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Este documento contiene la información necesaria para calcular la cuota diferencial de impuesto que debe pagar pablo en el año 2013, teniendo en cuenta su situación fiscal, incluyendo ingresos, gastos de viaje, rentas familiar y deducciones. El documento también proporciona las escalas fiscales para el impuesto de rentas de estado y autonómico, con los tipos de gravamen y porcentajes aplicables.
Tipo: Apuntes
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Pablo realiza un trabajo por cuenta ajena percibiendo unos rendimientos anuales íntegros de 45.000€ (en esta cantidad al ser íntegra está incluida la retención que es de 6.000€). Las cotizaciones a la Seguridad Social por esta retribución ascienden a 3.200€. Ha realizado durante el 2013 un viaje de trabajo a Paris, siendo esta una ciudad distinta a aquella en la que desarrolla su trabajo y radica su residencia, por este motivo ha percibido las siguientes dietas para gastos de viaje: Billete de avión por importe de 350€ (justificado) y 1.500€ para gastos de manutención y estancia por 8 días, justificando 450 por estancia y pernoctando los 8 días.
Además, es propietario de un piso adquirido en 2004 por 280.000€ y arrendado a su hermano durante todo el año 2013. El valor catastral revisado del inmueble en 2010 asciende a 70.000€, siendo el valor del suelo el 20% del total. El arrendatario, de 40 años, ha utilizado el piso como vivienda habitual y ha pagado 450€ al mes por el arrendamiento.
Pablo, de 64 años en el 2013 ha contratado con una compañía de seguros, mediante el pago de una prima de 150.000€, el derecho a percibir desde ese momento una renta anual 7. € hasta el momento de su muerte.
Determínese la cuota diferencial del impuesto correspondiente a 2013 en régimen de tributación individual teniendo en cuenta además los siguientes datos:
Base liquidable Hasta euros
Cuota Íntegra Euros
Resto base liquidable Hasta euros
Tipo aplicable Porcentaje
0,00 0,00 17.707,20 12
17.707,20 2.124,86 15.300 14
33.007,20 4.266,86 20.400 18,
53.407,20 8.040,86 66.593,00 21,
120.000,20 22.358,36 55.000,00 22,
175.000,20 34.733,36 En adelante 23,
Los tipos de gravamen del ahorro tanto para la parte estatal como la autonómica son los siguientes:
Parte de la base liquidable Euros
Tipo aplicable Porcentaje
Hasta 6.000 euros 9,
Desde 6.000,01 euros en adelante 10,
La escala autonómica susceptible de aplicación es la siguiente:
Base liquidable Hasta euros
Cuota Íntegra Euros
Resto base liquidable Hasta euros
Tipo aplicable Porcentaje
0,00 0,00 17.707,20 11,
17.707,20 2.054,04 15.300 13,
53.407,20 7.883,34 Resto 21,