Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


Supuestos Prácticos, Apuntes de Derecho Laboral

Asignatura: ar, Profesor: ........ ,,,,,,,,,, Carrera: Derecho, Universidad: UCM

Tipo: Apuntes

2017/2018

Subido el 23/01/2018

mjd10
mjd10 🇪🇸

3.6

(66)

127 documentos

1 / 7

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
SUPUESTOS PRÁCTICOS 04/10/2017 y 05/10/2017
Supuesto 1
María, estudiante de derecho, de camino a su casa en autobús escucha a
un hombre hacer los siguientes comentarios relacionados con el ámbito
laboral:
a. Un menor de 16 pero mayor de 14 puede trabajar con el permiso de
sus tutores legales.
b. Todo contrato de trabajo deberá celebrarse por escrito.
c. Los trabajos familiares salvo que se demuestre la condición de
asalariados de quienes los llevan a cabo, están excluidos del
ámbito del Estatuto de los Trabajadores.
d. Si un contrato de trabajo tiene una cláusula nula, todo el contrato
es nulo.
e. El empresario está obligado a comunicar a la oficina pública de
empleo, en el plazo de los diez días anteriores a su concertación y
en los términos que reglamentariamente se determinen, el
contenido de los contratos de trabajo que celebre.
Indica si son comentarios verdaderos o falsos. Justifícalo.
a. Falso. Art. 6.1 ET. “Se prohíbe la admisión al trabajo a los menores de
dieciséis años”. El Art. 6.4 ET dice: “La intervención de los menores de
dieciséis años en espectáculos públicos solo se autorizará en casos
excepcionales por la autoridad laboral, siempre que no suponga peligro
pf3
pf4
pf5

Vista previa parcial del texto

¡Descarga Supuestos Prácticos y más Apuntes en PDF de Derecho Laboral solo en Docsity!

SUPUESTOS PRÁCTICOS 04/10/2017 y 05/10/

Supuesto 1

María, estudiante de derecho, de camino a su casa en autobús escucha a un hombre hacer los siguientes comentarios relacionados con el ámbito laboral:

a. Un menor de 16 pero mayor de 14 puede trabajar con el permiso de sus tutores legales.

b. (^) Todo contrato de trabajo deberá celebrarse por escrito.

c. Los trabajos familiares salvo que se demuestre la condición de asalariados de quienes los llevan a cabo, están excluidos del ámbito del Estatuto de los Trabajadores.

d. Si un contrato de trabajo tiene una cláusula nula, todo el contrato es nulo.

e. El empresario está obligado a comunicar a la oficina pública de empleo, en el plazo de los diez días anteriores a su concertación y en los términos que reglamentariamente se determinen, el contenido de los contratos de trabajo que celebre.

Indica si son comentarios verdaderos o falsos. Justifícalo.

a. Falso. Art. 6.1 ET. “Se prohíbe la admisión al trabajo a los menores de dieciséis años”. El Art. 6.4 ET dice: “La intervención de los menores de dieciséis años en espectáculos públicos solo se autorizará en casos excepcionales por la autoridad laboral, siempre que no suponga peligro

para su salud ni para su formación profesional y humana. El permiso deberá constar por escrito y para actos determinados.

b. Falso. Art. 8.1 ET. “El contrato de trabajo se podrá celebrar por escrito o de palabra. Se presumirá existente entre todo el que presta un servicio por cuenta y dentro del ámbito de organización y dirección de otro y el que lo recibe a cambio de una retribución a aquel”.

8.2 ET: “Deberán constar por escrito los contratos de trabajo cuando así lo exija una disposición legal y, en todo caso, los de prácticas y para la formación y el aprendizaje, los contratos a tiempo parcial, fijos- discontinuos y de relevo, los contratos para la realización de una obra o servicio determinado, los de los trabajadores que trabajen a distancia y los contratados en España al servicio de empresas españolas en el extranjero. Igualmente constarán por escrito los contratos por tiempo determinado cuya duración sea superior a cuatro semanas. De no observarse tal exigencia, el contrato se presumirá celebrado por tiempo indefinido y a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite su naturaleza temporal o el carácter a tiempo parcial de los servicios. Cualquiera de las partes podrá exigir que el contrato se formalice por escrito, incluso durante el transcurso de la relación laboral”.

c. Verdadero. Art 1.3 letra e): “Los trabajos familiares, salvo que se demuestre la condición de asalariados de quienes los llevan a cabo. Se considerarán familiares, a estos efectos, siempre que convivan con el empresario, el cónyuge, los descendientes, ascendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive y, en su caso, por adopción”.

d. Falso. Art 9.1 ET: “Si resultase nula solo una parte del contrato de trabajo, este permanecerá válido en lo restante, y se entenderá completado con los preceptos jurídicos adecuados conforme a lo dispuesto en el artículo 3.1.

En cuanto a las posibles consecuencias de esta contratación ilícita, los contratos serán declarados nulos, y por lo tanto como si nunca hubieran existido.

La existencia de un contrato de trabajo simulado es un fraude a la Seguridad Social, y como tal está sancionada como infracción muy grave en el Texto Refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social –LISOS en adelante- aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto. El artículo 23.1 e) de la LISOS habla de la simulación de la contratación laboral para la obtención indebida de prestaciones. Estas infracciones muy graves pueden conllevar una sanción mínima de 6.521 euros a una máxima de 187.515 euros, según el grado de gravedad en que se cataloguen.

En el orden penal también se castiga al que defraude a la SS, concretamente en el artículo 307 del Código Penal que castiga al que, por acción u omisión, defraude a la Seguridad Social eludiendo el pago de las cuotas de ésta y conceptos de recaudación conjunta, obteniendo indebidamente devoluciones de las mismas o disfrutando de deducciones por cualquier concepto asimismo de forma indebida, siempre que la cuantía de las cuotas defraudadas o de las devoluciones o deducciones indebidas exceda de cincuenta mil euros será castigado con la pena de prisión de uno a cinco años y multa del tanto al séxtuplo de la citada cuantía salvo que hubiere regularizado su situación ante la Seguridad Social en los términos del apartado 3 del mismo artículo.

Supuesto 3

El 21 de mayo de 2017, se celebró un contrato eventual por exceso de pedidos entre Jorge y una empresa de transporte y logística, contrato que tendría una duración de 4 meses y un período de prueba de 15 días.

La empresa estaba muy satisfecha con los servicios prestados por Jorge, por lo que, tras la expiración del contrato eventual, decidió contratarlo como indefinido para el desempeño de las mismas funciones que ya venía realizando. No obstante, en ese segundo contrato una de las cláusulas establece que el trabajador deberá superar nuevamente un periodo de prueba, esta vez de 1 mes.

¿Es válida dicha cláusula contractual? Justifique su respuesta.

No, la citada cláusula no es válida en base al art. 14.1 LET “ Será nulo el pacto que establezca un periodo de prueba cuando el trabajador haya ya desempeñado las mismas funciones con anterioridad en la empresa, bajo cualquier modalidad de contratación.

El Derecho laboral no permite un período de prueba, cuando el trabajador ya ha realizado las funciones contratadas anteriormente, incluso si la modalidad contractual utilizada fuere distinta.

Supuesto 4

Sofía acaba de ser contratada mediante un contrato indefinido como contable en una conocida tienda de ropa de la ciudad de Madrid. Con anterioridad estuvo trabajando 1 año con un contrato temporal de obra y servicio, realizando funciones de dependienta en ese mismo tiempo.

En su nuevo contrato hay una cláusula que establece que el periodo de prueba será de 6 meses. Sofía te pregunta sabiendo que eres estudiante de derecho, si esto es legal.

Es completamente legal ya que Sofía es una técnica titulada y su periodo de prueba no puede exceder de 6 meses. En cuanto a su anterior trabajo como dependienta en la misma tienda no es relevante, puesto que Sofía ahora va a realizar unas funciones diferentes, por lo que es perfectamente legal que tenga periodo de prueba. (Art 14 ET).

Supuesto 5

Juan y Elena acaban de montar un pequeño negocio que van a desarrollar en una oficina de alquiler ubicada en el centro de Madrid. Hace unos días, acordaron contratar a una persona para que lleve a cabo las labores de limpieza. Sin embargo, un amigo suyo apasionado del Derecho, les ha comentado que, dado que han adoptado la forma de comunidad de bienes, les va a ser imposible llevar a cabo su pretensión, por lo que les aconseja que busquen otras vías para conseguir dicho servicio de limpieza.

No, Art. 14.2 ET:” Durante el periodo de prueba, el trabajador tendrá los derechos y obligaciones correspondientes al puesto de trabajo que desempeñe como si fuera de plantilla, excepto los derivados de la resolución de la relación laboral, que podrá producirse a instancia de cualquiera de las partes durante su transcurso”. Durante este período se podrá rescindir la relación laboral por voluntad de cualquiera de las partes sin alegar causa alguna y sin preaviso, salvo pacto en contrario. Es decir, ni el empresario está obligado a realizar un preaviso de la finalización de la relación laboral, ni el trabajador de alegar causa o motivo por el cual decide poner punto y final a la relación laboral. Siempre que no haya fraude ni vulneración de derechos fundamentales, por ejemplo en caso de que la trabajadora estuviera embarazada.