Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


reglamentos, reglamentos, Apuntes de Seguridad e Ingeniería de Bomberos

Decreto Supremo 008-2015 IN del 17/10/2015 Adscriben al CGBVP al MININTER. Decreto Legislativo N° 1260 de fecha 08/12/2016, DL. que Fortalece el CGBVP como parte del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y Regula la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú. Decreto Supremo N° 019-2017-IN de fecha 17/06/2017 que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1260 Reglamento de Organización y Funciones de la INBP aprobando por Decreto Supremo N° 025-2017-IN del 17/09/2017.

Tipo: Apuntes

2019/2020

Subido el 28/09/2020

fabilandia-torres-cama
fabilandia-torres-cama 🇵🇪

5

(1)

2 documentos

1 / 14

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
ORGANIZACIÒN,NORMAS Y
REGLAMENTO
PRE-ESBAS 2020
pf3
pf4
pf5
pf8
pf9
pfa
pfd
pfe

Vista previa parcial del texto

¡Descarga reglamentos, reglamentos y más Apuntes en PDF de Seguridad e Ingeniería de Bomberos solo en Docsity!

ORGANIZACIÒN,NORMAS Y

REGLAMENTO

PRE-ESBAS 2020

BASE LEGAL

  1. Decreto Supremo 008-2015 IN del 17/10/2015 Adscriben al CGBVP al MININTER.
  2. Decreto Legislativo N° 1260 de fecha 08/12/2016, DL. que Fortalece el CGBVP como parte del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y Regula la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú.
  3. Decreto Supremo N° 019-2017-IN de fecha 17/06/2017 que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1260
  4. Reglamento de Organización y Funciones de la INBP aprobando por Decreto Supremo N° 025-2017-IN del 17/09/2017.
  5. Reglamento Interno de Funcionamiento del CGBVP (aprobado parcialmente) por la Resolución Ministerial N° 897-2017-IN del 20/09/2017 - MODIFICADA POR ACUERDO DEL CONSEJO DE OFICIALES DEL 02 DE DICIEMBRE DE 2017

FUNCIONES DEL CGBVP Son funciones del CGBVP las siguientes: a) Ejecutar acciones de prevención de incendios, accidentes e incidentes con materiales peligrosos. b) Coordinar con las entidades públicas o privadas a nivel nacional las acciones de prevención de incendios, accidentes e incidentes con materiales peligrosos. c) Combatir, controlar y extinguir incendios, rescatar personas expuestas a peligro por incendios, siniestros, accidentes, e incidentes con materiales peligrosos y atender las emergencias derivadas de estos, en coordinación con los órganos u organismos competentes del Estado, según cada caso.

FUNCIONES DEL CGBVP d) Atender, dirigir y controlar incidentes o emergencias ocasionadas con materiales peligrosos que pongan en riesgo la vida humana, el medio ambiente y el patrimonio público o privado. e) Atender emergencias médicas y atención prehospitalaria de conformidad con la normativa emitida por el Sector Salud. f) Participar en las acciones de primera respuesta en desastres naturales o desastres antropogénicos, de conformidad con las normas y lineamientos del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres. g) Brindar asistencia técnica, capacitación, y emitir opinión técnica a entidades públicas o privadas que lo soliciten, en materias relacionadas a sus funciones en coordinación con la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú. h) Proponer reglamentos, normas, lineamientos, procedimientos o directivas, sobre prevención, control y extinción de incendios e incidentes con materiales peligrosos, y emitir opinión respecto de los existentes de oficio o a requerimiento. I) Acreditar a sus miembros ante el CENEPRED para que colaboren con dicha entidad en la verificación del cumplimiento de las normas de seguridad, conforme a lo establecido en el primer párrafo del literal b) del numeral 7 del artículo 4° de la Ley N° 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones. j) Realizar estudios sobre las causas y desarrollo de los incendios atendidos para prevenir, capacitar y mejorar sus técnicas operacionales. k) Usar de manera correcta y diligente los bienes, servicios, equipos, recursos y materiales

FUNCIONES DEL COMANDANTE DE LA UNIDAD BÁSICA OPERATIVA

a)Dirigir y representar a la UBO. b)Participar en los Comités de Seguridad Ciudadana distritales y en los Comités de Defensa Civil de su jurisdicción. c)Dirigir el servicio operativo de la UBO. d)Asegurar el cumplimiento de los reglamentos, regímenes, normas, procedimientos y disposiciones de los organismos del CGBVP. e) Representar a la UBO ante los niveles correspondientes de los sectores públicos y no públicos y en actos e invitaciones oficiales. f) Firmar la documentación administrativa y correspondencia al exterior de la UBO. g) Presentar a la Comandancia Departamental un informe anual de las actividades y logros obtenidos en su Comando. h)Proponer al Comandante Departamental, a los Seccionarios y Sub Tenientes, que reúnan los requisitos para el ascenso al grado inmediato superior. i) Designar a los jefes y adjuntos de sección. j) Programar, coordinar y ejecutar las actividades internas.

FUNCIONES DEL COMANDANTE DE LA UNIDAD BÁSICA OPERATIVA

k) Disponer la movilización de unidades para el cumplimiento de labores de mantenimiento rutinarias de la UBO, velando por la operatividad del sistema. l) Administrar la UBO en todos los aspectos. m) Nombrar comisiones para actividades especiales n) Promover la capacitación en su jurisdicción, en temas referentes a los objetivos del CGBVP. o) Realizar tareas encargadas en su jurisdicción, en temas referentes a los objetivos del CGBVP. p) Realizar tareas encargadas por los órganos superiores. q) Formular los planes de la UBO y elevarlos al órgano superior

ORDEN JERÁRQUICO DEL CGBVP/GRADOS

  • (^) Oficiales Generales
  • (^) - Oficiales Superiores
  • (^) Oficiales - Plana Menor
    • (^) Oficiales Generales Brigadier General Brigadier Mayor Oficiales Superiores Brigadier Teniente Brigadier Oficiales Capitán Teniente Subteniente Personal Subalterno Seccionarío Aspirante
OBSERVACIONES:
COMANDANTE ES UN
CARGO, NO UN
GRADO. APLÍQUESE
ÚNICAMENTE AL
MIEMBRO QUE
OSTENTA LA JEFATURA
DE LA COMPAÑÍA

RÉGIMEN DISCIPLINARIO DEL CUERPO GENERAL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DEL PERÚ

Artículo 20.- Faltas o Infracciones Son todas aquellas acciones u omisiones, intencionales o por negligencia, descuido o imprudencia, cometidas por el personal del CGBVP, dentro o fuera del servicio, que atentan contra los bienes jurídicos protegidos por la presente norma, así como contra las demás obligaciones y deberes establecidos en el ordenamiento normativo del CGBVP. Artículo 21.- Clases de infracciones Según su gravedad, las infracciones se clasifican en: a) Leve b) Graves c) Muy Graves Las infracciones se encuentran tipificadas en las Tablas de Infracciones y Sanciones que, como anexos, forman parte integrante de la presente norma. SANCIONES DISCIPLINARIAS Artículo 23.- Sanciones Las sanciones son medidas correctivo-disciplinarias que se imponen como consecuencia de una conducta que constituye una infracción previamente tipificada, independientemente de la responsabilidad civil y/o penal que pudiera corresponder. Artículo 24.- Clases de sanciones Según la gravedad de las infracciones, se podrán imponer las siguientes sanciones:

SANCIONES SEGÙN SU GRAVEDAD

  • Amonestaciòn verbal.
  • (^) Amonestaciòn escrita.
  • (^) Suspenciòn hasta por 15 días.
  • (^) Suspenciòn no menos de 16 días ni mayor de 2 años.
  • (^) Suspenciòn no menor de 2 años ni mayor de 3 años de degradación.
  • expulsión