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Este documento analiza el concepto de 'ambiente' como objeto de derecho, su importancia y la responsabilidad de preservarlo. Se discuten las leyes argentinas que rigen la protección ambiental, incluyendo la Ley General de Ambiente y las leyes específicas sobre residuos. Se explican las responsabilidades en materia de daños ambientales y las acciones legales disponibles, como la reparación y la responsabilidad del Estado. Además, se abordan las leyes de urgencia y las medidas preventivas.
Tipo: Resúmenes
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de recomposición al Estado nacional, provincial y municipal, y para la acción de recomposicióno de indemnización pertinente, a la persona directamente damnificada por el hecho dañosoacaecido.
normas civiles y penales contenidas en la ley (arts. 49 a 5) no requerían de la previaadhesión para su aplicación en todo el territorio nacional, ya que la competencia para dictarlases del Congreso Nacional, en aplicación de las atribuciones que le confería el art. 67 inciso 11(actual 72 inc. 12) de la Constitución Nacional, de dictar las normas de fondo. _Ley 25916: Gestión de residuos sólidos urbanos.Sus disposiciones establecen los presupuestos mínimos de protección ambiental, en lostérminos del artículo 41 de la Constitución Nacional, para la gestión integral de los residuosdomiciliarios, sean éstos de origen residencial, urbano, comercial, asistencial, sanitario,industrial o institucional, con excepción de aquellos que se encuentren regulados por normasespecíficas. Se denomina gestión integral de residuos domiciliarios al conjunto de actividadesinterdependientes y complementarias entre sí, que conforman un proceso de acciones para elmanejo de residuos domiciliarios, con el objeto de proteger el ambiente y la calidad de vida dela población. La gestión integral de residuos domiciliarios comprende de las siguientes etapas:generación, disposición inicial, recolección, transferencia, transporte, tratamiento y disposición final. En el Capítulo VIII en los arts. 26 a 32 se encuentran las sanciones a las infracciones a la ley. Elincumplimiento de las disposiciones de la presente ley o de las reglamentaciones que en suconsecuencia se dicten, sin perjuicio de las sanciones civiles o penales que pudierancorresponder, será sancionado con: a) Apercibimiento. b) Multa de diez (10) hasta doscientos (200) sueldos mínimos de la categoría básica inicial de laAdministración Pública Nacional. c) Suspensión de la actividad de treinta (30) días hasta un (1) año, según corresponda yatendiendo a las circunstancias del caso. d) Cese definitivo de la actividad y clausura de las instalaciones, según corresponda yatendiendo a las circunstancias del caso. Lo ingresado en concepto de multas a que se refiere el artículo 26, inciso b) serán percibidaspor las autoridades competentes, según corresponda, para conformar un fondo destinado,exclusivamente, a la protección y restauración ambiental en cada una de las jurisdicciones.Cuando el infractor fuere una persona jurídica, los que tengan a su cargo la dirección,administración o gerencia, serán solidariamente responsables de las sanciones establecidas enel presente capítulo. Las autoridades competentes deberán establecer, en el ámbito de su jurisdicción, programasespeciales de gestión para aquellos residuos domiciliarios que por sus característicasparticulares de peligrosidad, nocividad o toxicidad, puedan presentar riesgos significativossobre la salud humana o animal, o sobre los recursos ambientales. _Ley 25018: Gestión de residuos radioactivosEl marco jurídico de los residuos radiactivos en nuestro país está integrado por el artículo 41 dela Constitución Nacional, las leyes 24084 (ley nacional de actividad nuclear) y 25018, así comotambién por los principios establecidos en las leyes ambientales y la normativa regulatoriadictada por la Autoridad Regulatoria Nuclear en el marco de sus funciones específicas. Mediante la ley 25018 se dispusieron los instrumentos básicos para la gestión adecuada de losresiduos radiactivos, que garantizan la protección del ambiente, la salud pública y los derechosde la prosperidad. En el art. 2 se define como gestión de residuos radiactivos el conjunto de actividadesnecesarias para aislar los residuos radiactivos de la biosfera, derivados exclusivamente de laactividad nuclear efectuada en el territorio de la Nación Argentina, el tiempo necesario paraque su radiactividad haya
decaído a un nivel tal que su eventual reingreso a la biosfera noimplique riesgos para el hombre y su ambiente. Y el art. 3 define a los residuos radiactivoscomo todo material radiactivo, combinado o no con material no radiactivo, que haya sidoutilizado en procesos productivos o aplicaciones, para los cuales no se prevean usos inmediatosposteriores en la misma instalación, y que, por sus características radiológicas no puedan serdispersados en el ambiente de acuerdo con los límites establecidos por la AutoridadRegulatoria Nuclear. Por la presente ley se crea un Programa Nacional de Gestión de Residuos Radioactivos, cuyacomisión tiene a su cargo todas las acciones enumeradas en los arts. 10 y 11. Donde se puedenobservar subyacentes los principios ambientales tales como: el deber de informar, generacióndel mínimo impacto ambiental posible, el desarrollo sustentable y sostenible.En los arts. 6 a 9 establece la responsabilidad y transferencia. El Estado nacional, a través delorganismo de aplicación de la presente ley, deberá asumir la responsabilidad de la gestión delos residuos radiactivos. Los generadores de los mismos deberán proveer los recursosnecesarios, para llevarla a cabo en tiempo y forma. El generador será responsable delacondicionamiento y almacenamiento seguro de los residuos generados, hasta su transferenciaa la Comisión Nacional de Energía Atómica. en ningún caso quedará desvinculado el operador de la instalación generadora de suresponsabilidad por eventuales daños civiles y/o ambientales hasta tanto se haya efectuado latransferencia de los residuos radiactivos. _Ley provincial 9088 de Residuos Sólidos Urbanos y Asimilables. Esta ley aplica a la generación, transporte, tratamiento, eliminación y disposición transitoria ofinal de residuos sólidos domiciliarios, derivados de la poda, escombros, desperdicios de origenanimal, enseres domésticos y vehículos en desuso y todo otro residuo de característicassimilares producidos en las actividades urbanas, con excepción de aquellos que por suscaracterísticas deban ser sometidos a tratamientos especiales antes de su eliminación, talescomo los patógenos, radiactivos, peligrosos u otros. Establece condiciones mínimas y obligatorias para el tratamiento y disposición de los RSU.Como así también condiciones de seguridad física y administrativas adecuadas, respetarcondiciones de tratamiento de los líquidos y gases que resulten de la disposición de los RSU,establecer un sistema de monitoreo periódico, y cumplimentar con los requerimientos de la leyprovincial del ambiente y los términos establecidos por la autoridad de aplicación. Prohíbe losbasurales a cielo abierto, el cirujeo y la quema incontrolada de RSU (art. 7).Invita a las municipalidades y comunas a integrar entes regionales para el establecimiento desistemas de gestión de residuos (art. 8), Crea la cuenta especial “Fondo de Gestión de ResiduosSólidos Urbanos de Córdoba” conformado por montos anuales que le asigne el PresupuestoGeneral de la Provincia; aportes que realicen los municipios y comunas conforme a losconvenios que se celebren GIRSU; aportes provenientes de la celebración de convenios conorganismos nacionales e internacionales destinados al estudio e investigación para eldesarrollo de la gestión de Residuos Sólidos Urbanos (arts. 9 y 10)
También se la considera en el Capítulo IIModo especial de apropiación de dominio en el art. 1947 inc. a.iii CCC, Capítulo IV Límites enlos arts. 1974, 1975 y 1976 CCC y en Título XI Servidumbre.La Ley Nacional 25688 establece los presupuestos mínimos ambientales para la preservaciónde las aguas, su aprovechamiento y uso racional. En concordancia con la Ley 25675 Ley Generalde Ambiente, como todas las leyes de presupuestos mínimos. _Glaciares y ambientes periglaciaresGlaciar: es una gran masa de hielo comprimida, que se forma durante el transcurso de miles deaños como consecuencia de la nieve que permanece en un mismo lugar hasta que setransforma en hielo. Durante las estaciones cálidas, algunos liberan agua de deshielo debido a su derretimiento ycrean cuerpos de agua importantes para la fauna y la flora, sin dejar de lado su utilidad para losseres humanos. Son la mayor reserva de agua dulce del planeta, conteniendo hasta tres cuartaspartes de ésta.Constituyen aproximadamente el 10 por ciento de la superficie total terrestre. Si todo el hieloterrestre se derritiera, el nivel del mar subiría unos 70 metros. Ambiente periglacial. En la alta montaña: área con suelos congelados que actúa comoregulador del recurso hídrico. En la media y baja montaña: área que funcional como reguladorde recursos hídricos con suelos saturados en hielo.Su protección está regulada en la ley Ley 26.639 de presupuestos mínimos con el fin depreservarlos como reservas estratégicas de recursos hídricos para el consumo humano; para laagricultura y como proveedores de agua para la recarga de cuencas hidrográficas; para laprotección de la biodiversidad; como fuente de información científica y como atractivoturístico. _flora y faunaLa flora y la fauna representan los componentes vivos de la naturaleza.El recurso forestal estuvo regulado por la ley 13273 y fue reemplazada por la ley 26331:Protección Ambiental de Bosques Nativos. Dicha ley establece los presupuestos mínimos deprotección ambiental para el enriquecimiento, la restauración, conservación, aprovechamientoy manejo sostenible de los bosques nativos, y de los servicios ambientales que éstos brindan ala sociedad. Asimismo, establece un régimen de fomento y criterios para la distribución defondos por los servicios ambientales que brindan los bosques nativos.Fauna silvestre: son los animales que viven libres e independientes del Hombre, en ambientesnaturales o artificiales. Están comprendidos los animales salvajes en cautividad o no y losdomesticados que recuperan su libertad natural. Los actos posesorios, la caza y la pesca seencuentran regulados en el Código Civil y Comercial (arts. 1928, 1948 y 1949).La conservación de la Fauna está regulada por la Ley
cuando existen partículas sólidas suspendidas en él o gasesdistintos a los que se encuentran naturalmente presentes en su composición. Incluso puedehaber una mezcla de ambas cosas.Así como el agua o la tierra, el aire es receptor de las sustancias emitidas durante procesosindustriales, urbanos o de desecho que liberamos al ambiente, lo cual trae a menudo seriascomplicaciones como pueden ser las lluvias ácidas (el ciclo del agua se contamina por lareacción con gases corrosivos o venenosos en el aire), enfermedades respiratorias (para el serhumano y los animales) o el deterioro de las capas de la atmósfera (como la disminución de lacapa de ozono en la estratósfera, permitiendo el paso directo de la radiación solar). Algunos de los principales contaminantes conocidos del aire son: Gases de combustión fósilClorofluorocarbonados (CFC)MetanoOzonoVolcanes y otros desastres naturalesLa ley 20284 sobre contaminación atmosférica tiene como finalidad prevenir la contaminacióny establece normas que deberán aplicarse a todas las fuentes capaces de producircontaminación atmosférica ubicadas en jurisdicción federal y en la de las provincias queadhieran a la misma. 5)Enuncie y explicite el régimen de jurisdicción y competencia en materia ambiental. ( puntos) el art.41 CN establece competencias concurrentes en materia de regulación ambientalentre el gobierno federal y las provincias, con el fin de determinar un piso mínimoinderogable que permita a todos los habitantes del país gozar de un ambiente sano yapto para su desarrollo. Correspondiendo a la Nación el dictado de las Leyes dePresupuestos Mínimos y a las provincias las leyes necesarias para complementarlas. Esta expresa delegación de facultades a la Nación, a partir de la reforma constitucional,tuvo el propósito de establecer una legislación uniforme para todo el país y queademás posea una base inderogable con proyección a las generaciones futuras.En congruencia con el art. 41 CN se sancionó la Ley General de Ambiente (LGA) N°25675. Que establece los presupuestos mínimos para el logro de una gestiónsustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidadbiológica y la implementación del desarrollo sustentable. La aplicación de las leyes de presupuestos mínimos corresponde a los tribunalesordinarios según corresponda por el territorio, la materia, o las personas. Y en los casosen que estén implicados recursos interjurisdiccionales la competencia será federal (art.7 LGA). Ahora bien, esto sin entrar en conflicto con el art. 124 CN 2° párrafo;entendiendo que el dominio es el derecho real que se ejerce sobre los recursos y lajurisdicción sobre las relaciones.Establece también la ley General de Ambiente en su art.36, que la competencia judicialambiental será la que corresponda a las reglas ordinarias de la competencia. El accesoa la jurisdicción por cuestiones ambientales no admitirá restricciones de ningún tipo oespecie. El juez interviniente podrá disponer todas las medidas necesarias paraordenar, conducir o probar los hechos dañosos en el proceso, a fin de proteger efectivamente el interés general. asimismo, en su Sentencia, de acuerdo a las reglas de la sana crítica, el juez podrá extender su fallo a cuestiones no sometidas expresamentesu consideración por las partes. En cualquier estado del proceso, aun con carácter de medida precautoria, podránsolicitarse medidas de urgencia, aun sin audiencia de la parte contraria, prestandodebida caución por los daños y perjuicios que pudieran producirse. El juez podrá,asimismo, disponerlas, sin petición de parte.
explote, en forma total o parcial, un cultivo con inde-pendencia del régimen de tenencia de la tierra. Es todo aquel que se beneficia con elempleo de un producto químico o biológico de uso agropecuario y de acuerdo al art.43 inc. B el usuario debe responsabilizarse civilmente por los eventuales daños queesta actividad genere. Los mismos (usuario y aplicador), se encuentran caracterizadosen el art. 1758 CCyC como DUEÑO y GUARDIÁN respectivamente de la cosa oactividad riesgosa; estableciendo la responsabilidad concurrente. Retomando con el art.1757 CCyC, en el que se dispone que por el hecho de las cosas yactividades riesgosas. Toda persona responde por el daño causado por el riesgo o viciode las cosas, o de las actividades que sean riesgosas o peligrosas por su naturaleza, porlos medios empleados o por las circunstancias de su realización. La responsabilidad esobjetiva. No son eximentes la autorización administrativa para el uso de la cosa o larealización de la actividad, ni el cumplimiento de las técnicas de prevención. Poraplicación de este artículo en particular y los demás mencionados el Sr. Romero podráreclamar de pleno derecho una indemnización por los daños y perjuicios ocasionados yel cese de las actividades para que no se vuelvan a cometer daños futuros. Esto aconsecuencia de ser la fumigación con agrotóxicos una actividad riesgosa y peligrosapor su naturaleza. 7) Redacte un Ordenamiento legal, Ley, o Decreto, teniendo en cuenta por lo menos dos de los Instrumentos de política y Gestión de la ley de presupuestos Mínimos Ambientales (Nº25675 Art 8). Fundamente los objetivos y finalidad de la misma. (30 puntos)