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Pueden ver, con ejemplos, un modo ilustrado de realización de problemas vinculados a las acciones.
Tipo: Apuntes
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Cuando se especifica “patrimonio neto ajustado”, en este caso concreto se refiere a que los desembolsos pendientes (Socios por DNE, o en su caso, Socios por AND pendientes) no se computan como patrimonio neto negativo. 1.- El patrimonio neto (no proceden ajustes) es igual al capital social, antes del reparto. Por tanto, si se distribuyera algo como dividendos, después del reparto, el patrimonio neto sería inferior al capital social. Conclusión: No pueden repartirse dividendos. Como propuesta de aplicación del resultado, puede destinarse a compensar las pérdidas (salvo la parte que corresponde a la reserva legal), o todo a reservas. Respectivamente los asientos serían: 4.000.000 Resultado del ejercicio RL 400. Resultados neg. ej. anteriores 3.600. 4.000.000 Resultado del ejercicio RL 400. Reservas voluntarias 3.600. 2.- La empresa puede repartir dividendos porque el patrimonio neto (no proceden ajustes) es de 12.000. € (2.000.000 por encima del CS), por tanto, del beneficio, en principio podrían ser entregados, 2.000.000 € como máximo en forma de dividendos. No es obligatorio eliminar las pérdidas (ya que PN no es inferior a CS), aunque sí optativo. Dos posibles propuestas de distribución, si se quisiera repartir el máximo de dividendos, (aunque hay más) serían: 5.000.000 Resultado del ejercicio RL 500. Resultados neg ej. ant 2.500. Dividendo a pagar 2.000. 5.000.000 Resultado del ejercicio RL 500. RV 2.500. Dividendo a pagar 2.000. 3.- PN Ajustado = 16.500.000 y CS=10.000.000 Por tanto sí pueden repartirse dividendos. En principio, se podría repartir todo, pero hay que tener en cuenta que hay que dotar la RL. Descontando la dotación a la RL se podría repartir un máximo de 4.950.000. No obstante, la empresa decide reconocer dividendos con un 5% de rentabilidad, como se calcula por el CS desembolsado, sería 7.000.000x0.05=350. Hay que recordar la parte correspondiente a la reserva legal, por lo que el asiento sería: 5.500.000 Resultado del ejercicio RL 550. Dividendo a pagar 350. R voluntarias 4.600. Nº de acciones=1.000.000. Por tanto, no exigido 3.000.000/1.000.000=3 y desembolsado 7 (por título) 4.- Ídem con respecto al ejercicio anterior. PN Ajustado (antes del reparto) = 32.500.000 > CS = 25.000.000. Si se repartiera todo el beneficio en forma de dividendos, el PN seguiría siendo mayor que el capital social. Se cumple la condición.
CS desembolsado=20.000.000 x 0,04=800.000 a dividendos. Y teniendo en cuenta la RL el asiento sería: 5.000.000 Resultado del ejercicio RL 500. Dividendo a pagar 800. R voluntarias 3.700. Nº de acciones=5.000.000. Por tanto, no exigido 5.000.000/5.000.000=1 y desembolsado 4 (por título) 5.- Como el PN Ajustado (1.442.000) es superior al CS (1.000.000), incluso aunque no tuviéramos en cuenta el importe del beneficio (1.362.000), salvo la dotación a la RL, no hay otro límite a la hora de repartir dividendos. 80.000 Resultado del ejercicio RL 8. Dividendo a pagar 72. 6.- PN (no procede ajustar) =17.700.000 que es superior al CS=10.000.000 por lo que sí pueden repartirse dividendos. Pero hay que tener en cuenta: a) después del reparto, el PN debe seguir siendo > o = al CS b) la dotación a la RL c) el importe neto de los gastos de I+D debe estar cubierto por reservas disponibles. De momento sólo se cuenta con la PEA por importe de 1.500.000. Luego es necesario dotar R. voluntarias por 500.000. Por tanto, la distribución del resultado, sería: 8.000.000 Resultado del ejercicio RL 800. Dividendo a pagar 6.700. R voluntarias 500. 7.- PN (no procede ajustar) =302.500 y CS=300.000. Por tanto, en principio podrían repartirse dividendos por 2.500 €. Así pues, y teniendo en cuenta, una vez más, la dotación a la RL de 500 €, el resto del beneficio debería destinarse, o bien a R. voluntarias, o bien a compensar pérdidas, por lo que dos posibles opciones serían: 5.000 Resultado del ejercicio RL 500 Dividendo a pagar 2. R voluntarias 2. 5.000 Resultado del ejercicio RL 500 Dividendo a pagar 2. Resultados neg. ej. anteriores 2. 8.- Para realizar esta distribución del beneficio hay que tener en cuenta: a) el PN Ajustado (927.500) > CS antes y después del reparto incluso aunque no tuviéramos en cuenta el beneficio. b) destinar a la RL 15.000 €. El 20% del CS = 120. c) el importe neto de los gastos de investigación (50.000 €) está cubierto de sobra con las reservas disponibles (la PEA y las R. voluntarias). d) eliminamos la totalidad de las pérdidas, y el resto del resultado es distribuible como dividendos.