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DIAPOSITIVAS PARA TU PREPARACIÓN
Tipo: Resúmenes
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PODER EJECUTIVO
La dirección y la gestión de los servicios públicos están confiadas al Consejo de Ministros; y a cada ministro en los asuntos que competen a la cartera a su cargo.
Son nulos los actos del Presidente de la República que carecen de refrendación ministerial.
Para ser Ministro de Estado, se requiere ser peruano por nacimiento, ciudadano en ejercicio y haber cumplido veinticinco años de edad. Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional pueden ser ministros.
Atribuciones del consejo de ministros:
1. Aprobar los proyectos de ley que el Presidente de la República somete al Congreso. 2. Aprobar los decretos legislativos y los decretos de urgencia que dicta el Presidente de la República, así como los proyectos de ley y los decretos y resoluciones que dispone la ley. 3. Deliberar sobre asuntos de interés público. Y 4. Las demás que le otorgan la Constitución y la ley.