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Orientación Universidad
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tarea para resolver., Apuntes de Derecho de las Obligaciones

tarea para resolver sobre derecho de obligaciones

Tipo: Apuntes

2022/2023

Subido el 08/06/2023

brinner-aracayo
brinner-aracayo 🇵🇪

5 documentos

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I. Producto Académico N° 03: Foro de discusión1
1. Indicaciones generales
En este espacio se abordan temas que generan discusión, no es una actividad de
preguntas y respuestas, más bien se concibe como un espacio para
cuestionamientos y reflexión entre los alumnos y el profesor-tutor sobre los temas
estudiados en la unidad. Es fundamental tener en consideración que el foro no es un
espacio para textos muy extensos, ya que debe fomentar que todos los
participantes lean todas las intervenciones.
Consideraciones:
Criterio Detalle
Tema o asunto Transmisibilidad y cumplimiento del derecho de obligaciones
Situación
problematizadora y
contextualizada sobre el
objeto de discusión o
preguntas sobre las que el
estudiante realizará un
análisis y discusión.
1. ¿Has pensado que hacer cuando tu deudor se deshace de
sus bienes para evitar cumplir de alguna manera con su
obligación o prestación?
2. ¿Has pensado que en tu quehacer de tu vida, generas
varios tipos de pago de obligaciones?
3. ¿Cuándo se produce el pago indebido?
4. ¿La mora tiene efectos tanto para el acreedor como para el
deudor?
Instrucciones para
participar en el foro
1. Recuerda revisar la rúbrica de evaluación correspondiente al
foro de esta semana antes de realizar tus aportes.
2. Lee las preguntas y revisa el material obligatorio de la
semana.
3. Realiza tu aporte. Para incluir frases textuales, deberás citar
al autor.
4. Para definir el puntaje de tu participación se tendrá en
cuenta:
a. La calidad de tu aporte y reflexión.
b. Comentar al menos 1 aporte de uno de tus compañeros.
c. Pertinencia del aporte: Evita usar únicamente frases como:
“Estoy de acuerdo” o “estoy en desacuerdo”. Justifica tu
respuesta con ejemplos, evidencias o con tu punto de vista,
siempre en el marco del respeto.
Referencias Osterling, F. (2014). Tratado de derecho de las
obligaciones (346.03/O83) (p.p. 135 al 230) .Lima, Perú:
ECB Ediciones.
Osterling Parodi, F. y Castillo Freyre, M. (2008).
Compendio de derecho de las obligaciones (p.p 435 al
680). Lima, Perú: Editorial Palestra
Derecho de Obligaciones
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I. Producto Académico N° 03: Foro de discusión

1. Indicaciones generales

En este espacio se abordan temas que generan discusión, no es una actividad de preguntas y respuestas, más bien se concibe como un espacio para cuestionamientos y reflexión entre los alumnos y el profesor-tutor sobre los temas estudiados en la unidad. Es fundamental tener en consideración que el foro no es un espacio para textos muy extensos, ya que debe fomentar que todos los participantes lean todas las intervenciones.

Consideraciones:

Criterio Detalle Tema o asunto Transmisibilidad y cumplimiento del derecho de obligaciones Situación problematizadora y contextualizada sobre el objeto de discusión o preguntas sobre las que el estudiante realizará un análisis y discusión.

  1. ¿Has pensado que hacer cuando tu deudor se deshace de sus bienes para evitar cumplir de alguna manera con su obligación o prestación?
  2. ¿Has pensado que en tu quehacer de tu vida, generas varios tipos de pago de obligaciones?
  3. ¿Cuándo se produce el pago indebido?
  4. ¿La mora tiene efectos tanto para el acreedor como para el deudor? Instrucciones para participar en el foro
  5. Recuerda revisar la rúbrica de evaluación correspondiente al foro de esta semana antes de realizar tus aportes.
  6. Lee las preguntas y revisa el material obligatorio de la semana.
  7. Realiza tu aporte. Para incluir frases textuales, deberás citar al autor.
  8. Para definir el puntaje de tu participación se tendrá en cuenta: a. La calidad de tu aporte y reflexión. b. Comentar al menos 1 aporte de uno de tus compañeros. c. Pertinencia del aporte: Evita usar únicamente frases como: “Estoy de acuerdo” o “estoy en desacuerdo”. Justifica tu respuesta con ejemplos, evidencias o con tu punto de vista, siempre en el marco del respeto. Referencias  Osterling, F. (2014). Tratado de derecho de las obligaciones (346.03/O83) (p.p. 135 al 230) .Lima, Perú: ECB Ediciones.  Osterling Parodi, F. y Castillo Freyre, M. (2008). Compendio de derecho de las obligaciones (p.p 435 al 680). Lima, Perú: Editorial Palestra

2. Rúbrica de evaluación:

A continuación, se presenta la escala de valoración, en base a la cual se evaluará la participación en este foro, donde la escala máxima por categoría equivale a 5 puntos y la mínima 0. Criterio Indicadores y escala de evaluación Logrado (4 puntos) En proceso (2 puntos) No logrado (0 puntos) Capacidad de análisis de las respuestas ofrecidas. Formula sus ideas y argumentos, en estrecha relación con el tema planteado, mediante el uso de variados ejemplos que enriquecen su argumentación. Formula sus ideas y argumentos, en parcial relación con el tema planteado y mediante el uso de un solo ejemplo en su argumentación. Formula sus ideas y argumentos, sin ninguna relación con el tema planteado y sin hacer uso de ningún ejemplo que enriquezca su argumentación. Capacidad de argumentación a nivel escrito. Argumenta sus opiniones mediante la distinción adecuada entre ideas principales y secundarias, con claridad (cohesión), precisión y coherencia. Argumenta sus opiniones mediante la distinción parcial entre ideas principales y secundarias, sin completa claridad (cohesión), precisión y coherencia entre ellas. No distingue entre ideas principales y secundarias en su argumentación, y sus opiniones no son claras ni coherentes. Uso de reglas ortográficas y de puntuación. Utiliza, con precisión y adecuación, reglas ortográficas (acentos y grafías) y de puntuación (comas, puntos y comas, dos puntos, etc.) en el texto presentado. El texto presentado omite algunas reglas ortográficas básicas y de puntuación. Sin embargo, sí se llega a entender el mensaje. El texto presentado omite algunas reglas ortográficas básicas y de puntuación. Sin embargo, sí se llega a entender el mensaje. Propicia el intercambio de ideas. Retoma y comenta una publicación de uno de sus compañeros, además de plantear nuevas preguntas. Comenta la publicación de uno de sus compañeros o plantea nuevas preguntas. No comenta la publicación de ninguno de sus compañeros ni plantea nuevas preguntas. Organización de la exposición, Las ideas se exponen ordenadamente con Las ideas se exponen parcialmente ordenadas Las ideas se exponen en desorden sin

1. ¿Has pensado que hacer cuando tu deudor se deshace de sus bienes para evitar cumplir de alguna manera con su obligación o prestación? Si mi deudor se deshace de sus bienes para evitar cumplir con su obligación de pago, esto podría constituir una conducta fraudulenta, el artículo del Código Civil peruano que establece la figura del fraude como una conducta ilícita que puede perjudicar al acreedor es el artículo 1974. Este artículo señala que el deudor no puede realizar actos que perjudiquen a sus acreedores, y que cualquier acto en tal sentido se considerará como fraudulento; además, el artículo 1975 del Código Civil peruano establece que cualquier acto realizado por el deudor con el fin de perjudicar al acreedor puede ser impugnado mediante un proceso judicial para recuperar los bienes transferidos fraudulentamente. 2. ¿Has pensado que, en tu quehacer de tu vida, generas varios tipos de pago de obligaciones? El reconocimiento de obligaciones se puede generar en ciertas actividades profesionales, tal es el caso mío siendo administrador de empresa; las obligaciones se generan cuando una empresa o una persona se compromete a realizar un pago o a realizar una acción en el futuro como resultado de una transacción o acuerdo previo, en el Perú, el reconocimiento de obligaciones se encuentra regulada por diversas normas y leyes como: - El Código Civil peruano establece que "los contratos válidamente celebrados tienen fuerza de ley para las partes contratantes". Esto significa que cuando un administrador de empresa celebra un contrato, ya sea de compra, venta, arrendamiento o cualquier otro, está asumiendo una obligación legal que debe cumplir en el futuro. 3. ¿Cuándo se produce el pago indebido? Cuando se realiza un pago por una obligación que ya ha sido cumplida o que no era debida, ya sea por error o por engaño; Según el Código Civil peruano, si el pago indebido se debe a un error, el deudor tiene derecho a reclamar la devolución de lo pagado en exceso, siempre y cuando la reclamación se realice dentro de los 2 años siguientes a la fecha del pago. Si el pago indebido se debe a un engaño, el deudor puede exigir la restitución de lo pagado indebidamente en cualquier momento. Es importante mencionar que el acreedor que recibe un pago indebido no puede quedarse con el dinero ni usarlo para compensar otras deudas, sino que está obligado a devolverlo al deudor. En caso de que el acreedor se niegue a devolver el pago indebido, el deudor puede iniciar un proceso judicial para reclamar la restitución del dinero. 4. ¿La mora tiene efectos tanto para el acreedor como para el deudor?

Sí, tiene efectos en una relación contractual. La mora se produce cuando el deudor no cumple con su obligación en el plazo establecido, lo que genera consecuencias legales y financieras para ambas partes. El acreedor puede

  • exigir el cumplimiento de la obligación, incluyendo el pago de intereses y los daños y perjuicios que se hayan causado.
  • Iniciar un proceso judicial para exigir el cumplimiento de la obligación y el pago de las indemnizaciones correspondientes.
  • Negarse a continuar con la relación contractual y resolver el contrato, en caso de que la mora sea considerada como incumplimiento grave o reiterado. El deudor:
  • Debe cumplir con su obligación en el plazo establecido, y si no lo hace, deberá pagar intereses y posiblemente una indemnización por los daños y perjuicios causados al acreedor.
  • Puede perder beneficios adicionales que se hayan pactado en el contrato, como descuentos, plazos adicionales, entre otros. El deudor podría enfrentar consecuencias legales, como la resolución del contrato o el embargo de sus bienes para cubrir la deuda cuando sea considerado como incumplimiento grave o reiterado