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SEM 1 AUTORIA I PARTICIPACIÓ, Ejercicios de Derecho Penal

Asignatura: dret penal part general, Profesor: Olga de la Cruz Herrero, Carrera: Dret, Universidad: UPF

Tipo: Ejercicios

2017/2018

Subido el 10/04/2018

joanrv98
joanrv98 🇪🇸

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Seminari 1: “AUTORIA I PARTICIPACIÓ
1. Materials:
a) Articles del Codi penal: arts. 27 a 29 CP
b) MIR PUIG, Derecho Penal. Parte General, 10.ª ed.
2. Objectius:
Resolució de casos pràctics prenent com a referència l’eina coneguda com a teoria jurídica del
delicte i els coneixements adquirits en matèria d’autoria i participació en Dret penal.
3. Activitats:
a) Abans de la sessió l’estudiant s’ha de llegir els materials i els casos pràctics, reflexionant i anotant
els problemes que plantegen, així com la possible solució
als mateixos.
b) A l’inici de la classe el/la professor/a farà una petita introducc sobre les diferents formes
d’autoria i participació.
c) A continuació es solucionaran els casos amb la participació dels alumnes.
4. Avaluació:
Les intervencions dels alumnes que demostrin que s’han llegit els materials i s’han preparat els casos
es tindran en compte per determinar la nota de curs tal com queda establert a la guia de
l’assignatura.
5. Casos:
Casos introductoris:
1. A da un empujón a B que, en el borde de la piscina, cae sobre C causándole lesiones.
2. E., funcionario público, se puso de acuerdo con J., vigilante jurado del edificio en el que
trabajaba, para sustraer el dinero que E. guardaba en la dependencia oficial por razón de sus
funciones. El plan consistía en que, para no levantar sospechas, la sustracción no se efectuara
durante su horario laboral, sino durante la noche, y en que el vigilante permitiera a E. esa entrada
nocturna sin anotarla en el registro que J. estaba obligado a llevar, pactando E. entregar a J. una
parte del dinero. Todo lo así acordado se llevó a cabo efectivamente.
3. Varios sujetos (A, B y C) planearon dar una paliza a V sin utilizar armas a tal propósito. Cuando
A, B y C estaban atacando a la víctima, salió en defensa de ésta su hija H portando una navaja. Uno
de los agresores (A) arrebató la navaja a H y propinó con ella una puñalada mortal a V.
Cas 1: J. concertó la compra de un piso con su dueño M., exigiendo éste que el importe total por la
compra se entregase en efectivo al firmar la escritura de venta en la Notaría. Al comentar J.
(comprador) con Y., un conocido de aquél, la compra que iba a realizar, Y. le propuso a J. ejecutar
un plan para quedarse con el dinero de la compra, consistente en pinchar una rueda del coche de M.
(vendedor del piso), para que al salir éste de la Notaría llevando el dinero en efectivo, una vez que la
venta se hubiera realizado y mientras cambiara la rueda, al descuido, le sustrajesen el maletín donde
transportara el dinero. El plan fue aceptado por J., acordando repartirse el dinero obtenido por
mitad entre ambos.
El día y hora acordados, J. se citó en la puerta de la Notaría con M., viendo donde éste había
aparcado su coche. Una vez en la Notaría, y siguiendo el plan establecido, J. recibió una llamada de
Y. en su teléfono móvil, al que informó del lugar donde se encontraba estacionado el vehículo de
M.
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Seminari 1: “AUTORIA I PARTICIPACIÓ”

1. Materials: a) Articles del Codi penal: arts. 27 a 29 CP b) MIR PUIG, Derecho Penal. Parte General , 10.ª ed. 2. Objectius: Resolució de casos pràctics prenent com a referència l’eina coneguda com a teoria jurídica del delicte i els coneixements adquirits en matèria d’autoria i participació en Dret penal. 3. Activitats: a) Abans de la sessió l’estudiant s’ha de llegir els materials i els casos pràctics, reflexionant i anotant els problemes que plantegen, així com la possible solució als mateixos. b) A l’inici de la classe el/la professor/a farà una petita introducció sobre les diferents formes d’autoria i participació. c) A continuació es solucionaran els casos amb la participació dels alumnes. 4. Avaluació: Les intervencions dels alumnes que demostrin que s’han llegit els materials i s’han preparat els casos es tindran en compte per determinar la nota de curs tal com queda establert a la guia de l’assignatura. 5. Casos:

Casos introductoris:

1. A da un empujón a B que, en el borde de la piscina, cae sobre C causándole lesiones. 2. E., funcionario público, se puso de acuerdo con J., vigilante jurado del edificio en el que trabajaba, para sustraer el dinero que E. guardaba en la dependencia oficial por razón de sus funciones. El plan consistía en que, para no levantar sospechas, la sustracción no se efectuara durante su horario laboral, sino durante la noche, y en que el vigilante permitiera a E. esa entrada nocturna sin anotarla en el registro que J. estaba obligado a llevar, pactando E. entregar a J. una parte del dinero. Todo lo así acordado se llevó a cabo efectivamente. 3. Varios sujetos (A, B y C) planearon dar una paliza a V sin utilizar armas a tal propósito. Cuando A, B y C estaban atacando a la víctima, salió en defensa de ésta su hija H portando una navaja. Uno de los agresores (A) arrebató la navaja a H y propinó con ella una puñalada mortal a V.

Cas 1: J. concertó la compra de un piso con su dueño M., exigiendo éste que el importe total por la compra se entregase en efectivo al firmar la escritura de venta en la Notaría. Al comentar J. (comprador) con Y., un conocido de aquél, la compra que iba a realizar, Y. le propuso a J. ejecutar un plan para quedarse con el dinero de la compra, consistente en pinchar una rueda del coche de M. (vendedor del piso), para que al salir éste de la Notaría llevando el dinero en efectivo, una vez que la venta se hubiera realizado y mientras cambiara la rueda, al descuido, le sustrajesen el maletín donde transportara el dinero. El plan fue aceptado por J., acordando repartirse el dinero obtenido por mitad entre ambos.

El día y hora acordados, J. se citó en la puerta de la Notaría con M., viendo donde éste había aparcado su coche. Una vez en la Notaría, y siguiendo el plan establecido, J. recibió una llamada de Y. en su teléfono móvil, al que informó del lugar donde se encontraba estacionado el vehículo de M.

En lugar de seguir el plan acordado con J., y a espaldas de éste, Y. junto con otros individuos con los que a su vez se había concertado, esperó en el portal de la Notaría y cuando M. y J. llegaron, tres individuos con cascos de moto, sin que conste que entre ellos se encontrara Y., pero en todo caso concertados con él, golpearon levemente a J., mientras que a M. le propinaron fuertes golpes con el casco que llevaban y patadas, que hicieron que cayera por las escaleras , a consecuencia de todo lo cual sufrió una serie de fracturas por las que hubo de estar ingresado 5 días en el hospital, necesitando tratamiento médico y tardando en curar 60 días, durante los cuales estuvo impedido para sus ocupaciones habituales, quedándole como secuela un dolor lumbar que desapareció con el tiempo.

Cas 2: B. se trasladó junto con cinco jóvenes a una casa rural abandonada con el fin de pasar dos días de campo. En un determinado momento B. sacó de su funda una escopeta de caza de su propiedad y, sin poner el seguro, la apoyó en la pared del interior del inmueble, al alcance de cualquiera de los jóvenes excursionistas, sin detenerse a pensar en que dos o tres semanas antes la había cargado. Más tarde, cuando la joven M. le preguntó si la escopeta estaba cargada, contestó despreocupadamente de modo negativo. Por ello M., con la convicción de que esto era cierto y con ánimo de hacer una broma, dirigió el arma en dirección a su amigo A. diciéndole en broma “arriba las manos que te mato”, y sin intención de causarle mal alguno, disparó el arma que, a pesar de lo que le había dicho B, estaba cargada, causándole así la muerte a su amigo A.

Cas 3: M. se encontraba sentado en la entrada a una vivienda cuando salió del inmueble J. F. que acababa de comprar en él sustancias estupefacientes. Por la calle aparecieron entonces tres o cuatro individuos, que abordaron a J. F., en actitud agresiva, por lo que J. F. emprendió la huida, pasando por delante de donde se encontraba M., a quien aquellos individuos le gritaron «cógelo». M., que no conocía previamente a estas personas ni sabía cuáles eran sus intenciones, cogió del suelo dos piedras y se las arrojó a J. F. mientras éste corría, alcanzándole la segunda de ellas en la cadera izquierda, sin que conste le produjese lesión alguna, continuando su huida, siendo perseguido por estos individuos y por M. que corrió detrás de ellos, hasta que J. F. tropezó y cayó al suelo, aprovechando estas personas no identificadas tal situación, golpeándole uno de ellos violenta y reiteradamente en la cabeza con una barra de hierro con ánimo de acabar con su vida, e hiriéndolo otro con una navaja en el hombro izquierdo.

J. F. quedó tirado en el suelo, siendo abandonado en el lugar a sabiendas de la gravedad de las heridas y en esta situación una de las personas le quitó la cartera que llevaba y que contenía 10 euros. Como consecuencia de la agresión J. F. sufrió traumatismo craneoencefálico sin pérdida de conciencia, requiriendo intervención quirúrgica de urgencia.

M. no estaba concertado previamente ni conocía a las personas que inicialmente abordaron a J. F. y está acreditado que no intervino materialmente en la agresión final, limitándose a estar presente y a contemplarla en actitud pasiva.

Cas 4: El acusado había hecho creer a una joven que él era originario de la estrella Sirio y podría ayudarla a llegar a una nueva y sublime vida si se separaba de su viejo cuerpo. Le dijo que para ello debía introducirse en la bañera con agua y dejar caer en ella un secador conectado y que tras hacer esto le estaría esperando un cuerpo nuevo, en el que despertaría tras su aparente muerte accidental. Como en su nueva vida necesitaría dinero, le dijo además que debería contratar un seguro de vida para caso de muerte accidental por valor de 500.000 marcos, designándole a él como beneficiario para que, tras cobrarlo, se lo pudiese entregar a ella. La joven se lo creyó todo. Así, dejó caer el secador al agua creyendo que iba a despertar inmediatamente en un nuevo cuerpo, sin pasársele por la cabeza la idea de un «suicidio en sentido genuino» mediante el que «se acabara su vida para siempre»; incluso rechazaba la idea del suicidio por creer que el ser humano no tiene derecho a quitarse la vida. El plan fracasó porque el secador no funcionaba como era debido. El acusado llamó por teléfono a casa de la joven y quedó sorprendido de que aún viviera. Entonces, en el curso de unas diez conversaciones telefónicas le fue dando instrucciones para continuar sus esfuerzos por suicidarse, hasta dejarlo por imposible. Los correspondientes dictámenes periciales determinaron que la víctima no sufría ningún tipo de alteración psíquica.