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Liquidacion completa, Apuntes de Administración de Empresas

Asignatura: Regimen Fiscal, Profesor: , Carrera: Administración y Dirección de Empresas, Universidad: UVIGO

Tipo: Apuntes

2015/2016
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Subido el 30/11/2016

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LIQUIDACION IS. CASO COMPLETO
La Sociedad ANIMO, S.A. creada en N-5 (2010) con domicilio social en Vigo, tiene como objeto
social la organización de eventos deportivos y la explotación de distintos gimnasios en la ciudad
de Vigo y en su área de influencia (grupo de actividad nº 932).
Su cifra neta de negocios en el año N-1 fue de 4.350.000 , y en los años anteriores superó los
10 millones de euros y obtuvo bases imponibles positivas. Se sabe que la plantilla media total de
la sociedad es de 20 trabajadores. Esta cifra se mantiene desde el año N-5 y se estima que se
mantendrá durante los próximos dos años. Su periodo impositivo coincide con el año natural y a
31/12 se conoce la siguiente información a efectos de la liquidación del Impuesto sobre
Sociedades :
BALANCE DE SITUACIÓN (31/Diciembre/0) en
ACTIVO (No corriente y Corriente)
PATRIMONIO NETO Y PASIVO
Terrenos
100.000,00
220.000,00
Construcciones
400.000,00
60.000,00
Equipos Gimnasio e Instalaciones
191.000,00
16.000,00
Mobiliario
44.000,00
40.000,00
Equipos informáticos
16.000,00
34.000,00
(Amort. Ac. Inm. Material)
- 283.000,00
15.000,00
Clientes
37.000,00
35.000,00
(Deterioro Valor op. comerciales)
- 7.000,00
90.000,00
Caja y Bancos
12.000,00
TOTAL:
510.000,00
510.000,00
PÉRDIDAS Y GANANCIAS (31/12/0) en
Ingresos de la actividad .......................................................................................
Compras y aprovisionamientos ...........................................................................
Gastos de personal .............................................................................................
Alquileres ............................................................................................................
Gastos diversos ..................................................................................................
Gastos en I+D e Innovación Tecnológica del ejercicio ........................................
Amortización Inmovilizado Material ...................................................................
Deterioro de valor de operaciones comerciales ...................................................
Subvenciones de capital imputadas ....................................................................
Beneficio por enajenación Inmovilizado Material ................................................
Ingresos financieros (dividendos: 6.940 ; intereses 3.060 ) ............................
Intereses de deudas por Leasing .........................................................................
Impuesto de Sociedades .....................................................................................
Resultado del ejercicio ..................................................................................
4.608.648,00
- 3.588.332,00
- 890.619,00
- 50.000,00
- 23.000,00
- 31.000,00
- 34.547,00
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LIQUIDACION IS. CASO COMPLETO

La Sociedad ANIMO, S.A. creada en N- 5 (2010) con domicilio social en Vigo, tiene como objeto social la organización de eventos deportivos y la explotación de distintos gimnasios en la ciudad de Vigo y en su área de influencia (grupo de actividad nº 932). Su cifra neta de negocios en el año N- 1 fue de 4.350.000 €, y en los años anteriores superó los 10 millones de euros y obtuvo bases imponibles positivas. Se sabe que la plantilla media total de la sociedad es de 20 trabajadores. Esta cifra se mantiene desde el año N- 5 y se estima que se mantendrá durante los próximos dos años. Su periodo impositivo coincide con el año natural y a 31/12 se conoce la siguiente información a efectos de la liquidación del Impuesto sobre Sociedades : BALANCE DE SITUACIÓN (31/Diciembre/0) en € ACTIVO (No corriente y Corriente) (^) PATRIMONIO NETO Y PASIVO Terrenos 100.000,00 Capital Social 220.000, Construcciones 400.000,00 Reserva legal 60.000, Equipos Gimnasio e Instalaciones 191.000,00 Reservas voluntarias 16.000, Mobiliario 44.000,00 Subvenciones de capital 40.000, Equipos informáticos 16.000,00 Préstamos a C.P 34.000, (Amort. Ac. Inm. Material) - 283.000,00 Proveedores y acreedores 15.000, Clientes 37.000,00 Acreedores por Leasing 35.000, (Deterioro Valor op. comerciales) - 7.000,00 Ganancia del ejercicio 90.000, Caja y Bancos 12.000, 00 TOTAL: 510.000,00 TOTAL: 510.000, PÉRDIDAS Y GANANCIAS (31/12/0) en € Ingresos de la actividad ....................................................................................... Compras y aprovisionamientos ........................................................................... Gastos de personal ............................................................................................. Alquileres ............................................................................................................ Gastos diversos .................................................................................................. Gastos en I+D e Innovación Tecnológica del ejercicio ........................................ Amortización Inmovilizado Material ................................................................... Deterioro de valor de operaciones comerciales ................................................... Subvenciones de capital imputadas .................................................................... Beneficio por enajenación Inmovilizado Material ................................................ Ingresos financieros (dividendos: 6.940 ; intereses 3.060 ) ............................ Intereses de deudas por Leasing ......................................................................... Impuesto de Sociedades ..................................................................................... Resultado del ejercicio .................................................................................. 4.608.648,

  • 3.588.332,
    • 890.619,
      • 50.000,
      • 2 3.000,
      • 31.000,
      • 34.547,
        • 7.000, 5.000, 97.000, 10.000,
        • 2.100,
        • 4.050, 90.000,

A partir de los datos contables anteriores, determina las consecuencias fiscales de las siguientes anotaciones y operaciones:

1. En la cuenta de Pérdidas y Ganancias la sociedad computa el importe del Impuesto sobre Sociedades por 4.0 50 €. 2. Se han contabilizado en la cuenta de “gastos diversos” las siguientes partidas: a) 1 3.000 € por los pagos fraccionados satisfechos a cuenta del impuesto sobre sociedades del ejercicio 0. b) 6.000 € que corresponden a un viaje del socio mayoritario y un empleado de la empresa a Japón para promocionar los servicios de la empresa en la X Feria Internacional “Mantente en forma”. c) 4.000 € destinados a la adquisición de cestas de navidad para los empleados. 3. Entre los ingresos están computados los siguientes importes: a) En ingresos de la actividad: una venta por importe de 12.221 €, IVA incluido al 21%. b) En ingresos financieros: intereses bancarios por un importe neto de 40 5 €. Además, en el mes de diciembre la empresa ha recibido de la Xunta de Galicia una subvención para la explotación por importe de 6.000 € que no contabiliza. 4. El 1/1/N-2 la empresa adquirió un almacén por 100.000 € (de los cuales 50.000 corresponden al valor del suelo). La sociedad recibe una buena oferta a finales de N-1 y el dia 1 1 /1/N decide aceptarla, vendiendo el inmueble por 194.000 €. Contablemente realizó los asientos correspondientes correctamente. 5. Parte de los 194.000 euros obtenidos con la enajenación del almacén ha sido aplicados a las siguientes adquisiciones : a) El 1/1 la empresa adquiere un equipo usado de aire acondicionado por importe de 13.400 €. b) Ha adquirido el 01/07 el siguiente mobiliario nuevo: una mesa de reuniones por 3.000 € y 5 estanterías por 3 00 € cada una. Contablemente la empresa amortiza sus inversiones según el método lineal de tablas al coeficiente máximo (el equipo de aire acondicionado se ha considerado maquinaria). 6. El 01/01/N adquirió equipos de gimnasio mediante un contrato de leasing. Se sabe que el precio de adquisición fue 45.000 € (incluida la opción de compra de 1.000 €). Las cuotas se pagan anualmente a 31 de diciembre y se contabiliza como inversión. Como anexo al contrato de arrendamiento financiero se acompaña el siguiente cuadro:

SOLUCIÓN LIQUIDACION IS

Consideraciones Iniciales: a) Régimen en que tributa la empresa: Según se establece en el enunciado, el importe neto de la cifra de negocios de la empresa Animo no superó en el ejercicio anterior los 10 M € (en N-1 su cifra de negocio fue de 4.300.000 €), por tanto, en virtud de lo que establece el art. 101.1 L la empresa puede aplicar en este ejercicio el Régimen especial de Empresas de Reducida Dimensión (ERD). Como ANIMO es una ERD tendremos que estudiar, entre otras cuestiones, los incentivos fiscales derivados de las amortizaciones (arts. 102 y 103L), deterioro de valor (art 104 L), límite para la cuota de recuperación de coste en contratos de Leasing (art. 106 L) y Tipo impositivo al que tributa la empresa (artículo 29L) b) Tipo Impositivo: La empresa no puede considerarse de nueva creación en los términos previstos en el articulo 29 L. (se creó en N- 5 y obtuvo BI positivas en ejercicios pasados). Por tanto, esta empresa debe aplicar un tipo impositivo del 25% a toda su base imponible. c) Observación para años anteriores: La empresa en los años anteriores no era ERD al tener una cifra de negocio > 10M €. Por tanto, en esos ejercicios no pudo aplicar los incentivos fiscales del régimen de ERD Análisis de las operaciones planteadas:

1. Impuesto de Sociedades: Como se puede comprobar, en PyG figura computado como gasto el Impuesto sobre Sociedades correspondiente al ejercicio, que, según art. 15.b) L no es fiscalmente deducible, por lo que procede practicar un ajuste (+) permanente de 4.05 0 € Nota: Con independencia de lo que nos diga el enunciado, generalmente este es el primer ajuste que hay que plantear en un proceso de liquidación del IS Por lo tanto: CONCEPTO Contablemente Fiscalmente Ajuste Art. L Impuesto s/ Soc. 4.05 0 0 **+ 4.050 (P) 15 .b.L

  1. “Gastos Diversos”:** a) Pagos fraccionados: Hay un error contable pues los pagos fraccionados no son gasto, sino un anticipo del impuesto de Sociedades y, por lo tanto, no son deducibles fiscalmente (arts. 10.3 y 15.b).

Procede practicar ajuste temporal (+) por 1 3.000 €. b) Presencia en Feria Internacional: Se trata de un gasto correlacionado con la actividad y con la obtención de ingresos. No procede ajuste. c) Regalo navidad: Se trata de una excepción al tratamiento fiscal de los donativos y liberalidades (art.15.e L). En este caso, si consideramos que el regalo forma parte de los usos y costumbres de la empresa su gasto es fiscalmente deducible y por tanto no procede ajuste. En resumen: CONCEPTO Contablemente Fiscalmente Ajuste Art. L a) Pagos fraccionados 1 3. 000 0 + 1 3.000 (P) 15.b.^ L b) Feria internacional 6.000 6.000 0 c) Cesta Navidad 4.000 4.000 0 15 .e.L Suma: 2 3.000 10.000 + 1 3.

3. “Ingresos”: a) Cómputo de Ingreso con IVA incluido: error de contabilización al computar el importe incluyendo el IVA. Según la norma contable (NV 16ª) y también el criterio fiscal (art. 10.3 L) debemos computar los ingresos por el importe íntegro, sin considerar los impuestos que graven la operación. Para determinar el ingreso sin IVA: X (1 + 0,21) = 12.221 ⇒ X = 10. ⇒ Podemos practicar un ajuste negativo permanente por 2.121 € b) Error de contabilización al computar el importe neto en vez del importe integro. Según la norma contable y también el criterio fiscal (art. 10.3 L) debemos computar los ingresos por el importe íntegro, esto es, considerando la retención que nos han practicado (19% según art. 66.a) R) sobre los intereses. Para determinar la cuantía de la retención tendremos que calcular el importe íntegro de la siguiente forma: Ingreso íntegro: 405,00 / (1 – 0,19) = 5 00 € ⇒ retención: 95 € ⇒ Tendremos que practicar un ajuste positivo permanente por 95 € Al mismo tiempo, tenemos que recordar que en la liquidación del impuesto existirá una retención de 95 € a restar de la cuota líquida como pago a cuenta efectuado. c) Error de contabilización al no incluir la subvención de explotación como ingreso: Procede practicar ajuste permanente (+) por 6.000 €. En resumen: CONCEPTO Contablemente Fiscalmente Ajuste Art. L

6. Contrato de Leasing: En primer lugar comprobamos que se verifican las condiciones del art. 106 L, entre ellas: - Duración contrato > 2 años (se trata de bienes muebles) - En las cuotas se diferencia la recuperación de coste, la opción de compra y los intereses - Las cuotas de recuperación son crecientes. Además, el enunciado indica que el contrato se ha contabilizado como inversión , esto es, Cuando se realizó el contrato el 1/1/ N: 45.000 (213) Maquinaria (equipos de gimnasio) a Acreedores por Leasing 45. Y a 31/12/N: a) Devengo de los Gastos Financieros: 2.100 (662) Intereses de deudas por Leasing a Acreedores por Leasing (174) 2. b) Pago de los Gastos Financieros y de la Cuota de Recuperación del Coste del bien: 22.100 (174) Acreedores por Leasing a Tesorería 22. c) Amortización del equipo de gimnasia (Inmovilizado Material). Tablas Anexo R: C.Max: 12% 5.400 (681) Amortización del Inm. Material 12% 45.000 = 5.400 a Amort. Acumulada Inm. Material 5. Además, se puede comprobar que así lo ha hecho contablemente, pues constan en PyG la carga financiera relativa al ejercicio N y la amortización del Inmovilizado Material (mientras que no aparece como gasto la cuenta de “arrendamientos” que es la que recogería este caso si se hubiese contabilizado como arrendamiento operativo). Por tanto, la empresa debe aplicar el régimen especial del leasing. a) Ello supone que la carga financiera es gasto deducible si está contabilizado (se comprueba que aparece en PyG). En este caso para el año N, según el art. 106.5 L, será deducible el importe pagado (pues está contabilizado): 2.100 € , no hay ajuste por este concepto b) y la cuota de recuperación del coste del bien también es deducible con el límite de 3 x coeficiente lineal máximo establecido para el elemento en cuestión (por ser ERD en el momento de entrar en funcionamiento los bienes). En este caso, siguiendo el art.

106 .6 L, para la recuperación de coste es deducible lo pagado (20.000 €) con el límite máximo del triple de la amortización máxima (12%): 3 x 12% x 45.000 = 16. En resumen: CONCEPTO Contablemente Fiscalmente Ajuste Art. L Carga Financiera 1.0 00 1.0 00 0 115. Amortización 5.400 10.0 00 - 4.600 (T) 115. El cuadro completo sería (sin considerar la carga financiera): Años Pagado Amortización Contable Límite Fiscalmente Deducible AJUSTE Exceso No deducido Exceso Acumulado N 10.000 5.400 16.2 00 10.000 - 4.600 (T) 0 0 N+ 1 15.000 5.400 16.2 00 15.000 - 9.600 (T) 0 0 N+2 20.000 5.400 16.2 00 16.200 - 10.800 (T) 3.8 00 3.8 00 N+3 0 5.400 16.2 00 3.800 + 1.600 (T) 0 0 N+4 0 5.400 16.2 00 0 + 5.400 (T) 0 0 N+5 0 5.400 0 + 5.400 (T) N+6 0 5.400 0 + 5.400 (T) N+7 0 5.400 0 + 5.400 (T) N+8 0 1. 800 0 + 1.800 (T) TOTAL 45.000 45.000 45.000 0

7. Deterioro de Valor de Operaciones Comerciales : a) La empresa ha contabilizado 7.000 € por una deuda del Concello de Baiona por servicios prestados hace dos años. Este deterioro de valor no es fiscalmente deducible ya que se trata de una entidad de derecho público, y no hay un procedimiento judicial sobre su existencia o cuantía (art. 13.1.1º L). En consecuencia : Procede practicar ajuste permanente (+) 7. b) Deterioro (global o general) de valor por insolvencias de deudores. Dado que la empresa es una ERD, puede aplicarse el art. 104 L que permite deducir fiscalmente un deterioro de valor global hasta el 1% del saldo de deudores, excluyendo aquellos importes que fiscalmente no sean deducibles (7.000 € caso a). Aunque contablemente no se dotó este deterioro global, tomamos a los efectos de cumplir con el principio de inscripción contable el deterioro dotado por el caso anterior que no es deducible (7.000). Por ello, sería deducible con el límite de: 1% (37.000 - 7.000): 300 y, en consecuencia: Procede practicar ajuste permanente (-) 300

derecho a aplicarse la deducción por actividades de I+D prevista en el art. 35.1 L.. Puesto que no hubo actividades asimilables en los dos años anteriores, su media fue de 0 euros y, en consecuencia, el importe de la deducción será determinado al porcentaje del 42%. Deducción por Actividades de I+D ……….................... 0,42 x 15.000 = 6.300 € e) Gastos de innovación tecnológica : La empresa ha realizado un gasto de innovación que, junto al gasto de I+D, aparece contabilizado en PyG. Dado que el informe ha recibido la calificación positiva del Mº. de Industria, puede aplicarse la deducción del art. 35.2 L. para incentivar la innovación tecnológica, pues expresamente se recoge como tal “el diagnóstico tecnológico de la empresa” (art. 35.2.b).1º L) Deducción por Acts. de Innovación Tecnológica: ……0.12 x 16.000 = 1.920 € 9 Datos de ejercicios anteriores a) Base imponible negativa de N-1 : Si hay rentas positivas (base imponible previa), podrá ser compensadas en su totalidad hasta cubrir el importe de las rentas positivas. Además, debemos tener en cuenta que el art. 2 6.1 2º párrafo establece que en todo caso podrán compensarse BI negativas hasta el importe de 1M de euros. b) Deducción por doble imposición internacional de N- 3 : Deducible. El art. 31.6 L lo autoriza sin establecer límite temporal. c) No precede reducciones en la base imponible ya que no se dotaron las correspondientes reservas (art. 25 y 105 L)

d) LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO

Resultado contable: ..............................……............…........…………................. 90.000, Ajustes del Ejercicio: .…………………............................................................. + 17.264,

  • Impuesto de Sociedades :…...............................................…. + 4.050,
  • Pagos Fraccionados………..................................................... + 1 3.000,
  • Ventas con IVA:...................................................................... - 2.121,
  • Intereses netos ……………………................................................. + 95,
  • Subvención de Explotación…................................................. + 6.000,
  • Amortizaciones (equipo, mesa y estanterías)....................... - 1.86 0 ,
  • Contrato Leasing (año N):……............................................... - 4.600,
  • Deterioro de Valor Créditos por Operaciones Comerciales… + 6.700,
  • Dividendos exentos :…………….............................................… - 4.5 7 0,
  • Dividendos netos :…………….............................................… + 570,

Base Imponible Previa: ......................................... 9 0.000 + 17.26 4 = 107.264, Bases imponibles negativas de ejercicios anteriores:..………........................... - 37 .264,


Base imponible: .................................…..........................………....................... 70.000,

Cuota Integra (25% : ERD con matenimiento de plantilla): …………….......... 17.500,

Deducciones por Doble Imposición: ................... 5.1 50 + 4.250 = - 9.4 00 ,

  • Deducción por D. Imp. Internacional N-3:.............................. 5.150,
  • Deducción por D. Imp. Internacional ejercicio N: ……...…… 4.250,

Cuota Integra Ajustada Positiva: ............…….................................................. 8.100, Deducciones por Inversión: ............……........................................................... 4.050,0 0

  • Límite: 50% pues Deducciones I+D+it (8.220) > 10% x 8.100 = 810
  • Límite para aplicación Deducciones: …. 50% x 8.100 = 4. Dado que el conjunto de las Deducciones posibles (8.220,00) supera el límite (4.050), no podemos aplicarlas en su totalidad. Para decidir el orden en que se aplican, tenemos en cuenta que las Deducciones por I+D e Inn. Tecnológica tienen el mismo período de traslación (18 años) y , por lo tanto, resulta indiferente aplicar íntegramente cualquiera de ellas. Cuota Líquida Positiva: ............................................. 8.100 – 4.050 = 4.050,0 0 Pagos a Cuenta : Retenciones: ................................… 95,00 + 570,00 = - 66 5, Pagos a Cuenta : Pagos Fraccionados: .......…..…...........…...…………........ - 1 3.000,0 0

CUOTA DIFERENCIAL (A INGRESAR): ........….........…......…...……….......... - 9.615,0 0 Deducción Posible Aplicada Pendiente Ded. Actividades de I+D 6.300,00 2.130,00 4.170, Ded. Innovación Tecnológica 1.920,00 1.920,00 0, Total deducciones: 8.220,00 4.050,00 4.170,