las cuestiones internacionales+El debate y votación de toma en consideración de una ley+El debate y votación de las enmiendas a la totalidad a una ley+Los presupuestos generales del Estado+Las Leyes orgánicas y de bases+La convalidación de los Decretos Leyes.+Los proyectos y proposiciones de ley vetados o enmendados por el Pleno del Senado -El procedimiento legislativo en Comisión es el mismo que el ordinario quedando excluido el debate yvotación final en el Pleno de la Cámara.

E) El procedimiento de las leyes orgánicasF) El procedimiento de la ley de presupuestosG)

El

procedimiento

de

los

estatutos

de

autonomíaH)

El

procedimiento

de

la

autorización

de

Tratados InternacionalesI) El procedimiento de la revisión y reformaconstitucionales

LA LEY ORGANICA

+Es una ley reforzada que tiene un régimen distinto del común

para su

aprobación, modificación o derogación se requiere una voluntad distinta a la quelegisla en los demás casos ordinarios+La LO se diferencia de la Ley ordinaria por una triple circunstancia:

-la substantiva o material: se refiere a ciertas materias reservadas aella-la

adjetiva

o

formal:

ha

de

ser

aprobada

por

mayoría

absoluta

del

Congreso en una votación final sobre el conjunto

del

proyecto

(art.

CE)-las

prohibiciones:

la

LO

no

puede

aprobarse

en

Comisión,

ni

delegarse

en

el

Gobierno,

ni

ser

fruto

de

iniciativa

legislativa

popular (arts. 75.2, 81.2 y 87 CE)

+El TC señala que la LO:

-es una ley extraordinaria o excepcional-que desarrolla inmediatamente la CE-y que convierte a las Cortes en poder constituyente permanente

-El TC ha construido un concepto "material", un compartimento estanco parala LO conforme a un criterio de competencia (STC 5/1985, 13 febrero) con loque ha roto el concepto tradicional y unitario de “ley”.-Ahora existe otra nueva ley junto a la Ley ordinaria a la que se dota deespecial fuerza pasiva, pero que no puede usarse libremente sino sólo paralas materias sujetas a la reserva-Si las leyes orgánicas se dedicaran exclusivamente a la materia reservada(ej. el desarrollo de un derecho), precisarían de una ley ordinaria pareja quese encargara de los aspectos colaterales de dicha materia reservada.Los problemas prácticos se solventan admitiendo que en la LO aparezcanmaterias ajenas a la reserva pero relacionadas con ella (materias conexas) yque son reformables por ley ordinaria (STC 5/1981)-La inclusión de una cuestión ordinaria en un precepto de la LO le dota derigidez y en principio, goza de la congelación de rango (art. 28.2 LOTC)Pero tal efecto es sólo lícito en materias sujetas a reserva;

por eso, cuando

incluya partes conexas, la propia LO debe excluirlas del rango, debe indicarque para ellas no se produce la especial rigidez (STC 5/1981), asumiendocon

ello

competencias

que

son

propias

del

poder

constituyente

(esto

lo

suelen hacer las LO en sus Disposiciones Adicionales)-Existe

un

control

jurisdiccional

a

posteriori

por

el

TC

de

las

decisiones

excesivas o de los silencios del legislador sobre el rango de cada precepto-Si el TC declara un precepto "no orgánico" no lo anula, sino que lo convierteen ley ordinaria.

MATERIAS RESERVADAS A L.O. El art. 81.1 CE contiene la llamada “reserva material”, y como es excepcional no cabe suinterpretación extensiva o analógica.*Desarrollo de DDFF y libertades públicas:

+Sólo los derechos de los arts. 15 a 29 CE.+El término "desarrollo" no es equivalente al de "ejercicio de los derechos" del art. 53. CE, ni con la prohibición al Decreto-ley de regular los derechos y deberes del Título I.

+Se reserva a LO la regulación directa, global y específica del contenido esencial del derecho: titularidad, objeto, facultades, garantías y límites.

+El DL es negativo y no puede “afectar” a los derechos deberes y libertades del Título I Aprobación de los EEAA y sus reformas. Son LO especiales y rígidasRégimen electoral general (LOREG 5/1985). Según el TC sólo es orgánico el "contenidoesencial" del régimen electoral general. Sólo las elecciones europeas, generales y locales,no las autonómicas.*Demás leyes orgánicas previstas en la CE (instituciones y órganos fundamentales delEstado)

RELACIONES ENTRE L.O. Y L. -La Ley Orgánica queda definida por las materias que regula, sin posibilidad de ampliación, ypor el procedimiento que debe seguirse para su elaboración y reforma. ¿Qué rasgo de losdos prima, el material o el formal?-La CE no ha convertido a la LO en un “tipo” o “forma” diferente a la Ley “común u ordinaria”sino que es sólo una Ley definida por su materia.-No obstante, ha prevalecido en la LOTC una concepción formal de la LO

todos los

preceptos de una LO se someten a la mayoría absoluta con independencia de que regulenmaterias sometidas o no a la reserva-Es inconstitucional la Ley que regule materias reservadas a LO: art. 28.2 LOTC-Es inconstitucional una LO que invada materias reservadas a Ley (art. 81.1 CE).-La aprobación de LO corresponde a las Cortes; por lo que las materias reservadas a LO soncompetencia exclusiva del Estado-La LO y la Ley deben colaborar entre si y aquella puede remitirse a esta-La LO puede también remitir al reglamento para su desarrollo por razones técnicas o paraoptimizar su cumplimiento-Caso de conflicto entre LO y L autonómica se aplica el criterio competencial, no el jerárquico