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Asignatura: constitucional I, Profesor: Homer J Simpsons, Carrera: Derecho, Universidad: US
Tipo: Apuntes
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a) Arts. 82 y 163: "normas con rango de ley"b) Art. 161.1: "disposiciones normativas con fuerza de ley"c) Tit. III, cap. 2º: "De la elaboración de las leyes“ Caracteres: Suprema, solemne, general, abstracta, coactiva, controlada por el TC¿Quién tiene potestas normandi? El pueblo constituyente, el Estado (Cortes y Gobierno), las CCAA (Parlamentos y Gobierno), lasCCLL (ordenanzas, bandos) y los grupos sociales (costumbre, normas deontológicas profesionales, convenios colectivos…)*Estructura de la ley. PARTE EXPOSITIVA: Preámbulo o Exposición de Motivos y PARTE DISPOSITIVA: Libros, Títulos, Capítulos,Secciones y artículos; Disposiciones Adicionales (regímenes especiales, mandatos no normativos), Disposiciones Transitorias(casos de pervivencia de la ley derogada o de aplicación retroactiva de la nueva ley), Disposiciones Derogatorias (normas que sederogan) y Disposiciones Finales (entrada en vigor, desarrollo reglamentario) Anexos.
a) El principio de legalidad +Arts.
una
"reserva
de
Parlamento“
y^
la
materia
reservada
queda
vedada a quien no sea el legislador-Se prohíbe expresamente al legislador subdelegar la materia en elGobierno, “deslegalizarla” (STC 83/1984, 24 de julio)-Al congelar el rango, la reserva impide que el gobierno mayoritariovacíe
de
competencias
al
Parlamento
desviando
la
regulación
de
ciertas materias al Reglamento-La
reserva
de
ley
puede
ser
total
o^
parcial
(que
deja
paso
al
Reglamento)-No existe en el Ordenamiento una reserva para el Reglamento.
a) Básicas del art. 149 CE. (competencias compartidas). El E. hace las bases y las CCAA las desarrollan.Ejemplos: planificación general de la actividad económica y de la sanidad, de la Seguridad Social, delrégimen jurídico de las Administraciones públicas y de sus funcionarios, medios de comunicación social,etc. b) Leyes de bases de los arts. 82 y ss CE: con ellas las Cortes habilitan al Gobierno para que elabore unRDLg aprobando un texto articuladoc) Leyes marco del art. 150.1 CE: con ellas las Cortes delegan competencias legislativas en CCAAd) Leyes de armonización del art. 150.3 CE: con ellas las Cortes armonizan competencias de CCAA porrazones de interés generale) Leyes de presupuesto del art. 134 CE: unidad, anualidad (prórroga), universalidad de ingresos ygastos del Estado.f) Leyes de las CCAA: tienen idéntico rango a las del Estado pero una vigencia territorial limitada. Lasaprueba
el
Parlamento
Autonómico
en
las
materias
de
su
competencia,
por
mayoría
simple
o
cualificada. No pueden ser orgánicas. Las promulga el Presidente. Las controla el TC. Pueden serdesarrolladas por los Reglamentos del Gobierno autonómico.
Proyectos de ley
-Congreso
de
los
Diputados:
Grupo
parlamentario
o^
diputados
Proposiciones de ley-Senado: 1 Grupo parlamentario o 25 senadores
Proposiciones de ley
-Las
Asambleas
legislativas
de
las
en
los
términos
de
sus
Proposiciones de ley -Los ciudadanos, con el apoyo de 500.000 firmas
Proposiciones de ley. Aquí
están excluidas las materias reservadas a LO, las tributarias, internacionales y lasrelativas a la prerrogativa de gracia.
d. Regreso al Congreso
(art. 90 CE)
-Sanción: rúbrica del Rey en 15 días-Promulgación: Fórmula ritual por la que se informa de la elaboracióncorrecta de la Ley y se ordena cumplirla
“Por tanto, mando a todos
los
españoles,
particulares
y^
autoridades,
que
guarden
y^
hagan
guardar esta Ley”.-Publicación íntegra en el BOE-Vigencia: a los 20 días de la íntegra publicación, si ella no disponeotra cosa.
B) El procedimiento de comisión
(art. 75 CE)
-Se presume que el Pleno de la Cámara delega sus facultades en las Comisiones LegislativasPermanentes para todos los proyectos y proposiciones de ley que sean delegables según la CE.-El Pleno puede recabar la ley de la Comisión para discutirla y votarla en su seno cuando quiera.-Son indelegables en la Comisión:
+La reforma constitucional+Las cuestiones internacionales+El debate y votación de toma en consideración de una ley+El debate y votación de las enmiendas a la totalidad a una ley+Los presupuestos generales del Estado+Las Leyes orgánicas y de bases+La convalidación de los Decretos Leyes.+Los proyectos y proposiciones de ley vetados o enmendados por el Pleno del Senado -El procedimiento legislativo en Comisión es el mismo que el ordinario quedando excluido el debate yvotación final en el Pleno de la Cámara.
E) El procedimiento de las leyes orgánicasF) El procedimiento de la ley de presupuestosG)
El
procedimiento
de
los
estatutos
de
autonomíaH)
El
procedimiento
de
la
autorización
de
Tratados InternacionalesI) El procedimiento de la revisión y reformaconstitucionales
LA LEY ORGANICA
+Es una ley reforzada que tiene un régimen distinto del común
para su
aprobación, modificación o derogación se requiere una voluntad distinta a la quelegisla en los demás casos ordinarios+La LO se diferencia de la Ley ordinaria por una triple circunstancia:
-la substantiva o material: se refiere a ciertas materias reservadas aella-la
adjetiva
o
formal:
ha
de
ser
aprobada
por
mayoría
absoluta
del
Congreso en una votación final sobre el conjunto
del
proyecto
(art.
CE)-las
prohibiciones:
la
no
puede
aprobarse
en
Comisión,
ni
delegarse
en
el
Gobierno,
ni
ser
fruto
de
iniciativa
legislativa
popular (arts. 75.2, 81.2 y 87 CE)
+El TC señala que la LO:
-es una ley extraordinaria o excepcional-que desarrolla inmediatamente la CE-y que convierte a las Cortes en poder constituyente permanente
-El TC ha construido un concepto "material", un compartimento estanco parala LO conforme a un criterio de competencia (STC 5/1985, 13 febrero) con loque ha roto el concepto tradicional y unitario de “ley”.-Ahora existe otra nueva ley junto a la Ley ordinaria a la que se dota deespecial fuerza pasiva, pero que no puede usarse libremente sino sólo paralas materias sujetas a la reserva-Si las leyes orgánicas se dedicaran exclusivamente a la materia reservada(ej. el desarrollo de un derecho), precisarían de una ley ordinaria pareja quese encargara de los aspectos colaterales de dicha materia reservada.Los problemas prácticos se solventan admitiendo que en la LO aparezcanmaterias ajenas a la reserva pero relacionadas con ella (materias conexas) yque son reformables por ley ordinaria (STC 5/1981)-La inclusión de una cuestión ordinaria en un precepto de la LO le dota derigidez y en principio, goza de la congelación de rango (art. 28.2 LOTC)Pero tal efecto es sólo lícito en materias sujetas a reserva;
por eso, cuando
incluya partes conexas, la propia LO debe excluirlas del rango, debe indicarque para ellas no se produce la especial rigidez (STC 5/1981), asumiendocon
ello
competencias
que
son
propias
del
poder
constituyente
(esto
lo
suelen hacer las LO en sus Disposiciones Adicionales)-Existe
un
control
jurisdiccional
a
posteriori
por
el
TC
de
las
decisiones
excesivas o de los silencios del legislador sobre el rango de cada precepto-Si el TC declara un precepto "no orgánico" no lo anula, sino que lo convierteen ley ordinaria.
+Sólo los derechos de los arts. 15 a 29 CE.+El término "desarrollo" no es equivalente al de "ejercicio de los derechos" del art. 53. CE, ni con la prohibición al Decreto-ley de regular los derechos y deberes del Título I.
+Se reserva a LO la regulación directa, global y específica del contenido esencial del derecho: titularidad, objeto, facultades, garantías y límites.
+El DL es negativo y no puede “afectar” a los derechos deberes y libertades del Título I Aprobación de los EEAA y sus reformas. Son LO especiales y rígidasRégimen electoral general (LOREG 5/1985). Según el TC sólo es orgánico el "contenidoesencial" del régimen electoral general. Sólo las elecciones europeas, generales y locales,no las autonómicas.*Demás leyes orgánicas previstas en la CE (instituciones y órganos fundamentales delEstado)
→
todos los
preceptos de una LO se someten a la mayoría absoluta con independencia de que regulenmaterias sometidas o no a la reserva-Es inconstitucional la Ley que regule materias reservadas a LO: art. 28.2 LOTC-Es inconstitucional una LO que invada materias reservadas a Ley (art. 81.1 CE).-La aprobación de LO corresponde a las Cortes; por lo que las materias reservadas a LO soncompetencia exclusiva del Estado-La LO y la Ley deben colaborar entre si y aquella puede remitirse a esta-La LO puede también remitir al reglamento para su desarrollo por razones técnicas o paraoptimizar su cumplimiento-Caso de conflicto entre LO y L autonómica se aplica el criterio competencial, no el jerárquico