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[A ] qe 14 PES LECCIÓN 1--HOMICIDIO e) ¿Sería posible apreciar la circunstancia agravante de abuso de superiori- dad o la de aprovecharse de las circunstancias de lugar o tiempo (art, 22,2.* Cp)? Piense en los datos fácticos en los que fundamentaría tales circunstancias e indi- que sí podrían apreciarse ambas conjuntamente. t) Teniendo en cuenta los hechos en los que se podrían fundamentar las agravantes de alevosía y de abuso de superioridad, razone si serían compatibles entre si, g) ¿Cabe la apreciación de la agravante de reincidencia (art. 22.8.” Cp)? h) ¿Es posible la aplicación de la atenuante de actuar a causa de la grave adicción a las sustancias estupefacientes (art. 21.2.* Cp), o la atenuante analógica (art. 21.6.* Cp) en relación con la anterior. 1) Determune la pena aplicable a Juan. 11.2. Caso práctico n.* 2 A) Hechos El 2 de julio de 2005, siendo aproximadamente las 17:30 horas, los procesa- dos Jesús, mayor de edad y con antecedentes penales no computables en esta causa, Alvaro, mayor de edad y sin antecedentes penales, Felipe, mayor de edad y con antecedentes penales no computables en esta causa, coincidieron en el inte- rior del bar «La Casita», donde se encontraba Mario discutiendo con su esposa de forma liviana. Tras la discusión Mario abandonó el local y acto seguido lo hicieron los procesados con quienes aquél no tenía una buena relación. Una vez fuera, los procesados comenzaron a agredir a Mario de manera conjunta con patadas y puñetazos consiguiendo que éste cayera al suelo. Tal agresión fue vista por la hija de Mario, Clara, desde la ventana de su domicilio, la cual ante la con- moción que le produjo ver la agresión que su padre estaba sufriendo en el suelo, decidió bajar en su auxilio y para ello tomó entre sus manos un cuchillo «jamo- nero» con la finalidad de conseguir disuadir a los procesados. Cuando llegó hasta ellos, la procesada María, mayor de edad y sin antecedentes penales, sujetó a Clara para evitar que pudiera ayudar a su padre, perdiendo Clara el cuchillo que fue cogido por el procesado Jesús. Este último, aprovechando que Mario se encontraba en el suelo, se lo clavó de forma profunda y en dos ocasiones en la zona abdominal, lesionando el estómago y parte del paquete intestinal, todo ello en presencia de los otros procesados que no hicieron nada por impedirlo. Acto seguido los cuatro procesados dejaron a la víctima en el suelo sangrando y se dirigieron hasta su vehículo para abandonar juntos el lugar. Como consecuencia de dicha agresión, Mario sufrió una primera herida inciso punzante en la región abdominal izquierda superior, otra herida inciso punzante en la región abdomi- 1. CASOS PRACTICOS [a , Í 35 nal izquierda inferior con perforación del colon y perforación gástrica, y Una tercera herida de defensa en la parte posterior de su muñeca. Para la curación de estas lesiones Mario precisó de una intervención quirúrgica y de tratamiento médico, tardando en sanar 210 días durante los que estuvo incapacitado laboral- mente. Como secuelas por estos hechos, a Mario le han quedado una hernia abdominal (eventración) susceptible de ser reparada quirúrgicamente; un ano contra natura en la región abdominal izquierda; una cicatriz quirúrgica en la cara anterior del abdomen de unos 30 centímetros de longitud que produce un importante defecto estético; otra cicatriz por la herida de arma blanca en la región abdominal izquierda superior; otra en la región abdominal izquierda inferior por el mismo motivo; y una pequeña cicatriz en la muñeca izquierda. De no haber sido rápidamente asistido, Mario habría fallecido como conse- cuencia de las lesiones que hubieran causado la muerte a Mario. 0 B) Cuestiones Una vez leídos con detenimiento los hechos probados, intentando destacar del relato los aspectos más relevantes desde el punto de vista penal, trate de res- ponder a las siguientes cuestiones: a) ¿Cuál cree que sería la calificación jurídica correcta, de acuerdo con los hechos declarados probados?: — Homicidio intentado. — Lesiones consumadas. — Homicidio preterintencional. — Asesinato intentado. — Concurso entre un delito de lesiones y un delito intentado de homicidio. Indique cuáles son las razones que le llevan a aceptar alguna de las anteriores calificaciones y a rechazar las restantes. b) Explique en qué datos de los hechos probados fundamenta el dolo del autor o autores. En concreto, señale si hay dolo de matar o dolo de lesionar y qué tipo de dolo, directo o eventual. c) En el supuesto de que se aprecie un delito intentado de homicidio, indi- que cuál sería, conforme al relato de los hechos, el grado de ejecución alcanza- do y el peligro inherente al intento y, en consecuencia, si se trata de una tentati- va acabada o de una tentativa inacabada y cuál sería la pena adecuada de acuer- do con lo dispuesto en el artículo 62 Cp. d) ¿Podría decirse que Jesús, Álvaro y Felipe han realizado los hechos con- juntamente y, en consecuencia, que son coautores de los mismos (art. 28 Cp)? Si