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resumen tema 15, Resúmenes de Ciencia Política

Asignatura: Analisis Politico I, Profesor: , Carrera: Derecho + Ciencias Políticas, Universidad: UC3M

Tipo: Resúmenes

2013/2014

Subido el 19/04/2014

isabelalvarez
isabelalvarez 🇪🇸

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15.- LA DISTRIBUCION FUNCIONAL DEL PODER: (3)
TRIBUNALES Y JUECES
Tribunales y jueces: son instituciones a las que les corresponde un caso particular de regulación de
conflicto: el conflicto sobre la aplicación y la interpretación de las normas producidas por el propio
sistema político. Su función es la conservación del equilibrio mínimo necesario entre los miembros de la
comunidad.
Las discrepancias que los jueces resuelven pueden darse entre diversos actores: ciudadanos, colectivos
privados, instituciones públicas…
En los estados de tradición liberal-democrática la función judicial están atribuidos a instituciones
especializadas-tribunales unipersonales o colegiados.
Modelos de composición de los tribunales:
Jurado popular: Un grupo seleccionado por medio de sorteo constituye el jurado encargado de
conocer y dirimir determinado tipo de conflictos (normalmente de carácter criminal). Este jurado
cuenta con el asesoramiento de expertos legales.
Jurado profesional: compuesto por magistrados y jueces. La elección se puede hacer por :
Sufragio universal
Elegido por el gobierno
Elegido por el parlamento
Elegido por un consejo especializado (integrado por representantes del parlamento, del
ejecutivo, y de la profesión judicial. El objetivo es desligarlo de opciones partidistas u
otras instituciones política
Organización de los tribunales. Atiende a dos criterios: Especialización y jerarquía
Especialización: Depende del derecho que le sea aplicable tribunales mercantiles,
criminales, laborales, administrativas…
Jerarquía: las situaciones se resuelven por el tribunal más próximo para fomentar la
agilidad pero el ciudadano siempre puede recurrir a instancias superiores y como último
recurso, al tribunal supremo aumenta garantías de imponer justicia independiente e
imparcial.
Imparcialidad, independencia y responsabilidad:
Para los sistemas de tradición liberal-democrático, la independencia judicial es un asunto clave para
garantizar las libertades de los ciudadanos y por tanto, es condición para la estabilidad de la comunidad.
Las vías tradicionales para asegurar la independencia de los jueces se han concentrado en los métodos de
reclutamiento del personal, procurando que la selección de los jueces sea de acuerdo a sus moritos
profesionales. Del mismo modo la regla de inamovilidad de un juez impide que sea trasladado sin su
consentimiento.
En la segunda mitad del S. XX se ha intentado reforzar esa autoridad dando a los jueces una amplia
capacidad de autogobierno: reclutamiento, promoción, régimen de traslados… Pero esta creciente
autonomía ha suscitado la dificultad de controlar este órgano y de reclamar en caso que se reduzca alguna
falta, responsabilidades.
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15.- LA DISTRIBUCION FUNCIONAL DEL PODER: (3)

TRIBUNALES Y JUECES

Tribunales y jueces: son instituciones a las que les corresponde un caso particular de regulación de

conflicto: el conflicto sobre la aplicación y la interpretación de las normas producidas por el propio sistema político. Su función es la conservación del equilibrio mínimo necesario entre los miembros de la comunidad.

Las discrepancias que los jueces resuelven pueden darse entre diversos actores: ciudadanos, colectivos privados, instituciones públicas…

En los estados de tradición liberal-democrática la función judicial están atribuidos a instituciones especializadas-tribunales unipersonales o colegiados.

Modelos de composición de los tribunales:

  • Jurado popular: Un grupo seleccionado por medio de sorteo constituye el jurado encargado de conocer y dirimir determinado tipo de conflictos (normalmente de carácter criminal). Este jurado cuenta con el asesoramiento de expertos legales.
  • Jurado profesional: compuesto por magistrados y jueces. La elección se puede hacer por :
    • Sufragio universal
    • (^) Elegido por el gobierno
    • Elegido por el parlamento
    • Elegido por un consejo especializado (integrado por representantes del parlamento, del ejecutivo, y de la profesión judicial. El objetivo es desligarlo de opciones partidistas u otras instituciones política

Organización de los tribunales. Atiende a dos criterios: Especialización y jerarquía

  • Especialización: Depende del derecho que le sea aplicable tribunales mercantiles, criminales, laborales, administrativas…
  • Jerarquía: las situaciones se resuelven por el tribunal más próximo para fomentar la agilidad pero el ciudadano siempre puede recurrir a instancias superiores y como último recurso, al tribunal supremo→ aumenta garantías de imponer justicia independiente e imparcial.

Imparcialidad, independencia y responsabilidad:

Para los sistemas de tradición liberal-democrático , la independencia judicial es un asunto clave para garantizar las libertades de los ciudadanos y por tanto, es condición para la estabilidad de la comunidad.

Las vías tradicionales para asegurar la independencia de los jueces se han concentrado en los métodos de reclutamiento del personal, procurando que la selección de los jueces sea de acuerdo a sus moritos profesionales. Del mismo modo la regla de inamovilidad de un juez impide que sea trasladado sin su consentimiento.

En la segunda mitad del S. XX se ha intentado reforzar esa autoridad dando a los jueces una amplia capacidad de autogobierno: reclutamiento, promoción, régimen de traslados… Pero esta creciente autonomía ha suscitado la dificultad de controlar este órgano y de reclamar en caso que se reduzca alguna falta, responsabilidades.

Judicialización de la política y actividad judicial:

Cada vez se amplía más la actividad judicial y se le conoce como “judicialización de la política” o “activismo judicial”.

  • Ha aumentado considerablemente los litigios entre ciudadanos, empresas e instituciones como resultado de la creciente intervención pública de muchos campos de la actividad social.
  • Algunos valores se han modificado con mayor rapidez que las leyes lo que da lugar a conflictos
  • Pérdida de confianza en partidos políticos y otras instituciones a las que recurrir. Por tanto puede decirse que el creciente “activismo judicial” viene debido a la inoperancia de otros mecanismos.

Tribunales y la cuestión de constitucionalidad:

Este control puede ser:

  • Difuso: corresponde a los tribunales ordinarios
  • Concentrado: existe tribunales especializados (TC)
  • Modelo mixto: se combina la acción de los tribunales ordinarios y del tribunal especial

Los tribunales constitucionales están integrados por expertos en derecho y por jueces profesionales con experiencia. Son nombrados por Parlamento, jefe del estado y gobierno. Su mandato suele ser de larga duración (vitalicio en algunos casos). Sus resoluciones son eminentemente políticos y sus resoluciones son vinculantes.