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PODER PROCESO DE PERTENENCIA, Apuntes de Derecho Civil

PODERE PARA PRESENTAR PROCESO DE PERTENENCIA

Tipo: Apuntes

2018/2019

Subido el 03/08/2021

maria-fernanda-gonzalez-20
maria-fernanda-gonzalez-20 🇨🇴

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SEÑOR:
JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL
DE MONTERREY CASANARE
E. S D.
ASUNTO: PODER
PABLO ALBERTO MENDOZA RAMIREZ, identificado con cedula de
ciudadanía No. 7.230.838 expedida en Monterrey Casanare, manifiesto muy
respetuosamente que otorgo poder especial, amplio y suficiente a la Doctora
____________, mayor de edad, identificada con cédula de ciudadanía
___________ de _______, con T.P No. _______ del Consejo Superior de la
Judicatura, correo electrónico ______________y domiciliada en el Municipio de
Monterrey Casanare, para que en mi nombre y representación inicie y lleve
hasta su culminación PROCESO EXTRAORDINARIO DE DECLARACIÓN DE
PERTENENCIA DE BIEN INMUEBLE RURAL DENOMINADO LOTE DE
TERRENO contra los herederos indeterminados del señor LORENZO
MENDOZA VELASQUEZ (Q.E.P.D.), quien en vida se identificó con la cedula
de ciudadanía 7.231.444 de Monterrey Casanare y contra personas
indeterminadas, del inmueble identificado con folio de matrícula inmobiliaria
470-35729, predio ubicado en la vereda CAÑO RICO con un área de cinco (5)
hectáreas, junto con todas sus mejoras en él existentes, predio sobre el cual
tengo quieta, pacifica, tranquila e ininterrumpida posesión material directa por
un término superior al que fija la ley para adquirir el dominio, cuyas
especificaciones se describirán en la respectiva demanda.
Mi apoderada, cuenta con las facultades consagradas en el artículo 77 del
C.G.P. está facultada para conciliar, interponer derechos de petición,
demandar, allegar pruebas, interponer recursos, recibir, cobrar, transigir,
sustituir, renunciar, cobrar, conciliar, novar, tachar, presentar nulidades,
denunciar el pleito y reasumir las actuaciones que sean necesarias para asumir
la defensa de los intereses suscitados dentro del proceso.
Sírvase señor Juez, reconocerle personería para actuar a la Doctora
______________, en los términos del poder conferido.
Con un cordial saludo,
PABLO ALBERTO MENDOZA RAMIREZ
C.C. NO. Nº 7.230.838 DE MONTERREY CASANARE
Acepto,
________________________
C.C. NO. Nº _________ DE ________ - __________
T.P. N° _________ DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
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SEÑOR:

JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL

DE MONTERREY CASANARE

E. S D.

ASUNTO: PODER

PABLO ALBERTO MENDOZA RAMIREZ , identificado con cedula de ciudadanía No. 7.230.838 expedida en Monterrey Casanare , manifiesto muy respetuosamente que otorgo poder especial, amplio y suficiente a la Doctora ____________, mayor de edad, identificada con cédula de ciudadanía Nº ___________ de _______, con T.P No. _______ del Consejo Superior de la Judicatura, correo electrónico ______________y domiciliada en el Municipio de Monterrey Casanare, para que en mi nombre y representación inicie y lleve hasta su culminación PROCESO EXTRAORDINARIO DE DECLARACIÓN DE PERTENENCIA DE BIEN INMUEBLE RURAL DENOMINADO LOTE DE TERRENO contra los herederos indeterminados del señor LORENZO MENDOZA VELASQUEZ (Q.E.P.D.) , quien en vida se identificó con la cedula de ciudadanía N° 7.231.444 de Monterrey Casanare y contra personas indeterminadas, del inmueble identificado con folio de matrícula inmobiliaria 470-35729 , predio ubicado en la vereda CAÑO RICO con un área de cinco (5) hectáreas, junto con todas sus mejoras en él existentes, predio sobre el cual tengo quieta, pacifica, tranquila e ininterrumpida posesión material directa por un término superior al que fija la ley para adquirir el dominio, cuyas especificaciones se describirán en la respectiva demanda. Mi apoderada, cuenta con las facultades consagradas en el artículo 77 del C.G.P. está facultada para conciliar, interponer derechos de petición, demandar, allegar pruebas, interponer recursos, recibir, cobrar, transigir, sustituir, renunciar, cobrar, conciliar, novar, tachar, presentar nulidades, denunciar el pleito y reasumir las actuaciones que sean necesarias para asumir la defensa de los intereses suscitados dentro del proceso. Sírvase señor Juez, reconocerle personería para actuar a la Doctora ______________, en los términos del poder conferido. Con un cordial saludo, PABLO ALBERTO MENDOZA RAMIREZ C.C. NO. Nº 7.230.838 DE MONTERREY CASANARE Acepto, ________________________ C.C. NO. Nº _________ DE ________ - __________ T.P. N° _________ DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

SEÑOR:

JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL

DE MONTERREY CASANARE

E. S D.

REF.: DEMANDA DE PERTENENCIA

_____________________________, mayor de edad, domiciliada y residente en el Municipio de Monterrey Casanare, identificado civil y profesionalmente como aparece al pie de mi correspondiente firma, en mi calidad de apoderada judicial del señor PABLO ALBERTO MENDOZA RAMIREZ, mayor de edad y vecino del municipio de Monterrey Casanare, identificado con cedula de ciudadanía N° 7.230.838 de Monterrey Casanare, de acuerdo al poder conferido; presento DEMANDA EXTRAORDINARIA DECLARACIÓN DE PERTENENCIA POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DEL DOMINIO, POR SUMA DE POSESIÓN DE MÁS DE 10 AÑOS , consagrados en el artículo 375 del Código General del Proceso; contra a) los herederos del señor LORENZO MENDOZA VELASQUEZ (Q.E.P.D.), quien se identificaba con cedula de ciudadanía N° 7.231.444 de Monterrey Casanare y se domiciliaba en el Municipio de Monterrey Casanare, quien aparece como titular del derecho real de propiedad del bien inmueble objeto del presente proceso, conforme al certificado de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Yopal Casanare; b) demanda dirigida también en contra de personas indeterminadas, que conforme a la ley sustancial tengan derecho a controvertir las pretensiones formuladas en el presente libelo sobre el bien a usucapir, para que con su citación y audiencia y previas las formalidades establecidas en el artículo 375 del Código General del Proceso, para que mediante el trámite legal correspondiente y mediante sentencia se confiera las condenas que indicare en la parte petitoria, teniendo en cuenta los siguientes: HECHOS: PRIMERO: El señor PABLO ALBERTO MENDOZA RAMIREZ , me ha conferido poder especial para solicitar en su nombre declaración judicial de pertenencia, por prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio efectuado en su favor sobre dos (2) lotes de terreno que pertenece a un predio de mayor extensión denominado SAN FRANCISCO , ubicado en el PARAJE DE CAÑO RICO del Municipio de Monterrey Casanare, que se distingue con la Resolución N° 00612 del 30 de junio de 1970; predio identificado con matricula inmobiliaria N° 470 – 35729 de la Oficina de Instrumentos Públicos de Yopal Casanare y cedula catastral N° 00-00-0016-0010-000 tomado del certificado de Tradición y Libertad, predio que aparece a nombre del señor LORENZO MENDOZA VELÁSQUEZ (Q.E.P.D.) , persona quien falleció, motivo por el cual va dirigida la demanda a sus herederos y personas indeterminadas que se crean con derecho real y principal sobre el predio denominado SAN FRANCISCO. SEGUNDO: Según certificado de tradición y libertad N° 470 – 35729 en la anotación N° 001 de la Oficina de Instrumentos Públicos de Yopal Casanare, el predio denominado SAN FRANCISCO , lo adquirió el señor LORENZO MENDOZA VELÁSQUEZ (Q.E.P.D.) , por Resolución N° 00612 del 30 de junio de 1970, expedida por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria (INCORA). TERCERO: Los inmuebles en cuestión fueron adquiridos por mi mandante : i) compraventa realizada por señor JOSE MANUEL GAMBA , conforme aparece en el documento privado denominado CONTRATO DE COMPRAVENTA de fecha 25 de octubre de 2005, donde el vendedor transfiere los derechos de posesión que ostenta sobre el lote de terreno, el cual cuenta con una cabida superficiaria de diez (10) hectáreas; ii) compraventa realizada por la señora OLGA MENDOZA RAMÍREZ , conforme aparece en el documento privado

del dominio del predio objeto de Litis, ubicado específicamente dentro del predio SAN FRANCISCO de Municipio de Monterrey Casanare, cuya ubicación y linderos se ha dejado claramente determinados en los hechos anteriores. DECIMO: Los actos plenos y absolutos de posesión se empezaron a efectuar desde la suscripción del documento privado objeto de venta del predio, es decir, que el señor PABLO ALBERTO MENDOZA RAMIREZ desde hace más de 10 años es la persona que está a cargo del mantenimiento, conservación, explotación económica y defensa jurídica y de hecho de los lotes de terreno descrito en la demanda, sin ninguna otra intervención de personas ajenas o extrañas. Dicha posesión ha sido publica, pacifica, quieta, continua, ininterrumpida, periodo durante el cual ha efectuado actos de señor y dueño, como se mencionó en el hecho anterior, hasta el punto de ser reputado por el vecindario y comunidad en general como el verdadero propietario. DECIMO PRIMERO: La anterior situación jurídica y de hecho legitima a mi representado para pretender, mediante la declaración judicial de pertenencia, que se le adjudique los dos (2) bienes inmuebles relacionado en los hechos anteriormente descritos, por haber operado el fenómeno de la prescripción adquisitiva de dominio o usucapión. DECIMO SEGUNDO: Que de conformidad con el artículo 2532 del Código Civil, modificado L 791/2002, art. El tiempo para la prescripción extraordinaria. El lapso del tiempo necesario para adquirir por esta especie de prescripción es de diez (10) años contra toda persona y no se suspende a favor de os numerados en el artículo 2530. DECIMO TERCERO: Teniendo en cuenta el Art. 375 numeral 5 del código genera del proceso, la persona que figura como titular del derecho real del bien inmueble a usucapir es el señor LORENZO MENDOZA VELÁSQUEZ (Q.E.P.D.). Hecho el señalamiento de la causa pretendí, actuando consecuentemente con la voluntad de mi mandante entro a solicitar se pronuncie sobre las siguientes: PRETENSIONES: Previos a los tramites de un proceso verbal, reglamentado en los artículos 368 y siguientes que el Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012), sírvase hacer en sentencia, las siguientes declaraciones y condenas: PRIMERA: Que se declare, en sentencia definitiva que haga tránsito a cosa juzgada, que pertenece al señor PABLO ALBERTO MENDOZA RAMIREZ , mayor de edad y vecino del Municipio de Monterrey Casanare, identificado con cedula de ciudadanía N° 7.230.838 de Monterrey Casanare, el dominio pleno y absoluto de los lotes de terreno descrito en los hechos descritos en esta demanda, que hace parte de un terreno de mayor extensión denominado SAN FRANCISCO , ubicado en el PARAJE DE CAÑO RICO del Municipio de Monterrey Casanare, por haberlo adquirido por PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DEL DOMINIO, en la ubicación arriba anotada, con todas sus mejoras, anexidades, dependencias, servidumbres, etc., con un área total aproximada de diez (10) y cinco (5) hectáreas, cuya posesión es superior a los 10 años delimitado de la siguiente manera: Lote de terreno con un área de diez (10) hectáreas, el cual se estipula los linderos así: ORIENTE , linda con propiedad de Carlos Méndez; OCCIDENTE, linda con propiedad de Teófila Ramírez Chaparro, SUR , linda con predios de Omar Medina, encuentra el punto de partida y encierra, dando un área de diez hectáreas. Lote de terreno con un área de cinco (05) hectáreas, el cual se estipula los linderos así: en el documento no se encuentra especificado los linderos, e debe corroborar con el levantamiento topográfico.

Este inmueble hace parte de uno de mayor extensión identificado con matricula inmobiliaria N° 470 – 35729 de la Oficina de Instrumentos Públicos de Yopal Casanare y cedula catastral N° 00-00-0016-0010-000. SEGUNDA: Como consecuencia de la anterior declaración, solicito que se ordene la inscripción de la propiedad a favor del señor PABLO ALBERTO MENDOZA RAMIREZ , mayor de edad y vecino del Municipio de Monterrey Casanare, identificado con cedula de ciudadanía N° 7.230.838 de Monterrey Casanare, como se mencionó anteriormente, abriendo nuevo folio de matrícula, segregando del folio de matrícula N° 470 – 35729 de la Oficina de Instrumentos Públicos de la ciudad de Yopal Casanare, el cual identifica del predio de mayor extensión mencionado en los hechos descritos con anterioridad. TERCERA: Que se condene en costas del proceso a la parte demandada en caso de oposición. CUARTA: Reconózcame personería para actuar dentro de los términos y para efectos de poder conferido de presente proceso. FUNDAMENTOS DE DERECHO Fundo esta demanda en lo preceptuado en los artículos 673, 672, 981, 2512, 2521, 2523 y 2531 a 2534 del Código Civil; 25, 25 numeral 3, 28 numeral 7°, 82, 83, 84, 90, 236 a 238 del Código General del Proceso y la Ley 1579 de 2012; y demás legislación concordante y aplicable. COMPETENCIA Es usted competente señor Juez, para conocer de la presente demanda, en consideración de la naturaleza del proceso, el domicilio de las partes y la cuantía del mismo. PROCEDIMIENTO Solicito que el presente proceso se tramite bajo el procedimiento establecido en el Libro Tercero, Titulo l, Capitulo l del Código Genera del Proceso. CUANTIA La competencia esta atribuida a usted señor Juez, por el lugar de ubicación del inmueble. PETICION DE PRUEBAS Comedidamente pido al señor Juez se sirva además de otorgar el valor probatorio a los documentos relacionados, decretar durante el trámite del proceso la práctica de las siguientes pruebas: DOCUMENTALES

  • En un (01) folio certificado especial de pertenencia de que trata el numeral 5 del artículo 375 del Código General del Proceso del folio de matrícula inmobiliaria N° 470-35729.
  • En dos (2) folios copia del certificado de libertad y tradición N° 470- 35729
  • En un (1) folio copia de contrato de compraventa de un lote de terreno con fecha 25 de octubre de 2005.
  • Poder que me faculta para actuar
  • Pruebas documentales señaladas en el acápite pertinente NOTIFICACIONES La demandante puede ser notificada en la _________ del Municipio de Monterrey Casanare. Dirección __________, dirección electrónica ________. Los demandados deben ser emplazados La suscrita puede ser notificada en ___________, o en el despacho ____________. Dirección electrónica _______. Del señor juez, ____________ __________