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La protección diplomática es un procedimiento tradicional en derecho internacional que permite a un estado invocar la responsabilidad de otro estado por un perjuicio causado a una persona física o jurídica de su nacionalidad. Brevemente qué es la protección diplomática, su relación con las normas del derecho internacional y cómo se ejerce. Además, se discute si este texto ha convertido en un tratado y su valor jurídico actual.
Tipo: Apuntes
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La protección diplomática es otro de los procedimientos tradicionales en el derecho internacional para asegurar la aplicación de las normas. Mediante él, el Estado invoca la responsabilidad de otro Estado por un perjuicio causado a una persona física o jurídica de su nacionalidad. La institución de la protección diplomática está vinculada con las normas sustantivas que regulan el trato a los extranjeros y también con las relativas a la responsabilidad internacional del Estado. El ejercicio de la protección diplomática reposa sobre el cumplimiento de los requisitos clásicos de la nacionalidad de la reclamación y el agotamiento de los recursos internos. La protección diplomática consiste en la invocación por un Estado, mediante la acción diplomática o por otros medios de solución pacífica, de la responsabilidad de otro Estado por el perjuicio causado por un hecho internacionalmente ilícito de ese estado a una persona natural o jurídca que es un nacional del primer Estado con miras a hacer efectiva esa responsabilidad.
Los artículos sobre protección diplomática no s han plasmado en un tratado pero actualmente son considerados la reafirmación definitiva de las normas de derecho internacional consuetudinario sobre el tema.
La protección diplomática sigue constituyendo una parte importante de los recursos procesales que se encuentran a disposición de los extranjeros que han sufrido un prejuicio en el exterior. Como observó la Corte Internacional de Justicia la función de la protección diplomática se ha diluido de alguna manera en los conflictos sobre inversiones y que las convenciones de derechos humanos establecen mecanismos internacionales que permiten la interposición de reclamaciones contra los gobiernos responsables de violar los derechos de los extranjeros. La comisión de derecho internacional perdió una oportunidad de promover la protección diplomática al no consagrar el derecho a esa protección respecto
de nacionales que habían sido objeto de la violación de normas imperativas en el exterior. En el Derecho español, la protección de los nacionales en el extranjero es una facultad inherente a todo Estado, ya que así lo atribuye el derecho internacional. En función del artículo 97 de la Constitución española, el gobierno dirige la política exterior y ésta se realiza a través del Ministerio de Asuntos Exteriores. La aplicación de de este deber de protección del Estado respecto a sus nacionales tiene su consagración en el derecho interno en el principio de la no extradición de los nacionales. La Constitución española regula la extradición en el artículo 13.3 a partir de los principios de legalidad y reciprocidad.