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CONTENIDO
Currículo como solución de problemas, entiende que debe centrarse en el análisis práctico y considera que la práctica curricular debe orientarse a la solución de problemas. Actualmente el Sistema Educativo Español entiende el currículo tal y como lo define la LOMCE, que ha modificado el art. 6, del Cap. III de la LOE y queda redactado de la siguiente manera:
_1. A los efectos de lo dispuesto en esta Ley Orgánica, se entiende por currículo la regulación de los elementos que determinan los procesos de enseñanza y aprendizaje para cada una de las enseñanzas.
b) La adquisición, por parte del alumnado, de una formación integral, posibilitada por una perspectiva global e interdisciplinar de los contenidos, potenciando aprendizajes significativos y relevantes. c) El desarrollo de procesos de aprendizaje vinculados a proyectos y trabajos de investigación y orientados a mejorar la capacidad del alumno para que pueda aprender por sí mismo, trabajar de forma cooperativa y aplicar procedimientos de búsqueda, selección y tratamiento dela información. d) El desarrollo de prácticas educativas y estrategias metodológicas que faciliten la participación de todo el alumnado y que promuevan el diálogo, el debate y la reflexión crítica. e) El uso de enfoques didácticos integrados, socioculturales, comunicativos, funcionales y prácticos, adecuados a la diversidad del alumnado. Elementos del currículum El Decreto 27/2014 , asume en su artículo 7 (no modificado por el D 18/2016) la definición y elementos que establece el RD 126/2014 en su artículo 2; amplía tanto la definición como los elementos que lo componen, quedando establecidos los siguientes: Artículo 2. Definiciones.
Características básicas del currículum El MEC (1992) señala que tiene las siguientes características básicas:
_1. Los centros dispondrán de autonomía pedagógica, de organización y de gestión en el marco de lo dispuesto en el Capítulo II del Título VII de la Ley de Cantabria 6/2008, de 26 de diciembre, de Educación de Cantabria y en los términos recogidos en el presente Decreto y en las normas que lo desarrollen.
ha decidido y consensuado, quedando reflejada así su personalidad educativa que será diferente a la de cualquier otro Centro. Finalidades del PE: ¿para qué sirve? Las finalidades suelen ser varias en función del contexto; profesorado, alumnado, características socio-culturales… de manera general pueden hacer referencia a los siguientes ámbitos:
- Convivencial, establece y regula los valores que rigen la convivencia en el centro, regula al mismo tiempo la vida del centro. - Administrativo, recoge la administración de los recursos, los parámetros económicos en forma de presupuestos, los posibles procesos de innovación. - Organizativo, da coherencia entre las finalidades, la propuesta pedagógica y la estructura organizativa. Regula la participación de todos los sectores de la comunidad educativa, recoge los intereses y objetivos del grupo, orienta a los profesores que se incorporan al centro. - Pedagógico, dota al centro de personalidad propia, evita la improvisación y la rutina, define las líneas pedagógicas y promueve la motivación interna del profesorado. Dimensiones o cualidades - Como proceso, en coherencia con las finalidades es inacabado, motivador, democrático. - Como producto es breve, ágil, global y supone el compromiso de todos. - Como garantía, promueve la convivencia, la coherencia y el progreso. Quién lo elabora y quién lo aprueba El equipo directivo coordinará y será́ responsable de la elaboración del Proyecto edu- cativo del centro, de acuerdo con las directrices establecidas por el Consejo Escolar y las propuestas realizadas por el Claustro de profesores, los equipos de ciclo y los equipos de nivel. El proyecto educativo del centro será́ aprobado por el director y conocido, informado y evaluado por el Consejo Escolar. El director del Centro lo hará público para ser conocido y pueda ser consultado por todos los miembros de la comunidad educativa.
Con referencia a estas cuestiones la LOMCE indica: Artículo 127. Competencias del Consejo Escolar. El Consejo Escolar del centro tendrá las siguientes competencias: a) Evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el Capítulo II del Título V de la presente Ley Órganica. b) Evaluar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente. Artículo 129. Competencias. El Claustro de profesores tendrá las siguientes competencias: a) Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración de los proyectos del centro y de la programación general anual. b) Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de los proyectos y de la programación general anual. En Cantabria el Decreto 25/2010 modificado por el D 16/2016 señala en el Artículo 56. Proyecto educativo.
_1. El equipo directivo coordinará y será responsable de la elaboración del Proyecto educativo del centro, de acuerdo con las directrices establecidas por el Consejo Escolar y las pro puestas realizadas por el Claustro de profesores, los equipos de ciclo y los equipos de nivel.
b) Distribución de las áreas en cada uno de los cursos con expresión del horario lectivo asignado a las mismas. c) Decisiones de carácter general sobre métodos pedagógicos y didácticos propios del centro para la etapa de Educación Primaria. d) Criterios para el agrupamiento del alumnado y para la organización de las actividades. e) Criterios generales sobre evaluación de los aprendizajes del alumnado y las previsiones necesarias para informar periódicamente a las familias sobre su progreso. f) Criterios sobre promoción del alumnado, en el marco de lo establecido en el artículo 17, y previsiones para realizar la necesaria información a las familias. g) Orientaciones para incorporar el desarrollo de las competencias, a través de los aspectos didácticos y metodológicos de las distintas áreas, y de la organización y funcionamiento del centro. h) Orientaciones para incorporar los elementos transversales establecidos en el artículo 10 del Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, a través del desarrollo del currículo, y de la organización y el funcionamiento del centro. i) Criterios para que los maestros evalúen y revisen su propia práctica docente. j) Criterios y procedimientos para la evaluación anual del proyecto curricular.
culturales; el medio institucional, características del edificio, equipamientos, personal docente, auxiliar y no docente. El análisis del entorno aportará los datos para definir las intenciones del centro.
- A la pregunta ¿quiénes somos? , se responde asumiendo y formulando unas señas de identidad del Centro, es decir, lengua confesionalidad, pluralismo y valores democráticos, modalidad de gestión, coeducación, integración, línea metodológica, etc. Son aquellos aspectos con los que más se identifican. Se trata de destacar los elementos que se comparten por el conjunto de las personas que formas la comunidad escolar y que son prioritarios. Así mismo, el PE reflexionará también sobre los contenidos de educación en valores. Todas estas señas de identidad se formulan a través de principios y valores. - Otra cuestión sería, ¿qué pretendemos? Aquí se formularán las finalidades generales del centro que habrá que concretarlos en propósitos o finalidades educativas. La formulación de finalidades parte del análisis del entorno del centro, detectándose cuales son los aspectos más definitorios que determinan el contenido de éstas; por ello, un buen análisis del entorno permitirá enfocar correctamente la PD. Para que las señas de identidad sean operativas, es preciso concretarlas en finalidades que el centro en su conjunto quiere conseguir. Las finalidades son las metas que pretende alcanzar el PE y serán específicas y propias en cada Centro, y generarán a su vez una PD propia y específica. Las fuentes que inspirarán las finalidades son de dos tipos: normativas y ecológicas: - Las normativas son: la Constitución Española (Art.27) la LODE, la LOGSE, LOE y LOMCE, el Estatuto de Autonomía los RRDD de cada CCAA. - Las ecológicas: el medio social, económico y cultural, el perfil del alumnado y las características internas del Centro. Los ámbitos a los que pueden hacer referencia las finalidades son: convivencial, administrativo, organizativo, y pedagógico. Y, por último en las cualidades de las finalidades educativas hay que tener en cuenta dos aspectos fundamentales que son los decretos de enseñanza y el contexto del centro que deben adaptarse a los primeros, deben ser idiosincrásicas, deben ser priorizadas, lo más explícitas posibles, evaluables, compartidas y consensuadas. - La última pregunta a la que hago referencia es, ¿de qué medios disponemos?, o
consecución de los objetivos propuestos”. “Un proceso mediante el cual, a partir del currículo oficial y de las decisiones generales del proyecto curricular, se planifica el trabajo que se va a desarrollar en el aula, dando lugar a un conjunto de unidades didácticas secuenciadas para un curso determinado. (MEC, 1996) Funciones (MEC, 1996) Planifica el proceso de enseñanza- aprendizaje que se desarrolla en el aula. ● Asegura la coherencia entre las intenciones educativas del centro y la práctica docente. ● Tiene en cuenta las características peculiares de los alumnos/as. ● Proporciona elementos de análisis, revisión y evaluación. ● Facilita la reflexión sobre la propia práctica docente. ● Facilita la progresiva implicación de alumnos/as en su propio proceso de aprendizaje. Nos dará cierta seguridad y nos ayudará a eliminar el azar y la improvisación, lo que no significa renunciar a la capacidad de añadir nuevas ideas, y ayudará asimismo a no renunciar a un margen de flexibilidad, de nuevos aspectos originales en el proceso. También evitará caer en la pérdida de tiempo y el esfuerzo en vano. Características (MEC, 1996) ► Adecuación: la programación debe adecuarse al entorno social y cultural del centro, a las características del alumnado, a la experiencia del docente…Importante atender a las necesidades específicas del alumnado. ► Concreción: la programación debe concretar el plan de actuación que se ha de llevar en el aula para que sea útil. ► Flexibilidad: debe poseer un carácter abierto a posibles modificaciones (parcialmente o en su conjunto) cuando se detecten problemas o situaciones no previstas que requieran introducir cambios durante el proceso de E-A. ► Viabilidad: debe ser viable para que cumpla con sus funciones, que se ajuste al tiempo disponible, a los espacios y recursos y que la realización de las distintas actuaciones esté al alcance de todos los alumnos/as. Elementos de las programaciones docentes (D 27/2014 modificado por el D 18/2016)
Artículo 12. Programaciones didácticas.
El aprendizaje por competencias favorece los propios procesos de aprendizaje y la motivación por aprender, debido a la fuerte interrelación entre sus componentes: el concepto se aprende de forma conjunta al procedimiento de aprender dicho concepto. Se adopta la denominación de las competencias clave definidas por la Unión Europea. Se considera que «las competencias clave son aquellas que todas las personas precisan para su realización y desarrollo personal, así como para la ciudadanía activa, la inclusión social y el empleo». Se identifican siete competencias clave esenciales para el bienestar de las sociedades europeas, el crecimiento económico y la innovación, y se describen los conocimientos, las capacidades y las actitudes esenciales vinculadas a cada una de ellas. Las competencias (LOMCE y D 27/2014) son aquellos aprendizajes que se consideran imprescindibles para que los alumnos puedan lograr su realización personal, ejercer la ciudadanía activa, incorporarse a la vida adulta de manera satisfactoria y ser capaces de desarrollar un aprendizaje permanente a lo largo de toda la vida. Estas competencias básicas y su adquisición están referidas al final de la etapa de educación obligatoria, aunque lógicamente su desarrollo debe iniciarse desde el principio de la escolarización, para que así su adquisición se realice de un modo gradual y coherente. Las competencias son: a) Comunicación lingüística. b) Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología. c) Competencia digital. d) Aprender a aprender. e) Competencias sociales y cívicas. f) Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor. g) Conciencia y expresiones culturales. Los objetivos: Son los referentes relativos a los logros que el alumno debe alcanzar al finalizar el proceso educativo, como resultado de las experiencias de enseñanza-aprendizaje intencionalmente planificadas a tal fin. Los contenidos: Son el conjunto de conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes que contribuyen al logro de los objetivos de cada enseñanza y etapa educativa y a la adquisición de
competencias. Los contenidos se ordenan en asignaturas, que se clasifican en materias, ámbitos, áreas y módulos en función de las enseñanzas, las etapas educativas o los programas en que participe el alumnado. Los estándares de aprendizaje evaluables: Son especificaciones de los criterios de evaluación que permiten definir los resultados de aprendizaje, y que concretan lo que el alumno debe saber, comprender y saber hacer en cada asignatura; deben ser observables, medibles y evaluables y permitir graduar el rendimiento o logro alcanzado. Su diseño debe contribuir y facilitar el diseño de pruebas estandarizadas y comparables. Criterios de evaluación: Son el referente específico para evaluar el aprendizaje del alumnado. Describen aquello que se quiere valorar y que el alumnado debe lograr, tanto en conocimientos como en competencias; responden a lo que se pretende conseguir en cada asignatura. Las actividades: Son la manera ordenada y a activa de llevar a cabo las experiencias de aprendizaje. El desarrollo de las actividades de manera adecuada es un elemento esencial para la consecución de los y objetivos y la asimilación de los contenidos. En relación con la secuenciación de las actividades se suelen determinar diversos y tipos que, en líneas generales, suele seguir el siguiente orden. De Introducción, sirven para averiguar las ideas propias y para la motivación. De desarrollo, el alumnado se pone en contacto con los contenidos. De consolidación, sirven para afianzar y aplicar los aprendizajes asimilados. De refuerzo, para aquellos alumnos con dificultades, para los que no han asimilado suficientemente los contenidos. De ampliación, permiten seguir construyendo conocimientos a los alumnos que han asimilado los contenidos de manera satisfactoria. De evaluación, aunque cualquier actividad es susceptible de ser evaluada, conviene seleccionar actividades para valorar los aprendizajes logrados en un momento concreto.