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Asignatura: Derecho Romano, Profesor: Victoriano Victoriano, Carrera: Dret + Criminologia, Universidad: UA
Tipo: Apuntes
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Siguiendo la máxima multiplex est ius romanum , podemos distinguir tres grandes acepciones del concepto “Derecho romano”: ius romanum antiquum , ius romanum medii aevi y usus modernus et hodiernus pandectarum , encontrando cada una de ellas su correspondencia con un período histórico determinado. El denominador común de estas tres manifestaciones es el hecho de que se trata de un sistema inductivo, elaborado a partir de la casuística y de la compilación de obras legales cuyos autores son juristas clásicos, hasta llegar a los digestos o pandectas. Este sistema jurisdiccional puede calificarse de “clásico”, pues establece modelos primarios destinados a permanecer en el tiempo sin prejuicio de las vicisitudes históricas.
El estudio del Derecho romano puede realizarse por dos cauces. En primer lugar, el estudio histórico progresivo parte de los orígenes históricos y sigue el desarrollo de las instituciones a medida que evoluciona la sociedad. Se trata de un estudio histórico-jurídico y engloba a las dos primeras manifestaciones anteriormente referidas. En segundo lugar, encontramos el estudio histórico retrospectivo como complementario del anterior, que se identifica con la tercera manifestación y se inicia con los institutos actualmente vigentes para aclarar o interpretar el significado último de los mismos, remontándose a sus precedentes históricos, que le serán de ayuda para la aplicación e interpretación de las normas. En el artículo 3.1 del Código Civil se hace una referencia implícita al Derecho romano como Fuente del Derecho español actual.
Así, el Derecho romano antiguo tuvo vigencia plena desde la fundación de la civitas hasta la caída del Imperio de Occidente y el reinado del emperador bizantino Justiniano. Actualmente, se estudia como evolución histórica progresiva en relación con la cultura de la época y no como un sistema de normas vinculantes.
Además, durante la Edad Media (desde la caída del Imperio de Occidente, especialmente desde la restauración del Imperio de Occidente con Carlo Magno hasta la caída del Imperio Bizantino) el Derecho romano era conocido como “Derecho común” y tuvo su vigencia en la época como Derecho interregional. Hoy se estudia como evolución histórica, al igual que el ius romanum antiquum.
Finalmente, desde la Edad Moderna se ha roto el Derecho romano como unidad, siendo sustituido por un nuevo Derecho común. Se trata de un nuevo contexto en el que el Derecho romano no es vigente ni es una creación original ni ex nihilo , sino que procede de la tradición clásica, adquiriendo ahora “vigencia renovada” y siendo objeto de estudio normativo.