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modelo de una solicitud de conciliacion
Tipo: Apuntes
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Autorizado por Resolución Ministerial N° 2155-2022-JUS Dirección y teléfono: Calle los Robles 130-B Cercado de Arequipa con número de teléfono 054625926 EXP N°:0514- SOLICITUD PARA CONCILIAR SEÑORA DIRECTORA DEL CENTRO DE CONCILIACIÓN LA PAZ
1. Fecha: 25 de agosto de 2023. 2. Nombre de la Solicitante: SANDRA CAROLINA COSTA DEL AGUILA apoderada del Banco Pichincha. 3. Domicilio de la solicitante: Av. Lima N° 3517 piso 2, Distrito de Miraflores, Provincia y Departamento de Arequipa. 4. Nombre del invitado y domicilio: JOSE FERNANDO RODRIGUEZ APAZA, con domicilio en Urbanización Mariano Bustamante Mz-J, lote-1 del distrito de Mariano Melgar de la Provincia y Departamento de Arequipa. II. HECHOS QUE DIERON LUGAR AL CONFLICTO 1.- Que la parte invitada es socio de Diners Club Perú S.A (Banco Pichincha) y por ello el accedió al servicio de una tarjeta de crédito a su nombre y para probar ello se expondrán algunos documentos; en relación a lo anterior teniendo esta tarjeta de crédito en favor de la parte invitada este la ha usado en diversas oportunidades generando deudas en su contra; todo lo señalado anteriormente se probara con los documentos que se adjuntaran a la presente. 2.- Por medio de la solicitud de envió de estado de cuenta por correo electrónico , de fecha 01 de octubre del 2021, se demuestra que la parte invitada figura como SOCIO y además este cuenta con un número de tarjeta de crédito en el que consta la firma de la parte invitada, en dicho documento la parte invitada acuerda que se le notificara el primer día útil los estados de cuenta mensual de su tarjeta de crédito Diners Club Perú S.A (Banco Pichincha) , por medio de su correo electrónico para ello hay que señalar que la parte invitada está de acuerdo con esta forma de notificación según se demuestra con el documento que se adjuntara. 3.- Por medio de la solicitud de afiliación a cargo automático , de fecha 01 de agosto del 2021, se demuestra que la parte invitada figura como SOCIO y además este cuenta con un número de tarjeta de crédito en el que consta la firma de la parte invitada, en dicho documento la parte invitada autoriza se sirvan a cargar los estados de cuenta mensuales de su tarjeta de crédito, los importes que le correspondan por los servicios afiliados al Cargo automático Diners Club, y abonar a
la empresa o institución que los presta los monto que se les comunique sin requerir su confirmación, todo ello según se demuestra con el documento que se adjuntara. 4.- Por medio de la solicitud préstamo personal Diners Club, de fecha 18 de octubre del 2021, se demuestra que la parte invitada figura como SOCIO y además este cuenta con un número de tarjeta de crédito en el que consta la firma de la parte invitada, en dicho documento la parte invitada solicito la suma de S/. 3,000.00 (tres mil con 00/100 nuevos soles) en las que se financio su tarjeta de crédito con el monto señalado anteriormente comprometiéndose la parte invitada a pagar el monto total del préstamo, más los intereses, en 24 cuotas fijas mensuales (máximo hasta 36), aunado a ello está presente la solicitud de seguro vida desgravamen - PPD en el que también figura la parte invitada, todo ello según se demuestra con los documentos que se adjuntaran. De todo lo señalado anteriormente se demuestra que la parte invitada es SOCIO DE DINERS CLUB PERU S.A contando con una línea de crédito a su nombre y además que este usaba activamente su tarjeta de crédito generando deudas en su contra. 5.- Por medio de la carta de comunicación de la línea de crédito N° 964110962 se demuestra que la parte invitada el señor JOSE FERNANDO RODRÍGUEZ APAZA , a la fecha en la que se envió dicha carta este mantiene una deuda pendiente con el Banco Pichincha., monto que asciende a suma de S/.15,116.45 (Quince Mil Ciento Dieciséis con 45/100 Soles). 6.- Por lo tanto, la obligación de la parte invitada se configuraría de la siguiente manera según consta en la CARTA DE COMUNICACIÓN: N° CREDITO MONEDA SALDO TOTAL 964110962 SOLES S/.15,116.45 (Quince Mil Ciento dieciséis con 45/100 Soles) 7.- De lo expuesto anteriormente se establece que el monto total requerido por medio de la presente asciende a la suma de S/.15,116.45 (Quince Mil Ciento dieciséis con 45/100 Soles), cantidad a la que le deberá agregar los intereses pactados que se devenguen, más gastos que origine el presente proceso de conciliación extrajudicial. Dejamos expresa constancia que estos intereses serán reajustados a la fecha de hacerse efectivo el pago de la obligación puesta a cobro.