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Análisis del Bicameralismo en las Cortes Generales Españolas (70 characters) - Prof. Contr, Apuntes de Derecho Constitucional

Una detallada descripción de las cortes generales españolas, su papel central en la soberanía popular y el gobierno, el sistema bicameral y el reglamento parlamentario. Aprende sobre su función legislativa, el bicameralismo imperfecto y el funcionamiento de las cámaras.

Tipo: Apuntes

2015/2016

Subido el 23/01/2016

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LAS CORTES GENERALES
Elemento central.
Único órgano con vinculación directa con la soberanía
popular: art. 66.1 CE
Políticamente, de él depende la constitución del
Gobierno.
Jurídicamente: tiene el monopolio legislativo, y, por
tanto, la creación del derecho.
Órgano fundamental para la legitimación democrática
del Estado. Art. 66.1 CE
Funciones: art. 66.2
-Funciones o potestades / competencias
-Toda la vida política y económica del Estado:
legitimación democrática
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¡Descarga Análisis del Bicameralismo en las Cortes Generales Españolas (70 characters) - Prof. Contr y más Apuntes en PDF de Derecho Constitucional solo en Docsity!

LAS CORTES GENERALES

  • Elemento central.
  • Único órgano con vinculación directa con la soberanía

popular: art. 66.1 CE

  • Políticamente, de él depende la constitución del

Gobierno.

  • Jurídicamente: tiene el monopolio legislativo, y, por

tanto, la creación del derecho.

  • Órgano fundamental para la legitimación democrática

del Estado. Art. 66.1 CE

  • Funciones: art. 66.

-Funciones o potestades / competencias

-Toda la vida política y económica del Estado:

legitimación democrática

BICAMERALISMO

  • (^) Tradición liberal europea / tradición democrática EEUU
  • (^) En la historia de España:
    • (^) Ruptura: Cortes monocamerales (1812, 1931).
    • (^) Modelo liberal-progresista: Cámara electiva (1837 y
  • (^) Modelo liberal-conservador: designación real (1845,
  • (^) Art. 69.1: representación territorial, pero la circunscripción

es inadecuada. Mezcla de elementos.

  • (^) En la práctica, el Senado duplica y complica.
  • (^) Bicameralismo imperfecto
  • (^) Principios
    • (^) Cada Cámara es independiente
    • (^) Nadie puede ser miembro a la vez de las dos Cámaras
    • (^) Las Cámaras deliberan por separado
    • (^) Excepción: Sesiones conjuntas: actos no legislativos

principalmente relacionados con la Jefatura del Estado:

arts. 74.1 y 72.2 / arts. 57.3, 57.4, 59.2, 59.3, 60.1, 61

ESTATUTO DE LOS PARLAMENTARIOS

  • (^) Mandato no imperativo: art. 67.2 CE
  • (^) Inelegibilidad (art. 70.1 CE y 6 LOREG) / incompatibilidad (art. 70.1 CE y 155 LOREG)
  • (^) Jura o promesa
  • (^) Prerrogativas:
    • (^) Inviolabilidad: 71.1: opiniones o votos; protege siempre
    • (^) Inmunidad: 71.2: delitos: protege mientras se sea parlamentario
      • (^) En relación con detención
      • (^) En relación con procesamiento: suplicatorio (matizado por TC)
      • (^) No exime de responsabilidad
    • (^) Fuero jurisdiccional: 71.
  • (^) Derechos y deberes: votar, asistir, percibir su asignación y otras ayudas complementarias / asistir y no divulgar actuaciones secretas
  • (^) Grupos parlamentarios: asociación de parlamentarios para la mejor defensa de sus intereses en la Cámara: arts. 23 y siguientes RCD - (^) Es distinto al partido político (STS 20-5-2003/STC 251/2007) - (^) Protagonista del trabajo parlamentario: determinan la composición de órganos, deciden orden del día a través de la JP, ejercen la iniciativa legislativa. Razones de protagonismo político y de financiación - (^) Pueden representar a los parlamentarios ante el TC en el recurso de amparo - (^) Requisitos: - (^) 15 D, o bien 5 D con el 15% de votos en sus circunscripciones o el 5% en el conjunto del Estado - El resto va al Grupo Mixto - No pueden formar Grupos separados los diputados de un mismo partido o de formaciones que no se hayan enfrentado ante el electorado

ESTRUCTURA DE LAS CÁMARAS

  • Mesa: órgano rector y función registral (Art. 30 RCD y

35 RS)

  • Presidente: coordinación, interpretación y policía (Art.

32 RCD y 37 RS)

  • Junta de Portavoces: órgano de dirección política (Art.

39 RCD y 43 RS)

  • Pleno y Comisiones: 75.1 CE

Comisiones permanentes

  • Comisiones legislativas (Art. 46 RCD y 49 RS)
  • Comisiones no legislativas

Comisiones no permanentes

-Comisiones de investigación: 76 CE

  • Diputaciones Permanentes: 78 CE

PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO ORDINARIO

  • (^) Iniciativa: 87:
    • (^) G (proyecto de ley, 88, 89), las Cámaras (proposición de ley, 89.1), ALCA (87.2), ILP (87.3).
    • (^) Sólo ante el CD: 88, 87.2 y 89.
  • (^) Deliberación y aprobación
    • (^) Mesa CD: publicación, enmiendas, envío a Comisión
    • (^) Proposiciones de Ley: remisión al Gobierno (puede oponerse a la toma en consideración: 126.2 R) / debate de toma en consideración
    • (^) Enmiendas: 15 días. A la totalidad / parciales.
    • (^) Remisión al Gobierno: puede oponerse a su tramitación: 111 R
    • (^) Comisión – Ponencia – Informe (15 días)
    • (^) Debate en Comisión – Dictamen
    • (^) Pleno: debate y aprobación
    • (^) Envío al Senado: 2 meses
    • (^) Aprobación en Senado: en los mismos términos, con enmiendas (vuelve al Congreso), veto (el Congreso puede levantarlo)
  • (^) Integración de la eficacia (91): sanción, promulgación y publicación (6.1 CC; 2.1 CC: vacatio legis )

PROCEDIMIENTOS LEGISLATIVOS ESPECIALES

  • (^) Ley de comisión: 75.2 y 75.3 CE
    • (^) La ley se aprueba en Comisión
  • (^) Procedimiento de lectura única: 150.1 Regl CD
    • (^) Se suprime la fase de Comisión
  • (^) Procedimiento de urgencia:
    • (^) A petición de G, dos GP o 1/5 Dip.
    • (^) Reduce a la mitad los plazos, si bien la Mesa puede

prorrogarlos o reducirlos: 91 a 94 Regl CD

  • (^) Senado: 20 días: 90.3 CE

CONTROL PARLAMENTARIO DEL GOBIERNO

  • (^) Preguntas: 111 CE, 191 Regl CD, 186.2 Regl S
    • (^) Orales y escritas
    • (^) En Pleno y en Comisión
  • (^) Interpelaciones: motivos o propósitos: 181.1 Regl CD
    • (^) Pueden ser elevadas a mociones: 111 CE (posición de la Cámara)
  • (^) Proposiciones no de ley: se insta a que el Gobierno actúe
  • (^) Solicitudes de información y presencia de los miembros del Gobierno: 109 y 110 - (^) Sesiones informativas - (^) También el Gobierno puede comparecer
  • (^) Comisiones de investigación: 76 CE, 52 RCD
    • (^) Iniciativa: Gob, Mesa, 2 GP ó 1/5 Cámara
    • (^) Aprobación: Pleno. Constitución: por mayoría
    • (^) Obligación de comparecer: 76.2 CE y LO 5/
    • (^) Dictamen: en Pleno. Si se aprueba, se envía al BOCG y al Gobierno.
    • (^) Efectos: políticos (76.1). Si hay indicios de delitos, se envía al MF