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Ejercicios Prácticos de Derecho Laboral: Salarios, Horas Extras y Vacaciones, Ejercicios de Derecho Laboral

practica derecho laboral calcular retribucion

Tipo: Ejercicios

2021/2022

Subido el 25/04/2023

Anais3
Anais3 🇪🇸

4 documentos

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CASO PRÁCTICO SUPUESTO A
Un trabajador pacta con su empresa que las horas extraordinarias que efectivamente
preste se remunerarán con un recargo del 40% sobre el valor de la hora ordinaria.
Durante 2022 percibe las siguientes cantidades:
- Salario base: 1.000,00 euros/mes
- Antigüedad: 25,03 euros/mes
- Plus convenio: 60,10 euros/mes
- 2 pagas extraordinarias por importe de salario base y antigüedad
- 1 paga de beneficios anual por importe de salario base y antigüedad
La jornada de trabajo en la empresa, conforme a lo establecido en el convenio
colectivo de aplicación, es de 1.800 horas anuales.
En el mes de mayo de 2022 ha realizado un total de 13 horas extraordinarias. Calcular
la retribución que percibirá en mayo de 2022 en concepto de horas extraordinarias
SALARIO ANUAL= SALARIO MENSUAL X 12 MESES + PAGAS
EXTRAORDINARIAS = 1.000,00€ x 12 = 12.000,00€ + 2.050,06€ ( esto viene de
multiplicar 2 pagas extraordinarias por el salario base más el plus de
antigüedad)+ 1.025,03€ (esto viene del salario base más la antigüedad) =
15.075,09€
ANTIGÜEDAD : 25,03€ x 12 = 300,36€.
PLUS DE CONVENIO : 60,10€ X 12 = 721.20€
Por tanto: 15.075,09€ + 300,36€ + 721.20€ = 16.096,65€
SALARIO ANUAL/ JORNADA ORDINARIA= RESULTADO + RECARGO DE HORAS
EXTRAORDINARIAS. =
15.075,09€/1.800 h = 8.37€ la hora.
8.37€ x 13 horas + 40% = 152,33€.
CONTANDO LA ANTIGÜEDAD Y EL PLUS DE CONVENIO:
16.096,65€/1.800 h = 8.94€ 8.94€ x 13 horas + 40% = 162,70€
Percibirá en mayo de 2022 en concepto de horas extraordinarias 152.33€.
Percibirá en mayo de 2022 en concepto de horas extraordinarias contando la
antigüedad y el plus de convenio 162,70€.
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CASO PRÁCTICO SUPUESTO A

Un trabajador pacta con su empresa que las horas extraordinarias que efectivamente preste se remunerarán con un recargo del 40% sobre el valor de la hora ordinaria. Durante 2022 percibe las siguientes cantidades:

  • Salario base: 1.000,00 euros/mes
  • Antigüedad: 25,03 euros/mes
  • Plus convenio: 60,10 euros/mes
  • 2 pagas extraordinarias por importe de salario base y antigüedad
  • 1 paga de beneficios anual por importe de salario base y antigüedad La jornada de trabajo en la empresa, conforme a lo establecido en el convenio colectivo de aplicación, es de 1.800 horas anuales. En el mes de mayo de 2022 ha realizado un total de 13 horas extraordinarias. Calcular la retribución que percibirá en mayo de 2022 en concepto de horas extraordinarias  SALARIO ANUAL= SALARIO MENSUAL X 12 MESES + PAGAS EXTRAORDINARIAS = 1.000,00€ x 12 = 12.000,00€ + 2.050,06€ ( esto viene de multiplicar 2 pagas extraordinarias por el salario base más el plus de antigüedad)+ 1.025,03€ (esto viene del salario base más la antigüedad) = 15.075,09€ANTIGÜEDAD : 25,03€ x 12 = 300,36€.  PLUS DE CONVENIO : 60,10€ X 12 = 721.20€ Por tanto: 15.075,09€ + 300,36€ + 721.20€ = 16.096,65€SALARIO ANUAL/ JORNADA ORDINARIA= RESULTADO + RECARGO DE HORAS EXTRAORDINARIAS. = 15.075,09€/1.800 h = 8.37€ la hora. 8.37€ x 13 horas + 40% = 152,33€.CONTANDO LA ANTIGÜEDAD Y EL PLUS DE CONVENIO: 16.096,65€/1.800 h = 8.94€ 8.94€ x 13 horas + 40% = 162,70€ Percibirá en mayo de 2022 en concepto de horas extraordinarias 152.33€. Percibirá en mayo de 2022 en concepto de horas extraordinarias contando la antigüedad y el plus de convenio 162,70€.

SUPUESTO B

Un trabajador presta servicios a una empresa como técnico y, en su contrato, se hacen constar los siguientes datos:

  • las funciones consistirán en la asistencia técnica de electrodomésticos a domicilio;
  • la jornada ordinaria del trabajador será de 8 horas diarias de lunes a viernes, en horario de 9.00 a 14.00 h y de 16.00 a 19.00 h;
  • el trabajador deberá presentarse todos los días en las oficinas de la empresa al comienzo y al final de la jornada;
  • la empresa pone a disposición del trabajador un teléfono móvil que deberá mantener conectado entre las 19.00 y las 21.00 h, de modo que esté localizable y pueda atender los avisos de urgencia que se produzcan fuera de su jornada laboral. Al finalizar el mes de febrero, el trabajador gira a la empresa su parte de trabajo en el que anota haber realizado 40 horas extraordinarias, de las cuales 7,5 horas corresponden a asistencias técnicas en domicilios y las restantes 32,5 horas a tiempo de trabajo disponible. ¿Deben ser computadas las 40 horas como extraordinarias?  La disponibilidad del trabajador no se considera tiempo de trabajo por tanto esas 32,5 horas no se computarán salvo que fueran de urgencia, que en este caso no lo es ya que dice que esas 32,5 horas son a tiempo de trabajo disponible. Las otras 7,5 horas extraordinarias sí se computarían porque son tiempo trabajado por el trabajador. SUPUESTO C Un trabajador que presta servicios en una empresa desde el 1 de enero de 2012 en virtud de un contrato indefinido va a disfrutar de sus vacaciones en el mes de marzo de 2022. El convenio colectivo aplicable se limita a establecer que las vacaciones tendrán una duración de treinta días naturales, sin regular los conceptos que deban incluirse en su remuneración. Durante 2022, el trabajador percibe las siguientes cantidades:
  • Salario base: 1.500,00 euros/mes
  • Antigüedad: 60,35 euros/mes
  • Plus peligrosidad: 45,00 euros/mes
  • Dietas por desplazamiento: 90,00 euros/mes
  • 2 pagas extraordinarias por importe de salario base y antigüedad (junio y diciembre) Calcular la retribución que percibirá durante el mes de marzo