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Reglas Generales del Sistema Electoral y Derecho Parlamentario en España - Prof. 132, Apuntes de Derecho Penal

Las reglas generales de los sistemas electorales y derecho parlamentario en españa. Se analiza el efecto del sistema electoral español, su impacto en partidos políticos y la representación, así como las fuentes del derecho parlamentario. Se destaca la autonomía parlamentaria y el ordenamiento diferenciado del derecho parlamentario.

Tipo: Apuntes

2013/2014

Subido el 25/09/2014

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reglas generales o de tendencia que han formulado algunos politólogos:
Una de las primeras reglas que se formufla la analizar los sistemas electorales es que los
sistemas electorales mayoritarios alentan el bipartidismo ( los partidos mas grandes) y
desalienta el multipartidismo. porque un sistema electoral proporcional dar escañso en funcion
de lso votos que tenga.
los sist mayoritarios producen resultados no proporcionales y desalientan el multipartidismo
no existe diferencia arco parlmanetario bricanico y el español
efectos del sistema electoral español
1º desigual valor del sufragio: no "pesa lo mismo el voto de huesca, teruel que le voto de los
madrileños xq se necesitan mas votos para obtener un escaños. Coste de escaño es mayor en las
circunscripciones grandes que en las pequeñas.
Nuestro sistema español tiene un sesgo fundamentalmente mayoritario, con un claro beneficio
para los dos partidos que obtienen el mayor nº de votos.
el índice de proporcionalidad ( respeto ratio % de escaños) : indice porcentaje bajo.
CAUSAS
- Diseño de las circunscripciones. ( 50 provincias + ceuta+ melilla) Si hiceramos un reparto
igual de circunscripciontes no llegariamos a 7 escaños por provincia. 2 cincrupciones por
provincia independiente de la población .
25 cincuricopnes la formula funciona com si fuera mayoritaria
mayoritarias sosn 14, a partir de lso 7 escaños empieza a tener efectos mayoritarios, mas
propiconal cuanto mas escaños hay para repartir. Madrid y Barcelona proprocionalidad y donde
la barrera legal puede tener alguna utilidad
la fórumal Dont suele favorecer a las dos fuerzas mas votadas.
El sistema de una manera auténticamente propocional solo en2 circuncirpcones grandes , en las
pequeñas = sistema mayoritario,
suman el nº de escaños de las cirucnscipciones pequeñas el efecto que produce es igual que el
del sistema mayoritriario.
Si sumamos el resto que se forumlan en las otras circunscipciones suma el resto de escaños del
congreso, la otra mitad.
tenemos un sistema electoral de GEOMETRIA VARIABLE: Def: aunque el sistema es el
mismo para todo el territorio del estado, el comportamiento dle sistema es distinto en función
del territorio en el que lo apliquemos.
- perjudica a partidos pequeños y que tienen su electorado disperso en todo el territorio.
- La representación ha tendido a ser ajustada con lso partidos pequeños pero con votos
concentrados en un territorio ( partidos nacionalistas)
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¡Descarga Reglas Generales del Sistema Electoral y Derecho Parlamentario en España - Prof. 132 y más Apuntes en PDF de Derecho Penal solo en Docsity!

reglas generales o de tendencia que han formulado algunos politólogos:

Una de las primeras reglas que se formufla la analizar los sistemas electorales es que los sistemas electorales mayoritarios alentan el bipartidismo ( los partidos mas grandes) y desalienta el multipartidismo. porque un sistema electoral proporcional dar escañso en funcion de lso votos que tenga.

los sist mayoritarios producen resultados no proporcionales y desalientan el multipartidismo

no existe diferencia arco parlmanetario bricanico y el español

efectos del sistema electoral español

1º desigual valor del sufragio: no "pesa lo mismo el voto de huesca, teruel que le voto de los madrileños xq se necesitan mas votos para obtener un escaños. Coste de escaño es mayor en las circunscripciones grandes que en las pequeñas.

Nuestro sistema español tiene un sesgo fundamentalmente mayoritario, con un claro beneficio para los dos partidos que obtienen el mayor nº de votos.

el índice de proporcionalidad ( respeto ratio % de escaños) : indice porcentaje bajo.

CAUSAS

  • Diseño de las circunscripciones. ( 50 provincias + ceuta+ melilla) Si hiceramos un reparto igual de circunscripciontes no llegariamos a 7 escaños por provincia. 2 cincrupciones por provincia independiente de la población.

25 cincuricopnes la formula funciona com si fuera mayoritaria

mayoritarias sosn 14, a partir de lso 7 escaños empieza a tener efectos mayoritarios, mas propiconal cuanto mas escaños hay para repartir. Madrid y Barcelona proprocionalidad y donde la barrera legal puede tener alguna utilidad

la fórumal Dont suele favorecer a las dos fuerzas mas votadas.

El sistema de una manera auténticamente propocional solo en2 circuncirpcones grandes , en las pequeñas = sistema mayoritario,

suman el nº de escaños de las cirucnscipciones pequeñas el efecto que produce es igual que el del sistema mayoritriario.

Si sumamos el resto que se forumlan en las otras circunscipciones suma el resto de escaños del congreso, la otra mitad.

tenemos un sistema electoral de GEOMETRIA VARIABLE: Def: aunque el sistema es el mismo para todo el territorio del estado, el comportamiento dle sistema es distinto en función del territorio en el que lo apliquemos.

  • perjudica a partidos pequeños y que tienen su electorado disperso en todo el territorio.
  • La representación ha tendido a ser ajustada con lso partidos pequeños pero con votos concentrados en un territorio ( partidos nacionalistas)
  • la difeerncia de escaños tiene que ver con las circuncipciones. en las cirncuncipecones mas grnades tienen posibilidad los partidos peuqñeos, peero en las cirncunscipciones peuqñeas tienen mayor privilegio el pp/pse.. ademas los partidos consrvacionistas tiene mas privilegio si salen mayoritarios.
  • criterio de representación territorial.
  • sistema de circuncipcion nacional para las elecciones europeas.

finalidad del sistema electoral gobernabilidad del pais

tema 3. las fuentes del derecho parlamentario

fuentes de una rama especifica del OJ. Presentan unas pecularidades

Parlamento - toma de decisiones, derecho polticio. normas procedimentales ( reglas juridicas del juego político).

autonomía parlamentaria: ( autonomía normativa de las cámaras, capacidad de las cámaras para establecer sus propias reglas)

Derecho parlamentario: manifestacion de la autonomia de las camaras para establecer sus propias reglas tanto de organización como de funcionamiento. También sus reglas para relacionarse con el exterior. hoy en día, el d.p es un sector mas del OJ ( la norma suprema del OJ es la constitucion) esta subordinado a la CE. Historicamente esto no ha sido así, cuando la CE no era una norma jurídica no era así, el propio parlamento disponia sus reglas y no existia control externo. El Tribuanl constiuticonal controla la actividad del parlamento

Hoy en dia es una rama del OJ que representa distintas pecularidades. todas de explican x la pelicularidad dle objeto de regulacion del derecho parlamento

  • ordenamiento diferenciado directamente de la cosntuticon ( reglamentos de la camaras en el drecho político) Tanto el reglamento parlamentario, el estatuo del personal al servicio de las cortes solo pueden ser enjuciadas en el TC porque la posicion es equiparable a la ley.
  • Es un derecho autoestatuido: la persona que crea el derecho parlamentario y el derecho aprlamentario es el msimo. ( autor norma y objeto d ela norma coinciden en el derecho parlamento) parlamento regula al propio parlamento.
  • caracter altamente consensual: mayoria absoluta para constituir las normas. x eso es dificil modificar los reglamentos parlamentarios
  • poseer un elevado arraigo del orgien de normas parlmentario son normas y costumbres. (derecho consuetudinario)

la mayor parte de las reglas que aprecen en el derehc parlmentario son usos y costumbres parlamentarios anteriores.

  • es un derecho flexible y agil
  • derecho disponible: el parlamento puede disponer de ese dderecho ( ej: procedimiento parlamentarodecidir que no van a seguir las reglas) ( derecho disponbiel significa no segir la

presdientes camaras pueden dictar uan norma para supli esa laguna, el gobierno de aragn puede dictar decretos leyes. los derectos leyes para que puedan seguir vigentes los tiene que convalidar el congreso de lso diputados. laguan reglamento año 2007 convalidad decretos ley esta en una norma resolución de la camara ( parlamentaria).

la últiam fuente dle derecho parlamentario son los usos y las costumbres. Son mas relevantes que ne el dereco general.