Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


practica admin 1, Ejercicios de Derecho Administrativo

Asignatura: administrativo I, Profesor: rosario rosario, Carrera: Derecho, Universidad: UNIOVI

Tipo: Ejercicios

2017/2018

Subido el 10/02/2018

duduars
duduars 🇪🇸

4.5

(2)

2 documentos

1 / 6

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
Alumno: Eduardo Corna García
PRÁCTICA DE DERECHO ADMINISTRATIVO I
ORGANIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO
1º - Busque la estructura orgánica actualizada de dos Ministerios y realice un esquema con el
organigrama de cada Departamento ordenado en función de la jerarquía.
MINISTERIO DE DEFENSA:
MINISTERIO DE JUSTICIA:
pf3
pf4
pf5

Vista previa parcial del texto

¡Descarga practica admin 1 y más Ejercicios en PDF de Derecho Administrativo solo en Docsity!

Alumno: Eduardo Cor�na García

PRÁCTICA DE DERECHO ADMINISTRATIVO I

ORGANIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO

1º - Busque la estructura orgánica actualizada de dos Ministerios y realice un esquema con el organigrama de cada Departamento ordenado en función de la jerarquía.

MINISTERIO DE DEFENSA :

MINISTERIO DE JUSTICIA :

2º - Compare las estructuras de ambos Ministerios y determine: 1.- Los órganos que comparten y los que son propios de cada uno de los Departamentos ¿Qué razones jus�fican la existencia de una serie de órganos comunes a todo Ministerio? ¿Qué competencias asumen comparten dichos órganos en ambos Ministerios?

Órganos compar�dos :

  1. Secretaría de Estado de Defensa/Jus�cia.
  2. Subsecretaría de Defensa/Jus�cia.
  3. Gabinetes correspondientes.

Las Secretarías de Estado son órganos superiores departamentales de dirección y ges�ón sectorial que ocupan el nivel superior en la jerarquía de mandos intermedios entre el Ministro y el aparato funcionarial, por encima del Director General y del Secretario General. Al tratarse de un cargo de estricta confianza polí�ca, su nombramiento es libre, al igual que su cese. Cabe destacar que al contrario de lo que sucede con los Ministros, los Secretarios de Estado no caen junto al Presidente si éste cesa. Funciones:

A) Secretaría de Jus�cia:

  • La Secretaría de Estado de Jus�cia es el órgano superior del departamento al que corresponde, bajo la superior autoridad del Ministro, la coordinación y colaboración con la Administración de las comunidades autónomas al servicio de la Jus�cia, la ordenación, planificación, apoyo y cooperación con la Administración de Jus�cia y con la Fiscalía en su modernización, la cooperación jurídica internacional y las relaciones con los organismos internacionales y de la Unión Europea en el ámbito de las competencias del Ministerio de Jus�cia la dirección, impulso y ges�ón de las atribuciones ministeriales rela�vas a los asuntos religiosos y libertad de conciencia.
  • La ges�ón de los recursos humanos del departamento y de los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo y la planificación, elaboración y administración de las plan�llas y relaciones de puestos de trabajo y de sus modificaciones.
  • La organización y desarrollo de la formación, la programación y ges�ón de la acción social.
  • La planificación y ejecución de la polí�ca retribu�va, las propuestas de dotación presupuestaria y la ges�ón y seguimiento del capítulo I del presupuesto.
  • La dirección y ges�ón de los servicios generales y de régimen interior, vigilancia y seguridad, la ges�ón, conservación y mantenimiento de sus recursos materiales.
  • La administración financiera de ingresos y gastos incluidos los créditos de operaciones corrientes, subvenciones y transferencias de capital, la tesorería de los fondos del departamento y la coordinación de sus dis�ntas cajas pagadoras.
  • La ges�ón de los procedimientos de adjudicación de la contratación y el asesoramiento para su tramitación a las demás unidades del ministerio.
  • La ges�ón, administración y control de suministros, servicios y bienes materiales.
  • La administración, reparación y conservación de los bienes inmuebles del departamento y la elaboración y actualización del inventario del patrimonio inmobiliario adscrito a éste, en coordinación con la Dirección General del Patrimonio del Estado.
  • La programación y ges�ón de las inversiones nuevas, así como las de reposición asociadas al funcionamiento opera�vo de los servicios, y la tramitación de los expedientes de contratación rela�vos a las obras de construcción, reparación y conservación de sus edificios, instalaciones, mobiliario y demás bienes para la puesta en funcionamiento de los servicios.
  • La información y atención al ciudadano en los términos establecidos en el Real Decreto 208/1996, de 9 de febrero..
  • (^) La resolución de los procedimientos de ejercicio del derecho de pe�ción.
  • La inspección de los servicios, del personal y de las polí�cas públicas de los órganos dependientes del departamento, la evaluación de su calidad y rendimiento.
  • La dirección y coordinación de las Gerencias Territoriales así como la realización de informes, estudios y propuestas para mejorar la ac�vidad desarrollada por dichas Gerencias.
  • La elaboración y ejecución de los planes informá�cos y de tecnologías de la información y comunicación del departamento, el diseño, programación, implantación y mantenimiento de las aplicaciones informá�cas y la prestación de asistencia técnica en la materia a los dis�ntos órganos del ministerio.
  • Facilitar a las administraciones públicas, organismos, en�dades, asociaciones y a los par�culares la información sobre las materias referidas en la Ley 52/2007.
  • Promover la coordinación de las dis�ntas unidades responsables de la ejecución de la citada Ley 52/2007.

B) Subsecretaría de Defensa:

Órgano direc�vo del Departamento al que le corresponde la dirección, impulso y ges�ón de la polí�ca de personal, de reclutamiento, de enseñanza y sanitaria.

El subsecretario de Defensa dispone de un Gabinete Técnico, como órgano de apoyo, asesoramiento y asistencia inmediata.

Dependen de la Subsecretaría de Defensa los órganos direc�vos, con nivel orgánico de Dirección General:

  • La Secretaría General Técnica (SEGENTE).
  • La Dirección General de Personal (DIGENPER).
  • La Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar (DIGEREM).

También dependen de la Subsecretaría del Departamento:

  • Subdirección General de Régimen Interior
  • (^) Subdirección General de Servicios Económicos y Pagadurías
  • Asesoría Jurídica General de la Defensa
  • Intervención General de la Defensa
  • Inspección General de Sanidad de la Defensa

Asimismo está adscrito en la Subsecretaria de Defensa el organismo autónomo

  • Ins�tuto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS)

Los gabinetes son órganos de consulta compuestos generalmente por un secretario técnico y varios técnicos que apoyan al presidente y/o ministro/s en sus relaciones con las ins�tuciones, en la toma decisiones y realizando tareas de asesoramiento especiales en una determinada rama del conocimiento.

Órganos propios :

A) Ministerio de Defensa:

  1. Consejo Superiores de Ejércitos y Armada, Juntas Superiores C.Comunes de las FAS y Guardia Civil.
  2. (^) Estado Mayor de la Defensa.
  3. Secretaría General Polí�ca de Defensa.

B) Ministerio de Jus�cia:

  1. Abogacía General del Estado Dirección del Servicio Jurídico.
    • ¿Qué órgano resolverá en cada Departamento los conflictos de competencias que surjan entre las unidades con rango superior a Dirección General?

Los órganos de rango superior �enen competencias para resolver los conflictos de atribuciones que surjan entre los órganos de rango inferior.

Administración General del Estado: La competencia para resolver los conflictos de atribuciones se ajusta a las siguientes reglas:

-Si el conflicto se plantea entre órganos de diferentes Ministerios el conflicto se resolverá por el

Presidente del Gobierno (art. 2 Ley del Gobierno).

-Si el conflicto se plantea entre órgano de un mismo departamento será resuelto por el superior jerárquico que tengan en común.

Administración Local: Art. 50.1 LBRL.

-Si el conflicto de atribuciones se plante con un órgano colegiado resolverá el Pleno.