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Asignatura: Derecho Sindical, Profesor: inmaculada benavente, Carrera: Relaciones laborales y Recursos Humanos, Universidad: UCO
Tipo: Ejercicios
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- Es una facultad que se le reconoce a todos los afiliados a un sindicato: - Basta con que el sindicato cuente con afiliados en la empresa o renta de trabajo , así cualquier sindicato con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar podrá actuar en el interior de la empresa a través de la constitución de la sección sindicales.
-Tiene que quedar claro que la creación de la sección sindical corresponde a los trabajadores afiliados, no a los sindicatos.
*Por el hecho de que la sección sindical como tal goza de derechos con cargo a la empresa, cabe cuestionarse si el empresario puede controlar el cumplimiento de los requisitos de constitución de la sección sindicales
Derecho de huelga reconocido art.28.2 CE, el de adopción de medidas de conflicto colectivo en art.37.2 CE. Las diferencias esenciales son:
vinculados a las garantías del mantenimiento de servicios esenciales para la comunidad. Los límites del ejercicio de medidas de conflicto colectivo que pueden imponerse por ley son superiores
*El cierre de patronal es un ejemplo de medida del conflicto colectivo de los empresarios, (art. 12 a 15 RD ley de relaciones de trabajo), consiste en el cierre de la empresa con suspensión de contratos y salarios como respuesta a una huelga u otras medidas que supongan irregularidades colectivas en el régimen de trabajo. Es un derecho muy limitado , admitiéndose solo el cierre defensivo como ejercicio del poder de policía. No se admite el cierre de patronal ofensivo y ademas el ejercicio ofensivo tiene que hacerse bajo determinados condicionantes (art.12 RD).
No hay equipación entre derecho a huelga y cierre de patronal. Las causas de cierre de patronal son exclusivas del art.12 y son interpretadas respectivamente:
1 Notorio peligro de violencia sobre las personas o de daños graves a las cosas 2 Ocupación ilegal del centro de trabajo o de cualquiera de sus dependencias o cierto peligro de que esta se produzca 3 Que el volumen de inasistencias o irregularidades impidan gravemente el proceso normal de producción