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Asignatura: derecho del comercio internacional, Profesor: Rosa Lapiedra, Carrera: Dret, Universidad: UV
Tipo: Resúmenes
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Como realidad jurídica alternativa al Derecho estatal: la llamada Lex Mercatoria, realidad formada por los usos y prácticas comerciales de general aceptación en el comercio internacional. En el caso de España, se traducen en que nuestros órganos jurisdiccionales no aceptarán que la regulación de un cto se remita globalmente a la Lex Mercatoria, limitándose a atribuir a ese conjunto de usos y prácticas incorporados en las cláusulas del cto la condición de meras cláusulas contractuales. Por lo que los incoterms se presentan como parte del contenido de esta nueva ley.
Evitan problemas derivados de la utilización de determinados términos comerciales que siendo similares, aparecen dotados de un significado diverso en los distintos países. Son un conjunto de acrónimos que, de forma universal, concretan con claridad el significado de los ppales términos utilizados en los ctos de compraventa internacional de mercaderías. La naturaleza es facultativa , lo que implica que su aplicación dependa de la voluntad de las partes. La clasificación de los incoterms se realiza atendiendo a 2 grandes grupos : los de cualquier modo de transporte y los marítimos. Su objetivo es fijar algunas de las obligaciones del comprador y del vendedor en relación con el cto de compraventa internacional de mercaderías.
1)EXW En fábrica (incluya el lugar de entrega designado)
2)FCA Franco porteador (incluya el lugar de entrega designado)
Obligaciones del vendedor: -entregar la mercancía pactada al porteador u otra persona designada por el comprador , junto con la factura comercial. -mercancía debe estar debidamente verificada , embalada y marcada y ya
despachada para su exportación, siendo los gastos generados por estas operaciones a cargo del vendedor.
Obligaciones del comprador: -pagar el precio pactado y recibir la mercancía -contratar a sus propias expensas, el transporte de las mercancías desde el lugar de entrega designado. -conseguir a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de importación en el país de destino de las mercancías. -soporta cualquier riesgo ,ya sea pérdida , daños… una vez entregada la mercancía.
3)CPT Transporte pagado (incluya el lugar de destino designado). Obligaciones del vendedor: -entrega de la mercancía perfectamente embalada y facturada, habiendo obtenido los permisos y licencias para la exportación. -lleva a cabo la contratación del transporte ppal , y debe abonar el coste dhe dicho transporte. Aunque los riesgos del transporte lo soporta el comprador.
Obligaciones del comprador: -recibir la mercancía en el lugar pactado -obtener licencias de importación -comprador no tiene obligación del cto de transporte , ni abonar su coste, pero sí soporta los riesgos de pérdida o daño que puede sufrir la mercancía desde que se produce su entrega.
4)CIP Transporte y seguro pagados hasta(incluya el lugar de destino designado). Casi idénticas al anterior , con una obligación añadida al vendedor : Contratar en beneficio del comprador un seguro que cubra el riesgo de la mercancía durante el transporte de la misma, y que el seguro cumpla al menos con la cobertura mínima establecida por las cláusulas de Carga del Instituto.
5)DAT Entregada en terminal (incluya la terminal designada en el puerto o lugar de destino). Obligaciones del vendedor: -suministrar mercancía debidamente comprobada, embalada, y marcada , libre para exportación, además de la factura comercial y cualquier otra formalidad que
-obtener licencia de exportación *fca en lugar de fas si es terminal de carga y no al costado del buque Obligaciones del comprador : -pagar precio , recibir mercancía -obtener licencias para su importación -contratar a sus expensas el cto de transporte de la mercancía -pagar gastos de cualquier inspección previa al embarque
2)FOB Franco a bordo (incluya el puerto de embarque designado)
Obligaciones del vendedor: -suministrar mercancía pactada , embalada …….y lista para exportar -debe ser entregada a bordo del buque designado por el comprador en el plazo pactado -responsable de los riesgos hasta la entrega *fca en lugar de FOB si la mercancía se pone en poder del porteador antes de que esté a bordo del buque Obligaciones comprador: -pagar precio, recepción -corre con los riesgo desde el momento de la entrega -contrata el transporte de las mercancías desde el puerto de embarque designado -obtención de licencias de importación
3)CFR Coste y flete (incluya el puerto de destino designado)
Obligaciones de vendedor: -entrar mercancía poniéndola a bordo del buque en el placo pactado y en el puerto de embarque designado. -conseguir licencias de exportación -contratar el transporte de la mercancía, corre con los riesgos hasta la entrega.
Obligaciones del comprador: -pagar precio, recibir mercancía y doc del transporte. -obtener licencias de importación. 4)CIF Costo, seguro y flete (incluya el puerto de destino designado). Las mismas obligaciones que CFR , con el importante añadido para el vendedor , de la obligación de contratar el seguro de la carga , y que cumpla al menos con la cobertura mínima dispuesta por las cláusulas de Carga de Instituto.