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prácticas sobre derecho romano.
Tipo: Ejercicios
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1.- Aurelio Tuberón tenía una hermosa villa en la vía Appia Antica que disfrutaba de una hermosa panorámica sobre el monte Mario. Su vecino Sergio Cotta edificó otra villa delante de la de Aurelio, y entre ambos convinieron que no elevaría su edificio para no quitar las vistas de Aurelio, y así lo hizo Sergio, pero más adelante añadió un piso más a su villa, y Aurelio acudió a quejarse ante el pretor. Cuestiones: a) Aquel convenio, ¿se trata de un mero acuerdo entre particulares, o contiene una servidumbre? Defina el concepto de servidumbre. El derecho de servidumbre establece una relación de servicio entre dos fundos. Se define como el derecho real sobre cosa ajena, en virtud del cual el titular de un fundo denominado dominante puede ejercer sobre otro fundo llamado denominado, determinados derechos que no podría ejercer de no existir la servidumbre. b) ¿Se trata de una servidumbre de luces o de vistas? Trata de una servidumbre de vistas, concretamente la servitus Altius non tollendi, que otorgaba el derecho de exigir que el vecino solo edificase su inmueble hasta una determinada altura, a efectos de no perjudicar las vistas del edificio que conformaba como dominante. c) ¿El contenido de la servidumbre es inmutable, o puede variar según las circunstancias? No porque hay un acuerdo entre ambos. d) Medios procesales con los que cuenta Aurelio para proteger sus derechos. El titular del fundo dominante puede ejercer la vindicatio servitutis, que es una acción civil para la defensa de su derecho real, consiste en que el demandante se dirige contra el dueño del fundo sirviente debido a que le impide el ejercicio de sus facultades. El demandante asimismo puede acudir a la tutela interdictal para proteger el ejercicio de su derecho, 2.- Ticio constituyó un usufructo vitalicio sobre cinco vacas, a favor de Cayo, a través de una in iure cessio. Ticio, el nudo propietario, exigió a Cayo la cautio usufructuaria. Éste la prestó, pero al poco tiempo dejó de actuar de la manera que había prometido que iba a comportarse. En el momento de la restitución del usufructo, Ticio descubrió que tres de las vacas habían muerto y otra había quedado inutilizada. Cuestiones: a) Defina el concepto de usufructo. Identifique los personajes que intervienen en el caso. Derecho real que faculta a su titular para usar y disfrutar de una cosa ajena, con la obligación de dejar a salvo su sustancia. Ticio y Gayo
b) Explique los modos en que puede constituirse un usufructo en Derecho romano.
su obligación con una cosa propia o de un tercero, con su consentimiento, sin que se produzca el traspaso de la posesión y con el compromiso de entregarla al acreedir en el supuesto en el que no se cumpla la obligación garantizada. Por otra parte, ¿qué afirma el artículo 1876 del Código Civil español? La hipoteca sujeta directa e inmediatamente los bienes sobre que se impone, cualquiera que sea su poseedor, al cumplimiento de la obligación para cuya seguridad fue constituida. b) ¿Cuál es el origen de la hipoteca en Derecho romano? Marco de los arrendamientos rústicos, en los que era frecuente que arredandor y arrendatario conviniesen que los animales e instrumentos o aperos de labranza que el arrendatario utilizaba para el cultivo del fundo garantizasen el pago de la renta. c) ¿Cómo se constituían las hipotecas? 1. Por acuerdo entre el acreedor y el deudor de un tercero con el acreedor, 2. Por disposición de la autoridad judicial, 3. Por imperativo de la ley y 4. Por disposición testamentaria y 5. De forma tácita. d) D. 49.14.28: “Si el que me hipotecó sus bienes actuales y futuros contrajo una deuda con el Fisco, debe saberse que, conforme a una respuesta de Papiniano, el Fisco tiene preferencia en lo adquirido después de constituirse tal hipoteca, como consta también en alguna otra constitución…”. ¿A qué se refiere el texto? e) ¿Qué cosas podían ser objeto de hipoteca en Derecho romano? La cosa objeto de hipoteca debe estar dentro del comercio, las cosas corporales, cosas incorporales, cosas futuras, un conjunto de cosas, un establecimiento comercial, el patrimonio del deudor presente y futuro e incluso sobre derechos reales ¿Y según el Código Civil? f) ¿Cuándo podría el acreedor hipotecario ejercer el ius distrahendi? Derecho a vender la cosa hipotecada por parte del acreedor hipotecario en los siguientes supuestos: libro página 339 g) Explique la regla “ prior in tempore potior in iure ”. Constituidas varias hipotecas sobre la misma cosa, el rango hipotecario entre los acreedores viene determinado por el criterio de antigüedad de las respectivas hipotecas, el primero en el tiempo es el primero en el derecho. h) ¿Existía un sistema de publicidad de las hipotecas en la antigua Roma? la libertad de forma en la constitución de la hipoteca, con la consiguiente inexistencia de un sistema de inscripción y publicidad formal. Página 341. i) Indique las causas de extinción de la prenda y de la hipoteca. Página 342 letra h