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Práctica expropiación para repaso
Tipo: Ejercicios
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Hugo Llorca Ferrer
Usted trabaja como Jefe/a de Servicio en el Ministerio de Defensa. Se ha decidido expropiar un terreno en una localidad de Zamora para hacer un nuevo cuartel del ejército. Cuatro años después de la expropiación, las obras no han sido iniciadas. En relación con estos antecedentes, responda razonadamente las siguientes preguntas:
1. Respecto a los requisitos previos al procedimiento expropiatorio: a. ¿Quién deberá formular la relación del bien a expropiar? En este caso, el beneficiario, es decir, el Ministerio de Defensa (y, si coinciden las figuras, el expropiante, lo cual se da el caso) deberá realizar la relación de bienes a expropiar, conforme lo previsto en el art. 15 LEF. b. Una vez abierto el período de información pública ¿podría hacer alegaciones un vecino de la localidad sin ninguna relación con el bien a expropiar? El vecino (y cualquier persona) puede estimar lo oportuno, pero no puede invocar ningún interés legítimo al respecto de esos bienes; por tanto le corresponde formular dichas alegaciones a aquellos sujetos afectados por la expropiación. 2. En relación con el expropiado: Además del propietario, hay una persona que alega tener un derecho de paso por el terreno. ¿Debe el Ministerio de Defensa hacer alguna gestión en relación a este supuesto derecho? Sí debería, ya que, junto con los bienes a expropiar, deberá incluir todos aquellos derechos debidamente acreditados que incurran en éstos, como se estipula en el art. 4.1 LEF. 3. Sobre la falta de inicio de las obras: a. ¿Qué puede hacer el propietario de los terrenos expropiados? Podría incoar un procedimiento de reversión de bienes por inejecución de obra: el propietario no estaría actualmente en situación de reclamar sus bienes debido a los 4 años de inactividad en cuanto a la obra del cuartel, siendo el límite impuesto para exigir el derecho de 5 años; al siguiente año sí podría realizar dicho procedimiento. b. Suponiendo que el propietario tuviera derecho a la reversión de los terrenos ¿tendría el propietario alguna obligación en relación con la misma? El propietario deberá devolver aquella cuantía que se le haya abonado como justiprecio a la Administración, actualizada al momento de ejercer el derecho. c. Suponiendo que el Ministerio de Defensa, hubiera realizado alguna mejora en los terrenos ¿debería el propietario devolver los gastos que el Ministerio hubiera tenido como consecuencia dicha mejora?
Sí: el precio del bien se debe de actualizar de acuerdo con aquellas mejoras aplicadas en el mismo, es decir, re-tasarlo.