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Ejemplo de un acta de procesos
Tipo: Esquemas y mapas conceptuales
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En la ciudad de Guatemala, el diecisiete de agosto de dos mil quince, siendo las dieciséis horas en punto, yo, RICARDO ALVARADO SANDOVAL, Notario, constituido en mi oficina profesional, ubicada en la cuarta avenida tres guion setenta de la zona uno, de esta ciudad, soy requerido por los señores: ELSA JULIETA BARRIOS, único, viuda de ALVAREZ, de cuarenta y nueve años de edad, soltera por viudez, guatemalteca, secretaria, de este domicilio, se identifica con el documento personal de identificación (DPI), al que le corresponde el código único de identificación (CUI) número cien, doscientos dos, trescientos uno ( 202 301 ), extendido por el Registro Nacional de las Personas de San Miguel Petapa, departamento de Guatemala. La señora ELSA JULIETA BARRIOS actúa en nombre propio y en ejercicio de la patria potestad y representación de su menor hijo PEDRO DANILO ALVAREZ BARRIOS, calidad que acredita conforme a la certificación de la partida de nacimiento número un mil ochocientos veinticinco, folio ciento noventa y siete (197), del libro noventa y tres guion (93), de nacimientos, extendida por el Registrador Civil del Registro Nacional de las Personas de la ciudad de Guatemala, departamento de Guatemala. Asimismo, el señor ERICK ARTURO ALVAREZ BARRIOS, de veintinueve años de edad, casado, guatemalteco, estudiante, de este domicilio, se identifica con el documento personal de identificación (DPI), al que le corresponde el código único de identificación (CUI) número ciento dos, doscientos doce, trescientos veinte (102 212 320), extendido por el Registro Nacional de las Personas de San Miguel Petapa, departamento de Guatemala; GUIDO HAROLDO ALVAREZ BARRIOS, de veintiocho años de edad, soltero, guatemalteco, Ingeniero Civil, de este domicilio, se identifica con el documento personal de identificación (DPI), al que le corresponde el código único de identificación (CUI) número ciento doce, doscientos doce, trescientos diez (112 212 310), extendido por el Registro Nacional de las Personas de la ciudad de Guatemala, departamento de Guatemala; y BRENDA MARICELA ALVAREZ BARRIOS, de veintiún años de edad, soltera, guatemalteca, estudiante, de este domicilio, se identifica con el documento personal de identificación (DPI), al que le corresponde el código único de identificación (CUI) número ciento treinta, doscientos, trescientos cinco (130 200 305), extendido por el Registro Nacional de las Personas de la ciudad de Guatemala, departamento de Guatemala. Hago constar que tengo a la vista la documentación fehaciente y que la representación legal que ejercita la primera de las requirentes es suficiente, conforme a la ley y a mi juicio, para el diligenciamiento del presente procedimiento, y todos los requirentes manifiestan por este medio que solicitan mis servicios profesionales a efecto de RADICAR PROCESO
SUCESORIO INTESTADO EXTRAJUDICIAL del causante ARTURO ALVAREZ FUENTES, conforme los siguientes puntos: PRIMERO: Expresa la primera de las requirentes que su esposo y padre de su menor hijo, falleció en la ciudad de Guatemala, el treinta y uno de mayo de dos mil catorce, como lo acredita con la certificación de la partida de defunción número trescientos doce (312), folio trescientos doce (312), del libro doscientos ochenta y siete (287) de defunciones, extendida por el Registrador Civil del Registro Nacional de las Personas de la ciudad de Guatemala, departamento de Guatemala. SEGUNDO: Expresan los requirentes que el causante no otorgó testamento ni donación por causa de muerte, y que de conformidad con el artículo un mil setenta y ocho del Código Civil, están llamados a la sucesión intestada, pues tienen el derecho en orden de sucesión, para considerarse herederos de los bienes, derechos, acciones y obligaciones que poseía el causante, conjuntamente con la otra hija procreada dentro de su matrimonio EVELYN ROXANA ALVAREZ BARRIOS, que por encontrarse ausente del territorio nacional no comparece en la presente diligencia, pero sí lo hará para ejercitar el derecho que le corresponda en la junta de herederos que se señalará posteriormente. TERCERO: Que para demostrar el interés y parentesco que tienen con el causante, entregan, además del documento identificado en el punto anterior, los siguientes medios de prueba documentales: a) Certificación de la partida de nacimiento del causante, número dos mil novecientos noventa y siete (2,997), folio noventa y nueve (99), del libro ciento setenta y ocho (178) de nacimientos, extendida por el Registrador Civil del Registro Nacional de las Personas de Guatemala, departamento de Guatemala; b) Certificación de la partida de matrimonio número un mil doscientos cincuenta y ocho (1,258), folio ciento sesenta y cinco (165), libro veinte (20), extendida por el Registrador Civil del Registro Nacional de las Personas del municipio de Guatemala, departamento de Guatemala, en donde aparece que el causante y la señora ELSA JULIETA BARRIOS adoptaron como régimen económico el de COMUNIDAD DE BIENES; e) Certificación de la partida de nacimiento de ERICK ARTURO ALVAREZ BARRIOS, contenida en el acta número seis mil ciento cuarenta (6,140), folio cuatrocientos dieciocho (418), del libro trescientos cuarenta y cinco guion uno (345-1) de nacimientos, extendida por el Registrador Civil del Registro Nacional de las Personas del municipio de Guatemala, departamento de Guatemala; d) Certificado de la partida de nacimiento de GUIDO HAROLDO ALVAREZ BARRIOS, número cuatro mil ciento veintidós (4122), folio doscientos ochenta y nueve (289), del libro trescientos cuarenta y siete guión uno (347-1) de nacimientos, extendida
I) Con el acta notarial que antecede y documentos adjuntos, se tiene intestado del señor ARTURO ALVAREZ FUENTES; II) Por presentados los documentos relacionados, descritos en el acta Notarial de mérito; III) Dese el aviso al Registro de Procesos Sucesorios de la Corte Suprema de Justicia; IV) Pídanse a los registros de la Propiedad, los informes sobre si el causante otorgó testamento o donación por causa de muerte; V) Publíquese el edicto correspondiente en el Diario Oficial, citando a los que tengan interés en la mortual; VI) Se señala para la junta de herederos la audiencia del día DIECIOCHO DE SEPTIEMBRE DEL AÑO EN CURSO, A LAS DIECISIETE HORAS EN PUNTO, en mi sede notarial; VII) Practíquese avalúo fiscal, facciónese acta notarial de inventario y dése audiencia a la Procuraduría General de la Nación; VIII) Concluido el trámite, díctese el auto de herederos, practíquese la liquidación declaratorio fiscal, páguese el impuesto, extiéndase testimonio, con su duplicado, de las partes conducentes para su registro y dense los avisos notariales de traspaso; IX) Remítase al Director del Archivo General de Protocolos este expediente, para su guarda y conservación. Artículos:66, 71, 128, 402, 450, 451, 452, 453, 454, 455, 456,457, 478, 479, 481, 488, 489, 491, 492, 497, 498, del Código Procesal Civil y Mercantil; 2 del Decreto 73- del Congreso de la República; 4 del Decreto 54-77 del Congreso de la República. NOTIFIQUESE.----------------------------------------------------------------------- (Firma y sello del Notario)
EN LA CIUDAD DE GUATEMALA, EL DIECISIETE DE AGOSTO DE DOS MIL, QUINCE, SIENDO LAS DIECISIETE HORAS EN PUNTO, EN MI OFICINA PROFESIONAL UBICADA EN LA CUARTA AVENIDA TRES GUION SETENTA, ZONA UNO, DE ESTA CIUDAD, NOTIFIQUÉ PERSONALMENTE A : ELSA JULIETA BARRIOS, en nombre propio y en ejercicio de la patria potestad de su menor hijo PEDRO DANILO ALVAREZ BARRIOS, y a: ERICK ARTURO, GUIDO HAROLDO y BRENDA MARICELA, los tres de apellidos ALVAREZ BARRIOS, el contenido de la resolución de fecha de hoy, quienes de enterados si firmaron, entregándoles las copias de ley. DOY FE. -------------------------
VII. CLASE DE PROCESO: Sucesorio intestado. Guatemala, 22 de agosto de 2015. FIRMA: Dirección de la sede Notarial: 4' Av. 3-70 zona 1, Guatemala, Guatemala Colegiado 2259, Tel. 22321429 SOLICITUD DE INFORMES A LOS REGISTROS DE LA PROPIEDAD SEÑOR: REGISTRADOR GENERAL DE LA PROPIEDAD DE LA ZONA CENTRAL. GUATEMALA, CIUDAD. Me dirijo a usted, con el propósito de solicitarle me informe si el señor ARTURO ALVAREZ FUENTES, quien falleció en la ciudad de Guatemala el 31 de mayo de 2014, otorgó TESTAMENTO O DONACIÓN POR CUSA DEMUERTE. ya que ante mis oficios notariales se tramita el proceso sucesorio intestado extrajudicial de dicho causante. Guatemala, 22 de agosto de 2015. Dirección de la Oficina del Notario: 4' Avenida, 3-70 zona 1 Guatemala, Guatemala Teléfono: 2232-
SEÑOR: REGISTRADOR DEL SEGUNDO REGISTRO DE LA PROPIEDAD QUETZALTENANGO, QUETZALTENANGO. Me dirijo a usted, con el propósito de solicitarle me informe si el señor ARTURO ALVAREZ FUENTES, quien falleció en la ciudad de Guatemala el 31 de mayo de 2014, otorgó TESTAMENTO O DONACIÓN P CUSA DE MUERTE, ya que ante mis o notariales se tramita el proceso sucesorio intestado extrajudicial de dicho causante. Guatemala, 25 de agosto de 2015. Dirección de la Oficina del Notario:
Acta de junta de herederos y/o legatarios En la ciudad de Guatemala, el dieciocho de septiembre de dos mil quince, siendo las diecisiete horas en punto, yo, RICARDO ALVARADO SANDOVAL, Notario, constituido en mi oficina profesional, ubicada en la cuarta avenida, tres guión setenta de la zona uno, de esta ciudad, soy requerido por los señores: ELSA JULIETA BARRIOS, viuda de ALVAREZ, de cuarenta y nueve años de edad, soltera por viudez, guatemalteca, secretaria, de este domicilio, de mi conocimiento, quien actúa en nombre propio y en ejercicio de la patria potestad y representación de su menor hijo PEDRO DANILO
ALVAREZ BARRIOS, calidad acreditada anteriormente. Asimismo los señores ERICK ARTURO ALVAREZ BARRIOS, de veintinueve años de edad, casado, guatemalteco, estudiante, de este domicilio, de mi conocimiento; GUIDO HAROLDO ALVAREZ BARRIOS, de veintiocho años de edad, soltero, guatemalteco, ingeniero civil, de este domicilio, de mi conocimiento; BRENDA MARICELA ALVAREZ BARRIOS, de veintiún años de edad, soltera, guatemalteca, estudiante, de este domicilio, de mi conocimiento; y EVELYN ROXANA ALVAREZ BARRIOS, de veinticinco años de edad, soltera, guatemalteca, estudiante, de este domicilio, se identifica con el documento personal de identificación al que le corresponde el código único de identificación número doscientos, cero setenta, cien (200 079 100), extendido por el Registrador Civil del Registro Nacional de las Personas del municipio de Guatemala, departamento de Guatemala. Los requirentes solicitan mis servicios profesionales a efecto de hacer constar los siguientes puntos: PRIMERO: Esta fecha y hora se ha señalado la JUNTA DE HEREDEROS en el proceso sucesorio intestado ya identificado, y promovido ante mis oficios notariales. Para el efecto, me ponen a la vista las publicaciones aparecidas en el Diario de Centroamérica, los días cinco, doce y dieciséis de septiembre, todas del año en curso, a través de las cuales se citó a los interesados en manifestarse sobre este proceso, y hago constar que durante el plazo indicado no se presentó a esta notaría oposición alguna, ni se manifestó interés por parte de terceras personas con respecto al mismo. Las indicadas publicaciones obrarán dentro del expediente que conforma este proceso. SEGUNDO: Los requirentes, en la calidad con la que actúa la primera y en su nombre propio, así como cada uno de los demás promovientes, en lo que a cada uno respecta, me manifiestan que ACEPTAN EXPRESAMENTE la herencia que pudiera corresponderles, en cuanto a todos
requerimiento de los señores: ELSA JULIETA BARRIOS, viuda de ALVAREZ, de cuarenta y nueve años de edad, soltera por viudez, guatemalteca, secretaria, de este domicilio, quien actúa en nombre propio y en ejercicio de la patria potestad y representación de su menor hijo PEDRO DANILO ALVAREZ BARRIOS, calidad ya acreditada. Asimismo los señores ERICK ARTURO ALVAREZ BARRIOS, de veintinueve años de edad, casado, guatemalteco, estudiante, de este domicilio; GUIDO HAROLDO ALVAREZ BARRIOS, de veintiocho años de edad, soltero, guatemalteco, ingeniero civil, de este domicilio; BRENDA MARICELA ALVAREZ BARRIOS, de veintiún años de edad, soltera, guatemalteca, estudiante, de este domicilio; y EVELYN ROXANA ALVAREZ BARRIOS, de veinticinco años de edad, soltera, guatemalteca, estudiante, de este domicilio; todas personas de mi conocimiento. Los comparecientes solicitan mis servicios profesionales a efecto de que se practique EL INVENTARIO DE LOS BIENES DE LA MORTUAL DEL SEÑOR ARTURO ALVAREZ FUENTES, por lo que se procede de la siguiente manera: PRIMERO: Manifiestan los requirentes en su calidad de hijos del causante, que el esposo de la primera compareciente, falleció en la ciudad de Guatemala el treinta y uno de mayo de dos mil catorce y que al momento de su deceso no había otorgado testamento ni donación por causa de muerte, motivo por el cual se radicó el presente proceso sucesorio extrajudicial, por considerarse cada uno de ellos heredero con derecho a sucederle en todos sus derechos, obligaciones y acciones que no se extinguen con la muerte. SEGUNDO: Manifiestan los requirentes hallarse en el libre ejercicio de sus derechos civiles y, BAJO JURAMENTO, ofrecen declarar todos los bienes, derechos y acciones que conforman el patrimonio de la mortual. A los bienes que se detallan a continuación se les asigna el valor que corresponde según el informe técnico del Ingeniero Carlos Amoldo Furlán Dueñas del avalúo que oportunamente para el efecto practicó, quien es valuador autorizado por el Ministerio de Finanzas Públicas y se identifica con el registro número noventa y tres
guion E guion setenta y cinco; DOY FE que dicho informe me fue entregado por los promovientes y que lo tengo a la vista, mismo que será incorporado al expediente de este proceso, y que sobre la masa hereditaria no figuran bienes litigiosos, el cual en sus partes conducentes detalla lo siguiente: ACTIVO:
CUARTO: Manifiestan los requirentes que están por completo de acuerdo con lo consignado en la presente acta de inventario, por lo que les advierto que si hubiere más bienes están en la obligación de denunciarlo. Ante lo cual expresan que los únicos bienes que constituyen actualmente la masa hereditaria son los descritos, pero que en dado caso aparecieren otros procederán a denunciarlos oportunamente, para que sean agregados a este inventario. QUINTO: Hago constar que tuve a la vista la siguiente documentación: a) Certificación de la partida de defunción del causante; b) Certificación de la partida de nacimiento del causante; e) Las certificaciones extendidas por la Dirección General de Catastro y Avalúo de Bienes Inmuebles, del Departamento de Registros Fiscales, del Ministerio de Finanzas Públicas, de fecha quince de octubre de dos mil tres; d) Los avalúas de los bienes muebles que forman parte del presente inventario, elaborador por el Ingeniero Carlos Amoldo Furlán Dueñas el día diez de octubre de dos mil cuatro; e) El recibo de ingreso de la Dirección de la Tipografía Nacional, número noventa mil trescientos treinta y siete; f) La factura de esta misma fecha, extendida por el infrascrito Notario. No habiendo más que hacer constar, termino la presente acta notarial, en el mismo lugar y fecha de su inicio, noventa minutos después de su inicio, la cual está contenida en cuatro hojas de papel español, las que numero, sello y firmo, a las cuales adhiero un timbre fiscal del valor de cincuenta centavos por hoja, a efecto de satisfacer el impuesto respectivo, así como un timbre notarial de diez quetzales. Esta acta se extiende con su respectivo duplicado, a efecto de ser incorporado a los atestados del protocolo del infrascrito Notario. Leo lo escrito a los interesados, los que enterados de su contenido, objeto y demás efectos legales, lo aceptan, ratifican y firman con el infrascrito Notario que de todo lo expuesto DA FE…………………………………………………………………... FIRMA________________________ FIRMA_________________________
Firma y sello del Notario PRONUNCIAMIENTO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN GUATEMALA, C. A. NOTARIO: RICARDO ALVARADO SANDOVAL PROCESO SUCESORIO INTESTADO CAUSANTE: ARTURO ALVAREZ FUENTES RADICA. ELSA JULIETA BARRIOS VIUDA DE ALVAREZ E HIJOS En esa notaría se tramita, a solicitud de doña ELSA JULIETA BARRIOS VIUDA DE ALVAREZ E HIJOS, el proceso sucesorio intestado de don ARTURO ALVAREZ FUENTES, quien falleció el 31 de mayo de 2014, dejando con derecho a sucederle a su cónyuge y a sus hijos, habiéndose comprobado que no otorgó testamento o
donación por causa de muerte (folios 18 y 19). Se adjuntaron al expediente las certificaciones de las partidas de nacimiento, matrimonio y defunción del causante y de nacimiento de sus hijos, se publicó el edicto y no surgió oposición al respecto, se dio aviso de radicación de las presentes actuaciones. En su oportunidad procesal fue aceptada la herencia y se faccionó el inventario respectivo. Estando satisfechos los requisitos legales, esta institución, al evacuar la audiencia conferida, OPINA: Que es procedente dictar el auto declaratorio de herederos abintestato a favor de ELSA JULIETA BARRIOS, en calidad de cónyuge supérstite y a PEDRO DANILO, ERICK ARTURO, GUIDO HAROLDO, BRENDA MARICELA, EVELYN ROXANA de apellidos ALVAREZ BARRIOS, en calidad de hijos, sin perjuicio de tercero de igual o mejor derecho. Fenecido el expediente remítase al Archivo General de Protocolos. Artículos 450, 453, 455, 456, 457, 478, 488, 490, 491, 492, 494 del Código Procesal Civil y Mercantil; 917, 918, 1026, 1027, 1028, 1068, 1078 del Código Civil; 1 del Decreto 25-97 del Congreso de la República, 252 de la Constitución Política de la República. Guatemala, 10 de noviembre de 2015. Van 50 folios. FIRMA______________________ Agente Auxiliar Vo. 80. Jefe de Sección de Procuraduría AUTO DE DECLARATORIA DE HEREDEROS OFICINA DEL NOTARIO RICARDO ALVARADO SANDOVAL. CUARTA AVENIDA TRES GUIÓN SETENTA DE LA ZONA UNO. Guatemala, veinte de noviembre de dos mil quince.-----------------------------------------------------------VISTO Y