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Derechos Humanos: Un Análisis de los Aspectos Generales y su Implementación, Apuntes de Derechos Humanos

Resumen de la asignatura de primero de educación social

Tipo: Apuntes

2018/2019

Subido el 13/03/2019

ker1874
ker1874 🇪🇸

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Resumen Derechos Humanos, Nora Tudela, curso 2017-2018 Página 1
1.0 INTRODUCCIÓN
Uno de los problemas que se nos presenta a la hora de estudiar los ddhh es su carácter
pluridimensional y su fundamentación.
1.1 EL ESTUDIO DE LOS DDHH DESDE DIFERENTES PERSPECTIVAS
La Fundamentación de los DDHH nos lleva al principio de la dignidad humana.
El proceso de reconocimiento consta de dos fases según De Castro:
Primera fase: Reconocimiento Estatal. Los derechos se entendían como derechos del ciudadano
que el estado reconocía concedía, y garantizaba. Se integran dichos derechos en los textos
constitucionales.
Segunda Fase: Reconocimiento Supraestatal (Sociedad de las Naciones y ONU crean órganos de control)
El paso de la primera etapa a la segunda es un gran avance en el desarrollo de los DDHH.
Las declaraciones de ámbito nacional han de sintonizar con las exigencias políticas del contexto
internacional.
Los ddhh tienen un carácter pluridimensional, por lo que se les hace frente desde un carácter
multidisciplinar.
Perspectivas:
Perspectiva Histórica: Muestran el carácter dinámico, evolutivo e inacabado de los DDHH. (Son un
referente axiológico).
A finales del siglo XVIII se reconocía la libertad política, pero sólo la ejercían los privilegiados.
Perspectiva Política: Se constituye como un conjunto de principios o resortes de un modelo o prototipo
de ordenación política y tiene un doble sentido:
- Lo concerniente a su origen y contenido: Como respuesta a un grupo social que reivindica. No
siempre es unánime ni uniforme por lo que precisa de un consenso social. Con referencia al
consenso democrático, este debe ser libre, no provocado, expreso y no tácito.
- Considera a los DDHH como criterio de legitimación de los órdenes públicos: Sea cual sea el origen
del gobierno, los ddhh es una exigencia inexcusable.
Perspectiva Jurídica: Dota a los ddhh de garantía frente al poder político o particulares. Con esta
perspectiva alcanzan la plenitud de su sentido, debido a la politización de los mismos (derecho positivo).
Nos muestra el carácter pluridimensional y le confiere el multidisciplinar.
Perspectiva Socio-Cultural: Hace que los ddhh formen parte de las preocupaciones y del sistema de
valores. (Declaración de los DDHH 10 de diciembre de 1948)
Perspectiva Ético-Moral: Principios estrictamente éticos, como la dignidad, la libertad o la igualdad.
Están sustentados por la norma moral. Los principios morales que reconocen los ddhh son de dos tipos:
- Según la Moral Individual: El individuó decide las obligaciones que le incumben.
- Según la Moral Social: Conjunto de convicciones con aceptación generalizada en una comunidad.
La Moral Mínima es lo básico a nivel individual y social a nivel individual y social, común a todos los
seres humanos en relación con las obligaciones del individuo relacionado con la dignidad.
Perspectiva Educativa: Toma la educación como el medio idónea para transmitir y promover los ddhh.
A modo de conclusión decimos que la necesidad holística de los DDHH demanda un carácter
multidisciplinar para su estudio, dando apertura a diferentes perspectivas de análisis, pero a su vez deben
ser estudiados de forma unitaria pero dentro de una visión que auné todas las perspectivas.
1.2 POSTURAS FUNDAMENTALISTAS DE LOS DDHH
Los DDHH se pueden fundamentar desde un plano teórico, axiológico y filosófico.
La Fundamentación Teórica debe intentar lograr el mayor consenso posible. Algunas de las
tipologías de fundamentación que se han dado son:
Postura Humanista: Pone la dignidad como punto de anclaje y referencia última de los DDHH. La
Dignidad tiene que tener un valor Intrínseco.
Postura Racional: Es la más compleja y polémica al buscar raíces filosóficas y espirituales. Tiene una
validez absoluta, indiscutible y consistente, al depender sólo de la racionalidad (“es de Sentido común).
Pero puede no ser reconocida por la racionalidad de otros (“Pero el Sentido común de quién?”). (La raíz
explicativa y justificadora de la existencia y reconocimiento de ddhh sería la propia naturaleza del hombre)
Tema 1 ASPECTOS GENERALES SOBRE DERECHOS HUMANOS
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1.0 INTRODUCCIÓN

Uno de los problemas que se nos presenta a la hora de estudiar los ddhh es su carácter pluridimensional y su fundamentación.

1.1 EL ESTUDIO DE LOS DDHH DESDE DIFERENTES PERSPECTIVAS

La Fundamentación de los DDHH nos lleva al principio de la dignidad humana. El proceso de reconocimiento consta de dos fases según De Castro :  Primera fase : Reconocimiento Estatal. Los derechos se entendían como derechos del ciudadano que el estado reconocía concedía, y garantizaba. Se integran dichos derechos en los textos constitucionales.  Segunda Fase : Reconocimiento Supraestatal (Sociedad de las Naciones y ONU crean órganos de control) El paso de la primera etapa a la segunda es un gran avance en el desarrollo de los DDHH. Las declaraciones de ámbito nacional han de sintonizar con las exigencias políticas del contexto internacional.

Los ddhh tienen un carácter pluridimensional, por lo que se les hace frente desde un carácter multidisciplinar.

Perspectivas:

Perspectiva Histórica: Muestran el carácter dinámico, evolutivo e inacabado de los DDHH. (Son un referente axiológico). A finales del siglo XVIII se reconocía la libertad política, pero sólo la ejercían los privilegiados.

Perspectiva Política: Se constituye como un conjunto de principios o resortes de un modelo o prototipo de ordenación política y tiene un doble sentido:

  • Lo concerniente a su origen y contenido : Como respuesta a un grupo social que reivindica. No siempre es unánime ni uniforme por lo que precisa de un consenso social. Con referencia al consenso democrático, este debe ser libre, no provocado, expreso y no tácito.
  • Considera a los DDHH como criterio de legitimación de los órdenes públicos: Sea cual sea el origen del gobierno, los ddhh es una exigencia inexcusable.

Perspectiva Jurídica: Dota a los ddhh de garantía frente al poder político o particulares. Con esta perspectiva alcanzan la plenitud de su sentido, debido a la politización de los mismos (derecho positivo). Nos muestra el carácter pluridimensional y le confiere el multidisciplinar.

Perspectiva Socio-Cultural: Hace que los ddhh formen parte de las preocupaciones y del sistema de valores. (Declaración de los DDHH 10 de diciembre de 1948)

Perspectiva Ético-Moral: Principios estrictamente éticos, como la dignidad, la libertad o la igualdad. Están sustentados por la norma moral. Los principios morales que reconocen los ddhh son de dos tipos:

  • Según la Moral Individual: El individuó decide las obligaciones que le incumben.
  • Según la Moral Social: Conjunto de convicciones con aceptación generalizada en una comunidad. La Moral Mínima es lo básico a nivel individual y social a nivel individual y social, común a todos los seres humanos en relación con las obligaciones del individuo relacionado con la dignidad.

Perspectiva Educativa: Toma la educación como el medio idónea para transmitir y promover los ddhh.

A modo de conclusión decimos que la necesidad holística de los DDHH demanda un carácter multidisciplinar para su estudio, dando apertura a diferentes perspectivas de análisis, pero a su vez deben ser estudiados de forma unitaria pero dentro de una visión que auné todas las perspectivas.

1.2 POSTURAS FUNDAMENTALISTAS DE LOS DDHH

Los DDHH se pueden fundamentar desde un plano teórico, axiológico y filosófico. La Fundamentación Teórica debe intentar lograr el mayor consenso posible. Algunas de las tipologías de fundamentación que se han dado son:

Postura Humanista: Pone la dignidad como punto de anclaje y referencia última de los DDHH. La Dignidad tiene que tener un valor Intrínseco.

Postura Racional: Es la más compleja y polémica al buscar raíces filosóficas y espirituales. Tiene una validez absoluta, indiscutible y consistente, al depender sólo de la racionalidad (“es de Sentido común”). Pero puede no ser reconocida por la racionalidad de otros (“Pero el Sentido común de quién?”). (La raíz explicativa y justificadora de la existencia y reconocimiento de ddhh sería la propia naturaleza del hombre)

Tema 1 – ASPECTOS GENERALES SOBRE DERECHOS HUMANOS

Postura Iusnaturalista: desde el siglo XVII defiende una naturaleza común de todos los seres humanos, de donde proviene el derecho natural. El mayor problema es delimitar que derechos son.  Postura Positivista: Expresa una buena voluntad, pero no lo considera derechos hasta que no están plasmados (positivizados) en un sistema jurídico. (La raíz y fundamento de derecho se encuentra en los propios factores empíricos de la organización social)Postura Pactista: Trata de armonizar los desacuerdos entre las posturas Iusnaturalista y Positivista. Acepta la universalidad de los ddhh como producto histórico, no como ley natural y reclama su positivación. Para esta postura los derechos tienen carácter pre-social.

1.3 MOVIMIENTOS, MOMENTOS, PENSAMIENTOS Y ETAPAS QUE INCIDEN EN LA CONSOLIDACIÓN DE LOS DDHH La expresión “Derechos Humanos” es de origen reciente, pero se inspira en la declaración francesa de finales del S XVIII. El Pensamiento Greco-Romano (anterior al estoicismo): No existe la idea de dignidad ni de igualdad entre los seres humanos, ni la noción de derechos individuales, sino que primaba el bien común. El patrimonio dependía del grupo social al que se pertenecía. Se refleja en las doctrinas de Platón (Todos los hombres no son iguales, sino que dependía de su función en la Polis), y Aristóteles (el hombre es un ser social por naturaleza). En roma solo se reconocían los derechos del ciudadano romano, aunque logro una definición práctica de los derechos del hombre. Los primeros en hablar de la igualdad entre los seres humanos fueron los Sofistas. (Corriente griega, seguidores de Sócrates, que viajaban y conocían otras culturas, por lo que se cuestionaron sobre leyes y costumbres del hombre en general. Consideraban ilícita la esclavitud). El Pensamiento Cristiano: afirma la igualdad partiendo de que somos hijos de un mismo Dios. Para algunos la noción de ddhh comienza con la moral cristiana. El Iusnaturalismo: Movimiento fundamental históricamente por poner límites al estado. Dos de los efectos de sus teorías son:

  • Fundamenta que los ddhh son subjetivos, innatos e imprescriptibles.
  • Convertir los derechos naturales en derechos del ciudadano. En la Edad Media los monarcas, a pesar del absolutismo, manifestaban prerrogativas a través de cartas como la Carta Magna de 1215 o la carta de libertades de Enrique I. En la Edad Moderna se producen varios acontecimientos que promulgan documentos para proteger la dignidad de todo ser humano:
  • Las Leyes de Indias: con la conquista de América intentado proteger a los indígenas.
  • Edicto de Nantes (1598) que concedía tolerancia religiosa a los súbditos. En el S. XVII en Inglaterra se intentó limitar el poder del rey con tres documentos:
  • El Petitios Of Right (1628), los tributos tenían que ser aprobados en el parlamento.
  • El Acta de Habeas Corpus (1679) sobre libertad personal y garantías del detenido.
  • El Hills Os Rights (1689) que limitaba el poder del rey. Las ideas de estos documentos serán reflejadas en las revoluciones norteamericanas y francesa.

1.4 LA POSTIVACIÓN DE LOS DDHH: Las Primeras Declaraciones de DDHH El proceso de positivación comienza con las teorías iusnaturalistas racionalistas y culminan en el S. XVIII con dos declaraciones:

 La Declaración de Independencia Norteamericana (1776) Elaborada por Tomas Jefferson, con el acuerdo de 13 colonias (esta idea del contrato o pacto social es muy importante) , que logra el autogobierno al separarse de Gran Bretaña apela a los derechos naturales como igualdad política, etc., pero no existía igualdad de razas (en algunos estados seguía existiendo esclavitud) Con ella nacen los EEUU. Consta de Cinco Partes:

  • Introducción: Independencia Política
  • Preámbulo: Se reconoce por primera vez el derecho a la vida, la libertad y la felicidad.
  • Acusación: Razonamientos sobre la tiranía de GB.
  • Denuncia: Se apela a la necesidad de la Independencia.
  • Conclusión: Los signatarios afirman que el pueblo debe cambiar su gobierno.  La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (Francesa de 1789). Inspirada en la americana y fundamental en la revolución francesa y base para la constitución francesa de 1791. Definía los derechos como universales, excluyendo a las mujeres, campesinos y esclavos. Tiene dos aspectos importantes referentes en Europa: Su gran interés por los derechos sociales y la separación de poderes.

 Todas las sociedades, actualmente, reconocen el derecho a una vida digna.

 Constituyen el fundamento de la sociedad misma, por eso precisan de una dotación jurídica básica idéntica para todos, que garantice su respeto.

 Estos derechos generan a su vez deberes y obligaciones.

2.0 INTRODUCCIÓN

A partir de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH), los países de todo el mundo disponen de un código mundial ético-político capaces de juzgar los comportamientos humanos a nivel universal.

La DUDH representa el primero y el último intento por introducir una normativa racional y consensuada, en materia de ddhh, en la vida social y política de los estados y ciudadanos de todo el mundo.

2.1 PRINCIPIOS UNIVERSALES QUE SUSTENTAN LOS DDHH

El proceso de internacionalización de los derechos descansa en la necesidad de implantar estructuras supraestatales de reconocimiento, vigilancia y garantía de los derechos.

La universalidad de los derechos es una afirmación indiscutida y no problemática, lo que resulta problemático es la aceptación de las exigencias y las implicaciones que supone.

2.1.2 Principios para una Vida Digna

La Dignidad Humana : Es el fundamento más indispensable de toda construcción política o moral. Es un principio Axiomático y remite a la idea de superioridad ontológica (superioridad respecto a otros seres e igualdad entre nosotros)Respeto a la vida y a la integridad física y psíquica: No sólo es un derecho a la vida, sino a conservarla y mantenerla.  La Libertad: Derivado del derecho a la vida y vinculado a la dignidad. (Libertad interior y libertad exterior)  Autonomía y Responsabilidad Personal: Autonomía es independencia para pensar, decidir y actuar. Responsabilidad es capacidad de sentirse obligado a dar una respuesta o cumplir un trabajo sin presión externa, tiene dos vertientes: o La individual: Capacidad personal de conocer y aceptar las consecuencias de sus actos. o La colectiva: Capacidad de influir en las decisiones de un colectivo y responder a las decisiones que se toman como grupo social.  Igualdad y Diferencia Personal : La igualdad proporciona, asegura y garantiza la igualdad de condiciones al disfrute de oportunidades vitales. Hay dos tipos de Igualdad: o La Igualdad Social : Todos deben tener las mismas oportunidades en la vida. o La Igualdad Política: Se refiere a las normas de distribución de valores sociales. Especialmente la igualdad ante la ley y la igualdad de oportunidades.  La Autoestima : La concepción que tenemos de nosotros mismos. Implica respetarse a sí mismo y enseñar a otros a hacerlo.

La Integridad : Tanto físico, mental y moral. Se refiere a la total o amplia gama de actitudes poseídas. También es la manera de manejarse coherentemente con los valores personales y compartidos de la comunidad. Tiene un punto de vista jurídico y otro ético.

2.1.2 Principios para el Ámbito Social (Ethos democrático)Respeto y Tolerancia : Es la consideración, atención o deferencia que se da a otra persona Tiene 3 dimensiones: o La individual o respeto a uno mismo. o El respeto a los demás. o El respeto a lo que nos rodea. Tolerancia : Es el respeto a las opiniones y prácticas de los demás. Los límites están en los valores universales y los DDHH. En un continuo bipolar tiene dos límites: la intolerancia y la indiferencia. Aquí nos podemos encontrar con el relativismo o tolerancia negativa (Tolerancia Negativa es un término Acuñado por Mill. Ambas significan ausencia de ideas u opiniones por comodidad)Justicia : La voluntad de dar a cada uno lo suyo. Es necesaria para soportar el resto de valores. Sus tres principios básicos son: o Libertad Igual para todos.

Tema 2 – LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS (DUDH)

o Igualdad de oportunidades. o Reconocimiento del principio de identidad o de la diferencia personal para favorecer a quien lo necesita.  Solidaridad : Compensador de las insuficiencias de la justicia, hace a los individuos, ciudadanos. (compartir la corresponsabilidad). Durkheim señala dos tipos: o Solidaridad orgánica: Cada miembro posee una parte de los conocimientos y recursos, por lo que todos dependen de todos. (Sociedades Desarrolladas) o Solidaridad mecánica: Total competencia de cada individuo. La sociedad no está especializada. (Países no desarrollados)  La paz : Condicionante para el proceso de humanización. Distinguimos entre Paz Interna (la del sujeto), y Paz Externa (recae sobre un fenómeno cultural, jurídico, político o social).  Coraje cívico: tenacidad, fortaleza, fidelidad a las propias convicciones, necesaria para la coherencia entre lo que se piensa, se manifiesta y se hace.  Diálogo: El dialogo Social se utiliza en las relaciones horizontales entre el Estado y las organizaciones de la sociedad civil.  Sinceridad : Expresarse sin fingimiento, con sencillez y veracidad. Puede manifestarse en 3 ámbitos: o Hacia uno mismo. o Hacia los demás. o Hacia la sociedad en general.  Cooperación : Capacidad de trabajar en equipo por el bien común. Para que un acto sea cooperativo debe existir reciprocidad, sino será ayuda.  Participación : Se constituye como un principio. Estimula los procesos por lo que la persona se forma, afirman y evolucionan. Supone la ayuda e interesarse por los problemas y su solución.  Compartir : Rompe con el egoísmo de quien se cree autosuficiente y del que se subestima y cree no tener nada que ofrecer o nada que merecer.

2.2 LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DDHH

Reuniones, conferencias importantes, anteriores a la DUDH.  Conferencia Internacional de Dumbarton Oaks. 1944. Se preparó el proyecto de la Carta de Naciones Unidas.  Conferencia de Yalta. 1945, se acuerda la celebración de la C.I. en EEUU para establecer una Org. Inter. De Naciones Unidas. Se crearon: o La Carta de las Naciones Unidas (donde se recoge la promesa de redactar y promulgar una DUDH, empezando la Comisión de Derechos humanos de la ONU a trabajar en su elaboración 1946, y aprobándose en la Asamblea en 1948). o y el Estatuto del Tribunal Constitucional de justicia. La Asamblea General de las Naciones Unidas proclama la DUDH como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse.

2.2.1 Texto de la Declaración La DUDH se compone de un Preámbulo y 30 Artículos, que recogen derechos de carácter civil, político, social, económico y cultural:

 Art. 1 y 2, recogen principios básicos en los que se sustentan los ddhh: Libertad, igualdad, fraternidad y no discriminación.  Art. Del 3 al 21 recogen los derechos civiles y políticos.  Art. Del 22 al 28 recogen los derechos económicos, sociales y culturales.  Art 29 y 30 recogen las condiciones y límites con que estos derechos deben ejercerse.

2.2.2 El Alcance de la Declaración La declaración es el resultado del frágil equilibrio entre los Estados Occidentales y los Estados del Bloque Socialista.

Al principio solo tuvo valor declarativo, no jurídico. No era vinculante pero tuvo y tiene un gran valor moral.

Sirvió como base para las dos Convenciones Internacionales de la ONU: El Pacto Inter. De Derechos Civiles y Políticos (1966); y el Pacto Inter. De Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966), ambos adoptados por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolución de 1966.

2.3 LAS DISTINTAS GENERACIONES DE DDHH

La clasificación por generaciones permite el examen de su proceso evolutivo. El desarrollo de sus formulaciones dependerá del grupo social sometido a condicionamientos. (Debido a su contenido dinámico)

Desde un punto de vista laboral, difícilmente puede desarrollarse un trabajo eficiente sin una preparación profesional y educación suficiente.

La educación es la primera responsabilidad de los padres y de las sociedades. El derecho a la Cultura tiene 2 vertientes:  Derecho a la Cultura Propia: Preservar los elementos culturales de un pueblo o civilización.  Derecho al Conocimiento Cultural: Basado en el derecho de un hombre a conocer sus raíces, su cultura, etc.; y por otro lado el derecho a conocer las demás culturas.

3.2 CARACTERÍSTICAS Y OBJETIVOS DEL DERECHO A LA EDUCACIÓN Y A LA CULTURA

De todos los derechos sociales, la educación, es el que tiene un reconocimiento más universal. La Educación es el principal medio que permite salir de la pobreza y participar plenamente de las comunidades, es decisivo para la emancipación de la mujer, la protección infantil contra la explotación laboral, explotación sexual, la democracia, etc.

La DUDH reconoce a los padres como principales responsables en la educación de sus hijos y atribuye al Estado un papel subsidiario.

Características que tiene el Derecho a la Educación:  Es contenedor de otros derechos ya que posibilita la libertad, la paz, la justicia, etc.  A través de él se promueve el respeto al resto de derechos.  Es un ideal socio-moral sustantivo enraizado en la historia y en las aspiraciones del sujeto a mejorar sus condiciones de vida.  Es una realidad dinámica que se va adaptando, preservando lo común y lo básico.

Objetivos de la Educación:  Completar el desarrollo de la personalidad individual.  Fortalecer el respeto por los DDHH y las libertades fundamentales.  Preparar a las personas para participar en la sociedad.  Promover la comprensión, tolerancia y amistad entre naciones, grupos raciales, etnias, etc.  Transmitir la herencia cultural.  Desarrollar la conciencia socioidentitaria.  Contribuir al desarrollo económico y social.  Desarrollar un sentimiento de deber moral y de responsabilidad social.  Desarrollar la capacidad crítica y de juicio.  Desarrollar el respeto por el entorno natural.  Desarrollar el sentido de la dignidad humana.  Mejorar el nivel de vida de los educandos.  Desarrollar la habilidad para comunicarse con los demás.

3.3 EL INTECULTURALISMO Y LOS DDHH

El desarrollo de los ddhh es un elemento fundamental para el éxito de la integración en el mundo, para promover y proteger la identidad cultural.

En este mundo globalizado una de las características más importantes desde el punto de vista social son los movimientos migratorios de unos países a otros.

En el proceso de convivir con otras personas, han surgido distintos términos:  Multiculturalismo : Sociedad formada por culturas diversas. Lo entendemos como las distintas formas en que cada pueblo manifiesta sus costumbres, tradiciones o fundamentos. Considera la diferencia cultural como algo positivo para las sociedades y no como un problema a resolver. Tiende a proteger y defender las señas de identidad de cada una de las culturas, para evitar el dominio de la cultura mayoritaria. Se trata pues de la coexistencia de diferentes culturas en un mismo espacio, sin interacción entre ellas.  Interculturalismo : Se trata de una interacción entre culturas. Es una actitud de enriquecimiento social y cultural basada en el respeto y aprendizaje. Es la interconexión en un espacio geográfico/temporal determinado, de culturas diferentes en permanente dialogo y con una actitud aperturista y constructiva.  Diálogo Intercultural : Debe estar basado al menos en dos supuestos: Respetar las culturas porque los individuos se identifican y estiman desde ellas; y no renunciar a priori a la riqueza que una cultura puede aportar.

3.4 LOS DDHH EN UN CONTECTO INTERCULTURAL

Uno de los objetivos para el futuro, sería aprender a convivir compartiendo proyectos comunes con otras personas en un mundo diverso y plural.

En el contexto intercultural se producen crisis de pertenencia, ya que el individuo tiene multitud de pertenencias y se puede sentir dividido entre su comunidad local, estatal, supraestatal, con las diferentes lenguas, etc. Esto puede producir situaciones de intolerancia, exclusión social o marginalidad.

Es necesario el diálogo intercultural para aprender a ser persona, vivir y convivir en un mundo global. Considerar el interculturalismo como estrategia para educar en derechos humanos supone:  Recoger el interés por la minoría y el respeto por la diferencia.  Promover el conocimiento de las culturas.  Enseñar a afrontar conflictos de forma positiva  Favorecer la integración del individuo de otra cultura sin eliminar la cultura de origen.  Manifestar una tolerancia activa.

3.5 GLOBALIZACIÓN, INTERCULTURALIDMO Y DDHH

La Globalización es un proceso (transformador) económico, tecnológico, social, político y cultural a gran escala, que consiste en la creciente comunicación e interdependencia entre los distintos países del mundo, unificando sus mercados, sociedades y culturas, a través de una serie de transformaciones sociales, económicas y políticas que les dan un carácter global. (es un término polisémico y pluridimensional)

Razonamientos sobre si la Globalización ha supuesto un avance o un retroceso para los DDHH:

 En el Plano Político : Los gobiernos irán perdiendo atribuciones ante la sociedad red. La globalización viene marcada por el liberalismo de corte democrático que gobierna la mayoría de países occidentales, lo que no ha supuesto que la democracia se expandiera. La democracia no es garantía de respeto de los ddhh, para ellos es necesario una democracia participativa que defienda derechos sociales, económicos, culturales, etc.  Desde el punto de vista de la cultura : Señalamos dos aspectos:

1. La “Aldea Global” o cultura global. Para los defensores sería una fusión multicultural y para los detractores dominio de una cultura dominante. 2. A través de la globalización el acceso a la cultura con internet debería haber sido fácil, pero los antiglobalización apuntan que no es suficiente debido a la brecha digital. La globalización que vivimos actualmente es un modelo de dominación que abraza la ideología neoliberal capitalista, que presupone un modelo de democracia y Estado de Derecho que van de la mano de economías liberales, que presentan discursos en defensa de los DDHH pero que producen violaciones de los mismos.

3.6 DOCUMENTOS NACIONALES E INTERNACIONALES SOBRE EL DERECHO A LA EDUCACIÓN

DUDH: Art. 26: Derecho a la educación, gratuita y obligatoria. Su objeto es el pleno desarrollo de la personalidad. Los padres tendrán derecho preferente a escoger la educación de sus hijos. Art. 27: Derecho a tomar parte libremente en la vida cultural. Derecho a la protección de los intereses morales y materiales.  Constitución Española : Aborda el derecho a la educación en su Art. 27.  Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales : Art. 13 y 14: Considera la educación (en todos los niveles) como un factor importante para el desarrollo de la personalidad humana y para su participación en una vida social plena. Destaca también el derecho a los padres a elegir el tipo educación y la gratuidad de la misma.

La ciudadanía es el conjunto de prácticas que definen a una persona como miembro de pleno derecho dentro de una sociedad (con derechos y obligaciones).

El concepto de ciudadanía lleva implícito la competencia cívica , entendida como la competencia del hombre, en su papel de agente cívico. Exige la formación de determinadas disposiciones y compromisos cívicos, habilidades para la participación social, la adquisición y ejercicio de conocimientos, y destrezas intelectuales de carácter cívico.

Existen dos dimensiones de la competencia cívica: la moral y la cognitiva.  Dimensión Moral : Conjunto de capacidades y disposiciones cívicas, también llamado “virtudes públicas”. Un ciudadano moralmente educado en el ejercicio de sus virtudes cívicas es un actor pero también un espectador y en su actuación expresa algunos juicios y los comunica.  Dimensión Cognitiva : Reúne un conjunto variado de conocimientos, habilidades y destrezas cívicas, las cuales proporcionan información adecuada para el ejercicio de un elemento esencial importante: el juicio político. Este juicio político implica formarse en lo que llamamos inteligencia representativa. En este tipo de inteligencia el componente representativo supone el proceso de reflexión o deliberación más allá de la posición que uno ocupa cuando reflexiona sobre un asunto público dado (ponerse en la posición del otro). Las nociones de ddhh y ciudadanía son construcciones históricas que adquieren una sentido en cada contexto histórico

La educación para la ciudadanía y ddhh ha de estar ligado al proceso de socialización que abarca toda la vida del hombre, para lo que debe procurar la vinculación entre el espacio escolar formal y otros espacios no formales y sociales de la población (intervienen todos los agentes sociales: familia, escuela, medios de comunicación / se basa en una pedagogía de la responsabilidad y la participación: Remitirse a la definición de Socialización).

Las Metodologías empleadas para la educación en DDHH deben:  Estimular la participación pues se trata de una educación fundamentalmente participativa.  Permitir la disensión con aquellas decisiones que se consideren injustas.  Conectar interdisciplinarmente con aquellos contenidos que constituyen lo que llamamos "la problemática mundial".  Adaptar los enfoques de manera integral.  Desarrollar la razón para comprender las realidades, y analizar las causas y consecuencias de su conclusión comprometiéndose en su defensa

Objetivos de una educación para la ciudadanía basada en ddhh:  Comprender los ddhh y ciudadanía como construcciones sociales producto de luchas históricas.  Conocer principios, conceptos, normas que confluyen en la ciudadanía.  Reconocerse y reconocer a los demás como titulares de derechos.  Reflexionar sobre problemas actuales utilizando recursos válidos.  Desarrollar una conducta activa de defensa de los ddhh.  Orientar al alumno para que descubra, investigue y conozca iniciativas de respuesta positiva a los problemas mundiales. La Formación del buen ciudadano implica desarrollar el sentido cívico y comportarse como crítico con lo que no considere justo.

Otro aspecto importante para los ddhh es el de sociedad civil. La sociedad civil , como concepto de ciencia política, designa la diversidad de personas con categoría de ciudadanos, que actúan generalmente de manera colectiva, para tomar decisiones en el ámbito público de su sociedad fuera de las estructuras gubernamentales. (Según Tocqueville median entre los individuos y el Estado)

Las instituciones de sociedad civil son creación de la ciudadanía activa: ONGs, comunidades religiosas, organizaciones no gubernamentales, colegios profesionales, universidades…

4.4 LA DEMOCRACIA COMO IMPULSORA DE LOS DDHH

La existencia de una sociedad civil diferenciada de la sociedad pública es un prerrequisito para la democracia (Su ausencia promueve gobernantes autoritarios)

La democracia es una conquista siempre inacabada. No es sólo un sistema político, sino la expresión de una política de los valores de autorrealización, autodeterminación e igualdad, valores que fundamentan los ddhh.

La educación democrática reconoce la diversidad y el respeto a las diferencias, debe apoyar tanto el patriotismo como el cosmopolitismo.

4.5 ASPECTOS GENERALES, MARCO CONCEPTUAL Y TIPOS DE

La paz es una síntesis polisémica. Es polivalente (Puede ser usada en distintos ámbitos) y tiene cierta plasticidad (Se adapta a cada uno de esos ámbitos).

Podemos destacar dos aspectos:  La Paz Negativa: ausencia de guerra (Paz romana o Paz Griega “Eirene”, armonía personal, lugar idílico ). Conduce a posturas conformistas y sumisas.  La Paz Positiva: Tiene valor por ella misma (Paz Judía, Shalom o Shanti ). Se define como presencia de justicia. Tiene una dimensión global (multidimensional) y dinámica. Respecto a los tipos de paz, hay dos grandes líneas:  La Paz Individual: aspectos interiores del ser.  La Paz Social: Abarca a las personas como agentes sociales de la sociedad en la que viven. Para la paz social en un país hay que luchar contra los conflictos de forma pacífica, contra la violencia, delincuencia y con respeto a los ddhh. Supone entendimiento, armonía y buenas relaciones entre grupos, condición para traer una paz duradera entre los pueblos.

4.6 EL CONFLICTO Y LA VIOLENCIA

Conflicto designa una situación compleja que puede enfrentar tanto a individuos, a grupos, a organizaciones o a naciones, por perseguir metas diferentes o competitivamente la misma, por defender valores contradictorios o tener intereses opuestos.

Hay dos perspectivas:  Perspectiva Optimista : permiten la capacidad adaptativa a situaciones variables.  Perspectiva Negativa: Se entiende como confrontación, intentado neutralizar al otro, con el fin de dañar o lograr unos objetivos que motivaron la confrontación. El conflicto puede ser destructivo si no es resuelto. Los conflictos varían en función de distintos criterios (Según Kriesberg), basándonos en el adversario:  Conflicto Intrapersonal : Se produce en el interior de las personas.  Conflicto interpersonal : Se produce entre personas.  Conflicto intragrupales : se dan en el interior de los grupos (por ejemplo por liderazgo)  Conflictos intergrupales : conflictos entre grupos que conforman una sociedad.  Conflictos nacionales : Se producen dentro de un país. Pueden abarcar a los anteriores.  Conflictos internacionales : Se producen entre distintos estados.

Perspectivas teóricas desde las que abordar el estudio del conflicto (explican las características del conflicto) :

La individual : Se centran en los factores de la conducta individual  La social estructural: Percibe al conflicto como resultado del modo en que la sociedad se haya organizada. El distinto acceso a los recursos económicos, políticos y sociales desencadena la conducta conflictiva en aquellos grupos que se sienten agraviados.  El proceso social: Es la interacción de individuos y grupos en donde el conflicto se manifiesta. Aunque las semillas para las disputas se deban a factores individuales, el desarrollo del conflicto descansa en la interacción de los individuos.  Las teorías formales : Caracteriza el desarrollo del conflicto en términos lógicos, concibiendo a los participantes como individuos súper-racionales que en todo momento calculan los costes y beneficios de sus acciones, inclinándose por aquellas acciones que les reportan mayores recompensas y beneficios. (Potencias mundiales, grandes empresas, etc.)

Brunk distingue tres enfoques en cuanto a estrategias de resolución de conflictos:  Resolución del conflicto. El objetivo es la finalización del conflicto entre las partes de forma conjunta. Entre las técnicas más empleadas está la negociación , en la que se puede dar:

  • la mediación (interviene una tercera parte neutral para facilitar el acuerdo)
  • el arbitraje (interviene una tercera parte neutral como árbitro o juez).  La gestión del conflicto. El objetivo es conseguir que las partes convivan con la relación conflictiva.  La transformación del conflicto. Persigue la finalización del conflicto con la consecución de una paz justa, esto es, que elimine tanto el conflicto como las causas que lo provocaron. La violencia es la causa de la no realización humana provocada por acciones abiertas y agresivas que atenta contra los ddhh e impide la satisfacción de las necesidades básicas.

Definimos la educación para una cultura de paz como “El proceso global de la sociedad, a través del cual las personas y grupos sociales aprenden a desarrollar conscientemente en el interior de la comunidad nacional e internacional y en beneficio de ellas, la totalidad de sus capacidades, actitudes, aptitudes y conocimientos para conseguir cada una de las metas que conforman la cultura de paz”.

Es importante diferenciar entre violencia y agresividad. La agresividad es algo innato mientras que la violencia es aprendida.

La cultura de paz plantea la educación como una herramienta transformadora, que ayudar a analizar que vivimos en un mundo injusto, desigual y diverso, dando herramientas para analizarlo y transformarlo.

Los ciudadanos de una sociedad pluralista y de un mundo multicultural, deben ser capaces de admitir que su interpretación de las situaciones y de los problemas se desprende de su propia vida, de la historia de su sociedad, por consiguiente, no hay un solo grupo que tenga la única respuesta a los problemas pudiendo haber más de una solución para la paz.

El interés fundamental de las Naciones Unidas consiste en construir una cultura de la paz que modifique mentalidades y actitudes, orientada explícitamente a promover la paz.

La Declaración en su artículo 4 destaca la importancia de la educación como uno de los medios fundamentales para edificar la cultura de paz. Algunas de las medidas enunciadas son:

  • Revitalizar la cooperación internacional a promover la educación para todos.
  • Velar porque los niños desde la primera infancia reciban instrucción sobre valores, actitudes, comportamientos y estilos de vida para la resolución pacífica de conflictos.
  • Igualdad de acceso de las mujeres a la educación.
  • Promover la revisión de los planes de estudio.
  • Promover y reforzar las actividades de los agentes que se indican en la Declaración, en particular la UNESCO, destinadas a desarrollar valores y aptitudes.

EL PAPEL DE LA UNESCO EN EL DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PARA LA PAZ La labor fundamental de la UNESCO radica en la difusión de la cultura y de la educación de la humanidad para la justicia, la libertad y la paz indispensable a la dignidad del hombre.

Una de las iniciativas más relevantes desarrollada por la UNESCO fue la Recomendación sobre la educación para la comprensión, la cooperación y la paz internacionales y la educación relativa a los ddhh y las libertades fundamentales.

En esta Recomendación se establecen como principios rectores de la política educativa:

- Una dimensión internacional y una perspectiva global de la educación. - La comprensión y el respeto de todos los pueblos, su cultura, civilizaciones, valores y modos de vida, incluidas las culturas étnicas tanto nacionales como de otras naciones. - El reconocimiento de la creciente interdependencia mundial de los pueblos y naciones. - La capacidad de comunicarse con los demás. - La comprensión de la necesidad de la solidaridad y la cooperación internacionales. - La disposición por parte de cada uno, de participar en la solución de los problemas de su comunidad, de su país y del mundo entero.

5.0 INTRODUCCIÓN

En el principio de igualdad lo que interesa es entender esta igualdad como un ideal a alcanzar y considerarle como uno de los principios que sirven para justificar o criticar una sociedad determinada.

La educación va compartiendo terreno con la formación. La formación no ha de estar basada y encaminada solo a la formación de buenos profesionales y en el desarrollo económico, sino también en el desarrollo humano y social, e inspirada en el respeto de los valores y ddhh.

5.1 LA FORMACIÓN COMO PILAR PARA LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

El concepto de formación se puede tomar desde dos sentidos:

  • uno activo (como un proceso de formación)
  • y otro pasivo (como el resultado del mismo). Honore la define como: “la capacidad de transformar en experiencia significativa los acontecimientos cotidianos generalmente sufridos, en el horizonte de un proyecto personal y colectivo”.

Desde un punto de vista de los ddhh se aborda la formación desde dos enfoques :

Tema 5 - EL DERECHO A LA FORMACIÓN, AL TRABAJO Y ALDESARROLLO DE LOS PUEBLOS

 Desde el enfoque interior , la formación supone una función evolutiva. La interioridad de la formación ayuda al hombre a ser feliz, a encontrar su identidad.  El enfoque externo , está más enfocado al ambiente laboral y profesional. Desde esta dimensión la formación se definiría como: “una metodología sistemática y planificada, destinada a mejorar las competencias técnicas y profesionales de las personas, a enriquecer sus conocimientos, a desarrollar sus aptitudes y a mejorar sus capacidades, encaminado a conseguir un puesto de trabajo y mejorar el mismo”. La separación de estos dos enfoques no tiene sentido. El derecho a la formación tiene su base en el derecho a la educación. Es un derecho de 2ª generación, que se positiviza a mediados del s. XX.

La educación para toda la vida es una de las claves para el progreso del s. XXI. Esa educación precisa de profesionales cualificados y especializados. Así llegamos al derecho a la formación del hombre, basada, desde su enfoque interior, en la dignidad de la persona, como un derecho inalienable del hombre sin distinción, y desde el exterior como ese derecho para conseguir un puesto de trabajo que le permita desarrollar sus capacidades y llevar una vida digna.

La formación como derecho ha de permitir desarrollar el talento que cada persona lleva dentro y potenciar así la igualdad de oportunidades.

La igualdad de oportunidades está basada en el principio de igualdad. La Constitución de 1978 se refiere a la igualdad en tres diferentes sentidos pero relacionados entre sí:

 Art. 1.1: se refiere a la igualdad como valor superior del ordenamiento jurídico.  Art. 9.2. “Corresponde a poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad sean reales y afectivas”.  Art. 14: “los españoles son iguales ante la ley…” El principio de igualdad no es un principio descriptivo de la realidad social, sino una exigencia del pensamiento político contemporáneo.

El principio de igualdad no puede exigir la igualdad de todas las propiedades naturales ni en todas las posiciones fácticas en las que se encuentra el individuo, su eliminación tropieza con límites naturales. De lo que se trata es que todos los ciudadanos tengan las mismas oportunidades de salida.

Dada su complejidad el derecho a la igualdad de oportunidades, es uno de esos derechos que aun estando positivizado, su ejercicio deja mucho que desear. El carácter normativo del principio de igualdad sostiene que debemos evaluar a las personas como individuos.

La 4ª Conferencia Mundial sobre la mujer celebrada en Beijing en septiembre de 1995, señala las diferencias existentes entre el hombre y la mujer en materia de educación y de formación, considerando esta diferencia como un ataque contra los ddhh.

5.2 EL TRABAJO COMO DERECHO PARA EL DESARROLLO PERSONAL E INDIVIDUAL

El derecho al trabajo es, tanto desde un punto de vista individual como social, un derecho fundamental ya que el trabajo constitu ye la base del orden social y económico.

Concepto del trabajo : es de naturaleza compleja y multifacética. Según su naturaleza podemos estar haciendo referencia a los aspectos físico-ambientales del trabajo, y al trabajo como un fenómeno con significado personal y social.

La definición dependería de la disciplina desde la que se estudiase. Se tiende a identificar el trabajo con otros términos, como empleo, ocupación… Por último la perspectiva histórica. Referido a la división entre trabajo manual e intelectual. Aristóteles declaraba el trabajo manual como una actividad innoble (Platón decía que el operario era un ser deforme y para Aristoteles el trabajo manual era una actividad innoble). El cristianismo añade la creencia de que el trabajo es producto del pecado original. El cristianismo protestante de Lutero comienza a configurar una percepción y valoración positiva del trabajo.

En la Revolución Industrial el trabajo se convirtió en el medio dominante de adquisición de bienes y servicios. El destino del hombre se centra en contribuir al crecimiento del sistema económico, a la acumulación de capital.

Actualmente se tiende a considerar el trabajo como una actividad valorada intrínsecamente. Podemos definir el derecho al trabajo como una aspiración social e individual del trabajador, moramente válida, dinámica, por alcanzar un nivel de vida adecuado para él y para su familia, garantizada por el Estado. Tiene un carácter de necesidad, ya que es necesario para formar un mantener una familia.

A su vez el trabajo es un bien de todos, que debe estar disponible para todos aquellos capaces de él. La “plena ocupación” es, por tanto, un objetivo obligado para todo ordenamiento económico orientado a la justicia y al bien común.

  1. La visión internacionalista de los problemas.

5.5. EL DESARROLLO A UN MEDIO AMBIENTE SANO

Tras la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (Río de Janeiro,

  1. el derecho al desarrollo adquiere una nueva dimensión, la de sostenibilidad.

La ciencia y el poder de la técnica posibilitada por ella, está potenciando, los efectos más negativos, poniendo en peligro el futuro de la vida en la tierra.

Urge la creación de una mayor conciencia mundial. El derecho al medio ambiente sano responde a una doble exigencia, por un lado:  La satisfacción de las necesidades de las generaciones presentes y futuras y  La consecución de unos logros económicos que permitan a los seres humanos una existencia adecuada a su dignidad. Los intereses económicos de las grandes empresas de los países más ricos, las políticas insolidarias del primer mundo y la falta de transparencia parecen las causas más importantes.

Pueden darse distintas líneas de actuación desde un punto de vista educativo y social:  La dirigida a la sostenibilidad , entendiendo por desarrollo aquel que renuncia tanto a las aplicaciones científicas y tecnológicas incompatibles con el funcionamiento indefinido del sistema biosférico, como también el que renuncia al regreso encubierto a la falta de desarrollo.  La relacionada con la educación enfocada a conseguir un cambio de actitudes personales y la modificación de las escalas de valores para instaurar el nuevo orden sostenible.  La encaminada a una educación para el consumo responsable.

6.0 INTRODUCCIÓN

La educación en derechos humanos es algo complejo dado su carácter pluridimensional. La mejor garantía del respeto a los ddhh es la implantación de una cultura y educación en esos derechos. No se trata solamente de enseñar los derechos humanos sino educar en y desde ellos.

La educación es el derecho encargado de enseñar el resto de derechos y extender su conocimiento. La transversalidad de los derechos humanos supone estudiarlos desde cualquier área o etapa educativa que forme currículo escolar.

La Educación en ddhh supone una interiorización de los mismos, y ha de desarrollar la reflexión y la acción, respetando la libertad y la autonomía. Ha de formar a la persona de forma crítica. Las instituciones han de ofrecer una multivocidad y una pluralidad de opciones.

6.1 ¿QUÉ ES EDUCAR EN DERECHOS HUMANOS?

El concepto de educación en DH se define en diversos instrumentos internacionales:

  • Artículo 26. Declaración Universal de los Derechos Humanos
  • Artículo 13. Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
  • Artículo 28. La Convención sobre los Derechos del Niño

6.1.1. ¿Por qué educar en derechos humanos? Gil, Jover y Reyero , dicen textualmente: Porque a través de la educación en ddhh “Se podría lograr un mundo más humano si las nuevas generaciones asumieran que todas las personas estamos unidas en un proyecto común de humanización a través de los ddhh”.

“Concebimos la educación en ddhh como un proceso educativo continuo y permanente, asentado en el concepto amplio y procesual de ddhh, como tal ligado a desarrollo de la paz y de la democracia, y en la perspectiva positiva del conflicto, que pretende desarrollar la noción de cultura de los derechos que tiene como finalidad la defensa de la dignidad humana, de la libertad, la igualdad, la solidaridad, de la justicia, de la democracia y de la paz”.

6.1.2. La educación como base del respeto a los ddhh La Declaración de los ddhh en su preámbulo defiende que la promoción y el respeto de los derechos y libertades del hombre sólo se harán realidad mediante la enseñanza y la educación.

El hombre para realizarse necesita de una familia y de una educación adecuada que no se puede alcanzar sin el sistema educativo formal. (La relación del niño con los padres o con el maestro es asimétrica y ambas se dan en un ambiente de confianza)

El objetivo de la educación en ddhh, según García Moriyon, es dar poder a los estudiantes, esto es lo que necesitan para desarrollarse y crecer como sujetos activos.

Tema 6 – LOS DERECHOS HUMANOS EN LA PRÁCTICA EDUCATIVA: SU DIMENSIÓN ORGANIZATIVA Y METODOLÓGICA

La educación hace evolucionar y cambiar la sociedad (Impulsa sociedades más humanas) Pero esa educación en derechos humanos presenta distintos obstáculos:  por un lado precisa de una interiorización de los mismos.  su enseñanza choca con obstáculos como la indefinición curricular de los mismos, programas sobrecargados, temor a posiciones de contenidos ético y político, pensamiento en la teoría y en la práctica educativa desde perspectivas localistas, etc. ( Gil, Jover y Reyero , 2001).

6.2. ¿CÓMO EDUCAR EN DH?

La enseñanza en ddhh es algo que debe abarcar toda la vida del hombre y debe hacerse desde los distintos ámbitos de la educación ya sea formal, no formal e informal.

Las prácticas educativas deben potenciar entre los alumnos el uso del pensamiento crítico, la toma de decisiones, la discusión y la resolución de problemas; y ha de hacerse de modo cooperativo fomentando en el grupo la capacidad de diálogo, de escuchar, colaborar, etc.

6.2.1. Etapas en la educación en derechos humanos Para que la educación en los ddhh sea efectiva se debe tener en cuenta las siguientes etapas:  Cognitiva. En esta etapa se presenta al alumno la información detallada sobre los ddhh adaptados a su desarrollo, tanto moral como de aprendizaje.  Emocional. Hace referencia a la importancia de hacer sentir a los alumnos las emociones relacionadas con los derechos y violaciones. Es en esta etapa donde se produce esa interiorización de los mismos.  Activa. Hay que utilizar las etapas anteriores para canalizar los deseos de actuar de los alumnos.

6.2.2. Objetivos y contenidos en la educación en ddhh Principales objetivos generales de la enseñanza en:  Descubrir el valor de todos y cada uno de los seres humanos.  Adoptar un compromiso humanizador para extender los valores de los ddhh en nuestro entorno. (Objetivos para cada etapa en la educación remitirse pág. 213 y 214 para su lectura Yo no lo estudiaría) En 1969 la UNESCO presenta unos contenidos :  La historia de la lucha de los derechos y libertades.  El examen de las Declaraciones y Pactos aprobados por las Naciones Unidas y por los organismos especializados.  La práctica de los derechos en la vida de las escuelas a partir de la participación, la presentación de los servicios sociales y el interés en asuntos cívicos ( Ruiz Corbella, Barajas 2000 ).

6.2.3. La transversalidad de los ddhh Los defensores de la transversalidad afirman que la educación en ddhh no puede ser una asignatura más del currículo escolar, sino una dimensión transversal que impregne el currículo de cualquier materia, ya que cualquiera de ellas es capaz de suscitar cuestiones relacionadas con los valores necesarios.

Por otra parte están los defensores de que la educación en ddhh debe corresponder a una asignatura específica y determinada dentro del currículo escolar.

En cualquier caso una postura no significa la imposibilidad de la otra.

6.3. ORIENTACIONES METODOLÓGICAS

La Consideración metodológica basada en la interiorización para conseguir los objetivos propuestos ha de ir encaminada a elaborar un pensamiento ético, autónomo, racional, justo, solidario y tolerante para la convivencia, así como el compromiso a nivel individual y colectivo con los ddhh. Siguiendo lo anterior:

 la primera orientación está basada en el ámbito cognoscitivo, lo primero para asumir los ddhh y los valores en los que se sustentan es un conocimiento crítico y ajustado a la realidad.  El segundo componente hace relación a la estima, lo que permite la entrada al aspecto personal y afectivo.  El tercero es el componente expresivo o comunicativo que supone la afirmación del derecho en sí.  La cuarta vía hace referencia a la creatividad, al descubrimiento de nuevas formas de expresión y manifestación de los mismos, acorde con la realidad.  Y la quinta sería el componente personal y social. Medina Rubio dice que la interiorización de los ddhh no es tarea fácil, no se agota su ejercicio con la satisfacción momentánea de unos derechos o deberes.

6.3.1. Principios didácticos La metodología para la educación en derechos humanos, está basada en unos principios didácticos.

6.3.3.2. Modelo de responsabilidad Los participantes están asociados directa o indirectamente con los ddhh a través o mediante sus funciones profesionales. En este modelo los ddhh se vinculan por la responsabilidad profesional por lo que:

 Implica la vigilancia directamente de las violaciones de los ddhh.  Se defienden ante las autoridades correspondientes.  Se amparan y se protegen los derechos de los individuos por los que tienen cierta responsabilidad. (Ejemplos: capacitación de los activistas de ddhh; capacitación de abogados, fiscales, jueces…; capacitación de grupos profesionales tales como los trabajadores en el ramo de la salud y el servicio social, periodistas…)

6.3.3.3. Modelo de transformación Este modelo desarrolla una serie de destrezas y habilidades para el individuo como son: la capacidad de liderazgo y entrenamiento en la resolución de conflictos. Requiere de técnicas psicológicas para la introspección y apoyo del individuo dentro de la comunidad. Provoca que los estudiantes que hayan tenido experiencias personales de violación de los ddhh puedan analizarlas, reconocerlas y superarlas. (Ejemplos: programas educativos que se aplican en los campamentos de refugiados, en sociedades que acaban de pasar por conflictos, con víctimas de abusos en el hogar y con grupos que trabajan con los pobres.)

7.0 INTRODUCCIÓN

La idea de la educación en ddhh española se encuentra unida a todo el movimiento político, sindical y social que luchó contra la dictadura.

1. Fue incapaz durante mucho tiempo de librarse de los efectos del largo proceso de socialización que llevo a cabo el franquismo. 2. Estuvo sujeto a las peculiaridades del carácter pactado y pacífico de la transición política. Es necesario el diseño de políticas educativas nacionales orientadas a integrar los derechos humanos como áreas curriculares.

7.1 LA EDUCACIÓN EN DDHH EN ESPAÑA

Los antecedentes de la educación para la paz y los derechos humanos en España, están marcados por las aportaciones de la Escuela Nueva: Movimiento español de renovación Pedagógica y la corriente de la No violencia de principio de los ochenta.

Escuela Nueva: Surge en el siglo XIX, aunque sus antecedentes se remontan al siglo XVI. ( John Dewey, Adolphe Ferriére, María Montessori, Paulo Freire, Roger Cousinet, Célestin Freinet y Jean Piaget , etc.) La educación se entiende como un proceso para desarrollar cualidades creadoras en el alumno.

Movimiento Español de Renovación pedagógica: Freinet que decía que la finalidad de la educación es formar futuros ciudadanos y ponía énfasis en dos “invariantes pedagógicas”:

  • La Democracia de mañana se prepara con la democracia en la escuela.
  • Solamente puede educarse desde el respeto y la dignidad. La Corriente de la No Violencia:
  • Lanza del Vasto, quien influyo en el movimiento antimilitarista y de objeción de conciencia;
  • Gonzalo Arias , que aposto por la no violencia como mejor práctica contra la dictadura;
  • y Lorenzo Vida, impulsor del Día Escolar de la No Violencia y la Paz_._ La constitución española de 1978 reconoce legalmente los DDHH y permite su enseñanza. En la década de los ochenta se producen varios movimientos sociales como los pacifistas, ecologistas, feministas, etc. que provocan lentos cambios del profesorado, las administraciones, etc., en relación a una formación basada en los valores de la democracia, la paz, el desarrollo: se crea Amnistía Internacional, Asociación pro DDHH y Tuvilla Rayo contribuye en el perfeccionamiento y formación integral del alumno.

A mediados de los 80 sólo existían en España dos centros consolidados que se dedicaban a la triple tarea de la pace research (Documentación, Investigación e información) : El Centro de Estudios y Documentación Internacionales de Barcelona (CIDOB) y el Centro de Investigación para la Paz (CIP)

En 1992 El ministerio de Educación y Ciencia edito las llamadas “Cajas Rojas” que desarrollaba el curriculum y ofrecía propuestas para los temas transversales como la educación para la igualdad de oportunidades de ambos sexos, la educación moral y cívica y la educación para la paz.

En la actualidad, la situación para la paz y los derechos humanos tiene varios escenarios:

  • Creación de redes educativas a favor de la cultura y la paz y no violencia.
  • Fenómeno de la violencia escolar y la puesta en marcha de planes educativos.
  • Fomento de la cultura de paz a través de leyes específicas
  • La implementación de la asignatura de Educación para la ciudadanía y derechos humanos de la nueva Ley de Educación. 7. 2 LA EDUCACIÓN FORMAL Y LOS DDHH

Tema 7 – LA EDUCACIÓN EN DDHH EN EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL

El Estado debe proporcionar un cambio en los modelos educativos para dar respuesta a las necesidades sociales y construir sociedades transformadoras, críticas y conocedoras de sus derechos.

Los organismos internacionales han resaltado la importancia de la educación en el ámbito de los ddhh, creando documentos que sirven como guía a la actuación política nacional dentro del sistema educativo.

Naciones Unidas en 1997 define la educación en ddhh como el conjunto de actividades de captación, difusión e información orientados a crear una cultura universal en la esfera de los derechos humanos.

En todas la etapas de la vida encontraremos desarrollo cognitivo, emocional, afectivo, moral y social, cada uno adecuado a su momento.

Educación infantil : desde los 3 a los 5 años:

  • Cognitivo: Periodo marcado por la función simbólica (Piaget) , se manifiesta en el lenguaje, imitación diferida y juego simbólico. No puede pensar en ddhh, sino tener vivencias concretas que observar.
  • Emocional y Afectivo: Empieza a relacionar acontecimientos y emociones. Gracias a la empatía podemos hacer que entienda asuntos sobre ddhh.
  • Moral: Gracias a las normas de los adultos van desarrollando un pensamiento o criterio moral.
  • Social: La Familia como primer contexto de socialización. Comienzan las amistades. A través del juego aprenden valores como la solidaridad, igualdad, etc.

En educación primaria desde los 6 a los 11 años.

  • Cognitivo: Periodo de la lógica operacional, la llamada edad de la razón. Descubren la causalidad. Pensamiento sujeto al objetivo concreto, por lo que necesita ejemplos reales, no abstractos.
  • Emocional y Afectivo: Adquieren competencia emocional (la autoconciencia y la ajena) , mayor empatía, etc.
  • Moral: Empiezan a interiorizar reglas. Es el mejor momento para educar en valores porque pueden comprender las consecuencias de sus actos. Al final de esta etapa (10- 12 años) agudiza su capacidad de reflexión.
  • Social: El Grupo como instrumento imprescindible para el desarrollo y equilibrio personal.

En educación secundaria desde los 11/12 a los 15/16 años.

  • Cognitivo: Periodo de las operaciones formales. Utiliza el pensamiento abstracto, concibe alternativas y emplea el razonamiento hipotético-deductivo.
  • Emocional y Afectivo: El adolescente busca su propia identidad (Autoconcepto).
  • Moral: La moralidad tiene dos dimensiones: justicia en relación a los derechos del individuo y sentido de responsabilidad hacia sí mismo y hacia los demás.
  • Social: Estrecha lazos con los compañeros, primero con los del mismo sexo, luego con distinto sexo y finalmente llega la pareja.

Estudios universitarios desde los 18/20 en adelantes, llegando a la edad adulta, donde se consolidan las competencias adquiridas anteriormente. Debe proponer temas clásicos y paradigmáticos, así como la enseñanza del Derecho Internacional de los DDHH y del Derecho Internacional Humanitario. En el ámbito universitario la Educación en ddhh se ha relegado a los estudios políticos y jurídicos. (En la actualidad, también en lo educativo y social). Hay que destacar la importancia de su relación con los códigos deontológicos de cada profesión, que conjugan el desarrollo teórico y práctico de los DH.

Casos prácticos de la enseñanza de los derechos humanos.

  • Sobre igualdad: En infantil “que distintos que iguales”; en primaria el de “diferencias e injusticias”, en secundaria el de “hombre=mujer, mujer=hombre”.
  • Sobre dignidad , en infantil encontramos el ejemplo de “yo de mayor quiero ser…”, en primaria “ponte en su lugar” y en secundaria “una vida digna para todos”.

7.3 LA ENSEÑANZA DE LOS DDHH en la FORMACIÓN DE DOCENTES y EDUCACDORES SOCIALES

La Educación en ddhh en la formación inicial y continua de los docentes, debe ser una prioridad fundamental, por lo que los Estados deben generar espacios de intercambio entre docentes y organizaciones, con líneas de acción como:

  • Elaboración de instrumentos educativos que faciliten la educación en ddhh.
  • Incorporar la educación en ddhh el currículo de formación del docente.
  • Diseñar planes de formación continua.