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Cortes Generales: bicameralismo, sistema electoral y organización interna - Prof. Arenas, Ejercicios de Derecho Constitucional

La estructura y elección de las cortes generales en españa, incluyendo el bicameralismo, el sistema electoral (proporcional para el congreso y mayoritario para el senado) y la organización interna de las cámaras. También aborda la autonomía organizativa y normativa de las cámaras, la constitución y funciones de los grupos parlamentarios, y el estatuto de los parlamentarios.

Tipo: Ejercicios

2017/2018

Subido el 22/02/2018

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LECCIÓN 9
LAS CORTES
GENERALES:
ESTRUCTURA Y
ELECCIÓN
DERECHO CONSTITUCIONAL Grado en
Derecho
Curso Académico 2017/18
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¡Descarga Cortes Generales: bicameralismo, sistema electoral y organización interna - Prof. Arenas y más Ejercicios en PDF de Derecho Constitucional solo en Docsity!

LECCIÓN 9

LAS CORTES

GENERALES:

ESTRUCTURA Y

ELECCIÓN

DERECHO CONSTITUCIONAL Grado en

Derecho

Curso Académico 2017/

I. El Parlamento como órgano de

representación

Parlamento: poder legislativo, es el órgano que asume la

función legislativa.

Teoría democrática: Parlamento: órgano de representación del

pueblo.

Primacía del Parlamento respecto del resto de instituciones del

Estado

Parlamento ejerce las funciones:

L

egislativa

D

e control del Gobierno

Pr

esupuestaria

I. El Parlamento como órgano de representación La representatividad del Parlamento conlleva dos notas: a irrevocabilidad del representante a prohibición del mandato imperativo: El representante no puede se obligado a emitir un voto determinado El representante no puede ser obligado a abandonar su escaño por decisión del partido. Representan al pueblo y no al partido Sin embargo, el Parlamento actual gira en torno a los partidos políticos (disciplina de partido)

I. El Parlamento como órgano de representación El Parlamento en España adopta la denominación de Cortes Generales y está regulado en el Título III CE (Arts. 66-96). Es el órgano que representa al pueblo español (art. 66,1 CE) Sus decisiones manifiestan la voluntad popular y representan al poder soberano. Su carácter electivo hace que tenga una posición preeminente respecto del resto de poderes del Estado

II. Bicameralismo  (^) En España se sigue un modelo bicameral democrático imperfecto (art. 66.1 CE):  (^) En la actualidad, nuestro Parlamento adopta la denominación de Cortes Generales:  (^) Congreso: Cámara de representación popular  (^) Senado: Cámara de representación de las CCAA (en teoría porque, en la práctica, es una Cámara de representación ciudadana) – precisa reforma constitucional

III. Sistema electoral y procedimiento electoral El Parlamento se renueva cada 4 años (Legislatura). La renovación de las Cámaras se produce a través de las elecciones El régimen electoral está integrado por los elementos que configuran el sistema electoral (transformación de los votos obtenidos en escaños) y el proceso electoral (procedimiento a través del cual se lleva a cabo el ejercicio del derecho de sufragio) Se rige por la LOREG (LO 5/1985) Existen dos grandes sistemas electorales: epresentación mayoritaria: gana el candidato o partido político que haya obtenido el mayor número de votos epresentación proporcional: se atribuyen los escaños de forma proporcional al número de votos obtenidos.

III. Sistema electoral y procedimiento electoral Para elegir y poder ser elegido: ufragio activo = condición de elector (art. 2 LOREG): mayor de edad español (excepto elecciones locales) inscrito en censo electoral ufragio pasivo = condición de candidato los mismos requisitos que para ser elector. No incurrir en: Causas inelegibilidad (impiden presentarse a candidato). Arts. 70.1 CE y 44 LOREG. Control por la Administración electoral y Tribunales Causas incompatibilidad (impiden ejercer mandato representativo desde que se le proclama). Art. 70.1 CE y 155 y ss. LOREG. Control por las Cámaras

III. Sistema electoral y procedimiento electoral La Constitución ha establecido dos sistemas electorales diferentes para cada una de las Cámaras que forman las Cortes Generales: istema de elección del Congreso de los Diputados: sistema proporcional istema de elección del Senado: sistema mayoritario

III. Sistema electoral y procedimiento electoral Ejemplo: 480.000 votos válidos emitidos. Circunscripción: 8 diputados. 7 candidaturas presentadas Barrera electoral (3%): 14,400 votos

Parti
dos
A 168.

0 84.000 56,000 42,000 33,600 28,000 24,000 21,

B 104.

0 52,000 34,666 26,000 20,800 17,333 14,857 13,

C 72.000^ 36,000^ 24,000^ 18,000^ 14,400^ 12,000^ 10,285^ 9,
D 64.000^ 32,000^ 21,333^ 16,000^ 12,800^ 10,666^ 9,142^ 8,
E 40.000^ 20,000^ 13,333^ 10,000^ 8,000^ 6,666^ 5,714^ 5,
F 32.000^ 16,000^ 10,666^ 8,000^ 6,400^ 5,333^ 4,571^ 4,

G 13,

III. Sistema electoral y procedimiento electoral

SENADO

No hay un número fijo de senadores. Varía en cada

Legislatura.

Composición doble:

E

lección por sufragio universal (sistema electoral mayoritario

corregido)

Circunscripción: la provincia, excepto Islas Baleares, Canarias y
Ceuta y Melilla.
Se elige a 4 senadores por provincia, 3 islas mayores, 2 islas
menores, 1 Ceuta y Melilla (cada elector votará a 3,2,1 senadores:
representación de dos partidos)
Listas abiertas y desbloqueadas

E

lección por las AALL de las CCAA: un senador por cada millón

de habitantes.

IV. Organización interna de las Cámaras

2. Constitución y disolución de las Cámaras
Tras las elecciones, las Cámaras deben constituirse:
Ele
cción de la Mesa
Jur
amento o promesa de los parlamentarios de acatar la Constitución.

http: //www.elmundo.es/espana/2016/01/13/569635fd268e3e8c2f8b45a8.html http:/ /www.congreso.es/portal/page/portal/Congreso/GenericPopUp?next_page=/wc/verVideoteca&idVideo=

La disolución de las Cámaras se produce:
Fin
alizada la legislatura
Por
no lograr un candidato a la presidencia (Art. 99.5 CE)
De
forma anticipada: decisión del Presidente del Gobierno (Art. 115 CE)

IV. Organización interna de las

Cámaras

3. Periodos de sesiones
Sesiones ordinarias, que, a su vez, se dividen en dos periodos de
sesiones al año
De
septiembre a diciembre
De
febrero a junio
Sesiones extraordinarias, a solicitud de
Gobierno
La
Diputación permanente
Mayoría
de la Cámara

IV. Organización interna de las

Cámaras

Órganos de gobierno: Presidente : Elegido por y entre sus miembros en la sesión constitutiva de la Cámara. Le corresponde la representación de la Cámara y mantener el orden. Mesa: órgano colectivo de Gobierno interno de las Cámaras. Formado por Presidente, 4 Vicepresidentes, 4 Secretarios. Admiten iniciativas; organiza trabajo interno Junta de Portavoces. Compuesta por los portavoces de los grupos parlamentarios. Voto ponderado Diputación Permanente. Se reúne y sustituye a la Cámara cuando ésta no está reunida (entre periodos de sesione o tras finalización de legislatura).

IV. Organización interna de las

Cámaras

Autonomía normativa: Reglamento Parlamentario

CCGG se rigen por la CE y disposiciones dictadas en su

desarrollo: Derecho parlamentario

Reglamento parlamentario: Norma especial que elabora y

aprueba cada una de las Cámaras de forma autónoma. Regula

la organización y funcionamiento interno de la Cámara.

Aunque formalmente es un reglamento, es una norma especial

y tiene rango de ley. Para su reforma exige mayoría absoluta y

forma parte del bloque de constitucionalidad

Autonomía presupuestaria

Cada Cámara aprueba, gestiona y liquida su presupuesto de

gastos sin intervención de otros órganos del Estado, en especial

del ejecutivo.