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Orientación Universidad
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Resolución para internado, Apuntes de Biología

Resolución del consejo directivo para el plan de internado rotativo 2016

Tipo: Apuntes

2020/2021

Subido el 02/05/2021

dr-jared-perez
dr-jared-perez 🇨🇴

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bg1
Universidad
Técnica
de
Ambato
Consejo
Universitario
Av.
Colombia
02-11
y
Chile
(Cdla.
Ingahurco)
-
Teléfonos:
593
(03)
2521-081
/2822960
-
Fax:
2521-084
Ambato
-
Ecuador
RESOLUCION:
2540-CU-P-2016
El
Honorable
Consejo
Universitario
de
la
Universidad
Técnica
de
Ambato,
en
sesión
extraordinaria
efectuada
el
martes
20
de
diciembre
de
2016,
visto
y
analizado
el
oficio
SG-UTA-0669-2016,
del
19
de
diciembre
de
2016,
suscrito
por
el
Abogado
José
Luis
Romo,
Secretario
General,
Licenciada
Verónica
Gavilanes,
Coordinadora
de
Internado
Rotativo
de
la
Carrera
de
Enfermería,
y
la
Abogada
Silvana
Castro,
Asistente
Administrativa
de
la
Secretaría
General,
remitiendo
el
Informe
Ejecutivo
del
REGLAMENTO
DE
INTERNADO
ROTATIVO
DE
LA
CARRERA
DE
ENFERMERÍA
DE
LA
FACULTAD
DE
CIENCIAS
DE
LA
SALUD
DE
LA
UNIVERSIDAD
TÉCNICA
DE
AMBATO,
para
su
aprobación
en
segunda
y
definitiva,
el
mismo
que
fue
aprobado
en
primera
instancia
mediante
Resolución
0143-CU-P-2016,
del
19
de
enero
de
2016;
en
uso
de
sus
atribuciones
contempladas
en
el
literal
g)
del
articulo
21
del
Estatuto
Universitario,
y,
demás
normativa
legal
aplicable
para
el
efecto.
RESUELVE:
Aprobar
en
segunda
y
definitiva
el
adjunto
"REGUMENTO
DE
INTERNADO
ROTATIVO
DE
LA
CARRERA
DE
ENFERMERÍA
DE
LA
FACULTAD
DE
CIENCIAS
DE
LA
SALUD
DE
LA
UNIVERSIDAD
TÉCNICA
DE
AMBATO".
Ambato
diciembre
20,
2016
^T>r-MSg^alo
Naranjo
PRESIDENTE
DEL
H.
CONSEJO
UNIVERSIDAD
TÉCNICA
DE
AMBATO
copias:
Rectorado
VAC
VAD
DECANOS
FACULTADES:
DIFIN
DTH
FCS
procuraduría
secretaría
general
Auditoría
Interna
ÜNlNi
GN/JR/AV
pf3
pf4
pf5
pf8
pf9
pfa
pfd
pfe
pff
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Universidad Técnica de Ambato

Consejo Universitario Av. Colombia 02-11 y Chile(Cdla. Ingahurco)- Teléfonos: 593(03) 2521-081 /2822960- Fax:2521- Ambato - Ecuador

RESOLUCION: 2540-CU-P-

El Honorable Consejo Universitario de la Universidad Técnica de Ambato, en sesión extraordinaria efectuada el martes 20 de diciembre de 2016, visto y analizado el oficio SG-UTA-0669-2016, del 19 de diciembre de 2016, suscrito por el Abogado José Luis Romo, Secretario General, Licenciada Verónica Gavilanes, Coordinadora de Internado Rotativo de la Carrera de Enfermería, y la Abogada Silvana Castro, Asistente Administrativa de la Secretaría General, remitiendo el Informe Ejecutivo del REGLAMENTO DE INTERNADO ROTATIVO DE LA CARRERA DE ENFERMERÍA DE LA

FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DE AMBATO, para su

aprobación en segunda y definitiva, el mismo que fue aprobado en primera instancia mediante Resolución 0143-CU-P-2016, del 19 de enero de 2016; en uso de sus atribuciones contempladas en el literal g)del articulo 21 del Estatuto Universitario, y, demás normativa legal aplicable para el efecto.

RESUELVE:

Aprobar en segunda y definitiva el adjunto "REGUMENTO DE INTERNADO ROTATIVO DE LA CARRERA DE ENFERMERÍA DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DE AMBATO".

Ambato diciembre 20, 2016

^T>r-MSg^alo Naranjo PRESIDENTE DEL H. CONSEJO UNIVERSIDAD TÉCNICA DE AMBATO

copias: Rectorado VAC VAD DECANOS FACULTADES: DIFIN DTH FCS procuraduría secretaría general Auditoría Interna ÜNlNi GN/JR/AV

ttCNiel

Universidad Técnica de Ambato

Consejo Universitario

Av. Colombia 02-11 y Chile (Cdla.Ingahurco)- Teléfonos:593(03) 2521-081/2822960- Fax:2521- Ambato- Ecuador

EL HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DE AMBATO

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador establece el principio de legalidad, mediante el cual las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley;

Que, el artículo 11 inciso 2 del Texto Constitucional señala que nadie podrá ser discriminado por razones de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género, identidad cultural, estado civil, idioma, regional, ideología, filiación política, pasado judicial, condición socio-económica, condición migratoria, orientación sexual, estado de salud, portar VIH, discapacidad, diferencia física; ni por cualquier otra distinción, personal o colectiva, temporal o permanente, que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos;

Que, el artículo 26 Ibídem determina que la educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable del Estado. Constituye un área prioritaria de la política pública y de la inversión estatal, garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el buen vivir;

Que, el artículo 27 de la propia Ley Suprema define el marco de acción de la educación tipificando que se centrará en el ser humano y garantizará su desarrollo holístico, en el marco del respeto a los derechos humanos, al medio ambiente sustentable y a la democracia; será participativa, obligatoria, intercultural, democrática, incluyente y diversa, de calidad y calidez; impulsará la equidad de género, la justicia, la solidaridad y la paz; estimulará el sentido crítico, el arte y la cultura física, la iniciativa individual y comunitaria, y el desarrollo de competencias y capacidades para crear y trabajar;

Que, el artículo 350 de la Constitución ya señalada, dispone que el Sistema de Educación Superior tiene como finalidad la formación académica y profesional con visión científica y humanística; la investigación científica y tecnológica; la

innovación, promoción, desarrollo y difusión de los saberes y las culJi^^Lla-

ttcHic:;

Universidad Técnica de Ambato

Consejo Universitario Av. Colombia 02-11 y Chile (Cdla. Ingahurco)- Teléfonos:593(03) 2521-081/2822960- Fax:2521- Ambato - Ecuador

Unidades Asistenciales - docentes documento en el cual se establece los parámetros técnicos legales aplicables entre las Instituciones de Educación Superior y los Establecimientos de Salud teniendo como misión la formación de adecuada de los profesionales y la atención a la ciudadanía;

Que, con Acuerdo Interministerial No. MDT-MSP-2015-00005286, del 2 de septiembre de 2015, se aprueba la Norma Técnica para la Implementación del Internado Rotativo en los Establecimientos de Salud de la Red pública Integral de Salud que establece la base normativa, técnica y procedimiento para la vinculación de las y los estudiantes de las carreras de ciencias de la salud de las instituciones del sistema de educación superior en los establecimientos de salud de la Red Pública Integral de Salud, a través de un convenio individualizado del Intemado Rotativo;

Que, el artículo 148 del Estatuto Universitario de la Universidad Técnica de Ambato, señala que el sistema académico en las diferentes carreras de grado y programas de posgrado, se regula por el Reglamento de Régimen Académico expedido por el Consejo de Educación Superior;

Que, es de vital importancia para la Universidad Técnica de Ambato normar la ejecución del programa de Internado Rotativo de la Carrera de Enfermería, con la finalidad de garantizar una educación de calidad enfocada en la práctica, que permitirá integrar a la sociedad enfermeras/os adecuadamente capacitados y que aporten con su ejercicio profesional al tratamiento de la salud humana mejorando la calidad de vida de la ciudadanía a la que servimos;

En uso de sus atribuciones y responsabilidades contempladas en el literal g) del artículo 21 del Estatuto Universitario:

RESUELVE: APROBAR Y EXPEDIR EL REGLAMENTO DE INTERNADO ROTATIVO DE LA CARRERA DE ENFERMERÍA DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DE AMBATO

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Universidad Técnica de Ambato

Consejo Universitario Av. Colombia 02-11 y Chile (Cdla. Jngahurco)- Teléfonos:593(03) 2521-081/2822960- Fax:2521- Ambato -Ecuador

CAPÍTULO I DEL PROGRAMA DE INTERNADO ROTATIVO

Artículo 1. Ambito.- El ámbito de aplicación del presente Reglamento se delimita a la Carrera de Enfermería de la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad Técnica de Ambato y establece los parámetros sobre los cuales se ejecutará el Internado Rotativo de los estudiantes de la mencionada unidad académica en los

distintos establecimientos de salud destinados y calificados por la Universidad

Técnica de Ambato para el efecto.

Artículo 2. Concepto de Internado Rotativo.- Internado Rotativo es un programa del

área de integración docente asistencial de la Universidad Técnica de Ambato, que

tiene por objeto aplicar y profundizar los conocimientos, habilidades y destrezas, proporcionados a los estudiantes de la Carrera de Enfermería en el octavo y noveno semestre.

Artículo 3. Dedicación del Internado Rotativo.- El Programa de Interno Rotativo de la Universidad Técnica de Ambato, se efectuará en el octavo y noveno semestre, el cual tendrá una duración de un año calendario, siendo cincuenta y dos semanas con una dedicación de cuarenta horas semanales divididas en treinta horas de dedicación en el servicio supervisadas por el tutor, y diez horas de trabajo académico de

formación complementaria, estos estudios sólo podrán realizarse a tiempo completo y

bajo la modalidad presencial.

El programa referido iniciará y terminará en las fechas fijadas en la programación de

la autoridad Sanitarias Nacional en coordinación con la carrera de Enfermería de la Universidad Técnica de Ambato.

Artículo 4. Componentes del Programa de Internado Rotativo.- El Programa de Internado Rotativo de la Universidad Técnica de Ambato, estará conformado por

cinco rotaciones: La tres primeras rotaciones en octavo semestre que tendrá una

duración de diez semanas la primera rotación y las dos siguientes en nueve semanas, y las dos posteriores tendrá una duración de doce semanas en el noveno semestre, la planificación será desarrollada con anterioridad de acuerdo al calendario anual para que coincidan las rotaciones.

Artículo 5. Estructura del trabajo del Internado Rotativo.- Las rotaciones que

realizarán los Internos Rotativos serán de acuerdo a la malla curricular de la carrpra:

de enfermería de la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad Téónicár'de

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f) Buscar el enfoque Social, acorde con la situación del país, promocionando la salud, llevando a cabo actividades que permitan al Interno contribuir en la prevención, curación y rehabilitación de la salud individual y colectiva; y, g) Educar al paciente, familiares o allegados sobre la importancia de su participación en el proceso de recuperación y cumplimiento de tratamiento.

Artículo 8. Objetivos Especificas del Internado Rotativo.- El programa de Intemado Rotativo de la Universidad Técnica de Ambato, tendrá como objetivos específicos los siguientes:

a) Interpretar los modelos de la Carrera de Enfermería para analizar y sintetizar el trabajo, generando nuevas ideas y continuando el desarrollo técnico; b) Ejecutar el proceso de atención de enfermería, que garantice el cuidado integral al individuo, familia y comunidad; c) Integrar los componentes del Manual del Modelo de Atención Integral de Salud (MAÍS), considerando la interdisciplinaridad, los determinantes de salud, las políticas y normativas, del Ministerio de Salud Pública(MSP); d) Apoyar a la gestión administrativa y clínica orientados a fortalecer la calidad de atención en las unidades de enfermería; e) Desarrollar programas de información, educación y comunicación acorde a las políticas de salud vigentes; y, f) Desarrollar proyectos de investigación vinculadas con la sociedad.

CAPÍTULO II DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL PROGRAMA DE INTERNADO ROTATIVO

Artículo 9. Estructura Orgánica del Programa de Internado Rotativo.- El Programa de Internado Rotativo estará integrado por los siguientes servidores públicos:

a) Coordinador de la Carrera de Enfermería; b) Coordinador del Internado Rotativo; c) Docentes del Internado Rotativo; y, d) Representante de los Internos Rotativos

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SECCIÓN I DEL COORDINADOR DE LA CARRERA DE ENFERMEIÚA

Artículo 10. Coordinador de Carrera de Enfermería.- El coordinador de la Carrera de Enfermería será designado de acuerdo a lo establecido en el Estatuto de la Universidad Técnica de Ambato.

Artículo 11. Responsabilidades del Coordinador de Carrera.- Son funciones, deberes y atribuciones del Coordinador de la Carrera de Enfermería las descritas en el Reglamento para los Coordinadores de Carreras de la Universidad Técnica de Ambato.

SECCIÓN II DEL COORDINADOR DE INTERNADO ROTATIVO

Artículo 12. Coordinador del Internado Rotativo.- El Coordinador del Internado Rotativo será nombrado por el Coordinador de la Carrera de Enfermería.

Artículo 13. Responsabilidades del Coordinador de Internado Rotativo.- Son atribuciones y deberes del Coordinador del Internado Rotativo, sin perjuicio de las demás que legalmente le sean asignadas:

a) Convocar y presidir las reuniones de Docentes de Internado Rotativo; b) Integrar con voz y voto las reuniones de Internado Rotativo; c) Presentar el informe de cada rotación al Coordinador de la Carrera de Enfermería; d) Revisar los programas de estudio actualizados anualmente y poner en conocimiento del Consejo Académico de la Carrera de Enfermería;

e) Integrar el Consejo de Área de integración Docente-Asistencial;

f) Organizar el programa cada año de internado; g) Orientar los trabajos científicos del programa; h) Informar semestralmente o cuando sea requerido por el Coordinador de la Carrera sus actividades; i) Dar a conocer al coordinador de la Carrera las necesidades del personal docente y recursos materiales para el desarrollo del programa de Internado Rotativo; y, j) Convocar al término de cada ciclo a los profesores para la evaluación correspondiente del Programa de Internado.

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Artículo 17. Responsabilidad de los Docentes de Internado Rotativo.- Son responsabilidades de los docentes de Internado Rotativo, sin perjuicio de los demás disposiciones que legalmente le sean asignadas:

a) Cumplir sus actividades académicas en horas que no interfieran con las labores asistenciales de los Internos Rotativos; b) Cumplir sus actividades académicas bajo el sistema de tutoría con presentación y discusión del Proceso de Atención de Enfermería -PAE- identificación de temas, investigación bibliográfica con participación activa de los estudiantes; c) Informar por escrito la planificación de las actividades al inicio y al final de cada ciclo, el cumplimiento de las actividades planificadas a las autoridades del área en físico y digital y remitir las evaluaciones de los alumnos para la certificación correspondiente a la coordinación de Intemado Rotativo para su respectivo asentamiento de la calificaciones; d) Elaborar y ejecutar los programas analíticos y prácticos en coordinación con los docentes de las asignaturas del área de salud pública y del área clínica; e) Cumplir el calendario y programas establecidos por el Coordinador del Internado Rotatorio; f) Coordinar la supervisión de los Internos con los (as) docentes de otras asignaturas y personal de enfermería de la Institución; g) Evaluar el rendimiento de los estudiantes del Internado Rotatorio, de acuerdo a parámetros establecidos; h) Elaborar y presentar informe sobre evaluación de Internos al Coordinador del Internado Rotatorio, al finalizar cada rotación; i) Solucionar los problemas de orden Interno de la rotación y en casos necesarios comunicar al Coordinador del Intemado Rotatorio; y, j) Efectuar reunión de colectivo una vez por semana en los predios de la Universidad Técnica de Ambato para lo cual deben documentar física y digitalmente esta actividad.

SECCIÓN IV DE LOS REPRESENTANTES DE LOS INTERNOS ROTATIVOS

Artículo 18. Representante de los Internos Rotativos.- Los Representantes de los

Internos Rotativos serán elegidos de entre los Intemos uno por cada grupo asignada^

los diferentes establecimientos de salud pública.

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CAPITULO III DEL RÉGIMEN ESTUDIANTIL

Artículo 19. Concepto de Interno Rotativo.- Se considerará Interno Rotativo al estudiante del área de salud de la Carrera de Enfermería, que se encuentra en el octavo y noveno semestre o su equivalente de la carrera universitaria y que realiza

labores asistenciales- docentes, en los establecimientos asignados según la

programación de la Universidad.

Artículo 20. Horarios delinterno Rotativo.- Los tumos de las prácticas formativas de los estudiantes se fijarán atendiendo las normas, principios y estándares de calidad en la prestación de los servicios de salud y de bienestar de los estudiantes. En todo momento se debe garantizar la calidad en la atención.

Artículo 21. Relación Laboral- Los Intemos rotativos en su calidad de estudiantes están reconocidos por los acuerdos interministeriales entre el Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Salud Pública.

Artículo 22. Jornada de trabajo del Interno Rotativo.- Los estudiantes del intemado rotativo contarán con la dedicación horaria de cuarenta (40) horas semanales divididas en treinta (30) horas de dedicación en el servicio y diez (10) horas de trabajo académico, con tumo de mañana, tarde y velada participando en la entrega y recepción del tumo y todo lo concemiente a las labores de la enfermera.

Artículo 23. Régimen Especial por maternidad o enfermedad catastrófica.- Si por razones de matemidad o enfermedad catastrófica debidamente calificadas por el Ministerio de Salud Pública, el estudiante debiera suspender el intemado rotativo, sin perjuicio de continuar percibiendo el estipendio que le corresponde de acuerdo al programa originalmente establecido estará sujeto al siguiente régimen especial.

Podrá suspender el intemado rotativo para completarlo en el siguiente periodo académico, para ello deberá obtener una segunda matrícula mediante el pago respectivo arancel, a fin de aprobar las rotaciones que no lo hubiere hecho en el primer periodo, puesto que le serán reconocidas las rotaciones que hubiere aprobado legalmente.

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c) Prioridad Tres: Estudiantes embazadas, hecho que será justificado con la entrega previa del certificado que legitime su calidad de gestante, emitido por un facultativo de un establecimiento de salud del Ministerio de Salud Pública; y, d) Prioridad Cuatro: Estudiantes a cargo de niños menores de cinco (5) años cumplidos hasta la fecha de ingreso al intemado rotativo. (Documento legal que demuestre la patria potestad o tenencia del menor).

Los estudiantes que no presenten la documentación en el plazo previsto no podrán participar en el sorteo y elección de las plazas del intemado rotativo correspondiente a su promoción. Los estudiantes que no se postulen en la fecha correspondiente a su promoción, por caso fortuito o fuerza mayor comprobada, podrán presentarse en el próximo sorteo de acuerdo a la oferta de plazas del Ministerio de Salud Pública.

Artículo 26.- Del proceso de asignación de plazas.- El Decano de la Facultad comunicará con seis meses de anticipación la nómina de matriculados en séptimo semestre, con la finalidad de permitir la planificación de partidas presupuestarias por parte de Talento Humano del Ministerio de Salud Pública.

a) La selección de plazas se realizará en forma conjunta entre el Coordinador de la Carrera de Enfermería, la Coordinadora de Intemado Rotativo, un docente de Internado Rotativo y un representante estudiantil; b) La asignación definitiva de plazas se realizará en la Carrera de Enfermería de la Facultad de Ciencias de la Salud, en fecha y hora señalada por la Coordinación de Carrera y Responsable del Internado Rotativo; y, c) Se comunicará la distribución de los estudiantes en las diferentes áreas de salud al Consejo Académico de la Carrera, para que la coordinación envíe los oficios respectivos a cada área de la provincia en las que la Carrera de Enfermería mantiene el número de partidas presupuestarias para el efecto.

CAPÍTULO V DERECHOS,OBLIGACIONES,PROHIBICIONES Y SANCIONES DE LOS INTERNOS ROTATIVOS

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SECCIÓN 1 DE LOS DERECHOS

Artículo. 27. Derechos del Interno Rotativo.- Serán derechos del Interno Rotativo los siguientes:

a) Los Internos Rotativos serán afiliados al lESS el año que realice la práctica pre-profesional; b) El reconocimiento jerárquico que les corresponde en la Unidad Operativa; c) Los Internos rotativos tendrán derecho a hospedaje e implementos de protección gratuitos usados como bioseguridad y alimentación, de acuerdo con las jomadas, tumos y servicios que cumplan en el marco de la práctica formativa; d) Recibir tratos respetuosos por parte de sus compañeros, médicos generales, médicos tratantes, residentes, personal de enfermería, administrativo y directivo de cada unidad; e) Recibir sistemáticamente instrucción de los profesores tutores basada en la discusión de casos, revisiones bibliográficas y modalidades interactivas; f) Participar en las actividades de docencia e investigación de la Unidad Operativa y del Servicio; g) Formar parte del equipo de salud y realizar procedimientos de enfermería; h) Rotar por los diferentes servicios de acuerdo a la programación elaborada por el Programa de Intemado Rotativo y la Coordinación en la Unidad Operativa; i) Utilizar los servicios del Hospital en forma gratuita en caso de enfermedad; j) Solicitar y obtener de la Dirección de la Unidad y/o Dirección de docencia permiso de hasta tres (3) días por enfermedad, matrimonio o calamidad doméstica, debidamente confirmados; si el permiso solicitado excede de tres (3) días, la autorización la concederá el Director del Programa de Internado Rotativo, con un máximo de siete (7) días, en situación de maternidad hasta catorce (14) días; k) Cumplir con todos los requerimientos académicos como son: los horarios establecidos, los mismos que no pasarán de treinta (30) horas laborables, dejando las diez (10) horas semanales restantes que se destinará a retroalimentación académica con cada docente supervisor quien debe ser profesional de salud de la Institución; y,

  1. En caso de que exista condiciones especiales que puedan afectar__eL..

desempeño formal del Interno Rotativo de acuerdo a lo establecidp^por el—

Ministerio de Relaciones Laborales, aplicable a todo ciudadano,/léj^ Interao._

ltCN¿C

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SECCIÓN II DE LAS OBLIGACIONES

Artículo 28. Obligaciones del Interno Rotativo.- Los Interno Rotativos deberán cumplir con las siguientes obligaciones durante su año de internado:

a) Cumplir los Reglamentos de la Universidad Técnica de Ambato, de la Facultad de Ciencias de la Salud y del Internado Rotativo; b) Cumplir con los Reglamentos, normas y procedimientos de la Unidad Operativa y del servicio al que han sido asignados; c) Llevar correctamente y completo el uniforme, incluyendo placa o carnet de identificación, durante su trabajo hospitalario y comunitario; d) Cumplir con los horarios de trabajo asistencial y con los tumos establecidos, la ausencia excepcional deberá ser justificada ante el Departamento de Talento Humano de cada institución y al responsable del Intemado Rotativo; e) Conocer y respetar los niveles jerárquicos de la Unidad y del Servicio y cumplir con sus disposiciones; f) Asistir obligatoriamente a las reuniones científicas, tutorías impartidas y administrativas a las que fueren convocadas; g) Guardar respeto y consideración a los usuarios de la Unidad, superiores y trabajadores de la institución; h) Participar en las actividades de docencia e investigación de la Unidad y del Servicio; i) Colaborar con los miembros del equipo de salud en las actividades asistenciales-académicas y otras que sirvan a las necesidades del servicio; j) Conocer y manejar correctamente todos los formularios de la Historia Clínica y de los programas de atención primaria de salud; k) Acompañar y participar activamente en las visitas médicas;

  1. Revisar la historia clínica, dar cuidado directo, sacar indicaciones, preparar y administrar medicación, recolectar muestras para exámenes de laboratorio y otros, al paciente según los reglamentos del hospital o servicios; m) Revisar todos ios pendientes y comunicar a su tutor, cumplir procedimientos de enfermería a él ordenados, si está capacitado para efectuarlos; n) Verificar que previa la visita médica los resultados de los exámenes solicitados se encuentren en la historia clínica y se hayan cumplido todas las órdenes médicas impartidas;

Universidad Técnica de Ambato

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o) Redactar previamente al egreso del paciente el informe de enfermería, con letra legible empleando terminología médica y un uso adecuado de la ortografía y de la redacción; p) Vigilar el registro del protocolo operatorio dentro de las primeras cuatro (4) horas posteriores a la finalización del acto quirúrgico y someterlo al visto bueno y firma del cirujano; q) Evaluar conjuntamente con el Médico Residente y registrar diariamente o con la frecuencia que sea necesario la evolución de los pacientes a su cargo; r) Acompañar y colaborar con el Médico Residente en la visita vespertina del servicio; s) Colaborar con los Médicos Tratantes y Residentes en las prestaciones que brinden en consulta extema, emergencia o interconsultas; t) Atender con cortesía, diligencia y buenas maneras a todas las personas que por cualquier circunstancia concurren al Hospital; u) Cumplir las funciones de: Atención directa de enfermería, administración, educación e investigación tanto en el área hospitalaria como comunitaria, observando las normas y reglamentos de las Unidades Operativas y de los servicios de enfermería a los que fueran designados así como también cumplir con las normas del Intemado Rotativo y del Ministerio de Salud Pública en los que tengan responsabilidad; v) Prestar atención integral de calidad al usuario, familia y comunidad, tanto en servicio hospitalario como ambulatorio de los diferentes niveles de salud; y, w) Optar por el título de Licenciado en Enfermería, con su aprobación de la tesis de grado.

SECCIÓN III DE LAS PROHIBICIONES

Artículo 29.- Prohibiciones del Interno Rotativo.- Son prohibiciones para los Internos Rotativos las siguientes:

a) Firmar recetas, pedido de exámenes de laboratorio y otros; b) Solicitar o recibir remuneración económica por parte de los usuarios del servicio; c) Retirar documentos del Hospital como historias clínicas, radiografías, exámenes, así como equipos, instrumentos de propiedad del servicio, sin la autorización correspondiente; d) Dar información acerca del estado de los pacientes a personas no relacionadas""-^;:^

directamente con la atención médica de los mismos; /S/

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CAPÍTULO VI EVALUACIONES A LOS INTERNOS ROTATIVOS

Artículo 33, Modelos de Evaluaciones al Interno Rotativo.- Las evaluaciones que se realizará al Interno Rotativo de la carrera de Enfermería de la Universidad Técnica de Ambato, será permanente, y desarrollado de acuerdo al siguiente Modelo de Evaluación, se caracterizará por ser Confiable (que aplica el mismo juicio para todos los alumnos); Integral (involucra las dimensiones intelectual, social, afectiva, matriz y axiológica); Participativo (incluye autoevaluación); Transparente (congruente con los aprendizajes requeridos por la competencia); y Válido (las evidencias deben corresponder a los instrumentos de evaluación).

Artículo 34. Componentes para el proceso de evaluación.- Los componentes para el proceso de evaluación a los Internos Rotativos estará conformados por los siguientes:

a) Diagnóstico.- El proceso de evaluación diagnóstico será el punto de partida, fundamentado en la detección de la situación en la que se encuentran los estudiantes, que permitirá también establecer vínculos socio-afectivos con el grupo. Obtendrá información sobre los aspectos en los que deberá hacer énfasis en su dedicación, podrá identificar las características del grupo y orientar adecuadamente sus estrategias. En esta etapa pueden utilizarse mecanismos informales de recopilación de información; b) Formativo.- El proceso de evaluación formativa se realizará durante todo el proceso de aprendizaje del estudiante, en forma constante, ya sea al finalizar cada actividad de aprendizaje o en la integración de varias de éstas. Tendrá como finalidad informar al Interno de sus avances con respecto a los aprendizajes que deben alcanzar y advertirle sobre dónde y en qué aspectos tiene debilidades o dificultades para poder regular sus procesos, así mismo, puede asumir nuevas estrategias que contribuyan a mejorar los resultados de aprendizaje; y, c) Sumativa.- El proceso de evaluación sumativa, permitirá acreditar la promoción académica, a través de criterios estandarizados y bien definidos. Las evidencias se elaborarán en forma individual, puesto que se asignarán convencionalmente un criterio o valor. Manifiesta la síntesis de los resultados de aprendizaje en cada una de las rotaciones.

Artículo 35. Modalidades de aplicación para el proceso de evaluación al Internp_ Rotativo.- La evaluación a los Internos Rotativos se fundamentará en las si^jjíerjiéS—- modalidades:

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a) Modalidad de Evaluación Cualitativa Continua.- Se utilizará para conocer el desempeño del Interno en las actividades hospitalarias asignadas, tanto en el trabajo administrativo así como en el de cuidado directo al paciente.

La evaluación cualitativa se fundamentará en la observación y apreciación del tutor asistencial; y,

b) Modalidad de Evaluación Cuantitativa Periódica.- Se utilizará mayormente, para conocer el rendimiento cognoscitivo del Interno en el desempeño de las actividades académicas y científicas.

La evaluación cuantitativa periódica se efectuará a través de los exámenes escritos, que aplicarán los docentes de la Universidad Técnica de Ambato contratada del Internado Rotativo, por lo menos una evaluación mensual.

Las calificaciones de las evaluaciones cualitativas continuas y cuantitativas periódicas serán acumulativas; la sumatoria de las mismas determinará la calificación final obtenida en la práctica.

Artículo 36. Parámetros para la evaluación del Interno Rotativo.- La evaluación del Interno Rotativo estará basada en los siguientes parámetros:

a) Competencia Académica:

  • Habilidades y destrezas exhibidas en el desempeño de sus obligaciones;
  • Capacidad para proporcionar cuidado directo el paciente;
  • Habilidad para proporcionar educación al paciente y sus familiares;
  • Capacidad, profundidad y coherencia en la exposición de trabajos y revisiones bibliográficas asignados;
  • Disponibilidad y capacidad de trabajo en equipo;
  • Desempeño e iniciativa en el trabajo individual; y,
  • Desempeño efectivo en la práctica.

b) Sobre el Rendimiento Académico y Científico:

  • Nivel de conocimiento teórico y práctico;
  • Capacidad de razonamiento lógico;