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Portafolios diplomática año 2021
Tipo: Ejercicios
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Álvaro Esturillo Lorente Práctica 1 – Diplomática General – Concepto de documento Ejemplo 1: Figura de animal que representa un toro Se trata de un: documento ☒ documento escrito ☐ documento diplomático ☐ Razonamiento: No presenta la escritura como medio gráfico para trasladar el mensaje. Ejemplo 2: Privilegio rodado de la cancillería real leonesa Se trata de un: documento ☐ documento escrito ☐ documento diplomático ☒ Razonamiento: Cuenta con un valor jurídico, en este caso una tipología documental de cancillería. Ejemplo 3: Folio de la Crónica de Pedro I de Castilla de Pedro López de Ayala Se trata de un: documento ☐ documento escrito ☒ documento diplomático ☐ Razonamiento: No tiene valor jurídico y cuenta con una gran subjetividad. Ejemplo 4: Blu-ray de una célebre película Se trata de un: documento ☐ documento escrito ☒ documento diplomático ☐ Razonamiento: Presenta escritura en el título, guion o diálogos por lo que se puede considerar documento escrito. Ejemplo 5: Folio del cartulario “Indulta papalia diversorum pontificum” Se trata de un: documento ☐ documento escrito ☐ documento diplomático ☒ Razonamiento: Presenta un valor jurídico en su contenido, que en este caso es un indulto concedido por la máxima autoridad pontificia, el Papa. Ejemplo 6: Folios del libro de cuentas de la administración del sello secreto del infante Martín Se trata de un: documento ☐ documento escrito ☐ documento diplomático ☒ Razonamiento: Presenta un valor jurídico en su contenido. Ejemplo 7: Fuero de la villa de Avilés (Asturias)
Se trata de un: documento ☐ documento escrito ☐ documento diplomático ☒ Razonamiento: Se trata de la regulación de un fuero, por lo que tiene carácter jurídico. Ejemplo 8: Ticket de pago de una comida en un restaurante de Murcia Se trata de un: documento ☐ documento escrito ☐ documento diplomático ☒ Razonamiento: Un ticket de pago genera una obligación a una de las partes constituyendo un documento escrito con valor jurídico y por tanto, un documento diplomático. Ejemplo 9: Noticia de un suceso en un diario local Se trata de un: documento ☐ documento escrito ☒ documento diplomático ☐ Razonamiento: Documento escrito ya que presenta la escritura como medio de transmisión de información, pero sin un valor jurídico del mismo, sino un documento narrativo. Ejemplo 10: Entrada de un espectáculo deportivo Se trata de un: documento ☐ documento escrito ☐ documento diplomático ☒ Razonamiento: Además de presentar la escritura como medio de transmisión una entrada de un espectáculo genera un derecho de acceso a un lugar determinado y por tanto, cuenta con un valor jurídico. Práctica – Diplomática General Génesis del documento Ejemplo: Enrique III de Castilla consiente que Écija pague la moneda de sus propios y lo recaudado en un nuevo impuesto situado en el pan, el vino y la carne (1392) Elementos del contenido del documento
Se trata de un: documento autógrafo ☐ documento heterógrafo ☒ Elementos de la actio ¿Existió una solicitud del interesado, una petitio?: sí ☒ no ☐ ¿En dónde vemos reflejada la petitio?: 1º párrafo ☐ 2º párrafo ☐ 3º párrafo ☒ 4º párrafo ☐ ¿Existió una ayuda de un tercero al beneficiario, una interventio?: sí ☐ no ☒ ¿Existió una autorización de un tercero al autor, un consensum?: sí ☒ no ☐ ¿Quiénes autorizaron al autor?: Arzobispo de Compostela, Iohan Furtado, Iohan Martinez, Pero Sánchez y Antón, doctor, que era quienes tutelaban al rey en su minoría de edad y quienes rubrican el documento. ¿Existió una voluntad del autor de otorgar un acto jurídico, una otorgatio?: sí ☒ no ☐ ¿En dónde se refleja la otorgatio?: 3º párrafo ☐ 4º párrafo ☒ 5º párrafo ☐ 6º párrafo ☐ Elementos de la conscriptio Contiene una: iussio ☒ rogatio ☐ ¿Por qué es una iussio o una rogatio?: Porque es fruto de una orden del rey a su cancillería para la redacción del documento. ¿Dónde se ubica la iussio o la rogatio?: En la suscripción donde el rogatario afirma “la fiz escrevir por su mandato” Esta versión del documento es una: minuta ☐ grossa / mundum ☒ La ejecución material fue realizada por: rogatario ☐ escribano a su cargo (delega gráfica) ☒ ¿Cómo sabemos quién lo ejecutó materialmente?: En la suscripción de cancillería donde Iohan Martinez menciona que la hizo escribir, no que la escribió él personalmente. ¿Existió una comprobación de su contenido, una recognitio?: sí ☒ no ☐ ¿Hay pruebas de la recognitio?: nombre responsable + “vista” ☐ salva de errores ☐ no ☒ ¿Con qué elementos se hizo la validatio?: sello ☒ signo ☐ rúbricas ☐ quirógrafo ☐ ¿Existió un pago de derechos de expedición, una taxatio?: sí ☐ no ☒ ¿Hay pruebas de la taxatio?: mención escrita ☐ timbre ☐ no ☒
Práctica – Diplomática General Factores del documento Ejemplo 1: Fernando IV de Castilla otorga al concejo de Murcia el privilegio de nombramiento de los escribanos públicos… (1305) ¿Quién es el autor del texto?: monarca ☒ obispo ☐ otros ☐ ¿Está actuando en calidad de?: señor jurisdiccional ☒ persona privada ☐ ¿A qué órgano de expedición recurre?: cancillería ☒ notariado ☐ documentación privada ☐ ¿Para ello realiza una?: iussio ☒ rogatio ☐ ninguna de las dos anteriores ☐ ¿Qué elementos de validación contiene? sello ☒ signo notarial ☐ rúbricas ☒ suscripción ☒ ¿A quién pertenece el derecho de nombramiento de notarios en el territorio de realengo?: Al monarca que tiene derecho jurisdiccional. ¿Quién puede nombrar al notario de un determinado concejo de realengo? El monarca. También puede delegar esta decisión al concejo correspondiente. ¿Qué ocurrió con el privilegio de nombramiento de notarios públicos en Murcia en 1305?: En virtud del privilegio, el monarca concede el derecho de nombramiento de notarios públicos al Concejo de Murcia para permitir su promoción dada su cercanía con el reino nazarí de Granada y el acceso al Mar Mediterráneo. Ejemplo 2: El obispo de Oviedo, don Alfonso, nombra a Gonzalo Suárez de Villanueva notario público de los concejos de Quirós, Proaza y del coto de Santo Adriano… (1373) ¿Quién es el autor del texto?: monarca ☐ obispo ☒ otros ☐ ¿Está actuando en calidad de?: señor jurisdiccional ☒ persona privada ☐ ¿A qué órgano de expedición recurre?: cancillería ☐ notariado ☒ documentación privada ☐ ¿Para ello realiza una?: iussio ☒ rogatio ☐ ninguna de las dos anteriores ☐ ¿Qué elementos de validación contiene? sello ☒ signo notarial ☐ rúbricas ☒ suscripción ☐ ¿A quién pertenece el derecho de nombramiento de notarios en el territorio de señorío eclesiástico?: Al obispo del señorío en virtud de una delegación por parte del monarca. ¿Quién puede nombrar al notario de un determinado concejo de señorío eclesiástico?:
¿Por qué no aparece el signo notarial y la suscripción notarial? Porque se trata de un protocolo notarial. ¿Quién y por qué tendría que suscribir el documento?: El panadero porque es el autor y quien concede el perdón. ¿Quién y por qué finalmente suscribió el documento?: Por el analfabetismo del mismo, por delegación al rogatario, el escribano, que realiza su rúbrica. Práctica – Diplomática General Tradición documental Los documentos de confirmación recogen a modo de inserto el contenido de los privilegios originales, pero en el caso de que se trate de una segunda confirmación, o lo que es decir, una confirmación de esa primera confirmación, aparece una estructura tipo “sándwich” con insertos documentales encadenados. En el caso de una segunda confirmación, el documento se inicia con el encabezado de esa segunda confirmación, este introduce el inserto de la primera confirmación, que en un primer momento solamente desarrolla el encabezado, puesto que introduce otro inserto sucesivo en el que se desarrolla el privilegio original íntegro. Posteriormente, el documento se cierra con el pie del inserto de la primera confirmación, y con el pie de la segunda confirmación. De este modo, aparece una estructura similar a la del gráfico: Documento: Confirmación de la confirmación (Encabezado) Inserto 1: Confirmación (Encabezado) Inserto 2: Privilegio original Inserto 1: Confirmación (Pie) Documento: Confirmación de la confirmación (Pie) Un ejemplo de esta cadena de insertos que conforman una estructura tipo “sándwich” es el documento por el que Juan II de Castilla confirmó en 1420 el privilegio de exención de portazgo a la ciudad de Écija que había sido concedido originalmente por Sancho IV en 1287, y que fue
confirmado sucesivamente por Fernando IV en 1304 y por Alfonso XI en 1329 (Documento analizado y editado en el artículo sobre la confirmación de los privilegios en la Baja Edad Media de María Josefa Sanz Fuentes). En este caso la estructura es la siguiente: Documento: Confirmación Juan II - 1420 (Encabezado) Inserto 1: Confirmación Alfonso XI - 1329 (Encabezado) Inserto 2: Confirmación Fernando IV - 1304 (Encabezado) Inserto 3: Privilegio original Sancho IV 1287 Inserto 2: Confirmación Fernando IV - 1304 (Pie) Inserto 1: Confirmación Alfonso XI - 1329 (Pie) Documento: Confirmación Juan II - 1420 (Pie) En la práctica vamos a analizar un caso similar de estructura encadenada, o de “sándwich”. Aunque con un nuevo elemento, en este caso, el documento original no es una confirmación de una confirmación, sino el traslado de la confirmación de una confirmación. Más concretamente se trata de una copia certificada notarial de la confirmación de Alfonso XI de Castilla a un privilegio otorgado en favor del monasterio de Santa Clara de Murcia por Sancho IV de Castilla, que ya había sido confirmado previamente por el mismo Alfonso XI de Castilla en una situación de minoría regia. El privilegio consistía en una serie de concesiones que permitían al monasterio acrecentar su patrimonio y ser protegido por la justicia regia. ¿Qué elementos componen la estructura de sándwich de la copia certificada notarial?:
Documento (Encabezado) Inserto 1 (Encabezado) Inserto 2 (Encabezado) Inserto 3 Inserto 2 (Pie) Inserto 1 (Pie) Documento (Pie) Preguntas sobre el documento: ¿Quién demandaría la elaboración de la copia certificada notarial?: El monasterio de Santa Clara de Murcia. ¿Aparece mencionado de forma explícita el demandante de la copia?: sí ☐ no ☒ ¿Por qué aparecen tres signos notariales en la copia?: Al estar validado por dos testigos notariales, es aportado para dotar de una validación supletoria al traslado. Preguntas sobre los insertos 1 y 2: ¿Cómo se describe la segunda confirmación de Alfonso XI de Castilla en la copia certificada notarial?: Sellada con sello de plomo pendiente, realizada en Burgos el dia 10 de abril de 1332 (“este es traslado bien e fielmente sacado de un priuilegio del muy alto e muy noble señor don Alfonsso, por la graçia de Dios rey de Castiella, seellado con su sello de plomo pendiente, que fue fecho en Burgos, diez días de abril era de mil e trezientos setenta annos…”) ¿Cómo se describe la primera confirmación de Alfonso XI de Castilla en la segunda confirmación?: “Viemos un nuestro privilegio escripto en pergamino e seellado con nuestro sello de plomo” es por tanto, un pergamino sellado con sello de plomo. ¿Por qué indica que la primera confirmación contiene un sello de plomo y después en la validación aparece un sello de cera?: Porque hay una errata en la copia de la descripción o la cláusula de corroboración ¿Quién demandó la elaboración de la primera confirmación de Alfonso XI de Castilla?: La abadesa del monasterio de Santa Clara, Berengela D’espi.
¿Por qué sería necesario realizar una segunda confirmación dentro del mismo reinado de Alfonso XI de Castilla?: El primero tuvo un carácter menos solemne y en virtud de una minoría real, con un valor más débil y la segunda, mediante un privilegio rodado y la mayoría cuenta con una mayor fuerza legal. Preguntas sobre el inserto 3: ¿Cómo se describe el privilegio original en la primera confirmación de Alfonso XI de Castilla?: “Escripto en pergamino e sellado con sello de plomo” describiéndolo físicamente en pergamino y su elemento de validación (el sello de plomo). Diplomática General Interpretación del contenido de tres documentos de cancillería Un buen resumen del contenido de los documentos incluye la información básica del negocio siguiendo este esquema: autor + acción jurídica + destinatario + descripción de los elementos esenciales del negocio (qué se está concediendo/confirmando/ordenando + quién realizó la petitio a la cancillería regia + qué motivos llevaron a realizar esa petitio a la cancillería regia). En la práctica vamos a resolver de forma individual cada uno de ellos, para después elaborar un buen resumen de cada uno de los tres documentos. Documento 1: ¿Quién es el autor del documento?: Juan I de Castilla ¿Qué acción jurídica realizó?: concesión de privilegio ☒ confirmación ☐ mandato ☐ ¿Quién es el destinatario del documento?: El Concejo de Murcia ¿Qué se está concediendo/confirmando/ordenando?: Juan I concede a Murcia poder nombrar escusados y franqueados para poder atraer artesanos armeros de ballestas y arreglos de caballería por la necesidad de disponer de profesionales del armamento dada su posición fronteriza. ¿Quién realizó la petitio a la cancillería regia?: El Concejo de Murcia. ¿Qué motivos llevaron a realizar esa petitio a la cancillería regia?: Atraer a la población: artesanos, profesionales armeros ya que Murcia estaba en frontera con Aragón y con el reino nazarí de Granada.
¿Qué se está concediendo/confirmando/ordenando?: un privilegio de Juan II ya mandado por Enrique III por el cual se exime a las viudas que no tengan hijos mayores de edad. ¿Quién realizó la petitio a la cancillería regia?: Las dueñas viudas que habitan en la ciudad de Murcia. ¿Qué motivos llevaron a realizar esa petitio a la cancillería regia?: por su carácter viudedad y carecer de hijos mayores de edad, las viudas para administrar las armas y caballos debían recurrir a personas externas que lo hiciesen causando la pérdida de honor de la familia. Resumen del contenido del documento: Los Reyes Católicos reafirman la ley de Juan II, y lo vuelve a hacer durante su reinado Enrique III después de recibir una petitio por parte de las viudas de la ciudad de Murcia. Esta ley se basaba en que las mujeres viudas y con hijos menores de edad que no pudiesen hacerse cargo de caballos y armas no tenían la obligación de realizarlo. Y durante las últimas décadas, parece ser, que este privilegia se estaba incumpliendo. Al consultarlo con el consejo real, los Reyes Católicos, aceptan renovar el privilegio y ordenan el cumplimiento de este. Práctica 6 – Diplomática General Cronología Ejemplo 1: Archivo Histórico Nacional, Clero, Carpeta 1609, nº 16. ¿Qué método utiliza para datar el año?: Era Hispánica. ¿Qué método utiliza para datar el día del mes?: Estilo mosboloñense. ¿Cuál es su traslación a la datación actual? (Argumenta las fórmulas empleadas para la traslación): jueves 14 de agosto de 1270. Para computar la Era Hispánica y pasarla al calendario gregoriano se deben restar 38 años al del documento. Por lo tanto 1308 - 38=1270. En cuanto al estilo mosboloñense, se trata de un sistema de días andados para la primera mitad del mes y días por andar, con una cuenta progresiva y regresiva, respectivamente.
Ejemplo 2: Archivo de la Catedral de Oviedo, serie A, carp. 7, nº 6. ¿Qué método utiliza para datar el año?: Era Hispánica. ¿Qué método utiliza para datar el día del mes?: Estilo mosboloñense. ¿Cuál es su traslación a la datación actual? (Argumenta las fórmulas empleadas para la traslación): 3 de octubre de 1247. Días de cuenta progresiva mediante el estilo mosboloñense “III días andados de octubre” resultando en el día 3 de octubre. El año, al contener la palabra “Era” se encuentra en Era Hispánica por lo que debemos restar a la fecha 38 años: por lo tanto 1285 - 38=1247. Ejemplo 3: Archivo Diocesano de Astorga, Pergaminos. Carpeta 3, nº 68. ¿Qué método utiliza para datar el año?: Era Hispánica. ¿Qué método utiliza para datar el día del mes?: Estilo mosboloñense. ¿Cuál es su traslación a la datación actual? (Argumenta las fórmulas empleadas para la traslación): 28 de junio de 1263. De nuevo debemos restar 38 años para dar con la fecha de la Era Cristiana, por lo que sería 1301 - 38=1263. El día, como estilo mosboloñense se trata de una cuenta regresiva de los días quitando tres días al final de junio, resultando en el día 28 de junio. Ejemplo 4: Archivo de la Catedral de Oviedo, serie A, carp. 1, nº 1.6. ¿Qué método utiliza para datar el año?: Era Hispánica. ¿Qué método utiliza para datar el día del mes?: Kalendación. ¿Cuál es su traslación a la datación actual? (Argumenta las fórmulas empleadas para la traslación): 15 de febrero de 889. Para el paso de la Era Hispánica a la Era Cristiana se debe restar 38 años a la fecha otorgada en era por lo que sería 1301 - 38=1263. La kalendación tiene como referencia tres datas del mes: dia 1 (kalenda), nonas (dia 5 o 7) y los idus (13 o 15 dependiendo del mes) con una cuenta regresiva de manera que nos vamos al mes anterior. Hay que tener en cuenta los días del mes anterior, sumarle dos unidades y restarle las kalendas dadas (en este caso dando como resultado 15). Ejemplo 5: Archivo de la Catedral de Oviedo, serie B, carp. 2, nº 9. ¿Qué método utiliza para datar el año?: Era Hispánica.
En cuanto al día tratándose de las nonas hay que restar a la nona de octubre (que es el 7 como una excepción junto a marzo, mayo y julio) restarle el número indicado en el documento y sumarle uno. Ejemplo 9: Archivo de la Catedral de Mondoñedo, Pergaminos, mazo X, nº 80 ¿Qué método utiliza para datar el año?: Era Cristiana estilo de la Natividad ¿Qué método utiliza para datar el día del mes?: Estilo directo ¿Cuál es su traslación a la datación actual? (Argumenta las fórmulas empleadas para la traslación): miércoles 24 de marzo de 1400. Aunque la expresión del día sea directo la representación de los días de la semana es con el sistema de la feria, día empezado en domingo y por ello, la cuarta feria es el miércoles. Al tratarse del estilo de la Natividad, pero no encontrarse entre el 25 y el 31 de diciembre no hay cambio de año. Ejemplo 10: Archivo General de Simancas, Patronato Real, Legajo 49, fol. 8r. ¿Qué método utiliza para datar el año?: Era Hispánica ¿Qué método utiliza para datar el día del mes?: Estilo directo ¿Cuál es su traslación a la datación actual? (Argumenta las fórmulas empleadas para la traslación): 16 de Agosto de 1407. Usa la era hispánica en Portugal hasta 1421 que resulta de restar 38 años al año dado por el documento, a diferencia de Castilla que dejó de utilizarlo en 1383. El día se encuentra en estilo directo. Ejemplo 11: Archivo Municipal de Avilés, Pergaminos, nº 96 ¿Qué método utiliza para datar el año?: Era cristiana estilo de la encarnación florentina. ¿Qué método utiliza para datar el día del mes?: Kalendación. ¿Cuál es su traslación a la datación actual? (Argumenta las fórmulas empleadas para la traslación): Enero (31 días+2-7 kalendas)= 26 de enero de 1499. En la kalendación debemos tomar los días del mes anterior a la kalenda y restarle las siete kalendas dadas por la data y sumarle dos resultando el 26 de enero. Para el año al tratarse de era cristiana de la encarnación florentina y encontrarse los días entre el 1 de enero y el 25 de marzo (contando desde el 25 de marzo del 1 d.C.) hay que sumar un año
al dado ya que entonces aún no había cambiado de año y en nuestro cómputo actual empieza el 1 de enero. Ejemplo 12: Archivo de la Corona de Aragón, Cancillería Regia, Bulas, Legajo 32, nº 70 ¿Qué método utiliza para datar el año?: era del pontificado. ¿Qué método utiliza para datar el día del mes?: Kalendación. ¿Cuál es su traslación a la datación actual? (Argumenta las fórmulas empleadas para la traslación): 19 (31+2-14) de enero de 1322. Al año dado el único papa que coincide con un Jaime de Aragón (“jacobus”) es Juan XXI, que coincidió con Jaime II de Arágón. Además es el único Juan del periodo de Aviñón del pontificado. En cuanto a las kalendas, partiendo de que el mes de enero (anterior a las kalendas de febrero) tiene 31 días se suman dos unidades siendo kalendas y se restan los 14 días que quedan hasta la kalendas de febrero resultando el 19 de Enero.