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Principios en Derecho del Trabajo: Jerarquía Normativa y Otros - Prof. Molina, Resúmenes de Derecho Laboral

Este documento pertenece a la asignatura de derecho del trabajo i del grado en relaciones laborales y recursos humanos, curso académico 2016-2017, grupo 2ºb, responsable: amparo maría molina martín. En este bloque ii se estudian la teoría general y régimen jurídico de las fuentes en derecho del trabajo. Se tratan temas como la articulación de normas laborales, la determinación de la norma aplicable, el principio de norma mínima, el principio de norma más favorable, la indisponibilidad de derechos, la retroactividad y irretroactividad de las normas laborales, y la territorialidad de las normas laborales. Se incluyen referencias al código civil.

Tipo: Resúmenes

2016/2017

Subido el 19/07/2017

victiyoor92
victiyoor92 🇪🇸

3.7

(40)

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Asignatura: DERECHO DEL TRABAJO I
Titulación: GRADO EN RELACIONES LABORALES Y RECURSOS HUMANOS
Curso académico: 2016-2017
Grupo: 2ºB
Responsable: Amparo María Molina Martín
BLOQUE II
TEORÍA GENERAL Y RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS
FUENTES EN EL DERECHO DEL TRABAJO
7.- LA ARTICULACIÓN DE LAS NORMAS LABORALES Y LA
DETERMINACIÓN DE LA NORMA APLICABLE EN
DERECHO DEL TRABAJO
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Asignatura: DERECHO DEL TRABAJO I

Titulación: GRADO EN RELACIONES LABORALES Y RECURSOS HUMANOS

Curso académico: 2016-

Grupo: 2 ºB

Responsable: Amparo María Molina Martín

BLOQUE II

TEORÍA GENERAL Y RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS

FUENTES EN EL DERECHO DEL TRABAJO

7.- LA ARTICULACIÓN DE LAS NORMAS LABORALES Y LA

DETERMINACIÓN DE LA NORMA APLICABLE EN

DERECHO DEL TRABAJO

Soluciones genéricas a los conflictos normativos:

jerarquía-primacía (rango y naturaleza jurídica), sucesión o

modernidad (vigencia) y supletoriedad

(arts. 1.2, 2.2, 4.3. 6.2 C.C.)

Código Civil disponible en https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1889-

PRINCIPIOS:

 Principio de norma mínima

art. 3.2 E.T.: «2. Las disposiciones legales y reglamentarias se aplicarán con sujeción estricta al principio de jerarquía normativa. Las disposiciones reglamentarias desarrollarán los preceptos que establecen las normas de rango superior, pero no podrán establecer condiciones de trabajo distintas a las establecidas por las leyes a desarrollar».

 Principio de norma más favorable

art. 3.3 E.T.: «Los conflictos originados entre los preceptos de dos o más normas laborales, tanto estatales como pactadas, que deberán respetar en todo caso los mínimos de derecho necesario, se resolverán mediante la aplicación de lo más favorable para el trabajador apreciado en su conjunto, y en cómputo anual, respecto de los conceptos cuantificables».

 Principio de condición más beneficiosa (arts. 26.5 y 41 E.T.)

 indisponibilidad de derechos

art. 3.5 E.T.: «Los trabajadores no podrán disponer válidamente, antes o después de su adquisición, de los derechos que tengan reconocidos por disposiciones legales de derecho necesario. Tampoco podrán disponer válidamente de los derechos reconocidos como indisponibles por convenio colectivo».

 retroactividad e irretroactividad de las normas laborales

 territorialidad de las normas laborales

art. 1.4 E.T.: «La legislación laboral española será de aplicación al trabajo que presten los trabajadores españoles contratados en España al servicio de empresas españolas en el extranjero, sin perjuicio de las normas de orden público aplicables en el lugar de trabajo. Dichos trabajadores tendrán, al menos, los derechos económicos que les corresponderían de trabajar en territorio español».

 la interpretación de las normas laborales → el principio (in dubio) pro operario