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Asignatura: contabilidad y finanzas, Profesor: , Carrera: Contabilidad y Finanzas, Universidad: URJC
Tipo: Apuntes
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La Normalización Contable en España^ NORMALIZACIÓN CONTABLE EN ESPAÑA José Muñoz Jiménez
Necesidad
incuestionable de
presentar información
financiera-económica
confeccionada
con criterios
uniformes
DOS TENDENCIAS
METODOLÓGICAS EN LA HOMOGENEIZACIÓN
Cada una de ellas
determinadas
por características de cada uno de los
entornos
en los que se lleva acabo este
proceso
ARMONIZACIÓN
NORMALIZACIÓN
Armonización
y^ Normalización
contable
ARMONIZACIÓN BUSCA LA COMPARABILIDAD^ Lograr una Normativa
que sea
adición
de todos
los^ sistemas contables
tomados
individualmente
ARMONIZACIÓN
Armonización
y^ Normalización
contable
ÁMBITO EUROPEO
PRIMERO ARMONIZACIÓN^ SEGUNDO NORMALIZACIÓN
DIRECTIVAS REGLAMENTOS
Algunos estados miembros
demandan una mayor coordinación
a nivel internacional,
para^ solucionar problemas
a aquellas
empresas
que intentar
acceder
a
los^ mercados de capitales internacionales
Se incrementaron las posibilidades de comparación y calidad de los Estados Financieros
ESFUERZO NOTABLE DE LA U.E. plasmándose en el Reglamento (CE) 1606/2002 delParlamento Europeo y del Consejo, de 19 de julio de 2002, RELATIVO A LAAPLICACIÓN DE LAS NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD^ Aplicándose las NIC/NIIF a los grupos de empresas que cotizan en mercado reguladode cualquier Estado miembro, para elaborar sus cuentas consolidadas para cada
Ejercicio que se inicie el 1 de enero de 2005 o posteriormente
IASB
Armonización
y^ Normalización
contable
ÁMBITO ESPAÑOL
Grupos consolidadoscon cotización oficial^ Resto de las empresas
NIC/NIIF Adoptadas por la U.E.^ Derecho contable actual
ÁMBITO
PÚBLICA
PRIVADA
MUNDIAL
-^ Organización de Naciones Unidas(O.N.U.) • Organización para la Cooperación yel Desarrollo Económico (O.C.D.E.) -^ Consejo Internacional de NormasContables (I.A.S.B.) •^ Federación Internacional deContadores (I.F.A.C.) • Organización Internacional deComisiones de Valores (I.O.S.C.O.)
REGIONAL
-^ Unión Europea (U.E.) • Consejo Africano de Contabilidad(C.A.C.) -^ Federación de Expertos ContablesEuropeos (F.E.E.) • Otros.
NACIÓN ESPAÑOLA
-^ Instituto de Contabilidad yAuditoría de Cuentas (ICAC). •^ Comisión Nacional del Mercado deValores (CNMV). •^ Banco de España (BE). •^ Dirección General de Seguros yFondos de Pensiones (DGSFP). -^ Asociación Española deContabilidad y Administración deEmpresas (AECA). •^ Asociación Española deContabilidad Directiva (ACODI). • Otros.
UNIÓN EUROPEA
Carácter no vinculante Carácter vinculante
UNIÓN EUROPEA
Para conseguir la
ARMONIZACIÓN
Eligió y utilizó como instrumento válido las
DIRECTIVAS
UNIÓN EUROPEA
: Reglamento (CE) 1606/2002 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 19 de julio de 2002, relativo a la aplicación de las Normas Internacionalesde Contabilidad. (Las sociedades que elaboren Cuentas Consolidadas en los ejerciciosa partir de 1/1/2005, deberán aplicar las NIC/NIIF adoptadas por la Comisión, siempreque a la fecha de cierre de su balance sus valores hayan sido admitidos a cotización enun mercado regulado en cualquier Estado miembro) Hasta^ Se aprueba Ley 62/2003 de 30 de diciembre de medidas fiscales, administrativas y deorden social. En ella se incorpora a nuestro derecho contable mercantil las NIC/NIIFadoptadas por la U.E. a efectos exclusivos de las cuentas consolidadas
la^ fecha
actual
la^ U.E.
emite
las^ NIC/NIIF
adoptadas
por^ la
U.E^ mediante
numerosas Resoluciones.
incluida en el
Código de Comercio y el T.R.L.S.A., en base a los Reglamentos de la U.Epor los que se adoptan las NIC/NIIF. Esta reforma se plasma mediante laLey 16/2007, de julio, de reforma y adaptación de la legislación mercantilen materia contable para su armonización internacional con base en lanormativa de la U.E. (BOE nº 160, de 5 de julio de 2007). 2. Hasta el verano de 2007,
se publicó dos borradores del P.G.C, incluye
Proyecto R.D. (el último con fecha de 4 de julio de 2007), así como elborrador del P.G.C. de Pequeñas y Medianas Empresas, incluye Proyectode R.D.. Dichos Planes están proyectados que entren en vigor a partir de 1de enero de 2008. 3. En la segunda quincena de noviembre de 2007: - Mediante R.D. 1514/2007, de 16 de noviembre, se aprueba el PGC (B.O.E.20 de noviembre de 2007).- Así como con el R.D. 1515/2007, de 16 de noviembre, por el que seaprueba el
PGC de PYMES y los criterios contables específicos
para
microempresas (B.O.E. 21 de noviembre de 2007).
EN LA NACIÓN ESPAÑOLA
PRIVADA
Constituye el desarrollo en materia contable de la legislación mercantil, sinperjuicio del posterior desarrollo reglamentario de dicha legislación
El PGC de 2007 en vigor a partir del 1 de enero de 2008,
derogándose el PGC de 1990