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Práctica 4 mercantil 1, Ejercicios de Derecho Mercantil

Práctica de derecho mercantil 1

Tipo: Ejercicios

2024/2025

Subido el 13/05/2025

estela-gomez-12
estela-gomez-12 🇪🇸

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Práctica evaluable 4: Derecho Mercantil I
Talleres X, S.L." es una empresa dedicada a la reparación de maquinaria agrícola. En los
últimos años ha experimentado una caída progresiva en su facturación debido a la pérdida
de clientes, el aumento de costes de materiales y la acumulación de deudas tributarias y
con proveedores. Actualmente, la empresa tiene una deuda total de 300.000 euros, de los
cuales 80.000 euros son con la Agencia Tributaria, 70.000 con la Seguridad Social, y el
resto con proveedores.
En marzo de 2025, los administradores de la sociedad detectan que no pueden pagar sus
obligaciones corrientes: han devuelto varios pagarés por falta de liquidez y no pueden
hacer frente al pago de las nóminas. Ante esta situación, contactan con un abogado para
valorar la posibilidad de presentar concurso de acreedores.
¿Se dan los presupuestos necesarios para que "Talleres X, S.L." pueda ser declarada
en concurso?
Para que un deudor pueda ser declarado en concurso, deben concurrir los presupuestos
objetivo y subjetivo establecidos por la legislación concursal. En primer lugar, el presupuesto
objetivo, se trata de la insolvencia. El artículo 1 del TRLC establece que se encuentra en
concurso el deudor que no puede cumplir regularmente sus obligaciones exigibles, es decir,
cuando se encuentra en situación de insolvencia actual. Tal es el caso de “Talleres X, S.L.”,
cuyos administradores han constatado que no puede atender pagos básicos como salarios
o efectos comerciales, hechos que evidencian falta de liquidez y continuidad en el
incumplimiento. Además, el artículo 2.3 TRLC específica que se presume la insolvencia si el
deudor ha incurrido en alguno de los hechos recogidos en dicho precepto, como la
existencia de embargos, la insuficiencia de bienes para atender ejecuciones, o la
impugnación o devolución de medios de pago, como sucede con los pagarés devueltos en
este caso. En segundo lugar, el presupuesto subjetivo, debe ser una persona jurídica
deudora. Según el artículo 2.1 TRLC, pueden ser declaradas en concurso las personas
naturales o jurídicas, deudoras comunes. En este caso, “Talleres X, S.L.” es una sociedad
limitada, es decir, una persona jurídica mercantil, por lo que cumple con el presupuesto
subjetivo.
Por lo tanto, al cumplirse ambos presupuestos “Talleres X, S.L.” puede ser declarada en
concurso.
¿Qué tipo de concurso procedería y quién debe solicitarlo?
En este supuesto, al ser la propia sociedad quien detecta su situación de insolvencia y
decide iniciar el procedimiento, se trata de un concurso voluntario. Es decir, existe una
obligación legal para el deudor y sus administradores de instar el concurso en el plazo de
dos meses desde que conocen la insolvencia. Si no lo hicieran, podrían incurrir en
responsabilidad por agravación de la insolvencia.
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