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Orientación Universidad
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practica penal invetigación, Apuntes de Derecho Penal

investigación de casos de practica penal

Tipo: Apuntes

2019/2020

Subido el 02/03/2020

mardami
mardami 🇭🇳

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Universidad Tecnológica de Honduras
Catedrático:
Dra. Xiomara Osorio
Carrera:
Derecho
Asignatura:
Practica Procesal Penal
Alumnos
Raúl Eduardo Murillo
Cuenta: 200661020029
Tegucigalpa M.D.C, 08 febrero de 2020.
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¡Descarga practica penal invetigación y más Apuntes en PDF de Derecho Penal solo en Docsity!

Universidad Tecnológica de Honduras

Catedrático:

Dra. Xiomara Osorio

Carrera:

Derecho

Asignatura:

Practica Procesal Penal

Alumnos

Raúl Eduardo Murillo

Cuenta: 200661020029

Tegucigalpa M.D.C, 08 febrero de 2020.

Ministerio Publico, Fiscalía de Delitos Comunes Yo JUAN PEREZ , mayor de edad, casado, hondureño, con identidad número 0801-1960-00178, comerciante, con domicilio en residencial Lomas del Guijarro, Tegucigalpa M.D.C. con número de celular 3196-0579, con todo respeto comparezco ante usted interponiendo denuncia por el delito de ROBO , en contra de la señora JENNIFER LÓPEZ, mayor de edad, hondureña, de este domicilio en base a los hechos y consideraciones siguientes: HECHOS PRIMERO: Resulta que la señora JENNIFER LÓPEZ era la empleada doméstica de mi casa ubicada en residencial Lomas del Guijarro de esta ciudad y el día de hoy sábado 18 de enero de 2020 aproximadamente a la 01:00 am se levantó sigilosamente sacando sus pertenecías por la puerta del patio trasero situación que nos llamó la atención y al revisar los objetos de valor que se encontraban en la sal principal como ser un reloj de oro, un cuadro de Picazo y varios adornos de porcelana y bronce valorados en más de trescientos mil lempiras (L. 300,000.00) al percatarnos de lo perdido solo pudimos ver que afuera de la vivienda la estaba esperando su novio el vigilante de la cuadra quienes huyeron del lugar. Posteriormente nos dimos cuenta que se había forzado la principal de la casa para poder sustraer los objetos. SEGUNDO : Según los hechos anteriores descritos se configura los elementos del tipo penal del delito de ROBO consignado en el artículo 217, 218 del Código Penal. TERCERO : De los hechos anteriores señor Fiscal del Ministerio Publico la señora JENNIFER LÓPEZ es responsable del delito de ROBO a título de autor de conformidad con el artículo 32 del Código Penal, en virtud e haber sustraído de manera violenta los objetos de valor de mi propiedad, así mismo la participación de su compañero, el vigilante, es de coautor para que se establezca una pena de 5 a 9 años según el Código Penal. CUARTO : Para acreditar los hechos anteriores se ofrecen como medios de prueba lo siguiente:

  • Testificales
  • Inspección ocular
  • Medios técnicos
  • Recibo de compra para acreditar el valor de los objetos robados Con los que se prueba la comisión del delito de ROBO que se denuncia. FUNDAMENTOS DE DERECHO Fundamento la presente denuncia en los artículos: 80, 90 de la Constitución de la República; 31, 32, 33 numerales 17, 18; 217, 218 del Código Penal; 263, 264, 265, 266, 267, 268, 269, 270, 271 del Código Procesal Penal; 3, 6, 9 de la Ley del Ministerio Publico PETICION Al señor Fiscal del Ministerio Publico respetuosamente PIDO: Admitir la presente denuncia, darle el trámite de ley, ordenar las investigaciones necesarias del presente caso y en su momento presentar requerimiento fiscal a los imputados del presente caso. PODER Para que me represente en el presente denuncia, con todo respeto comparezco ante usted CONFIRIENDO PODER a los Abogados RAÚL EDUARDO MURILLO, mayor de edad,

A los dieciocho días del mes de enero, admitas la denuncia que antecede 001-2020, interpuesta por el señor JUAN PEREZ, en contra de la señora JENNIFER LÓPEZ y un desconocido, junto con los documentos que acompañan. Así mismo téngase como apoderados legales a los Abg. RAÚL EDUARDO MURILLO carnet de colegiación número (11235) y MELVIN ARTURO GÓMEZ DÍAZ , carnet de colegiación número (12138), con la facultades generales y especiales que ha sido investido, según los artículos 80, 90 de la Constitución de la República; 263, 264, 265, 266, 267, 268, 269, 270, 271 del Código Procesal Penal; 3, 6, 9 de la Ley del Ministerio Publico, NOTIFIQUESE En la ciudad de Tegucigalpa M.D.C. siendo las 11:23 am notificado que los Abg. RAÚL EDUARDO MURILLO y MELVIN ARTURO GÓMEZ DÍAZ del poder que antecede quien se manifiesta entendido y firma para constancia ante el secretario del despacho que da fe.


Abg.


Abg.


Secretario

AUTO DE INVESTIGACIÓN

Ministerio Publico, Fiscalía de Delitos Comunes Vista: La denuncia 001-2020 interpuesta por el señor, JUAN PEREZ, por el supuesto delito de ROBO en contra de la señora, JENNIFER LÓPEZ, instrúyase lo siguiente:

  1. Tomar declaración del ofendido
  2. Tomar declaración de testigos
  3. Realizar inspección del lugar
  4. Peritaje de los objetos robados
  5. Solicitar documentos que acrediten la propiedad y el valor de los objetos robados
  6. Peritaje de las cámaras de seguridad
  7. Individualizar a los sospechosos
  8. Solicitar antecedentes policiales de los sospechosos Y cualquier otra diligencia útil para la investigación