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Solicitud conciliación, Monografías, Ensayos de Derecho

Solicitud conciliación extrajudicial

Tipo: Monografías, Ensayos

2019/2020

Subido el 26/12/2020

hector-nunez-franco
hector-nunez-franco 🇵🇪

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SEÑOR DIRECTOR DEL CENTRO DE CONCICLIACIÓN EXTRAJUDICIAL
TRANZA Y AVANZA
Candy Lliuya León, identificado con DNI N°43457788, con domicilio real en Av.
Las Palmeras 3448 en el Distrito de Los Olivos, Provincia y Departamento de
Lima, ante usted, atentamente expongo:
1. PARTES EN LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL :
SOLICITANTE: Candy Lliuya León, identificado conforme a los datos que
aparecen en el exordio de la presente solicitud de Conciliación Extrajudicial.
INVITADO Raúl Suarez Domínguez, con domicilio en el segundo piso de Jr.
Salinas 786, urbanización Villacampa Distrito del Rimac, Provincia y Departamento
de Lima.
Que, en aplicación de lo preceptuado en la Ley 26872 “Ley De Conciliación
Extrajudicial”, su modificatoria Decreto Legislativo 1070 y su Reglamento
aprobado por Decreto Supremo N° 014-2008-JUS, solicitamos se inicie el trámite
de conciliación extrajudicial conforme a los términos siguientes:
1. HECHOS QUE DIERON LUGAR EL CONFLICTO :
El sr. Raul Suarez Domínguez, lleva ocupando el departamento ubicado en Jr.
Salinas 786, urbanización Villacampa Distrito del Rímac, Provincia y
Departamento de Lima, por un periodo de 10 años en calidad de arrendatario y
quien pretende quedarse con el inmueble a través de la prescripción adquisitiva de
dominio en oposición ante la solicitud de dejar el departamento. Así mismo, viene
retrasándose en el pago del alquiler lo que me motivó a pedirle que devuelva la
propiedad y dejar sin efecto el contrato de alquiler.
Inicialmente el acuerdo de alquiler lo hizo con mi hermana Enriqueta Lliuya León,
sin embargo el inquilino reconoce que la propiedad es mía, y aunque tal acuerdo
fue de palabra solamente, el Sr. Suarez ha venido depositándome en una cuenta a
mi nombre, el valor del alquiler.
Se le solicitó dejar el departamento, ante su negativa se le dio la oportunidad de
continuar ocupando la propiedad un año siempre que acepte el incremento del
alquiler en un 50%, de 650.00 Nuevos Soles a 975 Nuevos Soles, precio último
promedio en la zona donde se ubica la vivienda.
Aun así, el Sr. Suarez se niega a dejar la propiedad y a aceptar el incremento del
alquiler, sosteniendo que por la pandemia que atravesamos actualmente se han
recortado sus ingresos y siente que por los años de ocupación tiene derecho a
seguir pagando lo mismo.
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SEÑOR DIRECTOR DEL CENTRO DE CONCICLIACIÓN EXTRAJUDICIAL

TRANZA Y AVANZA

Candy Lliuya León, identificado con DNI N°43457788, con domicilio real en Av. Las Palmeras 3448 en el Distrito de Los Olivos, Provincia y Departamento de Lima, ante usted, atentamente expongo:

  1. PARTES EN LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL: SOLICITANTE: Candy Lliuya León, identificado conforme a los datos que aparecen en el exordio de la presente solicitud de Conciliación Extrajudicial. INVITADO Raúl Suarez Domínguez, con domicilio en el segundo piso de Jr. Salinas 786, urbanización Villacampa Distrito del Rimac, Provincia y Departamento de Lima. Que, en aplicación de lo preceptuado en la Ley N° 26872 “Ley De Conciliación Extrajudicial”, su modificatoria Decreto Legislativo N° 1070 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 014-2008-JUS, solicitamos se inicie el trámite de conciliación extrajudicial conforme a los términos siguientes:
  2. HECHOS QUE DIERON LUGAR EL CONFLICTO: El sr. Raul Suarez Domínguez, lleva ocupando el departamento ubicado en Jr. Salinas 786, urbanización Villacampa Distrito del Rímac, Provincia y Departamento de Lima, por un periodo de 10 años en calidad de arrendatario y quien pretende quedarse con el inmueble a través de la prescripción adquisitiva de dominio en oposición ante la solicitud de dejar el departamento. Así mismo, viene retrasándose en el pago del alquiler lo que me motivó a pedirle que devuelva la propiedad y dejar sin efecto el contrato de alquiler. Inicialmente el acuerdo de alquiler lo hizo con mi hermana Enriqueta Lliuya León, sin embargo el inquilino reconoce que la propiedad es mía, y aunque tal acuerdo fue de palabra solamente, el Sr. Suarez ha venido depositándome en una cuenta a mi nombre, el valor del alquiler. Se le solicitó dejar el departamento, ante su negativa se le dio la oportunidad de continuar ocupando la propiedad un año siempre que acepte el incremento del alquiler en un 50%, de 650.00 Nuevos Soles a 975 Nuevos Soles, precio último promedio en la zona donde se ubica la vivienda. Aun así, el Sr. Suarez se niega a dejar la propiedad y a aceptar el incremento del alquiler, sosteniendo que por la pandemia que atravesamos actualmente se han recortado sus ingresos y siente que por los años de ocupación tiene derecho a seguir pagando lo mismo.

Finalmente solicitamos a su centro de conciliación, le haga recordar a la invitada que conforme lo establece el Artículo 15 de La Ley 26872 (Ley de Conciliación) la inasistencia de la parte invitada a la audiencia de conciliación produce presunción legal relativa de verdad sobre los hechos expuestos en el Acta de Conciliación y reproducidos en la futura demanda; Así como la posibilidad de que un Juez le imponga una multa no menor de 2 ni mayor de 10 Unidades de Referencia Procesal por su inasistencia, la misma que solicitamos la imposición de la multa de 10 URP a la parte invitada de ser el caso.  PRETENSIÓN: Arribar a un acuerdo conciliatorio con la invitada (evitando el inicio de un PROCESO JUDICIAL), mediante el cual la invitada cumpla con la exigencia de desocupar el inmueble o acceder a pagar la nueva tarifa de alquiler que asciende a 950.00 Nuevos Soles Asimismo, hacemos extensiva nuestra solicitud al pago de los intereses legales, así como el pago de los gastos que implique el presente procedimiento Conciliatorio Extrajudicial. En caso de inasistencia de la parte invitada, solicitamos al Juez la imposición de la multa de 10 URP a la parte invitada, conforme a lo previsto en el Artículo 15 de la Ley N° 26872. DOCUMENTOS QUE ADJUNTO:

  1. Copia del título de propiedad del departamento.
  2. Copia de los Vouchers de depósito por pago de alquiler.

POR TANTO: Pido a usted, se sirvan dar trámite a la presente solicitud de conciliación y señalar fecha para las sesiones respectivas, con arreglo a Ley. Lima, 10 de Diciembre de 2020.